La autorización de residencia independiente de familiares reagrupados es el tipo de autorización que se da cuando se cumplen las siguientes condiciones:
- Una persona se acoge al permiso de residencia por reagrupación familiar.
- La persona reagrupada pierde el vínculo, por determinadas circunstancias, con el reagrupante.
- La persona reagrupada, aún así, quiere permanecer en España.
Para entender un poco mejor este permiso de residencia, mi colega Diana Paz, especialista en Derecho Internacional y Extranjería, ha preparado su explicación. Os dejo con su artículo.
El caso de los familiares reagrupados plantea muchas cuestiones y dudas, puesto que una vez se obtiene el permiso de residencia por reagrupación familiar pueden surgir situaciones que modifiquen la dinámica de la familia, y por tanto modifiquen el permiso de residencia del familiar reagrupado. Como ejemplo más típico encontramos el caso de un divorcio de familiar reagrupado, en este caso el extranjero reagrupado vería modificada su situación legal en España, pues ya no existiría ese vínculo matrimonial que fue decisivo para obtener su permiso de residencia por reagrupación familiar.
La ley española ofrece a determinadas personas reagrupadas que ya no cumplen los requisitos para la reagrupación familiar un permiso de residencia y trabajo diferente e independiente del familiar que los haya reagrupado.
A continuación explicaré qué familiares reagrupados que no cumplen ya los requisitos de su permiso de residencia y trabajo por reagrupación familiar pueden solicitar esta autorización de residencia independiente de familiares reagrupados para así no depender legalmente del familiar que los haya reagrupado.
Autorización de residencia independiente de familiares reagrupados
La autorización de residencia y trabajo independiente del reagrupante la podrán obtener los titulares de residencia por reagrupación familiar que se encuentren en una de las siguientes situaciones:
Si bien antes de analizar cada caso, hay que saber que existen unos requisitos comunes que se deben cumplir en todos los casos:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Haber abonado la tasa para la tramitación del procedimiento.
- Ser titular de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.
cónyuge o pareja reagrupada
El cónyuge o pareja reagrupada podrán solicitar una autorización de residencia independiente de familiares en los siguientes casos:
- Separación de derecho o divorcio, o cancelación de la inscripción o finalización de la vida en pareja.
- Víctima de violencia de género o por conductas violentas en el entorno familiar:
- Muerte del reagrupante.
- No tener deudas con la Administración tributaria o de Seguridad Social y que cuente con suficientes medios económicos legalmente necesarios para residir en España, ser autónomo o poseer un contrato de trabajo.
Además, el cónyuge o pareja reagrupada deberá acreditar los siguientes requisitos:
- En caso de separación de derecho o divorcio, o cancelación de la inscripción o finalización de la vida en pareja: haber convivido en España con el reagrupante al menos 2 años.
- En caso de ser víctima de violencia de género o por conductas violentas en el entorno familiar: que exista informe del Ministerio Fiscal u orden judicial de protección.
- Muerte del reagrupante.
No tener deudas con la Administración tributaria o de Seguridad Social y que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
- Contar con medios económicos para la concesión de una autorización de residencia temporal de carácter no lucrativo, o bien:
- Contar con uno o varios contratos de trabajo de duración mínima, desde el momento de la solicitud, de 1 año para la concesión de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena,
- Cumplir los requisitos exigibles para la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Hijos o representados cuando alcancen la mayoría de edad en España (+ 18 años)
Los hijos o representados cuando alcancen la mayoría de edad en España, que es a los 18 años, podrán solicitar una autorización de residencia independiente de familiares en los siguientes casos:
- Si han residido al menos 5 años en España.
Si acreditan que:
- Cuentan con suficientes medios económicos para residir legalmente en España, ser autónomo o tener un contrato de trabajo.
- Cuentan con medios económicos para la concesión de una autorización de residencia temporal de carácter no lucrativo, o bien,
- Cuentan con uno o varios contratos de trabajo de duración mínima de 1 año, desde el momento de la solicitud, para la concesión de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, o bien,
- Cumplen los requisitos exigibles para la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Ascendientes o padres reagrupados
Los ascendientes o padres reagrupados podrán solicitar una autorización de residencia independiente de familiares cuando reúnan los requisitos para modificar su autorización de residencia y trabajo y obtener autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, o por cuenta propia, o en definitiva, cualquier tipo de residencia vigente en España.
Características de la autorización de residencia independiente de familiares reagrupados
La vigencia de la autorización independiente concedida, será la que corresponda en función del tiempo previo de residencia por reagrupación familiar, como mínimo 1 año, con excepción a la que se conceda a la víctima de violencia de género o víctima de un delito por conductas violentas en el entorno familiar que será de 5 años.
Algo a destacar también en el caso de las autorizaciones de residencia independiente concedidas cuando se rompa el vínculo conyugal o finalización de la vida en pareja o por ser víctima de violencia de género o delito por conductas violentas en el entorno familiar, es que si hay otros familiares reagrupados, éstos conservarán la autorización de residencia por reagrupación familiar y dependerán del miembro de la familia con el que convivan.
También es importante señalar que los extranjeros reagrupados que cuenten con autorización de residencia y trabajo independiente podrán a su vez reagrupar a sus familiares siempre que reúnan los requisitos exigidos para ello. Excepcionalmente podrán reagrupar sin autorización de larga duración los extranjeros reagrupados, cuando tengan a su cargo hijos menores de edad o con discapacidad.
Procedimiento para obtener la autorización de residencia independiente de familiares reagrupados
Para poder obtener el permiso de residencia independiente de familiares reagrupados se deberán seguir los siguientes pasos:
- Quien debe presentar la solicitud será el reagrupado, personalmente, excepto en determinados casos en los que lo deberá presentar el empleador o empresario, personalmente, o a través de un representante legal de la empresa. Y deberá presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijada la residencia, excepto en ciertos casos en los que se deberá presentar en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que se vaya a realizar la actividad laboral.
Otro tema importante es el pago de la tasa para tramitar la autorización de residencia independiente de familiares reagrupados, pues variará dependiendo de del tipo de familiar que la solicite:
- Las tasas de cónyuges e hijos, se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de 10 días hábiles, cuyo precio es de 76 euros, a abonar por el reagrupado.
- Las tasas de ascendientes, se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá pagarse en el plazo de 10 días hábiles, el importe dependerá del tipo de autorización que se solicita.
- En cuanto al plazo de resolución, la notificación de la resolución debe realizarse en 3 meses a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas, excepto en el supuesto de ascendientes, que dependerá del tipo de autorización que se solicite.
- Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. Hay que tener en cuenta que cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU). Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación, se dará por notificada.
- Una vez se conceda la autorización, si se concede por contar con contrato o contratos de trabajo, o por ser autónomo, la eficacia de la autorización de residencia y trabajo independiente concedida, está condicionada a que se produzca, si no se ha producido ya anteriormente, el alta del trabajador en el régimen correspondiente de Seguridad Social, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución.
- Por último, el solicitante, tiene un plazo de 1 mes, desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia independiente de familiar reagrupado, para solicitar, personalmente, (en el supuesto de menores, el representante, acompañado del menor) la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
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Ahora mismo tengo la tarjeta por reagrupación familiar por 5 años y ya se me caduca pero lamentablemente no estoy con la que era mi pareja no se nada , tengo mi trabajo por cuenta ajena que solicitud tengo que presentar para renovar por independiente.
Buenos días usted deberá solicitar es la autorización de residencia independiente de familiares reagrupados, cuyo modelo y requisitos están disponibles en la web del ministerio de empleo y extrajeria de España. Saludos.
Hola. Mi novia vive en Ecuador , pero vamos a tener un hijo en agosto de 2018. Yo soy español. Quiero que venga a vivir conmigo y formar una familia los 3. Es posible obtener el permiso de residencia para ella por arraigo? Ella viene de vez en cuando a Madrid ( donde resido) y se queda un mes en mi casa ( está empadronada aquí desde hace 2 meses, y a veces voy yo a guayaquil a verla a ella. La idea es vivir juntos aqui cuando nazca el bebé . No tenemos claro tampoco si va a nacer allí o aquí. Solo que queremos vivir juntos los 3 y formar una familia. Si nace allí al poco tiempo vendría ella aquí con el bebe. Gracias por todo. Un saludo.
Buenos días, si quieren solicitar permiso de residencia por arraigo familiar el niño debería nacer en territorio español para que no le pongan algunas objeciones a su solicitud, pues aun siendo hijo de español nacido fuera de España y registrado en Consulado de España en Ecuador como español, esto puede tardar algún tiempo en registrarse en España, y el arraigo familiar se solicita en España personalmente, lo tiene que solicitar su mujer. Y el certificado de nacimiento del niño debe poner claramente que es español y el vinculo con su madre, de ahí que le indique que nazca mejor en España. Saludos.
Hola Buenas noches, Soy venezolana actualmente vivo en Valencia españa, estoy casada con un venezolano de nacionalidad portuguesa, quiero traer a mi padre (venezolano) por medio de la reagrupación familiar, ya he investigado los requisitos que piden para lograr obtenerla pero mis preguntas son las siguientes:
– Puedo tramitar la reagrupación familiar para mi padre una vez el estando en España? (Tomando en cuenta que para los Venzolanos entrar no necesitamos visado)
– Me han hablado sobre el caso de que mi padre no tener la edad por razones de carácter humanitario podria hacerla, ya que para nadie es un secreto la situación de crisis que hay hoy en día en Venezuela y la verdad necesito lo mas pronto que mi padre este aca…
Sin mas nada que decir agradeciendoles su respuesta gracias por todo, Saludos
Buenos días, respondiendo a sus preguntas, sí puede realizar los trámites cuando su padre esté aquí, lo antes posible y si cumple con los requisitos por motivos humanitarios, siendo Venezuela, lo más seguro es que se lo concedan, pues suelen fijarse mucho en la cuantía, en euros, de la pensión de jubilación que tenga la persona. Un saludo.
Hola,
Mi caso:
-Padre Venezolano y yo ciudadano comunitario,
-Mi padre tiene 77 años y es prácticamente imposible poder contratar un seguro de salud por su avanzada edad.
-Me piden que demuestre que le mantengo en Venezuela (Requisito que no cumplo ya que no era así, pero ahora toda cambia ya que inflación venezolana hace que su ingreso de dinero se reduzca a nada, lo cual no le permite comer, tampoco comprar medicina.)
-Le he traído a España.
¿Que puedo alegar o pedir si no hay seguro para abuelos?
Si logro resolver lo del seguro, ¿Como puedo hacer con el tema de demostrar que le mantengo desde hace un año, cuando no es la realidad?, lo que pasa es que ahora no sobreviviría allí, sin dinero y a su avanzada edad por un año, con lo mal que está eso alli. GRACIAS
Buenos días, la solución más coherente por tratarse de Venezuela es que pida un permiso por razones humanitarias alegando la situación precaria en la que estaría su padre si volviese y cumpliendo los requisitos de la misma. Saludos.
Buenos dias
Vivo en Inglaterra y me he casado con una espanola en el 2006, pero me divorcie en el 2013, tendre alguna posibilidad de obtener nacionalidad espanola aunque tenga residencia en Inglaterra ?
Hola Ramiro. No, debes estar residiendo en España. Un saludo
Buenos días,
soy argelina residente en España con residencia temporal y trabajo. He reagrupado a mi marido en octubre 2018 y le dieron autorización de residencia por reagrupacion que le autoriza a trabajar. Él ya está trabajando desde enero 2019 y estamos pensando en la posibilidad de que él pida AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE FAMILIARES REAGRUPADOS, ya que está trabajando y no depende de mí. Me han comentado que para solicitarla se requiere haber residido en España con reagrupación por lo menos 1 año, pero en la hoja informativa del ministerio de empleo y extrajería de España no encuentro información que me confirmase dicho requisito, o es que yo no lo entiendo. Me podéis decir si este requisito existe?
Gracias de antemano.
Un saludo
Buenas tardes, para su caso le indico que se ponga en contacto con la Oficina de extranjería de su zona y les formule su situación específica porque ellos serán al final quienes valorarán su situación y concederán o no la autorización de residencia independiente de familiares reagrupados para su marido, Saludos.
Holà. Soy marroqui regrupada en 2009. Tengo tarjeta larga duracion y autoriza à trabajar segunda. Me caduca en déciembre 2019. Me separe de mi ex y no se nada. Me toca renovar. Que solicitude hago?!? Gracias.
Hola Uda. Si cumples los requisitos, te recomendamos solicitar autorización de residencia independiente de familiares reagrupados. Un saludo
Hola qeria preguntar puedo traer mi harmano mayor del edad como reagrupación familiar independiente yo tengo nacionalidad española. Gracias
Hola Shazia. Si en tu caso se cumplen los requisitos para la reagrupación familiar, podrá optar a ese permiso. Un saludo
Buenos días,
Llevo 8 años viviendo en españa, casada con un español, hace ya 3 años que mi madre posee la tarjeta de residente comunitario pero en su tarjeta pone que es dependiente de mi esposo porque en el momento q le solicité la residencia yo aún no tenía la nacionalidad española. La relacion con mi esposo va mal y estamos planteandonos el divorcio. A mi madre añun le quedan 2 años para q le caduque su tarjeta inicial de 5 años, pero tengo entendido que al yo divorciarme, tendría ella que cambiar su NIE. Como comentaba anteriormente, yo tengo nacionalidad española ya y mi pregunta es, debo reagrupar yo a mi madre? o debe ella cambiar a residencia por trabajo? ella trabaja 4 horas de lunes a viernes como empleada del hogar hace ya 2 años y tiene contrato de trabajo parcial, percibe 500 euros mensuales. Agradecida de antemano por su respuesta.
Buenos días, si su madre cumple los requisitos para solicitar el permiso de trabajo y residencia por cuenta ajena puede hacer la modificación a ese o usted la puede reagrupar como familiar comunitario, tiene ambas opciones, saludos.
Hola buen día soy reagrupada por mi hija que tiene nacionalidad
Dependo de su DNI
No tengo un año con la tarejeta de recidente
Tengo tengo contrato de trabajo
A mi
marido le negaron el asilo tiene historia laboral
Trabajo dos años con permiso
Puedo yo regruparlo ya tienen tres años en españa
Buen día y mucha gracias por su ayuda
Hola Emma. Aquí tienes los requisitos para la reagrupación: https://www.sanchezbermejo.com/reagrupacion-familiar/ Un saludo
Buenos días, vera lo que pasa es que yo antes vivia aqui en españa pero me fui a mi país de origen y se me caduco mi residencia pero ahora nuevamente estoy aqui en el territorio español y mi pregunta es ¿Cómo puedo renovar mis documentos para volver a estar legal en el pais?que tramites tengo que hacer.
Gracias
Hola Nataly. Dependerá de tu situación particular. Para que estudiemos qué opciones tienes te recomiendo que te pongas en contacto por privado con nuestro despacho para contratar nuestros servicios. Un saludo
Me toca la renovación de larga duración este mes. Y quiero pedir la residencia independiente. Debo primer renovar la residencia y después solicitar modificacion a independiente para que no la tenga caducada hasta que dan la resolución o solicito directamente el independiente sin renovar la antigua? Lo pregunto porque en septiembre tendré que hacer la inscripción de nacimiento de mi bebé, llavors la tarjeta tiene que estar en vigor o se podrá hacer con el expediente de la solicitud de residencia independiente?
Hola, debe tener su autorización de residencia vigente para poder realizar cambios, un saludo.
No es la autorización que me toca renovar sino la tarjeta de identidad de larga duración
Hola, pues deberá tener dicha tarjeta vigente, un saludo
Hola
Ya me ha concedido la autorización de tarjeta independiente pero la cita para toma de huellas sale para el final de septiembre, después de dos meses.No hay ninguna cita antes. Quería preguntar si es igual si la cita sale después de tan tarde?
Gracias
Hola Aiza. Pregunta en la administración donde tengas que acudir a la cita de toma de huellas. Un saludo