TELÉFONO DE CONTRATACIÓN +34 717 717 587 HORARIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA De 9:00 a 13:00h y de 17:00 a 21:00h

Formas de extinción del usufructo

El derecho de usufructo es aquel por el que una persona puede usar los bienes de otra y disfrutar de sus beneficios, con la obligación de conservarlos y cuidarlos como si fueran propios. Debido a su relevancia, es importante conocer las formas de extinción del usufructo.

Como norma general, el Código Civil indica que el usufructo puede extinguirse por:

  • Muerte del usufructuario.
  • Expirar el plazo por el que se constituyó, o cumplirse la condición resolutoria consignada en el título constitutivo.
  • Reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona.
  • Renuncia del usufructuario.
  • Pérdida total de la cosa objeto del usufructo.
  • Resolución del derecho del constituyente.
  • Prescripción.

Además, hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones respecto a las formas de extinción del usufructo.

Formas de extinción del usufructo

Formas de extinción del usufructoComo ya he mencionado, existen ciertas peculiaridades a tener en cuenta en cuanto a las formas de extinción del usufructo, estas son:

  • Si la cosa dada en usufructo se perdiera sólo en parte, continuará este derecho en la parte restante.

  • No podrá constituirse el usufructo a favor de un pueblo o Corporación o Sociedad por más de 30 años. Si se hubiese constituido, y antes de este tiempo el pueblo quedara yermo, o la Corporación o la Sociedad se disolviera, se extinguirá por este hecho el usufructo.

  • El usufructo concedido por el tiempo que tarde un tercero en llegar a cierta edad, subsistirá el número de años prefijado, aunque el tercero muera antes, salvo si dicho usufructo hubiese sido expresamente concedido sólo en atención a la existencia de dicha persona.

  • Si el usufructo estuviera constituido sobre una finca de la que forme parte un edificio, y éste llega a perecer, el usufructuario tendrá derecho a disfrutar del suelo y de los materiales. Lo mismo sucederá cuando el usufructo estuviera constituido solamente sobre un edificio y éste pereciere. Pero en tal caso, si el propietario quisiere construir otro edificio, tendrá derecho a ocupar el suelo y a servirse de los materiales, quedando obligado a pagar al usufructuario, mientras dure el usufructo, los intereses de las sumas correspondientes al valor del suelo y de los materiales.

  • Si la cosa usufructuada es expropiada por causa de utilidad pública, el propietario estará obligado, o bien a subrogarla con otra de igual valor y análogas condiciones, o bien a abonar al usufructuario el interés legal del importe de la indemnización por todo el tiempo que deba durar el usufructo.

  • El usufructo no se extingue por el mal uso de la cosa usufructuada; pero, si el abuso ocasionase un perjuicio considerable al propietario, podrá éste pedir que se le entregue la cosa, obligándose a pagar anualmente al usufructuario.

  • El usufructo constituido en provecho de varias personas vivas al tiempo de su constitución, no se extinguirá hasta la muerte de la última que sobreviva.

Terminado el usufructo por alguna de estas formas de extinción del usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que le pertenece al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados. Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca.

Sánchez Bermejo Abogados

A través de nuestros abogados de Málaga te ofrecemos resolución a tus consultas legales, defensa en tribunales, apoyo jurídico de todo tipo para empresas y particulares, divorcios y separaciones, asesoramiento fiscal y tributario, expedientes de extranjería, conflictos de derecho internacional, asesoramiento laboral, derecho bancario y de seguros, reclamación de cláusulas suelo, derecho animal y del medio ambiente, gestión y asesoramiento inmobiliario y mucho más. Nuestras oficinas están en Málaga, y prestamos servicio a toda España. Consúltanos.


Soluciones legales

117 Consultas

  1. andres juan rodriguez mateos 05/04/2019
  2. julio sanchez lozano 13/04/2019
  3. Josefina 19/09/2019
  4. Juan Vicente Zorrilla 05/10/2019
  5. Jose Carlos Rodriguez Becerr 11/10/2019
  6. Nélida Alejandra Mangiafade Migali 25/10/2019
  7. ISABEL MARIA JARAMILLO 19/01/2020
  8. albberto 11/02/2020
  9. Daniel Rubio 16/02/2020
  10. Miriam Rivas 17/02/2020
  11. Dora 19/02/2020
  12. alejandro reyes 05/03/2020
  13. Eduardo 10/03/2020
  14. Agustin 18/04/2020
  15. Agustín 23/04/2020
  16. Marc 05/05/2020
  17. alejandro 11/05/2020
  18. PFS 14/05/2020
  19. Mª. ANTONIA 21/05/2020
  20. M. Asuncion Carenas Gomez 01/06/2020
  21. Beatriz 16/06/2020
  22. carlos 18/06/2020
  23. Luis 22/06/2020
  24. Teresa 30/06/2020
  25. Maria Gracia 20/07/2020
  26. Antonio 04/08/2020
      • Antonio 05/08/2020
  27. sebastian 06/08/2020
  28. Maria 18/08/2020
  29. Elena 22/08/2020
  30. jose 08/10/2020
  31. Juan Antonio Galera Reche 08/10/2020
  32. jose 14/10/2020
  33. antonio perez 31/12/2020
  34. Ander 04/01/2021
  35. Nacho 13/01/2021
  36. Cristina 12/02/2021
  37. Antonio 22/02/2021
  38. Maria 24/02/2021
  39. SERGIO 10/03/2021
  40. Francisco 12/03/2021
  41. Alejandro 05/04/2021
  42. Fernando Vazquez. 07/06/2021
  43. Rosa Maria 31/07/2021
  44. May 20/09/2021
  45. Cristina 05/11/2021
  46. Manuel 29/12/2021
  47. Enrique Perez 15/02/2022
  48. María Teresa Hernández Martín 16/02/2022
    • Diana Paz 18/02/2022
  49. Juan Rodriguez 05/03/2022
    • Diana Paz 08/03/2022
  50. Josefa lopez martinez 11/03/2022
    • Diana Paz 14/03/2022
  51. Antonio 07/04/2022
  52. Almudena 20/06/2022
    • Diana Paz 21/06/2022
  53. catalina perez tornero 23/09/2022
  54. Daria 28/09/2022
    • Diana Paz 29/09/2022
  55. Maria 18/11/2022
  56. Begoña 20/02/2023
    • Diana Paz 21/02/2023
  57. Maria 13/04/2023
    • Diana Paz 13/04/2023
  58. Juan 28/04/2023

Deja un Comentario o Consulta