Los extranjeros que gocen de un permiso de estancia por estudios en España deben tener en cuenta que el tiempo que pasen en el país con este permiso no les va a computar para una posterior solicitud de adquisición de nacionalidad española, pero sin embargo, sí que computa para la solicitud del permiso de residencia de larga duración UE, aunque con algunas limitaciones.
Los abogados de extranjería de nuestro despacho nos explican a continuación cómo funciona este cómputo y los requisitos que se deberán cumplir.
En este artículo encontrarás.. |
Requisitos para obtener la tarjeta de larga duración UE |
Cómputo del tiempo en estancia por estudios |
Estancia como estudiante y permiso de residencia de larga duración UE
Requisitos para obtener la tarjeta de larga duración UE
La legislación española señala que tendrán derecho a obtener una autorización de residencia de larga duración-UE los extranjeros que reúnan los siguientes requisitos:
– Haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante 5 años.
La continuidad no queda afectada por ausencias del territorio español de hasta 6 meses continuados, siempre que la suma de éstas ausencias no supere el total de 10 meses dentro del periodo de permanencia de 5 años exigible. En caso de ausencias por motivos laborales, la continuación de la residencia no quedará afectada por ausencias del territorio español de hasta 6 meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de 1 año dentro de los 5 años requeridos.
Igualmente, tendrán derecho a obtener dicha autorización los extranjeros que acrediten haber residido de forma continuada en la Unión Europea, en calidad de titulares de una Tarjeta azul-UE, siempre que en los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud dicha residencia se haya producido en territorio español. En este caso, la continuidad de la residencia como titular de una Tarjeta azul-UE no queda afectada por ausencias de la Unión Europea de hasta 12 meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de 18 meses dentro de los 5 años de residencia requeridos.
A aquellos extranjeros a los que se les reconozca la condición de beneficiario de protección internacional en España, se les computará asimismo el 50% del período transcurrido desde la fecha de presentación de la solicitud de protección internacional en España, sobre cuya base se hubiere concedido la misma, hasta la fecha en la que se hubiere concedido la autorización de residencia y trabajo recogida en la normativa reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Si dicho período excede de 18 meses, se computa la totalidad del mismo.
– Contar con recursos fijos y regulares suficientes para su manutención y, en su caso, la de su familia. Los recursos podrán provenir de medios propios o de la realización de actividades laborales o profesionales.
– Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
Cómputo del tiempo en estancia por estudios
Como ya hemos adelantado, a pesar de que el cómputo del tiempo que pase el extranjero en España por estancia por estudios no computa para la adquisición de la nacionalidad española, sí que se computa para ver el tiempo que el extranjero ha pasado en España en cuanto al permiso de larga duración-UE, pero existen límites.
El límite es que en los periodos de permanencia en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales, computa el 50% de la duración total de los mismos, siempre que en el momento de la solicitud de la autorización de residencia de larga duración-UE, el extranjero se encuentre en situación de residencia en España.
Sánchez Bermejo Abogados
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hola
yo tenia tarjeta estudiante durante dos años 2010/2012 cuando me caducó no la habiA RENOVANDO y en 2015 me contrató una empresa española y me hizo el visado por el cual volvi a hacer la tarjeta de resedencia . pregunto si se puede solicitar la de 5 años UE sabiendo que el numero del NIE de la estancia por estudios es diferente a la que tengo ahora por el nombre es que en la primera me escribieron mi nombre ABDELILAH BEN HAMZA Y en la que tengo ahora ABD EL ILAH BEN HAMZA
Buenas tardes, Si no renovó ese primer permiso y posteriormente le dieron otra tarjeta no le computarán los plazos ya que es un inicial. Saludos.
Hola, llevo 5 años en España, 4 como estudiante y extensiones por practicas y 1 con residencia no lucrativa. Podría aplicar a la tarjeta de larga duración? Y sino que opciones tengo? Muchas gracias.
Hola Carolina. Si llevas 4 años con permiso de estudios, como decimos en este artículo, te cuenta como si llevaras 2 años. Con lo que entendemos que aún no cumples con el requisito de residir 5 años en España para la tarjeta de larga duración. Un saludo
Hola, les agradecería si pudieran resolver mi duda. En caso de haber sido titular de un permiso de estancia por estudios durante 10 años, y seguir manteniendolo vigente. Se puede optar por la larga residencia UE?. También, me gustaría saber como se cuantifican los medios económicos suficientes para solicitar este tipo de permiso.
Hola Igor. Sí, por lo que comentas, podrás optar por el permiso de residencia de larga duración UE. En cuanto a los medios económicos, se pueden presentar extractos bancarios, por ejemplo. Un saludo
Buen día. Soy Colombiana, hace diez años hice un master en PRL en la UC3M y ahora estoy en proceso de actualización del mismo completando 15 creditos. Recién llego a España y queria saber cual es la mejor opción para mi dado que ya tengo mas de diez años de experiencia laboral en mi campo profesional:
1. aplicar a una visa de estudiante
2. Aplicar como Profesional Altamente calificado
3. Aplicar a una residencia para búsqueda de empleo
Mi objetivo es poder trabajar en este país y aportar mis conocimientos en una empresa
Buenos días, la visa de estudiante que usted tramite le permite seguir cursando estudios en España y que una empresa le de la oportunidad de trabajo, iniciando la empresa su expediente de residencia y trabajo por cuenta ajena. En cuanto a profesional altamente cualificado en este caso se debe tener la titulación completa y es la empresa quien la contrata la que gestiona todo mientras está en su país de origen. Saludos.
Hola, soy Colombiana y he residido en España durante los últimos cinco años con un permiso de estancia por estudios y este año que cumplí la mayoría de edad me gustaría cambiar a residencia por larga duración y para ello necesito ingresos fijos y regulares, mi pregunta es, esos ingresos necesariamente tienen que ser míos o pueden ser de la persona que me ha mantenido durante los últimos cinco años.
Muchas gracias por su atención.
Hola Angee. Los ingresos pueden provenir de otras personas. Un saludo
Hola, soy estudiante de ESO hace dos años que resido en España pero estoy irregular, teniendo una estancia como estudiante durante dos años y sin salir del país, podría optar a un tarjeta de residencia por el tiempo que he estado de estudiante?
Espero una pronta respuesta.
Hola Lina. Para optar a una tarjeta de residencia debes cumplir con los requisitos de alguna de las modalidades de residencias que establece la ley. Si quieres que indiquemos algo para tu caso concreto, ponte en contacto con nosotros por privado para contratar nuestros servicios. Un saludo