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El juicio monitorio es un procedimiento especial utilizado para resolver rápidamente los conflictos jurídicos económicos en los que no hay contradicción entre las partes. Lo más habitual es encontrar la situación de juicio monitorio cuando hay una parte que reclama una deuda y otra que no la abona, es común en pequeñas o medianas empresas con sus proveedores.
El juicio monitorio es un procedimiento rápido y sencillo para reclamar deudas, y termina en la consecución de una sentencia que será título ejecutivo. Este título permite acudir directamente a un juzgado para solicitar medidas de cobro de deudas agilizando así todos los trámites.
En Sánchez Bermejo Abogados recomendamos encarecidamente consultar a un profesional antes incluso de iniciar cualquier procedimiento de reclamación en monitorio puesto que el más mínimo error puede hacer que no se cobre toda la deuda. Nuestros abogados son expertos en la iniciación y en la oposición de monitorios y juicios de reclamación de deudas.
Por lo tanto, si deseas ponerte en contacto con un abogado en Málaga experto en monitorios y reclamación de deudas puedes hacerlo a través del teléfono +34 717 717 587, por Whatsapp al mismo número, en la dirección de correo electrónico [email protected] o a través del siguiente formulario:
Juicio monitorio. Proceso para reclamación de deudas
Requisitos para acudir al proceso monitorio. Cómo debe ser la deuda
Si se quiere acudir al juicio monitorio para reclamar el pago de una deuda de cualquier importe, se exige que la deuda sea:
Dineraria. Es decir, que la deuda se exprese en dinero en sentido estricto, esto es, en moneda de curso legal, nacional o extranjera, por lo que quedan excluidas del proceso monitorio la obligaciones de dar o hacer cosas determinadas.
Líquida (determinada). Que sea una deuda cuyo importe se pueda determinar. No existe límite alguno respecto a la cantidad.
Vencida. La deuda tiene que ser anterior a la interposición de la demanda de juicio monitorio.
Exigible. Esto es, que efectivamente se pueda exigir al deudor, si bien este podrá oponerse dentro del juicio en el momento oportuno.
Para iniciar el monitorio se podrá interponer demanda o hacerlo mediante un formulario que se puede encontrar en los juzgados.
Acreditación de la deuda en el proceso monitorio
La deuda que se lleve a juicio monitorio a través de la oportuna demanda o formulario debe acreditarse de alguna de las siguientes formas:
Documentos. Dando igual su forma y clase o incluso el soporte físico. Estos documentos deben estar firmados por el deudor o tener su sello, impronta, marca o cualquier otra señal física o electrónica.
Facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax. Estos son algunos ejemplos, se trata en definitiva de cualquier documento que, aún creados unilateralmente por el acreedor, documenten los créditos y deudas existentes en las relaciones comerciales entre el acreedor y el deudor.
Además, señala la ley, que también podrá acudirse al juicio monitorio si junto al documento en que consta la deuda, se aportan documentos comerciales que acrediten una relación anterior duradera.
Dónde presentar la demanda de juicio monitorio
El tribunal competente para conocer del juicio monitorio y donde se deberá instar la demanda de monitorio será:
El Juzgado de Primera Instancia del domicilio de residencia del deudor.
En defecto de este, el Juzgado de Primera Instancia del lugar en el que el deudor pueda ser hallado.
Es importante señalar a este respecto que los pactos de sumisión expresa sometiéndose a una u otra jurisdicción no son válidos y habrá que seguir las reglas aquí especificadas.
Admisión de la petición de juicio monitorio y requerimiento de pago
Una vez se han aportado los documentos necesarios para interponer demanda de juicio monitorio, el Secretario Judicial hará un requerimiento de pago al deudor mediante notificaciones (las edictales no serán válidas más que para comunidades de propietarios) para que este realice alguna de las opciones que contempla la ley en un plazo de 20 días hábiles:
Pagar al acreedor la cantidad que se le reclama.
No hacer nada y no acudir al juicio monitorio.
Realizar un escrito de oposición alegando las razones por las que no debe, ya sea en todo o en parte, la cantidad reclamada.
Es importante señalar que si de la comprobación de la documentación que aporta el acreedor el Secretario Judicial entiende que la deuda reclamada no es correcta, este podrá dar traslado al juez quien podrá mediante auto plantear al acreedor aceptar o rechazar una propuesta de requerimiento de pago por el importe distinto al inicialmente solicitado. En este propuesta se deberá informar de que si en un plazo de 10 días no envía respuesta a la misma, se considera que desiste del proceso monitorio.
Contra la inadmisión a trámite cabe interponer recurso de apelación.
Pago por el deudor en el juicio monitorio
Si el deudor decide atender el requerimiento de pago y abonar la cantidad que se le solicita, podrá pagar directamente y será el secretario judicial quien acordará de oficio el archivo de las actuaciones. De esta forma, terminará el proceso.
Incomparecencia del demandado en el proceso monitorio
Si el deudor a quien se le reclama la deuda a través del requerimiento de pago para comparecer en el juicio monitorio no se presenta al proceso, el Secretario Judicial dictará decreto dando por terminado el juicio monitorio y dando traslado al acreedor para que inste cuando considere oportuno el despacho de la ejecución. Para ello bastará con la mera solicitud.
A través de este despacho de la ejecución se podrá instar al embargo del deudor, ya sea de la nómina, cuentas corrientes, vehículos y en definitiva, cualquier bien que posea a su nombre.
Oposición del deudor en el juicio monitorio
Por último, si el deudor decide oponerse a la reclamación de la deuda, podrá presentar escrito de oposición dentro de los 20 días hábiles ya comentados. En este escrito podrá alegar la inexistencia en todo, o en parte, de la deuda.
Si así lo hiciese, el proceso monitorio como tal terminará a través de decreto del secretario judicial y por lo tanto el asunto se deberá resolver definitivamente en juicio, que podrá ser:
Verbal. Si la cuantía reclamada no supera los 6.000 €. Con la excepción del caso del arrendatario de finca urbana, que se resolverá por juicio verbal dando igual la cuantía.
Ordinario. Si la cuantía reclamada supera los 6.000 €. Si quien reclama la deuda no interpone demanda dentro de un mes desde que el deudor realiza escrito de oposición, el Secretario Judicial podrá dictar decreto sobreseyendo las actuaciones y condenando en costas al acreedor.
Ejecución del título judicial procedente del monitorio
Una vez se ha despachado ejecución, se seguirá el procedimiento normal de ejecución de sentenciales judiciales.
Al seguirse el procedimiento normal, el deudor podrá volver a oponerse si así lo quisiera.
Es bueno saber también que si se ha acudido al proceso monitorio, una vez el deudor haya sido ejecutado, no se podrá posteriormente volver a reclamar la deuda mediante un proceso ordinario, es más, ni siquiera se podrá reclamar la devolución de lo que se pagó por el deudor en el proceso monitorio.
Obligación de ser asistido por abogado y procurador en el proceso monitorio
Como ya hemos mencionado, para la iniciación del proceso monitorio no hará falta ni abogado ni procurador.
Ahora bien, si posteriormente existe oposición en el monitorio, se siguen la reglas generales sobre postulación, de esta forma será obligatoria la asistencia de abogado y procurador si la cuantía de la deuda supera los 2.000 €. Igualmente será necesaria su intervención para el despacho de ejecución de deuda superior a 2.000 €.
Igualmente, desde Sánchez Bermejo Abogados te recomendamos que cuentes con asesoramiento legal en todo momento para no cometer errores. Nuestros abogados son expertos en la realización y defensa de juicios monitorios, consúltanos.
Juicio monitorio para comunidades de propietarios
En lo referente a las deudas con comunidades de propietarios se sigue, por norma general, las mismas consideraciones ya explicadas, pero hay algunos puntos que varían, así encontramos lo siguiente:
1º. La deuda podrá ser acreditada mediante certificaciones de impago de cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.
2º. La demanda se podrá presentar también en el lugar donde se halle la vivienda.
3º. La notificación al deudor podrá hacerse también de forma edictal. Hay que tener en cuenta además que deberá efectuarse en el domicilio previamente designado por el deudor para las notificaciones y citaciones de toda índole relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios. Si no se hubiere designado tal domicilio, se intentará la comunicación en el piso o local, y si tampoco pudiere hacerse efectiva de este modo, se le notificará mediante edictos.
4º. La utilización del procedimiento monitorio requerirá la previa certificación del acuerdo de la Junta aprobando la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios por quien actúe como secretario de la misma, con el visto bueno del presidente, siempre que tal acuerdo haya sido notificado a los propietarios afectados.
5º. Cuando el deudor se oponga a la petición inicial del proceso monitorio, el acreedor podrá solicitar el embargo preventivo de bienes suficientes de aquél, para hacer frente a la cantidad reclamada, los intereses y las costas. El tribunal acordará, en todo caso, el embargo preventivo sin necesidad de que el acreedor preste caución. No obstante, el deudor podrá enervar el embargo prestando aval bancario por la cuantía por la que hubiese sido decretado.
6º. Cuando en la solicitud inicial del proceso monitorio se utilicen los servicios profesionales de abogado y procurador para reclamar las cantidades debidas a la comunidad, el deudor deberá pagar los honorarios y derechos que devenguen ambos por su intervención, no importando si finalmente pagó antes del juicio o si directamente no compareció al mismo.
Reclamar arrendamientos o rentas impagadas a través de monitorio
A través del juicio monitorio también se pueden reclamar las cantidades adeudadas por arrendamientos impagados.
De hecho, se prevé una especialidad en la ley, y es que, como ya hemos adelantado antes, en caso de oposición el juicio posterior siempre se hará por vía verbal, dando igual la cuantía adeudada.
Referencias |
Wikipedia |
Ley de Enjuiciamiento Civil |
Sánchez Bermejo Abogados
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me gustaria hacerle una pregunta, a mi me ha pagado el fogasa una cantidad importante y me la tiene retenida el juzgado de 1ªinstancia por una deuda hipotecaria de 12200euros .A mi me tiene retenido el juzgado 13600euros .me lo pueden quitar todo o la parte proporcional, sabiendo que yo estoy en el paro y divorciado y pago una pension de 500euros mensuales, me gustaria que me dijese que puedo hacer no puedo pagarme un abogado muchas gracias por su blog y por su ayuda
Hola Miguel, sólo podrán embargarte lo que corresponda a la deuda, pero si es un sólo pago, hasta que se liquide la deuda, es normal que te lo hayan retenido por entero. Un saludo
devo 500 euros de gastos de la comunidad de vecinos donde vivo la vivienda es propiedad mia me han demandado por no poder pagar la deuda solo coblo 440 euros de un minusbalia com prodria pagar la deuda sin que me enbargen
Hola Francisco, siempre puedes intentar llegar a un plan de pagos con tu acreedor. Un saludo
Hola
Buenas tardes me han mandado una noticacion del juzgado , es una reclamacion de una deuda de la fecha 31 de marzo del 2008 .ahora me reclaman 1944,70 euros dicen que le an comprado a la otra empresa la deuda me manda las facturas pendientes de pago sin poner el sello de pago pero resulta que todas las facturas que tengo de la empresa las tengo sin el sello de pagado ahora me puenden reclamar mas .GRACIAS UN SALUDO.
Hola,
Actualmente es muy común ver este tipo de caso.
Las grandes empresas ( Eléctricas, empresas de Datos, Compañías telefónicas, etc.) y las no tan grandes, ceden o venden su derecho de cobro de deudas a otras empresas que se encargan de gestionar y llevar a cabo los cobros a los clientes que según sus sistemas tienen deudas pendientes.
Lo normal es que hagan notificaciones previas a vía judicial reclamando lo debido, antes de acudir a la vía judicial y es importante en este momento ponerse en contacto tanto con la gestora que te está haciendo la reclamación, como con la empresa que les ha cedido tu información.
Ya la reclamación está en los juzgados, es recomendable que si has pagado esas facturas hagas oposición y te personas en el procedimiento, porque sino, dictaran resolución condenándote al pago de la deuda reclamada más los intereses.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
NOS HAN PUESTO UN MONITORIO A TRES PERSONAS, UNA HA FALLECIDO, PODEMOS OPONERNOS?
Me han hechio un monitorio, por una supuesta deuda a la comunidad de vecinos de 1227,00€ los cuales los tenia pagado todo, incluso tiene que devolverme la comunidad segun las cuentas, yo no me he enterado , NIO HE SIDO NOITFICADA de nada,pero lo hicieron por edicto, puesto que en esta comun. me sacan las cartas del buzon, el administrador es MAHISTA,, una abogada me ha dicho que no me van a devolver el dinero pagado doblemente, qu lo pierdo porque dice que e caso juzgado, RUEGO POR FAVOR ME ACLARE SI ES VERDAD??, en total esta pagado 4 veces, ( DOS EMBARGOS,) NO ESTOY DISPUESTA A PERDER MI DINERO, RUEGO POR FAVOR ME CONTESTE, QUE PUEDO HACER COMO RECLAMAR PARA QUE ME DEVUELVAN LO MIO, GRACIAS
Me han hecho un monitorio por una deuda real de 1048,87€ (mas gastos?).
He tratado de llegar a un acuerdo, pero se niegan.
El hecho es que no puedo pagar esa cantidad. Si me ejecutan, pueden embargarme el piso por esa cantidad?
Si lo hacen, tengo alguna ley que me proteja en el sentido de que no puedan dejarme en la calle con mi familia?
Existe alguna forma d forzar judicialmente un acuerdo de pago en el monitorio para evitar el embargo?
Hola Miguel, si no tienes más propiedades, ni ningún tipo de ingreso, es posible que traten de embargarte tu vivienda, aunque normalmente se intenta no llegar a esa situación embargando otros bienes, debido a la gravosidad de la situación. Estrictamente la respuesta es sí, pueden embargarte el piso. Y no existe ninguna ley que te proteja en ese sentido. Un saludo
Buenas tardes, mi duda es la siguiente: Inicié un proceso monitorio hace unos meses (concretamente el 15 de Abril). Desde la Secretaría Judicial tuve que ir a ratificar que aún seguía mi impago.
Hace mes y medio recibí (6 de Junio) la carta con la notificación desde Juzgados de que al deudor se le iniciaban los 20 días para hacer el pago.
¿Cuál es el siguiente paso? ¿Tengo que esperar notificación o me tengo que acercar al juzgado?
Pese a que la cuantía no es grande creo que este tipo de procesos pueden ayudar a acabar con la lastra de gente incompetente y caradura que plaga a sus anchas.
En la demanda de juicio ordinario posterior al monitorio el demandante en justificación de la existencia ( o reconocimiento por mi parte de la deuda ) aporta una serie de correos electrónicos que no adjunto a la demanda de juicio monitorio . Que puedo alegar en la contestacion para que no se tengan en cuanta ya que n los presentó con la demanda de juicio monitorio ?. Gracias Un saludo
Muchas gracias por esta información.
Quería hacerle una consulta por si me puede ayudar.
Tengo una deuda con una compañía eléctrica, inferior a 1000€, por error en las facturas emitidas hace ya tres años.
Tras haber intentado solucionarlo sin conseguirlo, me han llamado de un «despacho judicial» diciendo que han habierto un juicio monitorio (me dan una referencia) en los juzgados de mi localidad.
Sin embargo, yo no he recibido notificación alguna por parte de los juzgados. Únicamente tengo un sms de esta persona que supongo es el abogado de dicha compañía.
Me surgen dudas sobre qué debo hacer y sobre si este aviso es suficiente, aunque imagino que no.
Le agradecería inmensamente su ayuda.
Un cordial saludo.
Hola.
Tengo un cliente que no me quiere pagar 650€ de la ultima factura por hacerle una tienda online. Tengo emails y documentación de sobra para demostar que ha habido relación comercial, incluso un email que dice que le pase la última factura para pagarla. Cosa que no ha hecho.
Mis dudas son:
¿Donde pongo este proceso?. ¿Aporto toda la documentación?. ¿Si mi cliente es de Barcelona y yo de Madrid, donde se celabra el juicio en caso de no pagar. En Madrid o Barcelona?.
Muchas gracias por su tiempo.
Buenas tardes Pedro, te aconsejo que te leas todo el artículo en donde se explica por completo el proceso monitorio, ya que ahí están las respuestas a todas las dudas que planteas. Un saludo
Hola,
me han puesto un juicio monitorio por un impago con una compañía de teléfono, me he presentado en el juzgado y he dejado un escrito de oposición a la deuda junto con toda la documentación que acredita que esa supuesta deuda que me reclaman no esta justifica.
Mi pregunta es la siguiente: ¿puede el acreedor echarse hacia atrás y
dejar de reclamar la deuda; o se tiene que celebrar el juicio oral obligatoria mente? La deuda que me reclaman no llega a los 200€.
Hola Óscar, el demandante puede sin problemas retirar la demanda. Un saludo
Me han notificado un procedimiento monitorio por una compra que realicé en el año 1997 y que fue altamente insatisfactoria puesto que ni se me entregó lo que adquirí ni se respetó el importe de las cuotas mensuales que debería pagar durante 24 meses y por tanto, también quedaba modificado el precio final de la compra ( al alza, claro.)
He de presentar escrito de oposición y dudo de lo amplia o no que debe ser mi explicación en el mismo; si acompaño documentos justificativos de lo que afirmo?, o no. Hay manera de que no derive el procedimiento en juicio oral y que no sea pagando la cantidad requerida porque no es conforme porque la empresa incumplió en parte y además está lo de la posible prescripción.
Que te parece?
Gracias por tus artículos y por tu apoyo.
Hola Mª Luisa, en el documento de oposición deberás fundamentar y probar todo lo que quieras oponer a la demanda de monitorio. Pero igualmente, acabará en juicio oral. En cuanto a si acabarás pagando el importe, dependerá de tu oposición, y de lo que finalmente decida el juez. Un saludo
Buenas tardes,
Una empresa dedicada a reclamaciones de deudas me ha enviado un escrito informandome de una demanda de juicio monitorio por un dinero que dicen debo al BBVA , le cuento: Yo tuve una cuenta corriente durante varios años donde me ingresaban mis comisiones ( trabajaba como agente de seguros exclusivo en una cia de seguros) en esos años, cuando llego cualquier recibo sì no habia saldo jamas pagaron,siempre lo devolvieron,sin embargo cuando la cuenta dejò de tener movimiento porque quede sin trabajo, el banco pago sin consultarme y sin mi consentimiento puesto que no tenia ingresos y por tanto la cuenta no tenia movimiento tres recibos de autonomos.
Ahora me reclaman 894 euros, yo no estoy de acuerdo pues no solicite ese credito y no tenia intenciòn de pagar, el banco me comento que solo existe un dia de plazo para devolver dichos recibos a la S.S.
Debo acudir a ese juicio? Debo llevar un abogado?
No tengo intenciòn de pagar puesto que no tengo ingresos, tampoco tengo bienes embargables.
Que me aconseja? No quiero problemas,pero no puedo satisfacer dicha deuda con la que ni siquiera estoy de acuerdo.
Muchas gracias
Atentamente
Nuria
Hola Nuria, si la deuda no es real deberás acudir al monitorio a negarla, pero si te cobraron 3 cuotas de autónomo entiendo que estabas dada de alta como tal, y por lo tanto, parece que la deuda es real. En cuanto a la actuación del banco, dependerá del contrato que tuvieras suscrito con ellos. Si quieres más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
Buenas tardes, supuestamente estoy en proceso monitorio por CEAC, ya que me negué a pagar un curso por ser un total fraude, intenté dar de baja, pero no me lo permitieron, ahora bien, no tengo constancia de este proceso y la verdad que no sé que hacer, ya que me dieron una información totalmente falsa, ¿que puedo hacer?, y, ¿cómo puedo enterarme si estoy o no en proceso? Gracias.
Hola Sara, podrás informarte en los boletines provinciales o juzgados de tu localidad. Un saludo
Me han notificado la apertura de juicio monitorio por providencia en reclamación de una deuda de tarjeta visa del banco popular por importe de 1.400 euros de fecha marzo de 2007; me notifican y se apertura procedimiento monitorio en febrero de 2015. No ha prescrito ya? y si no es así yo no me opongo a pagar sino que no puedo porque en estos momentos no cuento con ingresos de ningún tipo. Hay alguna manera de alegarlo antes del juicio a que de lugar por la cuantía pienso que un verbal ya que lo único que dice la ley es la oposición en el plazo de veinte dias, y como he dicho mas arriba no es que no quiera pagar es que no puedo, por ello mi pregunta concreta es si se puede realizar un escrito de alegaciones en el periodo de veinte dias. Gracias y un saludo
Hola Encarna, si te estuvieron reclamando esa deuda, no ha prescrito. La mejor opción antes del juicio es tratar de llegar a un acuerdo con tu acreedor. Un saludo
Buenas tardes!
Me han puesto un juicio monitorio por una deuda de 205 euros con una compañía telefónica. Si acudo al juicio monitorio y me opongo a pagar, pueden cobrarme las costas en este tipo de juicios, o me las cobrarían en juicio verbal posterior?
Muchas gracias de antemano.
Hola Ángel, sí, todas las costas que se generen pueden ser cargadas a tu costa si así lo decide el juez. Un saludo
Hola cobralia me lleva a juicio por que deje de pagar un prestamos al banco popular de 1500 euros porque me quedé sin trabajo y esto en el 2013 ahora me cobran 5100 con los intereses, me puedo oponer por estos grandes intereses?
Hola Chris, habría que saber más datos, pero el pago de intereses, en principio, es normal. Si quieres más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
Buenas noches David,
Tengo una duda, he puesto un monitorio por 19.000€ por trabajos tealizados.
El deudor se ha opuesto alegando una serie de cosas que posteriormente han sido rebatidas al poner la demanda y probadas documentalmente .
La pregunta es la siguiente;
¿ El deudor en la contestación a la demanda puede contar otra serie de cosas diferentes a la oposición inicial ? ¿ Se lo pueden admitir a trámite ?
Saludos
Raquel.
Buenos días Raquel. En la contestación no tiene porqué ceñirse a lo alegado en la oposición. Un saludo
buenas
Los abogados de la comunidad de propietarios nos informaron de una deuda 2300€ llegamos un acuerdo verbal de pagar poco a poco para no llegar al monitorio y pagamos 200€ en julio y 1000€ en octubre a la cuenta de la comunidad directamente nuestra sorpresa en que en diciembre nos embargan la nomina por el juzgado.
No entendemos que despues de llegar a ese acuerdo no se respete.
para mayor problema nos quieren cobrar de costas 1200€ me parece una pasada para la cantidad deudora.
podrian indicarme cual es la cantidad correcta de costas para un monitorio de 2300€?
gracias por vuestra ayuda
saludos
Hola Ángel, no puedo orientarte en cuanto a costas sin tener el expediente completo, lo siento. Un saludo
Hola David, el pasado año tuve una disputa con una entidad de crédito por una deuda que yo ya había pagado. Un poco antes de dejar domicilio en el que recibia las cartas amenazantes de dicha entidad, había una que me amenzaba con una demanda civil. Lo cierto es que ya no vivo, mi pregunta es, ¿es posible tener un proceso monitorio o juicio civil en tu contra sin que tu tengas constancia de ello? Gracias.
Hola Raúl, sí, es posible. Si no te consiguen localizar te notificarán vía edictos o publicaciones en el tablón del juzgado que te corresponda para darte como notificado, y si no acudes, se te declarará en rebeldía y el juicio continuará. Un saludo
Hola. Tengo una web de venta de productos de jardinería que compre en el año 2013. Me ha llegado un proceso monitorio de una empresa de Berlín por una foto publicada, en al año 2008, en una noticia que aparecía en la web. He retirado la foto y he informado a los abogaods de ello pero mantienen el proceso. ¿Tengo algo que hacer? Hay miles de fotos en mi web y, por ejemplo la que origina la demanda, ni la había visto ya que complementaba una noticia. ¿Qué debo hacer?
Hola Luis, me temo que tienes poco que hacer al respecto si era suya su autoría y no cedían los derechos. Un saludo
David, Aktiv Capital me reclama un pago de 1400 € de una presunta deuda con Carrefour que desconozco, del año 2004. Me opuse en el monitorio y ahora vamos al verbal. Aktiv Capital sólo adjunta la solicitud de la tarjeta de Carrefour y un certificado hecho por ellos mismos en el que dicen que compran la deuda a Carrefour. En todos estos años no he recibido ni llamadas, ni cartas ni reclamaciones de Carrefour. Nunca dejé nada a deber. En el verbal no puedo demostrarlo al haber pasado 11 años, pero ellos tampoco aportan documentación que acredite la deuda. Qué debo hacer? Gracias anticipadas.
Hola Miguel. Si no hay pruebas en tu contra, tendrás que defender la inexistencia de dicha deuda. Un saludo
Me llega una requerimiento para juicio monitorio cuya notificación ha sido el día 7 de marzo , la cantidad no excede de 2000 euros, pero no he presentado el escrito de oposición por que se me paso el tiempo , con lo cual se despachara la ejecución, ahora que puedo hacer??
Hola Camilo, el juicio monitorio seguirá adelante. Un saludo
Hola!
Intrum justicia me reclama una deuda pendiente del año 2006. Estamos a 2015, por tanto, es evidente que ha prescrito, no?.
¿Por qué se obstinan en querer cobrar lo que no tienen derecho a ello? ¿En qué se quieren basar para reclamarme ese dinero?
Gracias de antemano. Un saludo
Hola Víctor, si ha habido reclamaciones de esa deuda, puede que el plazo de prescripción se interrumpiera. Si necesitas más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
Hola, me ha llegado un proceso monitorio por una deuda de 2600 €. Me instan a pagarla en 20 días o presentar escrito de oposición. He revisado los documentos y está todo correcto el problema es que no puedo hacer frente a esos 2600 € y pagarlos.
Llevo unos meses trabajando, por lo que tengo nómina y vehículo propio (del año catapum). Si no me presento al monitorio ¿me embargan la nómina? ¿el coche?… No tengo vivienda en propiedad.
Muchas gracias.
Hola Josito, por tus deudas se paga con tu patrimonio presente y futuro. Así que te podrán embargar todos los bienes que tengas a tu nombre, así como la nómina respetando los mínimos inembargables. Si quieres más información, escríbeme a [email protected] . Un saludo
DICE CRITERIOS DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA PRESTAMOS CON GARANTIA PERSONAL LEER DICHO TENA Y LA LEY 16 2011 DE 24 DE JUNIO DE CONTRATOS DE CREDITO AL CONSUMO QUE ENTRO EN VIGOR EL 25 STP DE 2011 DEROGANDO LA ANTERIOR LEY 7-1995 DE CREDITO AL CONSUMO
Buenas tardes,hice una oposición de un proceso monitorio,el 23 de Marzo.¿Cuanto tiempo tarda en llegar la demanda del juicio ordinario?
Gracias.
Un saludo.
Hola Ana, dependerá de muchos factores, es muy difícil adivinar un plazo. Un saludo
Muchas gracias por contestar,le diré que el juzgado admitió la demanda de oposición el 23 de Abril,y por eso mi duda, desde cuando empieza a contar el plazo para la presentación de la demanda
del juicio ordinario.
De nuevo ,gracias.
Hola buenas tardes!! He puesto una demanda mediante juicio verbal por el impago de 900 euros a una persona, en el mismo partido judicial de su domicilio y el demandado ha contratado un abogado. Me gustaría saber si retiro la demanda se me cobraría alguna costa judicial??? Un saludo
Hola Darío, si se ha llegado a contestar la demanda, lo normal es que tengas que asumir los gastos si la retiras. Si tienes más dudas, puedes planteármelas en [email protected]. Un saludo
HOLA MI DEUDA ES DE 16.000 euros y intento llegar a un acuerdo y la financiera no quiere..no puedo pagar los plazos que me exigen solo 150 EUROS Y HE DEJADO DE PAGAR..MI PREGUNTA ES EL JUEZ PUEDE REGULAR ESE IMPORTE..YA QUE NO ME NIEGO A PAGAR.GRACIAS
Hola Dena. Si no llegas a un acuerdo con la financiera, acabarán embargándote lo estipulado en la ley. Un saludo
Buenos días
me llego un monitoreo por una deuda del año 1998 de 160 euros(entonces en pesetas) no se cierta y ademas hace 17 años, el demandante ha falsificado una factura poniéndole fecha de 2014, me he opuesto con abogado y procurador, pueden retirarse antes del verbal? o bien si han estafado y hay verbal ademas de las costas puedo solicitar una multa por estafa y falsedad documental?
gracias
Hola María. Sí, podrán retirarse, y sí, podrás denunciarlos si tienes pruebas. Si tienes más dudas escríbeme a [email protected] . Un saludo
Hola,
A mi pareja le llegó una notificación de inicio de juicio moratorio por una deuda de entidad bancaria, en la que no figura cantidad.
Si no hemos hecho nada al respecto, mi duda es, que si su única propiedad es un coche de 24 años, vendrán a por ese coche. Él no tiene trabajo ni ingresos.
Muchas gracias
Hola Esther. Sí, podrían llegar a embargarle el coche. Un saludo
Acabo de interponer juicio monitorio contra el padre de mi nieto por deudas de colegio.cuanto puede tardar en salir
Hola Ángeles. Es muy difícil poder decir algo a este respecto, pues que dependerá en gran medida de la carga de trabajo del juzgado. Un saludo
Hola david me acaba de llegar una cita en de un juzgado por+una deuda de 1055 euros se+lo habia sacado a un amigo que no tenia nie pero la+deuda es de 5 años atras y yo nunca recibi una notificacion ni nada de hecho me he cambiado de domicilio a los 3 meses de aver comprado pero no+me notificaron
Hola Lilian. Es posible que te hayan notificado de forma edictal o a través de los boletines oficiales de tu domicilio. Un saludo
Hola, en primer lugar felicitarte por el blog!
Hemos iniciado un procedimiento monitorio, pero hemos recibido una carta del juzgado en la que pone: «Observándose en el escrito el defecto subsanable consistente en FALTA DE RATIFICACIÓN PERSONAL ANTE ESTE JUZGADO» ..No entiendo a que se refiere, ni que nuevo documento debería aportar, si pudieses resolvernos esta duda te lo agradecería. Un saludo!
Hola Germán, sin tener acceso al expediente completo es difícil saberlo con precisión, pero podría ser que el documento que presentaste no estuviese firmado. Un saludo
Muchas gracias, es posible que sea algo así. Nos tocará ir supongo.
Hola.Tengo un minicredito de vivus finance que está vencido de 2 meses y ahora me llegado un correo electronico en cual me dicen que si no pago dentro en 10 días lo llevarán al juicio monitormonitorio.Esto es cierto? Y que pasará?
Hola Vanda. Si es cierto o no es difícil saberlo ya que dependerá exclusivamente de ellos, pero poder, pueden hacerlo. Un saludo
Hola, tengo un pagaré por cobrar de una factura de 2013, por trabajos realizados, 2500€ la empresa alega que no puede pagar, quisiera saber si vale la pena un juicio monitorio ya que me temo que no se presenten o aleguen que no pueden pagar y no se si luego tendría que buscar abogado y procurador y es lo que quiero evitar.
Hola Josefa. Eso es algo que tendrás que valorar tú misma a tenor de lo que sepas sobre la empresa y sus responsables. Por esa cantidad, sí te haría falta abogado y procurador. Un saludo
Hola David. Tengo un problema que me trae de cabeza. Hace cosa de medio año grandes dia de hoy, me llamaron por primera vez de una empresa de recobro llamada géminis, de la cual me decían que tenia una deuda con el banco BBVA que les ha vendido a ellos. Entonces me reclaman casi 1,800€ por una cuenta que quedó al descubierto en el 2003 cosa asi, cuando yo en esa epoca era menor, por eso pense que pudo ser mi madreeso ( que ni lo sabemos) la cual estaría dispuesta hacerse cargo si fuera así, pero no esta empresa dice que mi madre hay no pinta nada que esto es cosa mía.Y no entiendo sin ser yo mayor de edad porque me pasa esto a miY, porque tengo que pagar yo esto?. Para colmo pido cualquier tipo de información en el banco, en la empresa, alguna carta algo que acredite que esto es cierto y me dicen que ellos ya me han mandado una carta, a una direccion en la que yo estuve registrada el mismo año de la cuenta esta. Y me niegan a darme cualquier otro tipo de información y yo ante todo esto me he negado a pagar, entonces me han mandado a juicio monitorio y estoy muy preocupada porque si yo perdiese el juicio porque todo esto fuera real que, sinceramente ni lose por fatla de papeles, información, etc me enteré de la nada, que me pasaría? Porque no tengo trabajo , ni ayuda, paro, suicidio, nada… Vivo con mi madre somos familia numerosa y nos han tenido que donar una vivienda de protección oficial debido a nuestra situación… Necesito ayuda nose que hacer siento el comentario tan grande pero es como un desahogo. Espero su respuesta gracias de antemano. Estoy ya hace medio año muy agobiada com este tema porque es que hasta sientes acoso y te amargan
Hola Anónimo. En el juicio podrás acreditar tu situación si la deuda no fuese real, de serlo, procederán al embargo de tus bienes e ingresos respetando los mínimos que marca la ley. Si no tienes ni propiedades ni ingresos, no pueden embargarte nada. Un saludo
Buenas, después de haberme hecho unas obras en casa y no realizarlas bien, negándome a pagar 150€ del trabajo, me mandaron una notificación monitoria a la que yo recurrí. me han citado para un juicio verbal, pero no puedo asistir porque estoy de viaje de trabajo. que puedo hacer?????? muchas gracias por decir.
Hola Miguel. Podrás contratar a un procurador para que acuda en tu nombre. Un saludo
Hola, tengo audiencia previa para 10/2017 por tema de clausula suelo con Caja Rural, hoy la Caja me da opción de quitarme la clausula, si yo no sigo con la demanda y anulo la vista previa, debo de pagar algo? Que cantidad seria?
Hola Luis. Tendrás que pagar las costas que se hayan originado hasta tu situación actual. Un saludo
YO DE TIRE QUE ESPERES A QUE SALGA LA SENTENCIA DEL LA CE Y SI FIRMAS ALGO HABLA ANTES CON UN ABOGADO MUCHO CUITADO CON LO QUE FIRMAS
Hola tengo un procedimiento monitorio por una deuda de tarjeta de crédito de 8200eu y el juzgado me da plazo de 20 dias para pagarla que pasa si no pago ya que no puedo pagar y ya tengo mi nomina embargada por otra deuda con un 30% me pueden embargar también con esta deuda al mismo tiempo puedo tener dos embargos? Gracias
Hola Walter, si no pagas seguirán adelante con el juicio y podrán llegar a embargarte tus bienes. Si quieres más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
ESPERO QUE ESTE COMENTARIO DE SIRVA DE ALGO SI YA TIENES UN EMBARGO SEA POR EL TIEMPO QUE SEA TIENEN QUE ESPERAR HASTA QUE TERMIMES DE PAGAR EL OTRO
Hola, he recogido un requerimiento de pago de intrum justitia del juzgado, en el que se me reclama una deuda de 261 euros con orange. Esa deuda ha sido pagada este verano en dos plazos. En el juzgado me han dicho que me oponga y entregue el justificante de los pagos. Me he puesto en contacto con intrum, my me han dicho que esta todo al corriente de pago, pero q el monitorio se envió antes de los pagos. No deberían ellos de retirarlo? Me opongo? Estoy un poco pérdida, gracias
Hola Belén, ellos deberían retirarlo, pero si no lo hacen, basta con que te opongas como ya te han indicado. Un saludo
Hola David, buenas tardes.
Enhorabuena, es la primera página de abogados que leo y entiendo. Y no me considero una lerda, pero es que la jerga legal es excluyente para los que no somos letrados…
Voy a tener que ir a un juicio ordinario al haber presentado oposición contra un monitorio por el que me reclaman 7.000 € por una deuda de mi fallecido padre.
Tengo que negociar el precio con el abogado que me preparó la oposición.
Si fueras tan amable, me gustaría que me orientases sobre cómo podría negociar este precio.
Mi idea era partir de una tarifa plana no muy alta y darle una comisión en el caso que ganásemos el juicio.
Según vuestras tablas, ¿cuál podría ser esa tarifa plana? Esta información está restringida.
¿Y cómo podría negociar esa comisión de una manera ventajosa para ambas partes?
Muchas gracias por adelantado
Bibi
Hola Bibi, lo siento pero no puedo ayudarte con este tema en concreto. Existen ciertos baremos en el colegio de abogados, pero son orientativos. Un saludo
Hola!
Orange me reclama a través del juzgado (proceso monitorio) 500 euros.
Es una deuda de principios de 2008, ya que devolví los recibos porque me ofrecieron un servicio de adsl y teléfono fijo junto con el móvil, pero nunca llegó a funcionar. Como insistía en que lo solucionaran y no lo hicieron pedí darme de baja y no me atendian .
Así que tuve que darme de alta con otra compañía tanto para la línea fija como para la móvil y asumir los gastos y las molestias que conlleva.
En el documento que me han enviado alegan que fui avisada tanto por sms como por correo ordinario del tema, y eso no es cierto.
Me gustaría saber si estas deudas prescriben y por otra parte cómo puedo oponerme a pagarla, ya que el plazo es de 20 días desde hoy.
Muchas gracias y un saludo.
Hola Sara, sí prescriben pero no si te las han estado reclamando. Podrás opornerte tú personalmente acudiendo al juzgado. Para más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
hola
que pasa en el caso que el juzgado me comunica que el deudor de una deuda por monitorio dice que ha fallecido y se que esta vivo?
gracias
sabludos
Hola Gus, tendrás que denunciar esta situación ante el juzgado. Un saludo
Hola,
Tengo un familiar que m debe un dinero, q a su vez este familiar no m paga hasta q no le den el dinero de un juicio q ganó hace casi nueve meses, son 22.000 euros, le dieron la razón, en abril de este año el deudor q había recurrido volvió a perder, hace un mes q ha pasado el periodo de pago voluntario del deudor, mí familiar no quiere «molestar» a su abogado con preguntas, pero yo necesito ese dinero ya que lo pedí prestado al banco y llevo años pagando a plazos su deuda, m podía decir q pasos son los siguientes que tendrá q dar el abogado de mi familiar? Me imagino q ya no podrán volver a recurrir, el siguiente paso es un embargo o algo así? los juicios son en Madrid, sabría decirme de q plazos hablamos para llegar a cobrar? Gracias X todo.
Hola, dependerá de muchos factores que desconozco al no tener el expediente completo, lo mejor es preguntarle al abogado. Un saludo
Hola un amigo abogado me empezo a preparar el divorcio sin decirme que me iba a cobrar, yo pense que no lo haria. Ahora me reclama via judicial 725 euros que no tengo ya que no tengo ni gun tipo de ingresos. Que puedo hacer al respecto? Decir que segun el convenio que el me hizo me quedaba sin nada.
Hola Marian. Si no tienes ingresos ni propiedades no podrá embargarte, poco más puedes hacer si la deuda es legítima. Un saludo
YO LO QUE ARIA SERIA IR AL COLEGIO DE ABOGADOS Y ESPONTRIA TU CASO
Hola, me gustaria saber si puedo iniciar un proceso monitorio contra el propietario de mi antigua vivienda al no haber sido devuelta la fianza de 1200 euros.
El propietario firmó el recibi ya que todo estaba bien y cuando esperabamos la devolución la empresa entro en concurso de acreedores. El arbitro reconoce la deuda pero desde la entrevista con esta persona en su despacho, hace tres años no hemos visto un duro. Dicen que no han terminado de liquidar y que los bienes no cubren todas las deudas.
Al haber firmado con un particular no con la empresa Podemos iniciar un monitorio?
Gracias
Hola Ana. Podéis iniciar un monitorio si cumplís con los requisitos. Un saludo
LO PRIMERO ES COMPROBAR QUE ESTE SR PRESENTO EN SU DIA EN SU COMUNIDAD EN EL DESPACHO DE ALQUILERES EL DINERO Y SI NO LO IZO LE PUEDE CAER UNA MULTA Y SI NO ES ASI LO SIGUIENTE PRESENTAR UNA DEMANDA DE MONITORIO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA LA RECLAMACION DEL DINERO MAS LOS INTERESES
Hola .
Tengo una deuda con el BBVA que reclamó vía judicial año 2009. No pude pagarla y ahora, en 2015 Instrum Iustiticia me reclama con diferentes monitorios de cantidades que rondan los 600 euros cada una (la deuda con el BBVA es de 15000).
De momento, me he opuesto a los monitorios y me citan a diferentes juicios verbales.
Mis dudas son:
– Desde el 2009 no se me volvió a reclamar nada por parte del banco ¿la deuda no ha prescrito/caducado?
– Nunca se me notificó la cesión de creditos hacia instrum iustitia . ¿Me puede servir para el juicio verbal alegar dicha causa?
– ¿Por qué se me reclaman cantidades parciales (hasta 18 monitorios) y no en una sola demanda por la totalidad de la cantidad?
Dime que puedo hacer, por favor (no puedo pagar la deuda).
Hola Fer. Dependerá de si se te han notificado o reclamado por otros medios, es difícil saberlo sin tener acceso al expediente completo. Y los pagos parciales dependerá igualmente de tu acreedor y de como quiera gestionar el cobro de las deudas. Un saludo
buenas tardes david tengo un prestamo pendiente con cetelem de 841 euros, hoy me an mandado una carta del juzgado con aviso de llegada de correos por que no estaba en mi domicilio,yo estoy trabajando gano 700 euros al mes yo abia pensado de ahorrar los 841 euros y pagarlo a primeros de noviembre pero cetelem no quiere acuerdos,, que podría hacer para ganar tiempo hasta noviembre para pagar la cantidad sin tener que llegar a juicio i me reclamen las costas?? tengo coche y moto y me da miedo me embarguen el coche por que esta valorado en 5.000 mil euros como para perderlo por 841 euros aber si me puedes ayudar muchas gracias
Hola Juan. Si tu acreedor no quiere llegar a un acuerdo no podrás hacer demasiado, lo más barato es cuando te reclamen judicialmente la deuda, aceptarla en el juzgado y pagar allí directamente. Un saludo
JUAN LE LOS CRITERIOS DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA ART 5-12 DICE PRESTAMOS CON GARANTIA PERSONAL
Hola David,
Me han notificado un monitorio por una deuda real de la financiera del corte ingles de 600€ ahora mismo no dispongo de medios para pagarlo todo y me reclaman el importe antes de 20 dias, me han dicho que puedo realizar un escrito al juzgado en el que reconozco la deuda y me comprometo a pagar cierta cantidad a cierto numero de meses, es correcto? que tipo de escrito debo realizar?
Tambien me han comentado que haga los ingresos a traves del numero de cuenta del juzgado para que ellos lleven el control.
Se puede hacer asi?
Gracias de antemano.
Hola Bego. Lo mejor es llegar a un acuerdo con tu acreedor, en caso contrario, te podrán reclamar en los tribunales. Los ingresos es aconsejable siempre consignarlos en el juzgado. Un saludo
bego pasate por el juzgado cual tienes y habla con los compañeros y veras que de tiran lo que tienes que pagar
hola
via judicial me reclaman 316€ pero hablando con instrum por telefono me dicen que son 410€ por intereses. en el juzgado me han recomendado que page por el juzgado lo que ellos piden en la demanada 316€. les he llamado para comunicarselo y me dicen que no que son 410. les he dicho que no y me amenzan con reclamarme la diferencia. que es lo que tengo que hacer legalmente?
gracias
Hola Ana, paga en el juzgado la cantidad que te han reclamado judicialmente, tal y como te dicen en el juzgado. Un saludo
Hola David
Mi marido y yo perdimos un juicio y nos condenaron a pagar las costas judiciales . Lo peor es que nuestro abogado no nos informo de nada , ahora sabemos que teniamos diez dias para oponernos a las costas que reclama ,ya que son excesivas , por 42800e nos reclama 21.000e . Nosotros queremos pactar y pagar en pequeñas cantidades ya sabemos que estamos fuera de plazo por culpa de nuestro abogado.
Se puede negar o puede embargar directamente nuestros bienes?Y si decide embargar nos lo notificaran antes?
Gracias.
Hola Imma. Si os acaban embargando seréis notificados, sí. Si quieres más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
inma espero que esto os sirva de algo si teneis hipoteca sobre el piso siempre el piso . tiene el banco preferencia sobre el piso en cuanto al al dimero que os puedan retirar eso hos lo puede decir el juzgado
Hola David.
He recibido una cédula de notificación de un juzgado de primera instancia dirigida a la SL que administro citándome la semana que viene, un día concreto pero en horario abierto, para «practicar diligencia de su interés». En la cédula viene referenciado un juicio monitorio xxx/2015 y es sobre reclamación de cantidad interpuesto por una eléctrica. No figuran cantidades ni nada más.
Mi duda es: ¿Esta notificación es para que me persone por si quiero oponerme o puede ser que se haya celebrado el monitorio sin enterarme y sea para…darme sentencia o algo similar?
Gracias.
Hola Carlos. No lo podrás saber hasta que acudas al juzgado. Un saludo
Hola buenas tardes, he recibido un requerimiento monitorio de una deuda real a comunitae la cantidad que me reclaman es de 1700 euros que no me niego a pagar,mi situación laboral y personal han cambiado ahora mismo cobro el desempleo 600€, puedo hacer frente ahora mismo de 1000€ pero los 700 restantes hasta el mes que viene no podría que debo hacer, hago el pago de esos 1000 y hago el escrito de oposición? ? Muchas muchas gracias
Hola María. Lo mejor es pagar lo que puedas de la deuda, siempre puedes intentar también llegar a un acuerdo con tu acreedor. Un saludo
maria sobre dicha reclamacion debes pasar por el juzgado no agas nada andes
Buenas, tengo dos deudas de mini créditos, si voy al juicio monitorio, podría negociar las cuotas que puedo pagar?? y otra duda, si me embargan el 60% de la nómina embargable pueden volver embargarme de otro sitio???
Hola Lucia. Para negociar las cuotas tendrás que negociar extrajudicialmente con tu acreedor. Y sí, el embargo de nóminas es solo un tipo de embargos, también pueden ir a por otros bienes que tengas. Si quieres más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
lucia be andes al juzgado y habla con los conpañeros del juzgado y es posible que ellos de saquen de dudas
Estimado.
Tengo mañana verbal con Instrum Justicia por un credito de 529 que contraje con el BBVA en el año 2008; sin embargo, ellos nunca reclamaron nada hasta ahora. Puedo alegar Prescripción?
tengo otro el lunes por una cuantía identica, y solicitan suspensión del procedimiento ¿por qué?
Hola Fernando, pueden habertelo reclamado de muchas maneras, habría que tener el expediente completo para conocer la situación exacta. Si quieres más información escríbeme a [email protected] . Un saludo
Hola David tuve un juicio verbal y se me condenó a pagar 290 euros de un total de 2.600 que me reclamaban,tengo entendido que el acreedor, después de la sentencia debe pediir la ejecución,y para ello,tiene ,20 días, ya pasaron lo 20 días y no he recibido notificación del juzgado, indicándome donde o a qte cuenta debo ingresar el dinero, mi pregunta si pasan lo 20 días y no han solicitado la ejecución,que sucede?
Hola Marcelino. Tienes 20 días para cumplir voluntariamente la sentencia, en caso contrario podrán ejecutarla, el plazo de caducidad en este caso es de 5 años. Un saludo
Buenas tardes, en noviembre tengo un juicio oral, en su momento tenia un impago de alquiler de 2.700€, la deuda principal esta ya pagada, en la denuncia se reclama, deuda principal, más interes más costas. Hace más de un mes que saldé la deuda principal y he intendado llegara un acuerdo con la Dueña, pero no hay entendimento, En caso de celebrarse el juicio oral que me corresponderá pagar a mi.
Hola Ra, efectivamente tendrás que pagar intereses y costas si pierdes el juicio. Un saludo
Hola, acabo de recibir citación para juicio monitorio por demanda de 200euros porque me negué a pagar un servicio de prevención que realmente no me prestaron en un año, no me hicieron ni una visita ni me realizaron la formación prevista en un contrato que firmé con ellos , así que me opuse en el escrito de oposición Es una cantidad ridícula pero pienso que no debo pagar por servicios no prestados. Ellos dicen que lo debía haber comunicado por escrito y yo solo lo hice verbalmente y devolviendo el recibo que me domiciliaron y contratando a otra empresa. Realmente tengo alguna posibilidad alegando servicios no prestados? Les tuve que enviar con posterioridad un buen escrito de baja para que «constara en sus archivos» y cerrar el expediente. Esto me perjudica? No creo que pueda asistir, podría delegar en alguien? Gracias
Hola Jose, si puedes probar lo que dices, no tendrás problemas. Un saludo
Hola, yo tengo un juicio por una deuda con un banco, ya me embargaron todo el principal y una cantidad más en prevision de costas e intereses. MI deuda fue vendida mientras estaban embargandome la deuda, a una empresa de estas que llaman «buitres». entonces puesto que estaba ya mi deuda en los juzgados, les indiqué que debian personarse alli para acreditarse como acreedores. Ellos lo hicieron y ahora han tasado las costas de abogado y procurador y los intereses del principal adeudado. Mi pregunta es, si puedo negociar con esta empresa para pagar menos y que no tenga que pagar lo que se pide en la tasación del juzgado. En el juzgado piden 4070 eur. 1808 de abogado y procurador y 2270 intereses del principal . El principal era 7415 eur, en 2010 y se acabó de pagar todo en noviembre de 2014.
si no llegamos a un acuerdo antes de que se aprueben las costas e intereses (ya que me han dado un plazo de 10 dias) , podria meses mas tarde intentar una negociación con la empresa adeudada y decirles que pagaré un poco menos, pero de golpe?
Muchas gracias
Hola Alicia, sí, se puede intentar la negociación de la deuda. Un saludo
alicia tu has pasado por el juzgado si no has pasado creo que lo tienes que hacer creo que lo que izo el banco es a mi parecer un verdadero abuso de poder
Buenas noches
Tengo un monitorio reclamando deuda a la comunidad de vecinos por arreglo de una terraza que filtra agua. En la documentación que aporta el procurador está el acta (9.12.14) (no asistí por vivir en otra ciudad) en la que la comunidad acuerda reclamarme la deuda y se autoriza a la presidenta para las acciones legales oportunas, dando poder a abogado, procurador, etc. El procurador dice (20.9.2015) que no recogí un burofax en el que el Secretario/Administardor me reclamaba la deuda
1.- El burofax fue recogido UN MES (19.8.2015) antes de la fecha del escrito del procurador. Además fue contestado (20.8.2015) por correo certificado, diciendole al Secretario/administrador que no me opongo al pago de la deuda pero que hay daños en mi piso que son derivados de la terraza y quiero que el seguro de la comunidad verifique estos daños, para lo que es necesario entrar en el piso encima del mio. En el caso de que efectivamente fuesen daños derivados de la terraza, la comunidad tendría que reparlos.
2.- Ese burofax es la única documentación fehaciente que tengo sobre el asunto. Incluye una relación de deudores con la cantidad de cada uno, de fecha octubre de 2014, antes de la reunión del 9.12.14, pero no incluye el acta de esa reunión. Por tanto yo no sabía, previamente al monitorio, ni lo que se había acordado ni que se habían autorizado acciones legales.
¿Esto es motivo de oposición? Si me opongo por estas razones ¿habrá juicio o podría resolverse con el mandato de iniciar otra vez el proceso: envío correcto de burofax con el acta, plazo para liquidar la deuda, etc.? ¿hay algo diferente que pueda hacerse que no sea la oposición? Hay párrafo del escrito del procurador que es mentira: he recogido el burofax y he contestado manifestando que no me opongo al pago. El Secretario reconoce haber recibido mi contestación al burofax, pero o no se la dio al procurador o este miente.
Gracias
Hola Luis. Necesitaría estudiar el expediente completo para poder darte una valoración adecuada. Ya te di otra respuesta también a través de tu correo. Un saludo
Buenos dias
Considero que hay defectos de forma y por tanto he interpuesto recurso de reposicion dentro del plazo marcado de 5 dias.
Tengo un plazo de 20 dias para la oposición, desde el dia siguiente a la recepción. Como supongo que no habrá resolución a la reposición antes de fin de plazo ¿tengo que interponer también el de oposición? En caso afirmativo ¿alego en la oposición los mismos motivos de defectos de forma, junto con otros que pueda haber sobre cantidad reclamada (es menos de 2000 euros), etc.?
Muchas gracias
Hola Luis. Tu apreciación es correcta. Un saludo
Hola,tengo un problema me acaba de llegar una citación para un juicio monitorio no me pone ni cuantía ni nada y no se de que es ni de que puede ser si yo me presento al juicio y no me niego a pagar que repercusión judicial tiene esto???que opciones tengo antes del juicio es el viernes que viene
Espero una pronta respuesta no me niego a pagar algo si es mio pero necesito saber los pasos y poder estar tranquila este fin de semana
Gracias
Hola María. Lo mejor es acudir al juicio para enterarte de qué se trata. Los pasos que seguirán en el juicio monitorio están descritos en el blog, igualmente si tienes más dudas puedes escribirme a [email protected] . Un saludo
Buenos días David, voy a presentar oposición a un monitorio por una deuda que dicen que debo, es un incumplimiento de contrato por lo parte, pero se llegó a un acuerdo por mi situación laboral y personal que quedaba anulada la deuda, me enviaron un escrito ( es copia ) firmado y sellado. Me he cambiado de casa dos veces en ese tiempo y de momento no la encuentro, mi pregunta en la oposición debo adjuntarla?, o no hace falta y así tener mas tiempo para buscarla hasta el juicio.
Un saludo y gracias
Hola Luis. Lo ideal sería adjuntarla directamente, si no es posible, siempre puedes tratar de ganar tiempo. Un saludo
Incumplimiento por mi parte , el corrector del móvil.
Un saludo
Hola,
he recibido hoy un email de la empresa de minicreditos Cashper reclamandome una deuda de 300€ de hace dos años, yo no he pedido nunca esa cantidad y me amenazan con ir a juicio y tener que pagar 900€ de costes según me pone…
Yo les pido el contrato donde yo he pedido esos 300€ y se niegan y me dicen que ya lo recogere en el juzgado.
Que puedo hacer?
Hola Tom. Si no te facilitan información tendrás que esperar al juicio para saber algo. Un saludo
Es competente el juzgado de instrucción, procedimiento monitorio para reclamar el impago de una nómina?
Disculpa no he aclarado que es la primera reclamación por parte de un empleado que tengo, que ni ha presentado como documentos en el monitorio como el contrato, ni el finiquito ni ha interpuesto reclamación ante el SMAC, ni Juzgado de lo Social. Gracias.
Hola Charo. No lo es. Para el caso de nóminas tendrá que acudirse a los juzgados de lo social. Un saludo
Buenos días,
Hace poco me reclamaron mediante juicio monitorio la cantidad de 523€ en concepto de entrega de mercancías (medicamentos) y dos facturas. Revisando la documentación, no consta en la entidad financiera que se hiciera cargo alguno (además tenía concedido en dicha entidad descubiertos de hasta 600€ para el pago de suministros y proveedores) en las fechas de vencimiento de dichas facturas. A mayor abundamiento, no me consta que recibiera dichas mercancías y además esta empresa (con la que no niego que haya tenido relación comercial) me debia a mi una cantidad por devolución de medicamentos. Por supuesto, me opondré a tal procedimiento por los argumentos expuestos anteriormente. Además, dichas facturas no están contabilizadas. Son argumentos de peso? Gracias y saludos.
Hola Juan, a priori pueden serlo, pero me haría falta estudiar todo el expediente para poder darte una respuesta más adecada. Si quieres más información escríbeme a [email protected]. Un saludo
Buenos dias
Soy demandado y tengo 10 dias para solicitar celebración de vista. Si no la solicito se entiende que no la quiero. Sin embargo ¿puedo manifestar por escrito que no la quiero y al tiempo adjuntar una fotocopia de un burofax, YA CITADO EN EL ESCRITO DE OPOSOCION? ¿Me admitirán esta fotocopia o tiene que celebrarse la vista para que la consideren?
Gracias
Hola Luis. Necesitaría tener el expediente completo de tu caso para poder saber a qué te refieres con exactitud y poder ayudarte. Si quieres más información escríbeme a [email protected]. Un saludo
Buenas noches, David:
He recogido esta noche del buzón un requerimiento judicial para que me persone en el Juzgado Decano SCACE, para retirar una documentación.
Es de una deuda contraída con mi entidad bancaria por un préstamo personal y tarjeta de crédito. Dejé de pagar las cuotas aproximadamente un año, ya que dada mi situación personal, perdí el trabajo y actualmente mis ingresos, no superan los 800 €.
La deuda ascendía hace unos meses a 12.000 € que me dijeron, que tomarían medidas legales y me reclamarían en su totalidad. Creo que ese momento ha llegado y estoy desesperada porque solicité una reunificación de deuda que aprobaron una vez, pero no pude ir a firmar por tener a mis padres enfermos, la directora de la sucursal, solicitó de nuevo la reunificación y no volvieron a ponerse en contacto conmigo. Yo tampoco lo hice, porque se acordaba una cuota mensual de 200 euros y pago de alquiler 650 € (que este mes, sólo he podido abonar la mitad).
¿Que puede pasar a partir de haber recibido este requerimiento?. Tengo una vivienda en propiedad, pero… pueden embargarme la vivienda teniendo un valor superior a la deuda? y en caso afirmativo… ¿que me embargarían el total de la vivienda o la parte proporcional a la deuda?.
Ahora mismo, me resulta imposible afrontar ningún pago.
¿Que puedo hacer? Por favor David, si puedes contestar, te lo agradecería mucho.
Un saludo y disculpa las molestias.
Hola Maria José. En cuanto a la vivienda, sí pueden llegar a embargártela. Esta acabaría siendo subastada y con el precio sacado por la misma, se saldaría la deuda. Si restase algún importe, se te devolvería. Si tienes más dudas plantéamelas en [email protected] . Un saludo
Muchas gracias, David. Voy a ponerme en contacto contigo, quiero hacerte una consulta.
Buenas tardes.
Me reclaman una deuda de unos 4.000, actualmente no tengo ingresos de ningun tipo y la única propiedad que tengo es mi vivienda habitual la cual tiene una carga hipotecaria de la que está respondiendo el avalista. Pueden embargar dicha propiedad aunque ya tenga una carga por esa deuda?
Hola Lorena. Sí, podrían llegar a embargarla. Si tienes más dudas plantéamelas en [email protected] . Un saludo
Hola ,me llego una citación porque me reclaman una deuda de targeta de crédito de hace varios años , yo no tengo nómina ni vienes , que pasara? Y si me llega una ayuda de 426€. Por mi edad he pedido podrán embargársela?
Hola Elisabeth. Si esos ingresos son los únicos que percibes no podrán embargártelos. Si quieres más información, ponte en contacto conmigo. Un saludo
Ola tengo una deuda de 3000 euros y me piden la cantidad entero me tienen en lista de monitorio y al es el siguiente paso no tengo nada a mi nombre ni propiedad ni nasa que me puede pasar. Y ando seria el juicio cuanto costaría necesito un abogado ay que asistir al juicio o solo es por escrito muchas gracias espero su respuesta con urgencia
Hola. Ya te contesté a través del mail que me enviaste. Un saludo
Hola!
En la Comunidad de Propietarios donde vivo hemos interpuesto un Proceso Monitorio a unos vecinos que tienen una deuda de unos 1.100 euro y que después del proceso no la han satisfecho a la Comunidad, nos dicen en el juzgado que tenemos que rellenar un formulario para la ejecución de dicho Proceso Monitorio, pero no sabemos donde podemos hacernos con este impreso o si no hace falta y podemos redactar una petición. Me gustaría que me informarais si es posible.
Muchas gracias!
Hola Maribel, puedes acudir al juzgado a por un modelo o puedes descargarte un modelo desde aquí. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Hola David!
Nosostros ya hemos interpuesto un Proceso Monitorio, el impreso que me dices ya lo rellenamos en su momento, pero los vecinos no ha satisfecho la deuda y por lo tanto ahora hay que realizar otro paso que es el de la petición de ejecución del Proceso Monitorio y este impreso no se donde puedo localizarlo porque ni en el juzgado correspondiente, ni en el Decanato me han dado ningún impreso para poder realizar el tramite.
Me gustaría que me pudieras orientar o decir donde puedo encontrarlo.
Muchas Gracias!
Hola Maribel. Tendréis que realizar una demanda ejecutiva. Si es por un importe superior a 2.000 € necesitareis asistiros con un letrado. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Ola buena yo quería saber que significa esto que me an mandado.
Si en el plazo de 20 días no paga ni comparece en este juzgado para alegar las razones de la negativa ala pago,el Secretario Judicial dictará decreto dando por terminado el proceso Monitorio y dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución bastando para ello la mera solicitud
Hola Isabel. Quiere decir que te están reclamando una deuda y que si en 20 días no acudes al juzgado para oponerte o pagar la misma, podrán proceder al siguiente paso, que es el del embargo. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Soy Isabel la chica de antes me piden pagar 1900.. Yo trabajo pero solo cobro 430,me pueden embargar algo de la nómina?No tengo bienes. Lo que no entiendo es ke si no me presento antes de 20 días al juicio monitorio…que pasa??
Hola Isabel. No podrán embargare de la nómina al ser inferior al salario mínimo. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Buenas tardes
Demanda contra mi de la comunidad de propietarios. Me opongo en el monitorio y pasa a juicio verbal. En la demanda me piden 1.600 E de la deuda, mas 500 de gastos de abogado/procurador + 30 de envio de un burofax. Ambas partes renunciamos a la vista oral y el juez sentencia contra mi y me condena y FALLA que: «… abonar a la actora la cantidad de 1.600 E mas los intereses legales, así como el abono de las costas procesales»
Llamo al juzgado y la administrativa me dice que si liquido la deuda de 1.600 E en 20 días no tengo que pagar ni costas ni nada mas
¿es correcto esto o, aunque no lo dice el FALLO, tendré que pagar también los 500 + 30 que pedían en la demanda? ¿No tengo que pagar costes procesales como dice el FALLO?
Gracias
Hola Barca. Si la sentencia te ha condenado en costas, tendrás que abonarlas junto con la cuantía de la deuda. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Si cobro de nómina 430 más la parte proporcional del paro que son 359,me pueden embargar algo de esos dos cobros? Muchas GRACIAS
Hola Isabel. Sí, podrán hacerlo ya que supera el SMI. Un saludo
Hola,me a llegado una carta del juzgado que me piden pagar una demanda,cual lo he echo antes de los 20 demás,mi pregunta es si me tiene que llegar algún certificado más del juzgado. Gracias
Hola, si tienes el justificante de pago no deberías tener problema alguno. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Hola, soy guia oficial de turismo en Tenerife y travaje muchos años sin parrada con una agencia ubicada en Mallorca, receptiva de un Tour operador frances que quebro (quiebra con continuacion). Esta agencia receptiva no quebro pero esperan mucho dinero del tour operador y en Francia, esta quiebra esta en mano de un presidente del Tribunal de Toulouse. Todos los empleados a qui en Tenerife y en Mallorca han cobrado y esperan finiquitos y otro,,,, Los guias de turismo, somos autonomos y considerados como provedores. Segun la leye, me tendrian que haber pagada como a los empleados debido a los años que travaje con ellos de modo fijo varios dias por semana. Les mande burofax, y lo han recibido. Mande toda la documentacion : copia burofax, facturas que me deben y peticion monitorio en el Tribunal de Primer Instancia de Mallorca. Ahora, hemos llamado y nos dijieron que tenemos que contar 20 dias desde el momento que la documentacion llega en las manos del Juez. Cuando tiempo puede durar para que el Juez reciba esta documentacion? Como hacer para que este asunto se resuelve lo antes posible, sabiendo que final del proximo mes de febrero, esta agencia receptiva cerrara definitivamente? Supongo que hacen tiempo,,,,, para, al final, no pagar,,,, Gracias por una respuesta
Hola Ángela. Si el asunto está en manos de los juzgados no podrás hacer nada más que esperar a que terminen de resolverlo. Un saludo
Tengo una reclamación de parte de la dueña de ed l local comercial ,,me desaucia por impago de dos meses de alquiler,,que puedo haser,,llevamos tiempo en descuerdo por que le podó as que me baje el alquiler ya que mi negocio no va bien
Hola María, si la propietaria no quiere bajar la renta y tú no le pagas, entiendo que no podrás hacer demasiado. Un saludo
Hola, me gustaria me contestases, por favor, a una pregunta muy concreta: me pueden venir 2 monitorios de distintas entidades financieras al mismo tiempo?, o lo que es lo mismo, si estando en proceso de embargo de nomina por orden judicial y me viene otro monitorio, este ultimo tiene que esperar a que finalice de pagar el primero, o de que depende.
Gracias.
Hola. Sí, pueden venirte dos monitorios al mismo tiempo. Si el primero te embarga el máximo posible, el segundo tendrá que esperar. Un saludo
Hola otra vez, cuando te refieres a embargar el maximo posible quieres decir hasta llegar al s.m.i., supongo, es decir si p.ej. cobrase 1500€ y en el 1º monitorio me embargan de la nomina 255€ aprox. con lo cual mi nomina seria de 1245€, al venir un segundo monitorio (esperemos que no) me descontarian otra vez de la nomina de 1245€ unos 180€ con lo que cobraria 1065€ aprox., ¿es correcto?
Gracias
Hola, no lo es. En ese caso si los 255 € es el máximo que pueden embargar para el salario percibido (usando los tramos que marca la ley), el segundo embargo no podrá embargar nada hasta que se salde la primera deuda. Un saludo
Hola,me han reclamado la comunidad deuda 1500e,tengo piso alquilado,y anteriormente he dado mi domicilio y mi email a gestoria de comunidad en otra ciudad donde vivo.Nunca no me han mandado ni actas ,ni aviso de juzgado .Me ha mandado foto de documento mi inquilina. NO habia juicio,he pagado deuda voluntariamente-era 2014.Ahora en 2016 me viene la minuta de abogado 215 e y propuesta de procurador 125e.No veo correcto,aunque avise a gestoria varias veses que no dejan ninguna documentacio a mi inquilina,no es mi familiar y vivimos en fiferentes ciudades.que puedo hacer?tengo derecho no pagar abogado ?procurador?
Hola Olga. Si hubo juicio, aunque pagases voluntariamente, es normal que tengas que pagar las costas de la parte contraria. Un saludo
Hola
Quería saber, tengo una deuda de 1000 euros con BBVA que dicen haber comprado una empresa llamada Iberia inversiones, y me han mandado una carta del juzgado en la que me dicen embargan mis bienes, y en la cuenta tenía 424.02 euros, y me han dejado la cuenta a cero, en la carta ponía que era 345 de principal y 100 más para costas, y he ido al juzgado y me han dicho que me tienen la cuenta embargada por 3 días, y en un plazo de 10-20 días me llegará otra carta con las costas y demoras, cuanto más o menos podría ser esa cantidad?, se descontarán de ahí lo que me han quitado?, me dejarán pagar a plazos?, mi novio me ha comprado un coche con 13 años y lo ha puesto a mi nombre, podrá quitármelo, si ya me han quitado dinero de la cuenta? O en el caso que no pagará lo que queda entonces es cuando me quitarían el coche?, gracias.
Hola Anónimo, las costas es muy difícil saber a cuanto ascenderán sin tener conocimiento del expediente, y podrán embargarte por tus deudas todos tus bienes presentes y futuros. Si quieres más información, ponte en contacto conmigo. Un saludo
Buenas tardes,
en primer lugar muchas gracias por su atención, David.
Una consulta que puede parecerle extraña y a mi me tiene fuera de juego y no se cómo reaccionar: acabo de recibir un Decreto del Juzgado archivando un Proc Monitorio «condenándome a todo»: a pagar la deuda, costas, etc. La cuestión es que JAMÁS he recibido notificación ni se me ha requerido para este Proceso Monitorio. Sospecho de la mala fe del Administrador de la Comunidad, pues no se me ha llegado absolutamente nada en la dirección que consta para notificaciones (y que ha sido empleada decenas de veces en ocasiones anteriores: otras notificaciones, convocatorias, actas, etc). Tengo un plazo de 5 días para presentar un «recurso directo de REVISIÓN». ¿Cómo he de plantearlo? No he podido ejercer mi derecho a defenderme, ni manifestar mi oposición a dicho Monitorio, presentarme en el juicio correspondiente a defenderme o argumentar mi defensa, ni nada. ¿Es posible que me pueda ocurrir esto? Y puedo asegurar que NADIE ha recibido nada de notificaciones, burofax, correo certificado, etc. Y para más inri: este decreto me lo envía un juzgado próximo a la oficina del administrador, NO el de la localidad del domicilio de notificaciones que tengo dado. Tengo solo 5 días para hacer algo.
MUCHAS gracias por su ayuda, sinceramente.
Carlos
Hola Carlos. Si no te han podido localizar se habrá realizado notificación a través de edictos. Si quieres más información puedes ponerte en contacto conmigo. Un saludo
Gracias por la pronta respuesta, David.
La cuestión es que la comunidad tiene comunicada la dirección para notificaciones, que ha empleado decenas de veces, y allí no se ha recibido ningún tipo de notificación ni de requerimiento, ni nadie (familiar, amigo, vecino) se ha hecho cargo de notificación alguna. ¿Pueden saltarse este paso o hacer una comunicación a persona/dirección errónea para evitar que me entere y luego proceder con lo de los edictos … de los que es seguro que no me voy a enterar, y menos aún si no estoy prevenido?
Entonces, si ha habido notificación a través de edictos … ¿tengo todo perdido y el recurso de revisión no vale para nada?
Muchas gracias.
Un cordial saludo.
Hola Carlos. Ya te contesté vía telefónica. Un saludo
Buenas tardes, he recibido un monitorio para que pague una deuda de un tarjeta Visa, la deuda excede de los 2000€ por los que necesito abogado y procurador para presentar la carta de Oposición.
Muy bien no se como actuar, durante muchos años iba pagando hasta que llego un momento que fui imposible y deje de pagar y ahora pasado tres o cuatro años, la deuda la ha comprado otra empresa, que es la que ha impulsado el proceso.
Muchas gracias,, estoy un poco confuso y no se como actuar, tampoco creo que la cantidad que ellos dicen se la correcta sino que ha ido creciendo por su comisiones o intereses….Gracias
Hola Julio, si quieres que te asesore como letrado puedes ponerte directamente en contacto conmigo desde aquí. Un saludo
Hola David
Acabo de recibir una citación de primera instancia requiriendo me el pago de una deuda con necesito-dinero por el importe de 622,70€ cuando el importe inicial fue de 180€ en septiembre, por lo que me parece exageradisimo
No sé qué hacer ni cómo actuar
Como se hace y que hay que poner en el escrito de oposición?, gracias
Hola Diego. Puedo ayudarte con la gestión del escrito de oposición sin problemas. Ponte en contacto conmigo para ello y lo tratamos. Un saludo
si la deuda es de 400 euros a la comunidad y la pagas antes de los 20 dias y luego te piden que abones tu las costas del abogado y procurador contratados por la comunidad ¿ estas obligado a pagarlos o lo tienen que pagar ellos ? Un saludo
Hola Sergio. Dependerá de la sentencia, si te condenan al pago, deberás abonarlo. Un saludo
hola david
en 2010 tuve un juicio por una deuda de alquiler de un negocio que tuve y mi madre era el aval.empezamos a pagar la deuda en abril del 2011(que casi nos embargan la vivienda) y este mes acabe de pagar el principal 7800e.ahora van a tasar los intereses y gastos del principal?yo trabajo,mi sueldo no llega a los 700 con los extra ya prograteada.mi pregunta es si me niego a pagar,pueden ir todavia a por los bienes de mi madre(la vivienda)?no habra prescrito ya?gracias
Hola Tania. Sí, podrán ir a por la avalista si no se paga la deuda (incluídos intereses y costas) por completo. Un saludo
Hola David. Te comento mi caso..
Me reclaman una deuda por impago de un local. Yo no me he presentado a ninguno de los juicios verbales. La deuda con costas de abogados y juicio asciende a unos 28000 euros. El caso es que yo no tengo ningún bien embargable más que mi nómina de la que sólo me pueden quitar unos 77 euros más o menos. Y todavía tienen que esperar a la seguridad social, que me está cogiendo esa cantidad todos los meses de mi nómina y a la que le debo todavía 2700 y pico de euros. Los dueños del local son mayores. Yo quiero negociar la deuda con ellos pero no se que ofrecerles. Tengo unos 15000 euros. La deuda entera no se la pienso pagar porque no se portaron nada bien conmigo, ni me dejaron traspasar el local por el que yo había pagado 150000 euros en concepto de traspaso y no lo tuve abierto ni un año. La cantidad que me reclaman es de dos años que lo tuve cerrado. Agradecería mucho que me asesorarás en mi caso. Un saludo
Hola Ángel, ¿Qué tipo de ayuda necesitas? Si quieres un asesoramiento más completo te invito a que me contactes por privado. Un saludo
Hola. El 2/03 fuimos al juzgado de paz y nos dieron unos papeles que venían del juzgado de primera instancia.nos habían puesto un monitorio y dice que en 20 días mi madre debe pagar 9.000€. Ella no puede pagar de una sola vez pero quiere hacer pagos, tenemos que ir al juzgado a comunicarlo y que allí nos digan el importe de las cuotas? Muchísimas gracias
Hola. El juzgado no aceptará otro pago que no sea el pago íntegro. Si quieres conseguir algún plan de pagos tendrás que hablar con el acreedor de la deuda. Un saludo
Buenas tardes, me llamo Joaquin, la companyia Endesa me envio una factura de 198,99 euros, la cual era errònia y se rectificó con la companyia aulando esta factura y pagando una factura de 54 euros que es la lectura real de electricidad.
Pasado un tiempo llama a mi movil una mujer que se acredita como abogada y me exige el pago de 199,98 euros, correspondiente a la factura errònia.
Hablando repetidamente con la companyia Endesa, me contestan que estoy al dia de todos los pagos y que haga caso omiso a estos abogados que me estan enviando cartas sin acuse de recibo ni certificades en la que me indican que van a abrir un proceso monitorio contra mi ppor la cantidad de 199,98 euros.
Estaria agradecido de daber su opinion sobre el asunto.
Joaquin.
Hola Joaquín. Si el acreedor de tu deuda te indica que quien se pone en contacto contigo no puede reclamar nada, no deberías preocuparte. Un saludo
Hola David,
Contratamos a un profesional para una reforma y tras presentarnos un presupuesto inicial se negoció verbalmente una cantidad menor. Esa cantidad, 1760€, se le pagó en dos trasferencias, una inicial de 720€ en Junio de 2015 y otra final de 1040€ tras recibir una factura por su parte por los 1760€, en Agosto de 2015. El concepto de la factura es «servicios de interiorismo» y en ningún momento se menciona que se corresponde con un pago parcial.
En Diciembre 2015 nos han remitido el presupuesto inicial solicitándonos 1230€ adicionales, a lo cual nos hemos negado por no ajustarse a lo pactado finalmente.
Ahora han iniciado un proceso monitorio presentando el presupuesto inicial como prueba. Nosotros en ningún momento aceptamos ese presupuesto ni verbal ni mediante documento escrito, ¿pueden obligarnos a pagarle esa cantidad por un documento suyo teniendo nosotros prueba de las trasferencias y facturas?.
¿Si objetamos y deciden proseguir con el juicio que coste podría tener para nosotros en el peor de los casos?
Hola Kordo. Si os pueden obligar o no a pagar dependerá del juez y de como defendais el proceso. El mayor coste que podría tener para vosotros sería, lógicamente abonar lo que solicitan, y además las costas del juicio. Un saludo
Hola tengo un problema yo tengo una deuda pendiente con psa me llamron de tradinforme para reclamar dicha deuda querían que la pagase de golpe o máximo tres cuotas les dije que yo no podía les he ingresado cuatro cuotas un total de 270 euros acabo de llamar para pagar los 700 euros restantes y dicen que no les debo eso si no 1300 porque yo no llegue al acuerdo de pago amenazan con embargarme la nómina eso es legal?? Yo de antemano les he dicho que no voy a pagar esa cantidad
Hola Mar. Pueden meter intereses y demás costos para acrecentar la deuda, si bien no pueden ser abusivos. Si te llevan a un juicio, puedes defender esto mismo si así lo consideras. Un saludo
Hola me a llegado una deuda del juzgado donde ay 282euro que tengo que pagar
pero yo no tengo nada ni a mi cargo ni bienestar como tengo que aser? Cosa tengo que llevar al juzgado para que verificano que no puedo pagar estoy mal no se que aser
Hola Jessica. Si tus ingresos están por debajo del mínimo inembargable no tienes que preocuparte, no podrán embargarte. Un saludo
Hola,tengo una consulta: mi hermana tiene un juicio monitorio con una tarjeta de crédito por impago.que sucede si ella no reside en españa ni en europa?? Ahora reside en estados unidos.que padaria con este juicio y con la deuda???. Gracias!!!
Hola Laura. Si no reside en España podrán continuar igualmente con el juicio y reclamarle la deuda. Si quieres más información ponte en contacto conmigo. Un saludo
Hola,devido a esta maldita crisis me vi obligado a pedir 5 miniprestamos los cuales estan impagados desde hace mas de 1 año,que me puede pasar?
Importes…100..100..100.100..200
En diferentes compañias
Hola Sergio. Si no puedes pagar tus créditos, acabarán embargándote los bienes e ingresos que tengas, respetando los mínimos establecidos por ley. Un saludo
Hola, qué documentos debo o podría adjuntar a parte del contrato de compraventa para iniciar un monitorio en el caso de un impago de vivienda dd 3 mensualidades, si no existe justificante alguno ya que de normal liquida los meses en efectivo en mano… Que puedo hacer en este caso?? Y en el hipotético caso que realizase los pagos por transferencia bancaria podría presentar un extracto de la cuenta bancaria comparativa entre los meses que me ha pagado y los que no?? Muchas gracias
Hola Guille. Sí, los extractos pueden ser medio de prueba. Para poder aconsejarte alguno más, debería conocer el expediente completo de tu caso. Si quieres puedes ponerte en contacto con mi despacho de abogados para ello. Un saludo
hola tengo una deuda en la caixa de 3000 euros y me encuentro en el paro no tengo como pagar me han citado en el trancursode 20 dias a un juicio no se que hacer gracias de antemano x su consejo no cobro nada
Hola María. Si no tienes ingresos ni propiedades no podrán embargarte nada. Un saludo
Hola, quiero hacer una consulta: se ve que me están acosando desde EOS Spain, primero con llamadas acosadoras y finalmente con una carta enviada por correo postal, para el pago de una deuda que no han demostrado de donde procede (aunque ellos si dicen que han presentado la documentación en el juzgado pero en la carta enviada no la adjuntan) incluso han incluido en la carta, una copia de la petición inicial de proceso monitorio que han formulado en mi contra. Supuestamente esta deuda es con un banco (vendió la deuda a EOS Spain) con un crédito particular que pedí hace 19 años, tengo entendido que las deudas prescriben a los 15 años si el acreedor no hace ningún requerimiento notarial ni burofax certificado con acuse de recibo, por lo que me consta, durante todo este tiempo no he recibido ninguna carta notarial ni burofax certificado reclamándome la deuda, solo ésta carta normal y llamadas acosadoras, por otro lado EOS Spain si dice en la carta que se han echo requerimientos extrajudiciales para el pago de la deuda pero a mi no me consta por ninguna vía de las mencionadas. Por el momento no he contestado ni las llamadas ni la carta. Me temo que todo esto es una amenaza para asustar y que pague ¿Ellos pueden alegar que me han enviado el burofax y que yo lo haya rechazado aunque no lo haya recibido en verdad? ¿Hay alguna posibilidad de que el procedimiento monitorio tire adelante? ¿Y que me toque pagar por una deuda de hace tanto tiempo, por lo que ya habría prescrito? Gracias.
Hola Xavier. Tal y como lo describes parece una situación para asustarte y que pagues, sí. Es difícil que puedan reclamarte una deuda de hace tanto tiempo si no han hecho actuaciones previas. Los métodos que indicas sirven para certificar el envío, pero si no te lo hicieron, no pueden demostrarlo. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Hola mi caso es que mi abuela debía 4 años de comunidad. En enero hable con ellos y me avisaron que iban a demandar a mi abuela x impago. Llegue al acuerdo con ellos de que si saldaba la deuda inmediatamente retirarían la denuncia. El día 26 de febrero realizo el pago de la totalidad de la deuda y confirmo con ellos que ya no se debe nada pero el día 28 de marzo le llega a mi abuela un requerimiento del juzgado con fecha del 6 de marzo del 2006 reclamándole la deuda descrita anterior, la cantidad que se le reclama en este requerimiento es de menor cantidad puesto que solo la reclaman el importe hasta 2014. En el requerimiento la informan de que tiene 20 días para presentarse, pero ya hemos pagado todo lo que se debia. Además ahora la comunidad dice que les tengo que pagar 300€ del su abogado. Mi pregunta es. Si la deuda la hemos pagado antes de que nos llegara el requerimiento tenemos que pagar los gastos de su abogado y si el requerimiento llega con fecha del 6 de marzo es xq ellos lo han puesto en esa fecha?. Muchas gracias
Hola Elena. Pueden haber puesto el requerimiento judicial con anterioridad a que llegaseis al acuerdo, y si han realizado gastos por el uso de un letrado, es normal que os lo soliciten. Si quieres más ayuda ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Perdón en el comentario anterior me e confundido en la fecha que viene en el requerimiento e puesto 6 de marzo de 2006 y quería decir del 2016
Ola telefónica me pide. Del 2006 y 2007. Una. Factura de 800 eu. No e. Recibido ninguna notificación y me dicen k antes. Del día 11. Tengo k paga o llegaremos. A juicio y me. embargan los muebles o televisiones.o lo ke tenga. De valor en.el piso ya k el piso no es mío ni tengo nada.de propiedad ¿¿ pueden hacer eso de llevarse muebles y televisiones sin estar. A. MI nombre sólo porque vivo hay
Hola. No, no pueden hacerlo. Si tienes más dudas ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Hola me reclaman desde los juzgados 1.048.87 por una deuda telefónica a la que yo hablando con la compañía no estaba de acuerdo y pedí a la compañía la factura para verificar los números después me acosaba una abogada y por no tener problemas quise llegar a un acuerdo ya que no tengo trabajo no quiso no tengo nada que me puede pasar?
Hola Rocío. Si no tienes nada que te puedan embargar ahora mismo, en el momento que en el futuro tengas algún bien a tu nombre o ingresos o cuentas bancarias, serás embargada probablemente por esta deuda más sus intereses. Un saludo
Hola,
Soy autónomo desde hace poco y tengo clientes de todas partes del mundo. Hace unos meses, terminé un trabajo para un cliente de los Estados Unidos y aunque me realizó un primer pago a principio del proyecto, ahora ha dejado de contestar mis emails. Sé perfectamente que no tiene intención de pagar el resto del dinero que me debe y aún que la cuantía no es muy elevada, es algo que me molesta mucho y quería saber si puedo hacer algo, ya que he visto que se pueden tomar acciones contra personas residentes en España y en Europa, pero no he visto nada para gente de fuera de estos territorios.
Si me pudieras ofrecer alguna solución sería genial.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo!
Hola Ian. Tu asunto es bastante complicado, la mejor opción sería presentar una denuncia en el país de tu cliente. Un saludo
Una duda, si en un monitorio el demandado ha presentado oposición,y lo citan para juicio. ¿Qué ocurre si paga antes de la celebración de juicio ?
Hola Ana. Lo normal en ese caso es en que en el juicio se archive el asunto. Un saludo
Hola!! Tuve un embargo en mi nomina que ya deje de pagar hace unos meses y no he vuelto a tener constancia de ningun otro embargo, pero hoy me han dejado un papel en correos a recoger en 15 dias y no en 7 qie es lo habitual, sobre una notificacion del juzgado de 1a instancia. Mi duda es, si al
Haber habido tal embargo y ya estar supuestamentepagado, el juzgado con esa carta me esta informando de que esta pagada mediante una resolucion o si pudiera ser otra cosa. Gracias por la respuesta. Unsaludo
Hola Anonimo. Es difícil poder adivinarlo, lo mejor es que recojas la notificación para informarte. Un saludo
Me separe hace 3 años en el juicio rechace el uso de la vivienda y ahora el corte ingles m reclama las financiación es de los muebles q el titular es mi pareja y yo soy autorizada m lo reclaman x vía judicial lo gracioso es q el tiene los muebles…Y como fui yo quien firmaba me lo reclaman a mi cuando el abalista es el si recurro tengo Q perder o voy a tener q pagar algo que esta disfrutando otro
un saludo
Hola. Si figura tu nombre como deudora en ese crédito, podrán reclamártelo a ti. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Hola buenas tardes, solía vivir en Pontevedra y me tuve que volver a Valladolid, tenía alquilada una habitación en piso compartido cual el dueño cobraba por completo. Le avisé de mi marcha con 1 mes pero no leí el contrato de qye tenían que ser 2 meses. Ahora el me reclama pagar un mes sino me llevara a juicio. La cuantía es de 125 euros y no tengo ningún ingreso.
Hola. Si en el contrato figuraba que debías avisar con dos meses de antelación el propietario puede reclamarte el mes que le adeudas. Un saludo
Buenas tardes david. Tengo una duda y espero me la puedas resolver.
Hace cosa de un par de meses llego al juzgado de paz de mi ciudad una notificacion por un juicio monitorio. En la que se me reclama una cafetera con sus demas aparatos que ya devolvi y 8mil€ por incumplimiento de contrato. A traves de abogado y procurador redactaron un escrito oponiendome.
Ha pasado 1 mes y hace una semana. Llego una notificacion a manos de la policia local para presentarme en el juzado numero 1 ( de la localidad vecina. Ya que enmi localidad. Solo ahi juzgado de paz) el dia 4 de mayo. En calidad de investigada a un juicio por lo penal.
Mi pregunta es la siguiente. Puede que este procedimiento haya pasado a lo penal? La cuantia que me piden son unos 14mil€ que ascenderian a 20mil€ si yo perdiera el juicio.
Es posible que la notificacion deljuzgado sea de esta empresa. Es posible que lo haya llevado a un juicio penal?
Hola Noelia. Por lo que comentas, sí, podría ser. Un saludo
Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente. Es posible que iberdrola me llame a un juicio por manipular un contador??
O lo hacen a traves de una multa.
Hoy fui a recoger una notificacion de un recibo de luz que se quedo pendiente en un estrablecimiento que cerre. Y me piden mil € de esa factura. Pero no se si la notificacion del juzgado para el proximo mes. Podria ser de iberdrola?
Hola María, lo mejor es que preguntes en el juzgado. Un saludo
Hola David. Mi caso es el siguiente, hace un año cambié de compañía de teléfono y tenía dos números de teléfono con permanencia (uno de ellos tan sólo con días para terminar dicha permanencia) y tras hablar con la Cía. no estábamos conforme con lo que nos habían facturado ya que nos querían hacer pagar la permanencia por 6 meses en vez de 1 mes. Devolvimos las facturas y pusimos una reclamación a la Cía. Después otra reclamación en Consumo que no se dignaron a contestar. Nos mandar cartas de no sabemos de dónde, reclamando la deuda, y por último nos amenzan con un juicio monitorio. Mis dudas son, en caso de juicio monitorio, si las facturas son correctas y me decido a pagar ¿tedría que pagar las costas? ¿se incluye en ellas los honorarios de Abogado y Procurador? ¿hay algún tope según la cantidad reclamada? Gracias. Un saludo.
Hola María. Lo normal cuando se condena a pagar a una de las partes, es incluir costas, en donde sí, están incluídos honorarios de abogado y procurador. Un saludo
Buenas tardes,en un juicio verbal que me reclamaban una factura de 891.89€ me condenaron a pagar costas por no ser de la misma ciudad.La tasacion de costa es la siguiente Honorario de abogado +iva:363€ procurador +iva:106.96€ total a pagar:469.96€.
Me han comentado que el máximo que pueden reclamarme en costas es el 30% del total reclamado.( 891.89 * 30%=267.56 €). Mi pregunta debería impugnar las costas o la cantidad que me han tasado es correcta. Gracias
Hola Félix. Sí, entiendo que deberías impugnar las costas. Un saludo
Hola tengo una deuda con Santander en su día no me quisieron arreglar el préstamo por más que yo decía que solo podía pagar al mes una cantidad era un préstamo que tenía que pagar durante tres años intereses y el último recibo la totalidad del préstamo con lo cual me era imposible pagarlo,me denunciaron y está en el juzgado,tengo abogada de oficio ,que me dijo que haría una carta al juez diciéndole y con pruebas que siempre quise pagar una cantidad al mes ,yo era totalmente insolvente,pero en estos meses e cobrado una herencia y quisiera quitarme esta deuda ,mi pregunta es ,si pago la deuda me quitaran la demanda? Tengo que comunicárselo a mi abogada ? Que debo hacer ? A día de hoy me llaman a diario los de esco expansión ,quiero pagar porque mi situación a cambiado Pero no se como hacerlo,para que todo vaya bien ,me podrían ayudar ? Gracias
Hola. Lo mejor es que consignes el dinero en el juzgado para pagar la deuda y así que conste judicialmente el haberla pagado. Un saludo
Buenas noches David. Ayer he recogido un requerimiento de un monitorio interpuesto por la financiera del Corte Inglés por 2649 euros. En éste se me insta a pagar u o ponerme en 20 días.En el escrito sólo figura el nombre del procurador.
Yo no puedo pagar esa cantidad. Mi pregunta es la siguiente puedo negociar
con ellos aún? Tendría que hablar con la financiera o con el procurador? Podría negociar un abogado en mi nombre?
Por último yo no tengo nada peto estoy casada gananciales podrían embargar los bienes de mi marido (piso y coche)?
Muchas gracias
Hola Carmen. Sí, puedes intentar negociar la deuda con el acreedor directamente. Y sí, podría negociar alguien en tu nombre. Los bienes de tu marido serán embargables si cuando contrajiste la deuda ya estabas casada en gananciales. Un saludo
Hola a mi madre le ha llegado un juicio monitorio tiene 94 años su vivienda es de gobierno tiene una deuda de xxxx mi pregunta es si tiene una pensión de 407 € me presentare por ella estoy en le plazo de 20 no hay más ingresó en mi casa. soy su hija cuido de ella no cobró dependecia ni nada sólo tienes estos ingreso yo no trabajo me dedico a ella que me puede pasar por favor me presento mañana y el porque la comunidad solo me mandó una carta de un abogado me presente argumentando mi problema decía pagar una cuantía de 110 € y otra en los papeles de juicios me viene el registro de propiedad de mi madre tiene derecho la comunidad derecho de ir al catastro y pedir por sí mi madre tiene bienes no me extiendo más muchas gracias un saludo
Hola María, si la deuda es de tu madre, a ti no te puede pasar nada, embargarán los bienes que tenga tu madre a su nombre, cuentas corrientes y los ingresos que excedan el salario mínimo respetando las reglas de los embargos. Un saludo
Gracias me he presentado en el juzgado y al final me dice de ingresar número de cuenta corriente lo que se pueda mensualmente , la funcionaria que me atendió no podía decirme nada al por no ser yo propietaria no dando explicaciones ni saber del problema ya que mi madre es la propietaria ,no pude llevar a mi madre de todos modos ella está en su mundo y no sabe de esta deuda y es lo que me preocupa sin más le estoy muy agredecida perdone las molestias un saludo
Hola David, Soy Angel:
Hace dos años tuve un juicio Verbal dimanante de un monitorio en el que me reclamaban una deuda de comunidad vencida, que no correspondía a la realidad por que antes había tenido otro juicio en el que la comunidad me tenía que dar mil Euros, entonces yo empecé a descontar de las cuotas, que eran de 35€ al mes, pero al año me demandaron por moroso por mopnitorio, como yo no impugné previamente, me condenaron a pagar, cuando la demanda, teóricamente debía mas, y al oponerme al monitorio fue a juicio verbal, y no incluyeron esa diferencia, ¿pueden ahora reclamarme esa diferencia que era deuda vencida al tiempo de la demanda? . Los mil € que me deben los voy a reclamar en juicio ordinario aparte. Gracias.
Hola Ángel. Si el descuento que fuiste haciendo no estaba ordenado por el juzgado, no podías hacerlo, con lo que están en su derecho de ahora reclamarte lo que no has abonado. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Hola Ángel en el 2014, inicié monitorio contra compañía aérea por 300€, no hubo oposición ni se presentaron con lo cual solicité la ejecución. Desde el 2014 no han pagado ¿Qué puedo hacer ahora?
Hola Lidia. Tendrás que acudir al juzgado para que ejerciten medidas distintas de ejecución de la deuda. Un saludo
Hola Lidia:
¿Conseguiste cobrar tu deuda a través del monitorio?
Muchas gracias y un saludo.
Buenas noches.
Una empresa ha comprado una deuda que tuve con Orange, por una permanencia que no tenian que cobrarme porque cambiaron las condiciones, es del 2007.
Me han abierto un monitorio, me opuse a la deuda y ahora me dicen que ire a juicio verbal, pero dice que puedo interponer recurso de reposicion, que es eso?
Aparte no me aportan las facturas ni nada, yo si tengo las facturas de que pague el consumo.
Que deberia hacer?
Suelen prosperar estos juicios?
Gracias.
Hola Hugo. Si vais a juicio verbal entiendo que la empresa tiene que aportar pruebas de que les adeudas una cantidad. En función de las pruebas de cada una de las partes, prosperará o no el juicio. Un saludo
Hola quiero presentar un proceso monitorio en qué juzgado tengo que presentarlo donde vive la persona a la que voy a demandar o dónde está empadronado????
Gracias
Hola Kyko. Tienes la respuesta en este mismo artículo. «El juzgado competente será el de Primera Instancia del domicilio de residencia del deudor, o si es desconocido este, el del lugar en que el deudor pueda ser hallado.» Un saludo
Hola me han puesto la comunidad una demanda por 970eu no puedo pagar no entra dinero me ayuda mis suegros a pagar hipoteca y asistencia no me niego pero le e puesto hacer la escalera limpiar y dicen qué no me deja pagar.mes correspondiente si no pago deuda tengo derecho a hacer limpieza escalera o que hag? Me pueden embargar piso
Hola Lidia. Si no puedes pagar y te denuncian, procederán a embargarte tus ingresos en la cuantía que estipula la ley, así como los bienes que tengas a tu nombre. Un saludo
Hola tengo una duda me reclaman una deuda principal de 700€ más intereses de 1990€.por monitorio. el juez ha dicho que la considera de intereses abusibos. esa deuda la he ido pagando con un acuerdo que hice con financiera llevo un total pagado de 1300€..no entiendo porque me reclaman todo si yo he cumplido mes a mes hice lo q me recomendaron en juzgado un escrito demostrando todos los ingresos….mi duda es q está gente me llama a cada momento para q no deje de pagar amenazándome de q seré muy perjudicada y si pagaba 1000€ se olvidaban del tema..que hago? Orientarme por favor..no me sobra el dinero.
Hola. Si el asunto ya ha pasado por el juzgado no te podrán reclamar más que lo que este haya estipulado o el acuerdo que se haya alcanzado. Un saludo
Hola entonces espero notificación del juzgado? Un saludo gracias
Hola. Si el asunto está en el juzgado, sí. Un saludo
Hola tengo un problema tuve un micro credito que porno poder pagar a tiempo me subieron excesivamente los intereses y ahora me reclaman una cantidad de 1970€ y mees imposible conseguir de golpe todo.no quieren darme plan de pagosni nada
Me dicen quese hara un juicio monitorio pero que tendre q pagar no eso si no casi 4000€
Yo no me niego a pagar mes a mes pero esque ya no se que hacer y estoy que me tiro por la ventana nadie me ayuda por estar en asnef o rai.espero un poco de ayuda haber q puedo hacer me llevan ala carcel o que pasara
Hola Gloria. Si no pagas la deuda y te la reclaman judicialmente podrán embargarte tus bienes presentes y futuros. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho por privado. Un saludo
Y si no tengo ninguno?
Entonces no podrán embargarte.
El 22 de junio término el plazo para oponerme a un monitorio con el Santander por el coche que tiene 3 años y medio. En todo momento quise retomar el pago pero no quisieron. Ahora estoy pendiente del embargo pero es que el coche lo necesito para trabajar. Que puedo hacer?????
Hola María. Si no te opusiste al embargo, procederán a su ejecución cuando lo consideren oportuno. Siempre puedes volver a intentar llegar a un acuerdo, pero depende de la voluntad de tu acreedor. Un saludo
Buenos dias, me han puesto un moritorio por 250.-€ de una comunidad, notifique al juzgado y al abogado contrario q vale que pagaba que me dieran unos plazos por mi situacion economica.
el juez accedio a no celebrar la vista, el demante a recurrido y me citan para juicio verbal.
como puedo pararlo?? no tengo cuenta donde ingresar el dinero
espero tu ayuda
gracias
Hola Carmen. Tendrás que manifestar tu intención de pagar en el juicio verbal, aunque te recomiendo que antes intentes llegar a un acuerdo con tu comunidad para evitar mayores costes. Un saludo
muchisimas gracias, ya se lo envie por fax indicando que queria pagar, y respondieron recurriendo solicitando el juicio verbal, y caso omiso al fax
Hola, me han puesto un monitorio para reclamarme una cantidad que todavia no se de cuanto es, puesto que es de una celebracion de la cual me siento estafado y engañado porque no pusieron ni hicieron ni en comida ni en servicios todo lo pactado. Cuando vaya a la citacion tengo que pagar la factura que me presenten?, o puedo negarme y luego en el juicio se vera quien lleva razon?, esta empresa muy poco seria ha estado negociando con muchos de los que celebramos alli ese fin de semana rebajas para que fueran pagando reconociendo que no salio del todo bien, e incluso hay casos en los que los que la tenian que celebrar al fin de semana siguiente que perdieron los 500€ de la firma del contrato y se fueron a otro restaurante a hacer la celebración porque estuvieron en la mia y vieron el desastre que me hicieron, desastre se entiende por quedarse con hambre, comida fria, y servicios que prometieron como monitores que no cumplieron.
Hola Anónimo. En este artículo y los precedentes sobre monitorios de nuestro blog, encontrarás las acciones que puedes tomar y cómo funciona el procedimiento en sí. Si necesitas ayuda de nuestro despacho de abogados ponte en contacto con nosotros. Un saludo
Buenos días,
Antes de acudir al proceso monitorio se exige la reclamación extrajudicial previa de la deuda. Es aquí donde tengo problemas, pues el burofax enviado al deudor me ha sido devuelto por destinatario desconocido. El art. 156 de la LEC establece la averiguación por parte del tribunal, pero entiendo se refiere a una vez interpuesta la demanda.
En mi caso, querría saber qué debo hacer si no puedo notificar previamente la reclamación de cantidad, lo cual me es exigible para interponer posteriormente la oportuna demanda. Es decir, ¿Si no conozco la dirección del deudor, cómo le reclamo previamente la deuda?
Muchas gracias.
Saludos.
Hola Francisco. Exigir la deuda extrajudicialmente no es obligatorio para iniciar un procedimiento monitorio. Un saludo
Buenos días David
Gracias a tu vuestro blog hemos comenzado un proceso monitorio contra un propietario de la comunidad siguiendo los pasos que indicabais. Estamos en el punto en el que hemos solicitado la ejecución y nos la han concedido. A partir de aquí que ocurre. ¿Como y cuando cobra la comunidad? ¿A quién hay que dirigirse?
Hola Carlos. Dependerá de cómo hayais presentado la ejecución y lo que hayais pedido en la misma. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Buenas David.
En el documento de ejecución pusimos «insto al inicio del proceso de ejecución forzosa para el embargo de los bienes del deudor …». No se si es correcto ya que lo fui sacando de lo que iba encontrando.
Muchas gracias por responder.
Hola Carlos. Para poder darte una valoración apropiada tendríamos que estudiar todo el documento. Si quieres que lo hagamos, ponte en contacto con nuestro despacho de abogados. Un saludo
Ola mi pregunta es tengo un embargo de juzgado de un prestamo de 1200 al no tener nada no puedo pagar de golpe y no puede cojeme nada poke no tengo nada pa embarga pero me gustaria si ai agun metodo ke yo le pueda pagar al juzgaddo a plazos
y ya aprbecho la casa es de mi ermano dejada yo vivo en ella podria embargala y los muebles?
Hola Juan. Sólo podrán embargar los bienes que tengas a tu nombre. En cuanto a pagar a plazos, puedes tratar de llegar a un acuerdo con tu acreedor. Un saludo
David gracias pero mira la casa es dejada los mueble sin son poeso te digo ke si lo puede embarga ya que la casa no es mia nose si ai alguna forma de demostralo ello aunque llebo 8 años y aun no ma dicho nada de muebles ni nas es una preucupaciom personal
Hola Juan. Como ya te he comentado, podrán embargar lo que esté a tu nombre. Un saludo
Hola, si eres tan amable quería consultarte lo siguiente:: por un monitorio me llego una carta del juzgado en abril denegandome justicia gratuita por superar los mínimos exigidos, estamos casi en octubre y aun no se nada. El siguiente paso no se si sera juicio verbal (ya que el juzgado aun no sabe si me voy a oponer), me vendrá la sentencia definitiva, o es que el banco tiene que volver a solicitar dicha demanda. No se si los plazos son normales.Gracias de antemano
Hola Jose Mari. Ya te contestamos a esto en otro comentario, pero te lo vuelvo a indicar: «Dependerá del juzgado que trate el asunto, se puede demorar más o menos. Si quieres igualmente saber el estado, acércate al juzgado y pregunta.» Un saludo
Buenas David
Mi consulta es la siguiente:
En 2012 dejamos de pagar el alquiler po problemas con el propietario,humedades en el piso el cual el no nos arregla.
Nos denuncia y nos pide que nos vallamos dl piso y llegamos a un acuerdo con su abogada d ir pagandole poco a poco eso si nos vamos del piso porque las humedades siguen alli…le hemos pagado casi la totalidad d la deuda solo nos queda por liquidar 150€ pero que me niego a pagar ya esos 150€ ya que a raiz d las humedades he tenido problemas d salud…
La abogada me dice que si no le liquido los 150€ pendientes lo.comunicara al.juzgado para seguir con ela ejecucion del proceso con sus incrementos pertinentes, intereses y gastos.
Mi pregunta es no ha prescrito ya? Le hemos pago las costas d su abogada tambien. Ahora nos pued reclamar por esos 150€ q quedan pendientes??
Hola Teresa. Una deuda no puede prescribir si se está pagando. Te recomiendo la lectura de este artículo de nuestro blog. Un saludo
Hola buenos días.mi pregunta es la siguiente se me puede hacer un monitorio sin yo enterarme y que el juzgado me retenga la cuenta?muchas gracias
Hola Jose. Deben practicar la notificación, ahora bien, si no te han podido localizar, pueden haberla hecho a través de edictos y tú no haberte enterado. Un saludo
Hola buenas noches he recibido una carta con un monitorio mi consuta es yo no me niego a pagarla pero no tengo ningun tipo de ingreso y no tengo nada a mi nombre asin que no puedo hacer nada lo unico que veo que pueda hacer es que me embarguen la nomina cuando empiece a trabajar otra cosa no puedo hacer
Hola Francisco. Si no tienes nada a tu nombre y no tienes ingresos, efectivamente no podrán embargarte nada hasta que comiences a tenerlos. Un saludo
Buenos días
Me han puesto un monitorio, me gustaria saber si puedo pagar directamente al juzgado en vez de hacerlo al alcredor, gracias y un saludo
Buenos días Lorenzo. Sí, puedes hacerlo así sin problemas. Un saludo
Por favor,somos mallores y no entendemos la ley..hace 5,años vendimos un piso,al comprador le faltaban 10.000€ fuimos a un notario,hicimos una ,reconocimiento,de deuda,todo legal el comprador,tiene 18,meses para hacer frente a la deuda ,cosa que no cumple ,casi 5años después nos debe 5.000€,mas los intereses que a día de hoy suben 1,800€,qu podemos hacer gracias
Hola Pilar. Podréis iniciar un procedimiento monitorio reclamando lo que os adeudan. Un saludo
Hola, buenas tardes, acabo de recibir una carta de espand abogados donde me reclaman 2364, 45euros de una tarjeta de crédito, me dan 10 días para pagar o presentan la correspondiente demanda al juzgado solicitando un juicio monitorio. Me puedes explicar un poco lo que puedo hacer?
No me niego a pagar, pero las opciones que ellos me dan son cuantías muy altas que ahora mismo no puedo pagar por mi situación laboral.
Muchas gracias.
Hola Patricia. Antes de que presenten la demanda lo que puedes hacer es pagar, negociar con ellos o no pagar y acudir a juicio. Un saludo
Vivo en una casa de mi padre que falleció en 2013, la comunidad ha puesto un monitorio por impago de 6000 € de comunidad, pero en vez de reclamarme a mi, reclaman a mi padre. Si no contesto nada que sucedería?, tendrían que volver a realizar todo el procedimiento para reclamarme a mi y así ganar tiempo para buscar como pagar esa deuda?. si voy al juzgado a decir que reclaman a una persona fallecida, que sucedería?
Hola Luis. Si reclaman a tu padre, sus herederos son los que además de sus bienes, también heredarán sus deudas. Un saludo
Estoy pagando a Cofidis cada mes 100€ de un acuerdo verbal pero hoy me dicen que tengo que aunentar la cuota sino iniciaran proceso judicial pero yo no puedo porque hay mas deudas que estoy pagando y ademas pensiion de alimentos por mi hija mi deuda actual es de 2750€ yo ya les comunique que no puedo hacer mas esfuerzos.
Hola Juan Carlos. Si el acreedor quiere modificar el acuerdo y no llegais a entendimiento, podrán solicitar vía judicial el embargo que corresponda para cobrar la deuda. Un saludo
Hola
Tengo un cliente que me debe una deuda de un servicio de transporte ONLINE de 550€ (pago un servicio pero finalmente los paquetes a enviar eran mas grandes), solo tengo su DNI y su dirección no es correcta, no lo puedo localizar, se esfumó. He leído bastante y lo que usted dice sobre los edictos no es posible si no se localiza: (fuente blog.hernandez-vilches.com/el-proceso-monitorio/)
«Durante las acciones del proceso monitorio, ocurre que en ocasiones se llega a tener conocimiento de que la residencia del demandado corresponde a otro partido judicial, o directamente se hace imposible descubrir con certeza cuál es, en ese momento se pone fin al procedimiento, con el fin de que el interesado pueda acudir al proceso declarativo que le corresponda. La publicación de edictos no se contempla en el proceso monitorio, al entender que es una acto que esencialmente se debe realizar en persona con el demandado. Al no lograr la localización del mismo en el proceso monitorio, se cierra éste para poder abrir el proceso declarativo en el que ya será posible la utilización de edictos.
De nuevo la excepción a esta cuestión son las deudas de gastos de Comunidades de Propietarios, el uso de edictos sí que está contemplado una vez que ha resultado infructuoso localizar al demandado en el domicilio designado para notificaciones y citaciones relacionadas con los asuntos propios de la Comunidad de Propietarios, o de no tener constancia de ése, en el piso o local que genera las deudas.»
—————-
Según este escrito solo es posible en comunidades de propietarios. Ahora bien, vale la pena un proceso declarativo por 550€? o me olvido y lo paso a perdidas y sigo adelante?
Un saludo y muchas gracias
Hola Juanvi. Si puedes asumir el gasto inicial y la sentencia te sale favorable, lo más probable es que se condene en costas a la parte que pierde, con lo que al final acabaría asumiendo todos los gastos del juicio además de la deuda. Un saludo
Buenas, mi caso es que solicite la ejecución de la sentencia de un juicio verbal que derivaba de un monitorio debido a que uno de los plazos del deudor no me pago como estipulaba la sentencia. Ahora el deudor se opuesto a la ejecución alegando que ha pagado los plazos establecidos en la sentencia. ahora que me tocaría hacer?
Hola José Luis. Si se han opuesto a la ejecución se te abre un plazo para realizar alegaciones. En caso de que el juez entienda que con la documentación aportada por las partes no es suficiente, se hará además una vista. Después tomará una decisión. Un saludo
Mi caso es el siguiente:
Sobre mediados de agosto-16,inicie la portabilidad de Internet y mis lineas telefónicas a vodafone, garantizandome el comercial tendría wifi en el comedor de casa.Personado el tecnico,conecto el routter en la linea.Ese mismo dia por la tarde me puse en contacto con él para manifestarle que no llegaba el wiffi al comedor,contestándome que no podía hacer nada y que no me preocupara porque tenia 14 dias para darme de baja.La portabilidad no llego a consumarse,yo no he firmado nada(albaran de entrega routter),toda vez que el técnico no termino su trabajo. Vodafone me reclama un importe de 3.46+iva y 148,94+Iva por coste cancelación compromiso.
Recibo que fué devuelto por no estar de acuerdo con la cuantía facturada ( coste de cancelación).
I.S.G.E Informes Comerciales S.L.,ya ha empezado con las amenazas telefónicas y escritas(incluirme en fichero de morosos,intereses que se verán acumulados…..etc)
Es una cantidad irrisoria,pero quiero defenderme,toda vez que siempre me garantizaron la cobertura del Wifi en toda la casa y que tenia 14 días para darme de baja sin coste alguno.
Nunca en mi vida he devuelto un recibo,pero me da rabia tener que pagar algo,habiendo sido engañado y habiéndome dado de baja al tercer día.
¿Que debo Hacer?
Hola Juan José. En cuanto a las amenazas, puedes indicarles que dejen de realizarlas o que emprenderás acciones legales contra ellos. En cuanto al cobro de la factura, podrás oponerte a la reclamación que te realicen si la pasan a los juzgados. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho. Un saludo
Hola me ha demandado la comunidad por via ejecutiva por una deuda por impago delas cuotas por valor de 1.100, tengo una nomina por hora y muy baja y solo tengo en propiedad un piso que me dejo mi abuela. Mi abogado se le paso poner responder en 10 dias habiles a la primera carta del juzgado. Mi pregunta es una vez que se celebre el juicio el juez dara unos diaspara que yo pague o ejecutara directamente el embargo, puedo pactar en el juicio unas formas de pago? y no embargarme la vivienda , gracias.
se me olvido decir que el dinero se lo podria pedirselo a amigos pero no quiero meter a gente, mi abogado me ha dicho que me vaya quitando la deuda porque el piensa poco a poco antes que se celebre la vista que sera en un mes aprox y que solo te embargan si no pagas la cuota que dictamine un juez es dos o tres meses pero la verdad no me fio mucho de el ya que como digo se le paso el responder en 10 dias habilles a la primera carta del decanato.
Hola Luis. Una vez se celebre el juicio dispondrás de 20 días para realizar el pago. Pasado ese tiempo, tus acreedores podrán solicitar el embargo de tus bienes como consideren oportuno. Tú siempre podrás pactar con los acreedores la forma de pago que deseas, pero ellos no están obligados a aceptar nada. Un saludo
Perdona david es que me informe por otra parte y me dijeron que como no alegue dentro de los diez dias habiles se me declaro en rebeldia y aunque no se haya celebrado aun la vista yo ya he opagado la mitad pero me dijeron que lo unico que puedo hacer es que cuando lanzen la ejecucion tendre diez dias para alegar y si pago presentarlo en los diez dias despues de que lanzen la ejecucion y presentarlo como9 alegacion como que ya he pagado. Aunque lanzen la ejecucion si yo ya pago dentro de esos diez dias no podran embargarme?
Hola Luis. Lógicamente, si pagas la deuda antes de que te ejecuten la misma, esta se cancela y no pueden embargarte. Un saludo
Buenas tardes David, igual me puedes solucionar una duda. Igual es un poco largo de explicar y perdone el tocho pero me gustaría que quedara todo claro. Es referente a una supuesta deuda que tengo con movistar por un contrato fusión con una linea adicional de móvil. Hace dos años me divorcié y me fui del domicilio donde estaba el servicio. Mi ex marido dijo que iba a pagar las facturas ya que el servicio se quedaba en su casa. Y mi móvil lo saqué de movistar fusión y lo pasé a orange. Dado que el viajaba mucho y yo también no coincidíamos para cambiar las facturas de mi nombre al suyo. En mayo de 2015 me enteré por una carta de movistar (que el mismo me trajo de su domicilio) que había facturas impagadas y devueltas por el banco. Inmediatamente di de baja el servicio ya que mi exmarido dijo que no iba a pagarlo más. Solicité a movistar que me envie las facturas impagadas a mi nuevo domicilio en la misma ciudad, no me llegaban, volví a solicitarlas, seguían sin llegar. Yo seguía solicitando las facturas tanto por correo electrónico como por teléfono y seguían sin enviarlas. Hasta que un día me empezaron a acosar de un despacho de abogados. Les expliqué que no me he negado a pagar nunca, he solicitado las facturas y no me llegan. Lo solicité al despacho de abogados y me dijeron que ellos me darán una cuenta y me dirán la cantidad (???). Les dije que me tienen que enviar facturas para que yo pueda pagarlas y me dijeron que no piensan hacerlo. Fui a OMIC central y tras casi 3 meses de espera me enviaron 2 facturas de movistar, las cuales pagué en el momento de recibirlas. Ahora ha pasado un año y me vuelve a llamar el mismo despacho indicando que llevo un año sin pagar las facturas. Les digo que las pagué, y me dicen otro importe (40 euros) que no coincide con las que había pagado, me dicen que habían enviado un acuse de juicio a una dirección en Barcelona que figura en mi factura (nunca he vivido en Barcelona, todas las facturas las tenía domiciliadas en Madrid y el cambio de domicilio lo notifiqué a través de OMIC con el fin de recibir las facturas que es donde recibí las facturas en año pasado en contestación a la reclamación) y que si no me presento en el juicio me embargarán la cuenta por el valor de 360 euros (???). La semana pasada denuncié este hecho otra vez en la OMIC central pero el despacho de abogado Roca dice que ya me había enviado a mi dirección en Barcelona un requerimiento judicial (nunca he vivido allí). Las preguntas son:
– necesito abogado para solucionar todo esto?
– por una supuesta deuda de 40 euros me van a embargar 360 en base a qué gastos?
– abogado roca dice que no tiene facturas (la llamada está grabada previo aviso de grabar la llamada por mi seguridad).
– si solicité las facturas a través de la OMIC y el mismo movistar me envió 2 facturas las cuales pagué nada más recibirlas como puedo alegar que según el propio movistar no había más facturas a fecha del 5.11.2015 y este año han aparecido unas facturas impagadas de junio y julio de 2015 cuya existencia no conocía ya que en ningún momento movistar me notificó la existencia de otras facturas? Es posible denunciar a movistar por este hecho?
– si nunca he estado viviendo en Barcelona como es que está indicada una dirección de allí y como es que envían notifiaciones de deuda y requerimiento judicial a una dirección de barcelona? Si no he vivido nunca allí (demostrable con domicilio tanto fiscal como habitual) se me va a exigir ir a un juicio a Barcelona?
– abogado roca por teléfono me dice que soy una deudora sinverguenza que no ha pagado sus facturas en un año y yo ni sabía que existen (si es que existen) dado que el propio movistar me notificó sólo la existencia de 2 facturas impagadas a través de su contestación a mi reclamación en OMIC que están pagadas ya. ¿Es posible denunciar este hecho de negligencia por parte de movistar ya que me están causando daños morales?
– Si no voy a un juicio en Barcelona dado que nunca he vivido allí, ni tampoco he cambiado mi dirección desde que lo notifiqué a movistar a traves de OMIC ¿qué responsabilidad voy a tener?
– Es posible denunciar a abogado roca por extorsión telefónica si ni siquiera pueden probar la existencia de una factura que me están reclamando?
Muchas gracias por su ayuda.
Hola Ali. Si no te proporcionan las facturas lógicamente no deberías abonar nada. Todo tiene que estar justificado. En cuanto a las llamadas intimidatorias, procede a grabarlas y a advertir a la persona que las realiza que acudirás a los tribunales si no cesa el acoso. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho. Un saludo
Gracias 🙂
Hola.Estoy intentando negociar una factura de una reforma con la que tengo discrepancias. He puesto queja en consumo porque está mal desglosada, perome han amenazado con un monitorio. si me lo notifican y pago en los 20 días, pueden exigirme intereses de demora o algún gasto ademásde la factura?
si no pago esos intereses q pasaria?
como acredito el pago de la factura y a quien?
Hola Alberto. Podrán pedirle intereses y costas procesales. El pago de la factura podrás acreditarlo con los medios de prueba con los que cuentes: facturas, recibos, transferencias.. Un saludo
Hola me mandan a un juicio monitorio por tener una deuda según ellos de 5300 euros no se si esta con intreses o no la cuestión es que llegue a un acuerdo con dicha financiera y le pagaba 100 euros todos los meses pero hace unos cinco o seis meses que no les pago nada por tener que hacer frente a otra deudas y ir pagando poco a poco a unos y otros y la verdad que me ponen que tengo 5 días para interponer y 20 días para efectuar esa cantidad ,la verdad que estoy un poco liado y no entiendo muy bien esto de los 5 hábiles.
Gracias.
Hola Rafa. Entiendo que comentas que tienes un plazo de 5 días hábiles para oponerte al monitorio. Un saludo
Buenos días, mi hermano tiene una deuda en barclays bastante grande por un negocio que montó en el 2006 y ahora lo reclama Intrum Justitia ofreciéndole la cancelación total si paga una parte de la deuda. Es imposible que el pueda pagarla ya que no tiene trabajo y ningún bien a su nombre debido a la crisis. Toda la familia está pensando en ayudar a reunir el dinero para que pueda empezar de cero nuevamente y con muchísimo esfuerzo y algún préstamo podríamos reunir el dinero que piden pagar con el descuento que ofrecen en un plazo de unos meses. Aún no ha contestado, hemos oído y leído muchas cosas sobre esta empresa y tenemos muchas dudas y miedo de contestar. Esos descuentos son reales? Podría realmente cancelar la totalidad de la deuda con ese acuerdo?
Muchas gracias, un saludo Ángel.
Hola Ángel. Sí, pueden cancelar la deuda con estos acuerdos, si bien os recomiendo que pidais todo por escrito y lo leais con detenimiento para que no incluyan nada extraño en los documentos. Un saludo
Hola,
Presenté una petición de procedimiento monitorio contra una empresa que posteriormente saldó la deuda que tenía contraída conmigo y se opuso al procedimiento. Ahora el Juzgado me dan traslado y plazo para presentar la demanda. ¿Creéis que con presentar un escrito ante el Juzgado de 1ª Instancia que conoce el asunto justificando el pago tardío y solicitando el archivo de las actuaciones, lo harán sin condena en costas? Otra opción que se me ocurre para evitar las costas, es presentar la demanda con defectos y que la archiven por no subsanar.
Muchísimas gracias de antemano por vuestra inestimable ayuda.
Saludos,
Hola Beatriz. Entiendo que deberían archivar sin condena en costas justificando el pago. Un saludo
Hola buenos días , hace aproximadamente 7 años o mas me apunte por teléfono a un curso de técnico en educación infantil al cabo de un tiempo en el cual seguí pagando pero no realice ningún examen ni disfrute del curso me puse en contacto con ellos y me dijeron que tenia un plazo para realizar el curso y que ya se me acabo , no estaba de acuerdo por que no sabia nada de eso y no me daban ninguna alternativa, ni siquiera tengo contrato firmado con ellos y deje de pagarles , ahora después de tantos años tengo un juicio monitorio por esto y a pasado mucho tiempo y alegan que es un contrato por teléfono . la verdad que no se que hacer y como defenderme
Hola Adela. Si no existe documentación tendrán que probar la relación contractual de alguna manera.. si no te informaron de las condiciones, podrás oponerte. Un saludo
Muchas gracias yo ya hice la oposición alegando que yo no disfrute del curso y que no dispongo de ningún contrato firmados con ellos ellos después alegaron que es un contrato de telemarketing y que yo estuve hace viendo a la página de acceso para los alumnos cosa que podía hacerlo al inicio de la contratación pero no realice ningún examen de hecho no tengo ninguna titulación con ellos sobre todo la duda que tengo también es si después de ocho años casi pueden seguir reclamándome la deuda ?Y si sabré estarme algún consejo para que en el juicio pueda defenderme
Hola Adela. Si nunca han dejado de reclamártela, sí, pueden seguir haciéndolo. En cuanto al juicio, el mejor consejo que te podemos dar es que cuentes con letrado, si no quieres hacerlo, tendrás que preparar muy bien todo lo que vayas a realizar o decir. Un saludo
Hola tengo una deuda de hace 9 años, la cual no pude pagar, me han mandado una notificación de q se ha celebrado un juicio monitorio sin estar yo presente, por q me mandaron las notificaciones al domicilio q por al aquel entonces vivía pero hace muchos años q no vivo ahí.. por lo tanto estoy en desventaja por q no me he podido defender, ya q ese juicio se ha efectuado.. me dan 5 días para recurrir podría alegar lo de q no me he podido defender?? Y llegar a un cuerdo con el juez para ir depositando dinero cada mes??
Hola Sandra. Si no se te localiza en tu domicilio podrías llegar a recurrir por ello, sí. En cuanto a acuerdo de pago, tendrás que llegar al mismo con el acreedor que solicita la deuda. Un saludo
Buenos días, tengo un requerimiento de un Juzgado de Primera Instancia y me lo acaban de notificar hoy 26/01/17. Qué plazo tengo para oponerme , ya que voy a solicitar Abogado de Oficio y saber si se suspenderían los plazos.
Gracias.
Hola Elena. Para contestar un procedimiento monitorio se tiene un plazo de 20 días hábiles. Efectivamente si solicitas justicia gratuita estos plazos se interrumpen. Un saludo
Hola, tengo una deuda real de 700 euros, me llego una notificación del proceso monitorio al que no pude ir por lo que hace unos días me llego una carta que dice célula de notificación, donde pone que archivan el proceso monitorio por que no compadecí, después pone que la parte actora que formule la demanda de ejecución, en la ultima hoja pone algo de MODO DE IMPUGNACIÓN, que la verdad no entiendo lo que es , donde dice algo de un recurso de revisión en el plazo de cinco días, no se que significa…. Tengo que hacer algo en esos 5 días?
Ahora mismo no puedo pagar ya que no tengo trabajo, lo único que tengo a mi nombre es mi coche, del cual también debo 500 euros al banco, la cuenta la tengo embargada por esa otra deuda, lo único que podría hacer es pagar a plazos, que debo hacer? perdona por tanto lio, estoy realmente preocupado y no entiendo nada.
Hola Jacobo. Si no quieres impugnar la deuda, no tienes que hacer nada. Procederán a embargarte tus bienes presentes y futuros hasta que saldes las deudas. Un saludo
Buenas tardes
Nos ha llegado una carta del juzgado proceso monitorio en la cual Iberdrola nos reclama una deuda de lecturas que no realizó en su momento,yo entonces pagaba el mínimo pero no hiciceron lectura, reclamando 900 eu la totalidad de las facturas, quisiera saber cual es el procedimiento para poder fraccionar la deuda, si puedo solicitar mediante el escrito de oposicion ya que mis circunstancias me impiden pagarla en sus totalidad o como puedo hacerlo. Muchisimas gracias por su atención
Hola Inmaculada. Para poder fraccionar el pago de la deuda tendrás que negociar el mismo con tu acreedor. Un saludo
Hola David:
Interpuse un proceso monitorio por menos de 2000 € porque no se pagó lo dictado por un laudo arbitral en el que se le condenaba a pagar. Fue admitido a trámite pero no localizan al demandado ni tiene nada a su nombre (solo una cuenta con 0 € me dijeron en el juzgado).
Sin embargo, el laudo sí le llegó porque me contactó su abogado de justicia gratuita haciendo referencia al mismo.
En el juzgado me dicen que cada x tiempo intentan cobrar…pero, claro, eso nunca pasará porque trabaja en B y en efectivo.
Mis preguntas son:
1.- ¿Puede hacer el juzgado la notificación a través de su abogado?
2.- Me han comentado que cerrara el proceso monitorio e iniciara un juicio verbal. ¿Me serviría de algo si seguramente ni se presente ni pague? y, en caso de que no pague, ¿qué hace el juzgado? Porque lo que es con el procedimiento monitorio…»cada X» le llaman ellos a 3-4 veces al año.
3.- ¿Qué puedo hacer para que le investiguen el tema de trabajar en B y cobrando en efectivo?
Llegadoa este punto en que ni aparece ni tiene nada a su nombre…no sé muy bien qué hacer, la verdad.
Agradecería mucho tu respuesta.
Muchas gracias.
Un saludo,
María
Hola María, te respondo a tus dudas:
1º. No, notificarán mediante los domicilios conocidos de la persona.
2º. El juicio verbal servirá para notificar a través de edictos, pero si la persona no tiene ingresos visibles ni propiedades, nada cambia el hacerlo por esta vía.
3º. Si sospechas que trabaja en B, notifica al ministerio de empleo o a Hacienda.
Un saludo
saludos,una pregunta,tengo un juicio monitorio pendiente por parte de una demanda de los propietarios de de una comunidad de garajes con una demanda de 355 euros,me opuse diciendo que no es mio,pues hace varios años que me lo quito el banco popular y incluso se subasto y se vendio,por eso deje de pagar la plaza de garaje,ahora me mandan una carta de juzgado con sentencia juicio verbal,me dicen que en la nota simple soy titular de ese garaje,y que pague,cuando en septiembre me desauciaron los del juzgado junto con los del banco popular,ya no se ni quien es el propietario,no hay quien los entienda,pero no pienso pagar por algo que años atras me quitaron,la pregunta es que pasara?
Hola Jose. Entiendo que si no presentas la oposición oportuna mostrando las pruebas de que ya no eres el propietario, podrán llegar a embargarte por la deuda. Un saludo
Hola, hoy recibi un monitorio de una comunidad de propietarios por un importe de 1923€, concerniente a una deuda satisfecha hace ya 3 años. Parece ser que se ha cruzado la notificación con el pago previo.
La comunidad (o sus abogados no han retirado el monitorio, trás pagar la deuda). Parece ser que no han retirado el monitorio para que el abogado y procurador puedan cobrar su minuta. Tengo que pagar esas minutas, cuando no he recibido notificación de ese monitorio hasta hoy? La fecha del mismo es del
año 2013.
Gracias.
Hola Jon. Si te han citado a un juicio monitorio por una deuda que ya has pagado, podrás presentarte y oponerte mostrando las pruebas de haber ya abonado la deuda. De esta forma no tendrías que abonar los honorarios de los letrados de la comunidad. Un saludo
Sólo he recogido la notificación. Tengo que comparecer ante el juzgado para oponerme al monitorio ? O esperar a juicio verbal ?
Hola Jon. Yo en tu situación me opondría al monitorio. Un saludo
Perdóname por la insistencia. Al ser la cuantía inferior a 2000€ basta con presentar un escrito en el Juzgado de 1ª Instancia?
Muchas gracias.
Hola Jon. Correcto, al ser cuantía inferior a 2.000 € no te hará falta ni abogado ni procurador. Bastará con el escrito. Un saludo
Buenas,hoy llego un mensaje del banco donde indicaban un embargo,acudí al juzgado y resulta que me encontraba en un monitorio potencia una compañía del Santander debido a un crédito q no pude hacer frente. Pedí abogado de oficio en el 2013 y notifique mi situación de insolvencía. La cuestión es q la deuda era de 16000 y ellos piden 18.500 además ponen un 30% de intereses lo cual me resulta abusivo.por último había notificado mi cambio de domicilio pero no recibí nada y aun así es lícito dictar auto de ejecución de embargo?
Hola Daniel. Dependerá de cómo se haya realizado todo el proceso, consulta con tu letrado que es quien más información tendrá sobre el mismo. Un saludo
Buenos días:
Quería preguntar lo siguiente: en el 2007 recibí junto con otras personas una cédula de requerimiento de pago por una cantidad a resolver en el plazo de diez días. Nunca me presenté a ningún juicio al respecto, ni pagué cantidad alguna, ni he vuelto a recibir ninguna clase de notificación o requerimiento judicial al respecto.
La pregunta es: este asunto ya ha prescrito o pueden volver a tomar medidas judiciales?.
Gracias, un saludo.
Hola Manuel. Dependerá de lo que hayan hecho durante este tiempo, ya que cualquier tipo de reclamación puede haber servido para interrumpir el plazo de prescripción. Un saludo
Muchas Gracias. Un saludo.
Tuve unos inquilinos que incumplieron varias clausulas y dejaron sin pagar varios recibos, impidieron la lectura de consumo de servicios para pagar menos y, sobre todo, instalaron fibra óptica por la linea de la TDT y al serles retirada me dejaron sin TDT, cuando se prohibía expresamente en el contrato la instalación de servicios en la casa sin mi expresa autorización y realquilaron a dos personas y me decían que eran amigos invitados pero reconocen que estuvieron dos meses y ademas dejaron olvidado un documento entre ellos y un tercero por el cual este les entrega una fianza. Se negaban a darme los datos de estas personas pero en el contrato nuestro se recoge que la vivienda no podrá ser usada como tal salvo por los 4 firmantes. 3 de ellos me reclaman por monitorio la devolucion total y puedo probar con facturas los pagos de lo que dañaron cuando en el contrato eran ellos los obligados, en fin, estaría ganado pero… HA RECOGIDO EL REQUERIMIENTO un nuevo inquilino, extranjero y olvidó avisarme. Yo no vivo en esa dirección. Mañana acaban los 20 días y, al ser 2400€ me exigen abogado y procurador. Vaya que encima me van a sacar el dinero y la ley respalda su reclamación sin dejarme ya demostrar nada. ¿No podré así defenderme? ¿Puedo reclamarles yo por los daños ocasionados y /o denuncia en fraude de contrato o algo para recuperar el dinero que, al parecer, el juzgado procederá a embargarme? Necesito una respuesta urgentemente… Ojalá ustedes pueda asistirme para ejercer lo que se pueda… Mil gracias
Hola Luisa. Habría que analizar tu situación con más detalle para poder asistirte correctamente. Entiendo que ya se te ha pasado el plazo, pero igualmente, si necesitas ayuda en tu caso, ponte en contacto por privado con nuestro despacho para ver cómo podemos ayudarte. Un saludo
Hola David,
Mi caso es el siguiente: Me amenazan (empresa de cobros de ORANGE) con juicio monitorio por deuda de 52 euros.
No me niego a pagar una parte proporcional. A través de la OMIC de Madrid envoi carta a Orange adjuntando los ártculos de la ley de protección al usuario de la telecomunicaciones que nos amparan (disculpa la extension):
Por este motivo me he visto obligado a devolver la última factura, ya que se comunica desde el servicio de atención al cliente de Orange que tienen que cobrarme el mes entero al tratarse de una tarifa con minutos y datos establecidos, por lo que no pueden cobrarme la parte proporcional, que sería del día 08/07/16 al día 14/07/16, y que esa cláusula esta reflejada en mi antiguo contrato con Orange.
No obstante, les indico a continuación algunos de los artículos citados en la carta de los derechos del usuario de los servicios de Comunicaciones electrónicas.
En un rango específico, el art.5.1 del Real decreto 899/2009 de 22 de Mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de Comunicaciones electrónicas, determina: “La formalización y entrega del contrato se regirá por lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de Noviembre, sin perjuicio de otras formalidades adicionales que, en su caso, se establezcan en la regulación de la portabilidad y la preselección”.
En un rango superior, el art. 1.255 establece que “los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarias a las leyes, a la moral, ni al orden público”, el art. 1.256 prohíbe que la validez de un contrato quede al arbitrio de uno de los contratantes.
En este sentido, volviendo una vez más al real Decreto 899/2009, el art. 7 dice, en lo que se refiere a un procedimiento de extinción de contratos: “el operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja”, y ello tiene relevancia. El art.10 dice claramente que “con independencia de los mecanismos que utilicen los operadores para el acceso a las redes, los procesos de cambio de operador se realizarán, con carácter general, a través de la baja del usuario final con el operador de origen y el alta con el de destino”.
Luego cualquier cláusula que imponga el cobro de la cuota de todo el mes al cliente es nula de pleno derecho, sin más.
Los arts. 62.2, 62.3 y 62.4 del Real decreto Legislativo 1/2007 de 16 de Noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, dicen:
2. Se prohíben, en los contratos con consumidores y usuarios, las cláusulas que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en contrato.
3. En particular, en los contratos de prestación de servicios o suministro de productos de tracto sucesivo o continuado se prohíben las cláusulas que establezcan plazos de duración excesiva o limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor y usuario a poner fin al contrato.
El consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que le hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.
4. Los contratos de prestación de servicios o suministro de productos de tracto sucesivo o continuado deberán contemplar expresamente el procedimiento a través del cual el consumidor y usuario puede ejercer su derecho a poner fin al contrato.
Dicho esto, rogaría que se facturara y se procediera al cobro de mi factura desde el día 08/07/16 al 14/07/16 de 2,2085 más 21% IVA (total 2,673€) .
Me dice ORANGE que aún no la ha recibido.
Qué me recomiendas que haga? Llegar a Juicio? Pagar todo?
Gracias de antemano.
Saludos
Hola Tomás. Esperaría a la contestación de Orange antes de llegar a juicio. Un saludo
Hola mi consulta es bastante surealista, mi padre ya fallecido hace dos años firmo anteriormente con el corte ingles un reconocimiento de deuda de mas de dos mil euros; prácticamente se debe toda porque pagaba como buenamente podía…..al fallecer cerremos todas las cuentas a su nombre y mi madre no quiso saber nada de las cuotas mensuales.
No hay herencia de ningún tipo porque no había nada de nada que heredar………y hace una semana en casa de mi madre recibe citación judicial en el juzgado y sospechamos que son ellos, porque solo había esa deuda.
No es extraño que no sepan que el deudor esta fallecido???……y además contra quien van???…mi madre no firmo en ese reconocimiento, solo el……….no se o algo se me escapa o lo veo muy raro.
Vd que opina al respecto?……..mi madre pasa totalmente de ir al juzgado….
La pregunta seria a mi madre le pueden exigir de alguna manera que la pague ella via judicialmente???……de viudedad cobra 658 euros único ingreso mensual.
Hola Toni. Van contra tu padre, si no tiene herederos, la deuda quedará desierta. Si tiene algún heredero que haya heredado también sus deudas, pues serán estos quienes respondan. Lo que tendrás que tener cuidado es que no intenten demostrar una aceptación de la herencia tácita. Un saludo
Hola, me gustaría contestaras a una pregunta muy concreta: el juzgado de mi ciudad NO ha admitido a tramite un monitorio en un auto, pero estos, al cabo de 2 meses lo han vuelto a enviar el mismo monitorio y ha caído en otro juzgado distinto. Que opciones hay de que prospere este monitorio aunque sea una causa ya juzgada? No se si es practica habitual o si dependerá del juez de turno. Gracias
Hola Jose Mari. Dependerá del motivo por el que no se admitió a trámite en primer lugar y de si se ha subsanado este. No es cosa juzgada aún puesto que no se tramitó en los tribunales. Un saludo
hola David
me presentaron una moratoria, la comunidad pq se hizo la reforma del tejado, y el edificio esta dentro de una mancomunidad que no se creo, y los vecinos en una junta decidieron pagar el tejado ellos solos sin tener en cuenta la cuota de participacion de las escrituras y asi lo reflejaron en el acta, yo me nege en la reunion y me sigo negando a pagar mas de lo que dicen en las escrituras que es un 3,5% y ellos quieren que page el 10%. yo el 3,5 lo pague en plazo que es lo que pone en mi escritura
Puedo negarme a pagar mas de lo que pone en mis escrituras?, a pesar de que lo aprobaran en un acta, si se llega a jucio el juez podria obligarme a pagar lo que falta hasta el 10%?
Hola Paco. Si no está de acuerdo con el acuerdo tomado en junta de propietarios podrá impugnarlo ante los tribunales. Un saludo
El plazo para impugnar ese acta ya a pasado, la cuestion es quie mandaria el acta o las escrituras, para esa cuota extraordinaria del tejado. ya que a algunos (bajos comercilales) en ese acta se le aplica la cuota de participacion de las escrituras y a las viviendas se aplica otra que no tiene que ver con las escrituras asumiendo el gasto del resto de la mancomunidad que no se formo
Resumiendo si no impugné el acta, tengo alguna opcion de ganar, o esta ahora manda mas que la escritura
un saludo
Hola Paco. Es una situación que probablemente tendría que resolver un juez, pero a mi entender, el acta tendría que respetarse o haberse impugnado en debido tiempo y forma. Un saludo
Buenas
Adquirí una deuda de 150€ con vivus en 2013. No pude hacer frente al pago y empezaron las amenazas. Intenté fraccionar el pago para poder saldar la deuda pero no me dieron ninguna posibilidad de hacerlo. Ahora me han mandado una carta en la que aparece que han abierto un proceso monitorio en mi contra y que tengo un plazo de 10 dias para pagar los mas de 500€ que ahora me reclaman. ¿ que podria pasar si no pago? ¿si llega el caso a juicio que consecuencias podria tener? ¿podria ampararme en la ley azcárate para negarme a pagar los intereses?
Gracias
Hola Roma. Si llegan a juicio y no puedes pagar la deuda procederán a embargarte tus bienes presentes y futuros hasta saldar la deuda. Esto es todo aquello que tengas a tu nombre con algo de valor (inmuebles, vehículos..), además de cuentas corrientes y salarios o nóminas. En cuanto a si podrías ampararte en la ley de la usura, dependerá de tu situación particular y de las condiciones del préstamo. Un saludo
Buenas tardes,
Me acaban de contar que el proceso monitorio contra un vecino propietario a favor de una Comunidad se detiene si éste, el deudor, muestra intención de pago. Es decir, se le reclama la deuda, éste va al juzgado y abona un importe inferior, y en consecuencia la comunidad no puede volverle a reclamar hasta pasados dos o tres años.
¿es cierto lo relatado, o es que el Presidente de la comunidad se ha saltado un paso del proceso monitorio?
Muchas gracias por su atención.
Hola Juan Manuel. No existe tal figura legal, otra cosa es que si abonas parte de la deuda el acreedor de la misma decida de motu propio darte algún plazo para que sigas pagando. Un saludo
Consulta
Hola soy Francisco me ha llegado una carta de un procedimiento monitorio que tengo que recoger e
11-05 pero tengo la nomina embargada y no tengo bienes que puede pasar y de que manera me puedo defender..
Hola Francisco. Si ya te están embargando el máximo posible el siguiente embargo se deberá poner a la cola, de manera que no podrá embargar nada hasta que termines de saldar la primera deuda. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho. Un saludo
buenas bamos a ver una empresa ke esta en suspension de pagos y concurso de acreedores me reclama una deuda de 7’500€ si no les pago ke me puede pasar me pueden meter a juicio
Hola Claudio. Sí, si no pagas tus deudas con la empresa lógicamente podrán reclamártelas. Un saludo
Me reclaman 2 facturas de hace 10 años de movistar por total 72 €. Me amenazan que el procurador lo lleva a monitorio y dicen que tendré que pagar costas. No estoy de acuerdo con las facturas. Pero no tengo como demostrarlo. Puedo esperar a pagar los 72 € al recibir la notificación del juzgado? O tendré que pagar costas?
Hola Joan. En el momento en el que interpongan la demanda al juzgado ya se están generando costas, que si sales condenado a pagar la deuda, tendrás que abonar también tú. Un saludo
Buenas tardes. ¿Que pasa si no me presento al juicio monitorio y no tengo nada a mi nombre? ¿Me embargarian toda la nomina o solo una parte de lo que sobrepase mi sueldo base? NO puedo pagar lo que me piden .
Hola Carlos. De tu nómina embargarán una parte, la que corresponda utilizando las tablas que señala la ley. Un saludo
Buenas noches,
Tengo que presentar un monitorio y tengo varias dudas a ver si usted puede aclararmelas.
– El monitorio es menor de de 1000 euros. Si se opusiesen y hubiese juicio al ser fuera de Madrid podría pedir que se me permitiese declarar por video conferencia?.
– En el mismo caso, podría presentar documentación adicional?
– Necesito abogado y procurador para pedir ejcución de sentencia?
Mil gracias por su tiempo.
Saludos cordiales,
Hola Rafael. Sí puedes solicitar declarar por videoconferencia, pero que te lo concedan o no es decisión del juez. En el juicio verbal podrás aportar las pruebas que estimes oportunas. Y por último, para la ejecución sólo es necesario abogado y procurador en los mismos casos que para el juicio, con lo que en principio, por lo que comentas, no parece que en tu caso sea necesario. Un saludo
Muchas gracias David!!!
Buenos días.
Me ha llegado una cédula de requerimiento de un monitorio para el pago de 600 € a nombre de mi padre que falleció en 2014. La demanda es posterior al fallecimiento. Mi duda es la siguiente, ¿debo comunicar al juzgado el fallecimiento y no hacer nada? ¿O también estoy obligado a comunicarles quienes son los herederos?
Muchas gracias.
Hola Adolfo. Entiendo que no tienes obligación de comunicar sobre los herederos. Un saludo
Hola,
Me mandaron un email de Miembro Asociación Nacional de Entidades de Gestión de Cobro A.N.G.E.C.O. por una deuda.
Dicen que van a tramitar un proceso judicial y guardar mis datos en los ficheros de solvencia. Que son?
Esto dicen que se hara el dia 16/09. Pero no puedo hacer ningun pago ante esta fecha.
Ya no vivo en Espana pero dentro de la union europea. Que pueden hacer ya?
Pueden pasar la deuda a mi pais actual? O puedo tener problemas en mi pais por esta deuda?
Gracias
Hola María. Los ficheros son donde figuran las personas con problemas de morosidad para consulta de otras entidades o personas. En cuanto a si pueden perseguirte a través de la Unión Europea, lo cierto es que sí, pero en la práctica se hace poco por lo costoso del procedimiento. Un saludo
hola buenas, tengo una consulta! Y espero que me pueda responder; Tengo un juicio por una agresión sufrida. Tengo todos los partes médicos y la persona que me agredió esta identificada y tenemos el juicio pronto. Si gano este juicio las cantidades que debo recibir por dicha agresión. Si tienen bienes? Me debería de pagar la cantidad que estipulen, ¿todo junto? ¿O aunque tenga bienes da igual y puede pagar como el quiera? Un saludo, y gracias de antemano
Hola Isidro. Si se acuerda que te deben abonar una cantidad, en primer lugar tendrá un plazo voluntario el perjudicado para satisfacerla. En caso de que no lo haga, se le podrá embargar sus bienes, y en función de los que este tenga, así irás cobrando la deuda. Un saludo
Hola mira hace tres meses Page la deuda que tenia con la comunidad de vecinos y me a venido un aviso que pone sección de Actos de comunicación y mande a mi padre y le dijeron que es de la comunidad de vecinos pero que tengo que esperar un segundo aviso y presentarme yo y no se y estoy nerviosa que tengo que hacer.
Hola Manoli. Lo mejor es que hables con el representante de la comunidad para que se cercioren de paralizar las actuaciones judiciales que hayan emprendido en tu contra. Un saludo
Buenos días
Tengo alquilada una nave industrial desde 3 de Febrero de 2016. Desde el mes de Abril de 2017, el inquilino me dice que no puede hacer retención de IRPF porque es persona física, le he modificado las facturas de 2017, ( no las de 2016 ya presentadas en renta) y desde esta fecha esta ingresando los importes que quiere por las facturas de alquiler, ni paga los atrasos de IRPF descontados ni gastos de suministros….ya he hablado con él mil veces con su abogado y asesor y no hace caso a nadie. El contrato vence el 3 de Febrero de 2018 y no vamos a renovar porque era anual. Puedo interponer monitorio para lo que debe y enviar Burofax advirtiendo de la no renovación y reclamando la deuda????
Que pasaría si no pagase en el Monitorio y se opusiese??? Cómo tendría yo que continuar posteriormente ,para reclamar y que dejase el inmueble??
Muchas Gracias
Hola Vicenta. Si tiene cantidades no satisfechas, claro, podrás interponer un monitorio para reclamar las mismas. En cuanto a que ocurriría si se opusiese al monitorio, pues habría un juicio y si queda probado la existencia de las deudas, deberá proceder al pago de las mismas o al embargo de sus bienes para satisfacer la deuda. En cuanto a la renovación, va por otros cauces. Un saludo
Muchisimas gracias por su rápida respuesta.
Mi duda es si ese juicio posterior, entiendo que sería verbal por ser inferior a 2000 euros, debo acudir con abogado y procurador o no es necesario, y si lo interpongo ahora y se opone ,y al vencimiento del contrato( 3-02-2018 por que se firmó anual) la deuda ha ascendido, podría seguir reclamando???? o lo que se pide en monitorio no puede volver a reclamarse y tendría que ir por juicio ordinario???
Gracias de nuevo
Hola Vicenta. Siendo inferior a 2.000 € en ningún caso es obligatorio acudir con abogado y procurador. Y sí, en tu reclamación podrás solicitar lo que te adeuda y lo que se vaya generando hasta que salga sentencia. Un saludo
Muchisimas Gracias
Me esta reclamando un importe de 4000 euros por una obra en local comercial que no era de mi propiedad. El contrato con la constructora incluía una clausura de fecha de entrega que incumplieron retrasándose 3 mes , lo que me ocasiono un grave perjuicio (no poder ejercer mi actividad y perder la carencia pactada con el propietario del local), El resto de la obra se pago en su plazo y este importe considero que con el perjuicio que me han ocasionado es superior a lo que me reclaman. Pueden obligarme a saldar esta deuda?
Muchas gracias saludos cordiales
Hola Aurelio. A menos que hubiese alguna cláusula que que lo estipulase, no puedes dejar de pagar lo pactado por el perjuicio que te pudieran haber ocasionado. Deberías pagar la deuda y posteriormente, si existe ese perjuicio, denunciarles por ello. Un saludo
Hola, verá cuando en una empresa se entrega una tarjeta VISA para la compra de cosas relacionadas con la empresa y demás, en el caso de que uno de los empleados, ahora despedido, hubiese estado haciendo compras particulares como en perfumerías tiendas de ropa o bares, ¿podría comenzar un proceso contra este mediante una demanda por administración desleal o apropiación de lo indebido?
Muchas Gracias
Hola Alba. Entiendo que sí, podrá ser denunciado por hacer un uso indebido de la tarjeta. Aunque entiendo que debería estar especificado en algún documento las atribuciones que se le otorgaban al hacerle entrega de la tarjeta de cara a poder defenderlo mejor en juicio. Un saludo
Hola David, después de realizar una reclamación judicial a un vecino por impago de cuotas (500 euros), este ha sido requerido por el juez y ha presentado un escrito de oposición por haber abonado parte de esta deuda(275 euros) antes de acudir a este requerimiento.
En la carta que nos envía el juez acuerda:
1) Declarar terminado el proceso monitorio por haberse formulado en tiempo y forma oposición por la parte demandada en nombre y representación del vecino moroso y remitirlo al decanato a efectos de registro con nuevo número.
2) Proseguir la tramitación de la reclamación conforme a lo previsto para el juicio verbal.
3) Dése traslado de la oposición a la parte actora por plazo de DIEZ DIAS para que, en su caso, proceda a su impugnación así como que se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista.
Nuestra duda es, ¿tenemos que presentar algún escrito para que se celebre el juicio verbal?(Queremos que se abone lo que falta de la deuda) , o ¿esto sigue su curso y ya nos citarán?
Hola Juan Carlos. Seguirá su curso y os citarán. Un saludo
Buenas tarde david el 05 de este mes tuve una citacion a la corte de elizabeth nj. Por no haber pagado la renta por 2 meses por problemas de salud cosa que no me presente por no tener el dinero, en que que me perjudica no haberme presentado ni pagado dicha deuda.
Hola Juan. Somos un despacho de abogados de España, con lo que desconocemos las leyes de Estados Unidos y no podemos ayudarte. Un saludo
Buenos días,
He iniciado un procedimiento monitorio para reclamar una rentas por alquiler impagadas. El demandado se opuso pero en el escrito de oposición reconoce adeudar parte de la cuantía reclamada.
Me han enviado Decreto de fin monitorio y para que me pronuncie para la vista.
Mi pregunta es: puedo pedir ejecución por esa cantidad que ella reconoce y por el resto de la cuantía reclamada decir que existe un acuerdo extrajudicial por así decirlo .. es que no me merece la pena ir a juicio por 150 € de diferencia.Gracias
Hola Vanesa. Entiendo que sí podrás hacerlo. Un saludo
BUENAS DAVID ME MANDAN DEL JUZGADO UNA CELULA DE EMPLAZAMIENTO POR UNA DEMANDA POR UN PRESTAMO RAPIDO QUE PEDI DE 120 EUROS Y ME RECLAMAN 97 EUROS DE INTERESES CUANDO POR TLF ME DIJERON QUE SI PAGABA ANTES DE TIEMPO ME LOS QUITABAN Y LES INGRESE EN CUENTA 130 EURO DE LA DEUDA . NO HE RECIBIDO NADA NI CARTAS NI LLAMADAS SOLO LA CELULA DE EMPLAZAMIENTO DE JUZGADO…..
Hola Juan José. Podrás oponerte al juicio con el documento acreditativo del pago que les realizases, y si además tuvieras alguna prueba del acuerdo verbal, apórtalo también. Un saludo
buenas gane un juicio a consumer finance hace 6 años con sentencia firme y hace unos días me han mandado una carta de un bufete de abogados reclamandome esa misma deuda y amenazando con fichero de moroso si no pago mi pregunta es pueden volver a reclamar esa misma deuda habiendola ganado
Hola Fernando. Si un juzgado ya dictaminó resolución firme sobre una deuda, no puede volver a juzgarse sobre la misma. Un saludo
Buenas Tardes, tengo diversas deudas con diferentes entidades por motivos de Ludopatia, el cual ya estoy curado, pero no he podido seguir pagando como hacia antes. Vivo desde hace 3 años en UK, pero esas deudas son de España, me informan que me llevan a Monitorio y demas pero en ningun caso quieren llegar a acuerdos de refinanciacion o pago pequeño de deudas. No se que hacer ante esta situacion, no tengo casa en mi nombre ni coche a mi nombre en España, solo 2 cuentas bancarias. Que puedo hacer ante todo esto?
Hola Ernesto. Si las deudas son ciertas y reales y no quieren llegar a acuerdos de pago, no podrás hacer nada y procederán a embargarte. Un saludo
A embargarme el que? Las cuentas en España o en UK?
Hola Ernesto. Lo que solicite el acreedor. Un saludo
Pero pueden actuar en UK aunque la deuda sea en españa?
No es fácil, pero podrían llegar a hacerlo. Un saludo
Buenas tardes tengo una deuda de 3600 euros con una fábrica de piensos el comercial me vendió muy bonito el pienso y me guíe x el pero la producción de leche en mi explotación bajo de la campaña pasada a esta un 50x 100. Lo cierto es que no le pago x rebeldía x que e perdido el doble o triple de lo que le debo pero como se lo debo pues va a poner la demanda en el juzgado. Como podría defender esto o estaría perdido gracias
Hola Pedro. Entiendo que en el juicio por la deuda lo tienes complicado, ahora bien, tú quizás podrías demandarle por el engaño al venderte un producto de una calidad diferente a la que se te indicó. Un saludo
Buenas tardes,tengo una deuda de 1400€ con un restaurante, me pusieron un monitorio por 1700€,del cual presenté mi oposición reconociendo esa deuda y los ingresos que les había realizado por valor de 300€, de lo cual no pude seguir pagando al perder mi mujer el trabajo y quedarnos solo con mi nómina, hoy me ha llegado la sentencia que debo pagar esos 1400€ y tengo cinco días para presentar recurso.
puedo llegar algún tipo de acuerdo y pagar esos 1400€ en 8 meses presentando algún escrito al juzgado
Hola Jose. Para llegar a algún acuerdo de pago tendrás que negociarlo con el acreedor de la deuda. Un saludo
Buenas,
he recibido la sentencia despues de un monitorio al que contesté y bueno despues de todo el proceso me reclaman las costas (277€), abogado parte demandante + procurador(424€+95€) y el importe reclamado en la demanda 1247€. Ya no se puede impugnar.
Tengo un embargo de hacienda que me embarga el maximo de mi pension. Yo no tengo ese dinero que me pide el juez que pague, y mi pregunta es, ¿si no pago 20 dias despues de la sentencia, me pueden embargar las cuentas, o cual seria el camino que seguiria el juez para cobrar la sentencia?¿La minuta de el abogado demandante me parece excesiva, puedo quejarme?.
Gracias.
Hola Benjamin. Si te parecen excesivas puedes impugnar las costas por excesivas si estás en plazo para ello. En cuanto a la deuda que se te quede, procederán a embargarte como por cualquier otra deuda en función de tus ingresos y bienes. Un saludo
Hola, tengo una deuda con una compañía de miniprestamos, Twinero, la cuál me dejaron 300 euros y no pude pagarla por que me quedé sin trabajo, ahora me han mandado un email donde proceso de juicio monitorio y me reclaman 595 euros, en un mes ha subido eso y me parece que son excesivos los intereses, he oído que hay una ley La ley de Azcarate , me puedes explicar cuanto tiempo tarda y si podría agarrarme a ella ya que esos intereses son usura e ilegales.Gracias
Hola Mariangeles. Si consideras que los intereses que te solicitan son ilegales podrás reclamarlo cuando te soliciten el importe vía judicial. También podrás tú misma presentar demanda contra ese contrato de préstamo por el carácter usurero de dichos intereses si así lo estimas pertinente. Un saludo
En la vista oral de un monitorio, la juez no admitió una prueba (justificantes de pago contrareembolso), que es determinante en la resolución del caso. Se ha dictado sentencia condenatoria contra la parte actora por no probar los hechos demandados. Toda la sentencia es un cúmulo de errores. Y además no se puede apelar.
Hola Javier. Cuando no se admite una prueba hay que levantar el oportuno recurso y en caso de denegación, el protesto. Y siempre hay una segunda instancia en nuestro ordenamiento, a menos que se te haya pasado el plazo. Un saludo
Buenas tardes.
En mi comunidad hemos interpuesto un proceso monitorio contra un propietario que no paga. Cual es nuestra sorpresa que nos llega una notificación del juzgado diciendo que se había recibido «diligencia negativa del SCNE». Investigando por internet he comprobado que significa que no le han notificado el proceso en su domicilio. !!! Pero si vive alli !!!! La cuestión que se nos plantea ahora es , ¿que podemos hacer?¿Que se hace en estos casos?
Muchas gracias de antemano
Hola Carlos. En procesos monitorios de comunidades de propietarios contra vecinos morosos, basta con poner la dirección del piso de la comunidad en donde, viva o no el vecino, es el responsable de la deuda. Desconozco cómo habéis hecho la demanda de juicio monitorio, y sin más datos me es difícil poder orientarte. Un saludo
Hola buenos dias , me gustaria saber si pudiesen aclararme unas dudas que me ha dejado el articulo,tengo una deuda por impago de comunidad a dia de hoy de 2.150 euros,en teoria por cuantia , seria necesario que actuasen abogado y procurador para la presentacion del monitorio,si cuando me llegase notificacion la deuda fuese inferior a esa cantidad por haber echo algun pago,deberia presentar escrito de oposicion?en tal caso entiendo que directamente se acudiria a juicio verbal donde yo tambien tendria que aportar abogado y procurador, es asi?.Respecto a los intereses y costas si yo llegase a un acuerdo de pago anterior a la notificacion del inicio del monitorio,tendria que pagar costas y los honorarios de su abogado y procurador?
Espero haberme expresado lo suficientemente bien.
Muchas gracias
Hola Juan Carlos. Efectivamente si la deuda que te reclaman es inferior a los 2.000 no será necesaria la presencia de abogado y procurador. En cuanto a las costas si llegas a un acuerdo, lo normal sería que eso formase parte del acuerdo al que llegues. Un saludo
Muchas gracias por tomarse la molestia en responder,expongo lo que entiendo corrijame si me equivoco;Si yo abonase parte o la totalidad de la deuda tendria que presentar escrito de oposicion justificando que la he saldado o que no es la cuantia reclamada,con lo que SI o SI pasaria a ser un juicio ordinario teniendo que abonar pues gastos de mis representantes mas los intereses y costas?Es que es algo que encuentro ilogico….y una ultima duda el demandante puede retirar la demanda en cualquier fase del procedimiento?
Reitero mis agradecimientos.Un saludo
Hola Juan Carlos. El escrito de oposición es para oponerte a la solicitud de la deuda porque creas que no es correcto lo que te piden o su cuantía, si saldas la deuda tras el requerimiento de pago las actuaciones se archivan directamente por el Secretario Judicial y no pasa a juicio de ningún tipo. Un saludo
hola me reclaman 1188.89€ de una empresa que desconozco que no para de llamar a mi numero o al de mi pareja o mi madre y que si no me llevan a juicio y estoy en paro y no estoy casada con mi pareja
no tengo ingresos y dicen que van embargar lo de mi madre eso es posible.
Hola María. Si la deudora eres tú, no podrán embargar nada de otras personas. Un saludo
Hola buenos días soy María José.
El viernes recogí del juzgado una reclamacion de deuda de un prestamo que solicité, por cuestiones económicas llegó un momento en el que no pude seguir pagando, y en estos momentos tampoco puedo pagar lo que me reclaman, tengo la posibilidad de oponerme, pero mi pregunta es si no contesto a la reclamanción como acutuarían, no tengo nada a mi nombre pero si una nómina de 1400€, ne han dicho que la podrían embargar.
Gracias y un saludo.
Hola Maria José. Si no contestas el procedimiento continuará sin ti, se te declarará en rebeldía, y procederán a embargar en función de lo que estime el juez. Un saludo
Hola, estoy buscando un formulario monitorio para la reclamación de cantidad, ¿me podéis ayudar? Gracias.
Hola Juan. Nosotros no proporcionamos este tipo de formularios, pero en todo caso, si necesitas ayuda a la hora de interponer tu monitorio, ponte en contacto con nuestro despacho y podremos asesorarte. Un saludo
Buenos dias. La única cuenta bancaria que tengo se nutre exclusivamente de la nómina. Si me llegarán a embargar esa cuenta que solo entra la nomina podría solicitar que se me devolviera dicho dinero por tratarse d salario y no de ahorro y me lo embargaran por tramos cm dicta la ley para salarios y nóminas? Que me embargen la nómina no me preocupa mucho pero que me embargen la cuenta si xq no tengo ahorros si me llegarán a embargar el dinero de cuenta ese mes no podría pagar alquiler ni nada ni y ni siquiera tendría para darle d comer a mis hijos.
Hola María. Teóricamente, si lo único que entra en tu cuenta es tu nómina deberán respetar para el embargo lo que señala la ley. Como bien dices, si no es ahorro, y te embargan de más, podrás reclamar para que te devuelvan la cuantía embargada que exceda de este mínimo. Un saludo
Hace unos años se presentó la secretaria del juzgado en mi domicilio diciéndome que tenía una denuncia por impago de un préstamo me dijo que era un requerimiento para que dijera cuándo son los bienes y salarios que tengo y se lo dije en el momento y me he recibido el requerimiento y una vez hecho esto me entrego un taco de papeles yo me quedé esperando que me citaran para juicio cuál es mi sorpresa cuando de repente me embargan la nómina no habido juicio ni nada ¿esto funciona así? al decir los bienes que tengo se supone que he aceptado que tengo que pagar la deuda y que no habra juicio? Por cierto la cantidad que me reclaman es de 14000 € gracias
Hola María Isabel. Juicio debe haber existido, otra cuestión será que te lo hayan notificado debidamente. Un saludo
Hola. Tengo que reclamar una deuda de a una empresa, en la que trabajé como docente. Como autónoma, en la factura he practicado la preceptiva retención de IRPF del 15%. En mi caso, la factura es de 5400 €, y la retención es de 810 €. La demanda de monitorio, ¿por qué importe debo realizarla, por 5400 € o por 4590€ (una vez realizada la retención)? Gracias y saludos.
Hola María. Entiendo que por la cuantía neta, tras descontar retención, ya que es lo que figuraría en factura. Un saludo
Hola, tengo que reclamar una deuda a traves de un juicio monitorio, me ha servido de mucha ayuda vuestro articulo. Me gustaria contar con vuestro servicio ya que la deuda es bastante grande, de 4000 euros, y creo que es necesario tener abogado por lo que decis. ¿Cuanto cobrais por el servicio? ¡Gracias!
Hola Eduardo. Gracias por tus comentarios. Para poder darte un presupuesto cerrado necesitamos que nos facilites cierta información, ponte en contacto con nosotros para concertar una cita o indícanos por privado tu número de teléfono para que te llamemos y así poder decirte algo al respecto. Un saludo
Me ha llegado una carta de que me han puesto en un procedimiento monitorio por unas deudas de telefonia ¿tengo que ir al juzgado para contestar o como va esto?
Hola Carmen. Si no acudes al juzgado el procedimiento proseguirá su curso y podrán embargarte igualmente. También te digo que si acudes y te allanas, puede que ahorres costes ya que si la deuda es real, irán a tu cuenta. Un saludo
Buenas tardes David,
Hoy he recibido una carta de la empresa de cobros Intrum, me requiere un pago de casi 4000 euros, por una deuda con una tarjeta de débito. En dicha carta aparece un escrito monitorio sin sin sello alguno. No sé si es legal o no. Tendría que tener fecha y hora del juicio, sello del juzgado por el requerimiento?
Gracias.
Un saludo
Hola Carmen. Tendríamos que ver el documento para saber si procede o no de un juzgado, en todo caso, siempre puedes preguntar en el juzgado en cuestión. Un saludo
Buenas tardes Sr. Sánchez,
¿Es posible iniciar una solicitud de proceso monitorio en el Juzgado a nombre de otra persona? Mi hermana se encuentra en el extranjero y no puede realizar el trámite ella misma. Si fuera posible, ¿bastaría con una autorización de respresentación simple o necesito poderes notariales para presentar la solicitud?
Muchas gracias por la atención y saludos cordiales,
Hola Alberto. Es posible, si bien necesitarías un poder notarial. Un saludo
Hola, quería consultar una duda que no encuentro en ningún sitio.Tenía una tarjeta revolviing desde hace unos 10 años o asi. Yo pagaba cada mes sin faltar a mi cuota. Pero empecé a dejar de gastarla porque era lentísimo, pero tuve un desencuentro con elllos por unos cobros que me empezaron a cobrar así por las buenas sin informar ni documentar ni nada. Tal fue el desacuerdo que dije que no pagaba ya más nada. Bueno estuve sufriendo un infierno de llamadas mensajes, cartas, de todo muy exagerado(cuando dejé de pagar faltaba poco para cancelarla, como unos 300€ o así. Me insultaban, llamaban a las 7 de la mañana y colgaban, todos los días una media de 15 llamadas solo a mi movil. Llamaron al fijo de casa de mis padres y ahí ya dije, esto se tiene que terminar. Llamaron una semana todos dias a las 8 de la mañana preguntando por mi de un despacho de abogados que debía ponerse en contacto conmigo urgente. Mis padres se asustaron y cabrearon mucho con la insistencia, total un lio que sería por otro lado el arreglo. Al final me informé de cual era la deuda con intención de pagar y me dijeron casi 3000€. Pedí por certificado documento único, con todos los datos, movimientos y demás y aparte de unos intereses de mora grandes,y el interés TAE de la tarjeta del 27,24%, aunque a veces me sale diferente si hago cuentas, pero lo más grave es comisión por impago de 35€, pero que si intentaban cobrar por el banco 3 veces en un mes me cobraban 3 veces la comisión por impago 35€ en un mes. Me negué a pagar, conseguí despues de mucho que me dieran la documentación y descubrí todo esto y les reclamé el mretroceso de esos cobros indebidos. Ni caso. Denuncié por acoso y temía por la seguridad de mi familia y algo les pasó que dejaron la compulsividad (tenía todo grabado) y reclamé al Banco de España. La resolución claramente era a mi favor, aunque no es vinculante, pero se ve que ya sabían por donde tirar y me retrocedieron algunos cobros al azar, otros no, y vendieron la deuda a un fondo Buitre de esos, que fueron desastrosos total, pero por fin me demandaron con proceso monitorio (que ellos siempre me pedían 1500€ pero en el monitorio me reclamaban 761€, y el magistrado no admitió la demanda por tener clausulas abusibas y dió 5 días de plazo para alegaciones. Yo no dije nada, y al cabo de unos meses recibí el monitorio rectificado, 300€ menos, que el magistrado confirmó y entonces si me requerían por 461€ o oposición motivada al pago en 20 días. Ví que más o menos es lo que yo hubiera pagado hace años si hubieran pedido esto que es más correcto y no me opuse. Pagué 461€ en la cuenta que registraron en el monitorio, y hablé con ellos y me dijeron el concepto la referencia y tal para gestionar bien. Pago y mando comprobante de pago y ellos conformidad cuando hicieron liquidación. Pagué el 14 de octubre de 2020. De repente, el 7 de enero del 2021 me retienen el saldo de dos cuentas bancarias a mi nombre, y no pude averiguar quien era, nadie me decía nada. Total que la retención se hizo efectiva y me dejaron a cero. Y el 2 de febrero de 2021 recibo requerimiento judicial para entregar en un documento o no sé cómo todos los bienes , de cualquier clase que tenga en el plazo de 10 días y que intente cubrir la deuda que habían decretado por no comparecer ni pagar al monitorio (habia pagado en Octubre) y los abogados de la empresa esta habían solicitado ejecución de titulos judiciales, por valor principal de 461€ más intereses moratoriosy costas judiciales que por ahora eran casi 700€. Y sobre el auto no hay posibilidad de recurso ni nada. Ademas que ya me habían dejado a cero un mes entero, con los problemas que me ha traido esto. ¿Como puedo denunciar o demostrar que esta gente está estafandome y mintiendo al juzgado y me estan creando un problemon de deudas, justo en la época que estamos……..No puedo entregar nada en el juzgado porque dicen que no me presenté o me opuse cuando debía, ahora ya no podía, estaba en situación de rebeldía. No hay nada que pueda hacer que esta locura acabe? Si son ellos los que debían pagarme a mi devolviendo lo que ya pagué y tengo certificado de deuda o saldo cero de ellos y todo. No entiendo nada. Y que se estén saliendo con la suya y chuleandome, cometiendo a mi entender un delito gravisimo no? Como puede ser que no pueda hacer nada? Si me pudiera dar una idea, orientarme , ayudarme se lo agraecería pues estoy desesperado y bloqueado. Además de arruinado. Perdón por el rollo que pongo y gracias por adelantado. Un saludo
Jandro
Hola Alejandro. La respuesta a tu comentario superaría el tiempo que tenemos establecido para responder este tipo de consultas gratuitas. Si estás interesado en resolver tus dudas, por favor contacta con nuestro despacho por privado y contrata nuestro servicio de resolución de consultas, gracias. Un saludo
Hola, podrian contestarme si una empresa de recobros puede reclamarme una deuda contraida hace mas de 10 años por un proceso monitorio. Puedo alegar preescripcion de la deuda? gracias
Hola Pablo. Dependerá del estado de la deuda, si no han reclamado nada en ese tiempo ni judicial ni extrajudicialmente, estará prescrita. Un saludo