En la Ley y el Reglamento de extranjería en España se establece la definición de lo que se considera como trabajadores transfronterizos.
Señala la norma que son trabajadores transfronterizos quienes hayan sido autorizados para desarrollar actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia o ajena en las zonas fronterizas del territorio español, residiendo en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que regrese diariamente.
A continuación, nuestros abogados expertos en extranjería nos explican los principales puntos a tener en cuenta sobre trabajadores transfronterizos.
En este artículo encontrarás.. |
Ámbito de aplicación |
Requisitos |
Procedimiento |
Efectos de la autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos |
Trabajadores transfronterizos
Ámbito de aplicación
En la concesión inicial de una autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos se estará a lo dispuesto en los artículos que establecen las condiciones para la concesión de la autorización de trabajo que proceda (ya sea por cuenta propia, ajena, etc), sin perjuicio de que el cumplimiento de los requisitos comúnmente exigibles para la obtención de un visado de residencia y trabajo será valorado por el órgano competente, en el marco de la tramitación y resolución del procedimiento relativo a la autorización de trabajo.
Requisitos
Para la obtención de una autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos deben cumplirse los siguientes requisitos:
Autorización de trabajo por cuenta ajena
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos 5 años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Residir en la zona fronteriza con territorio español de que se trate.
- Que la situación nacional de empleo permita la contratación del trabajador extranjero.
- Que el empleador presente un contrato de trabajo, con fecha de comienzo condicionada a la de la eficacia de la autorización, que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización.
- Que el empleador haya formalizado su inscripción en el correspondiente régimen del sistema de Seguridad Social y se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Que las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente y el convenio colectivo aplicable para la misma actividad, categoría profesional y localidad.
- Que el empleador cuente con medios económicos, materiales o personales, suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
Que se tenga la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
Autorización de trabajo por cuenta propia
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos 5 años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Residir en la zona fronteriza con territorio español de que se trate.
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Tener la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión, así como la colegiación cuando así se requiera.
- Acreditar que la inversión prevista para la implantación del proyecto sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
La previsión de que el ejercicio de la actividad producirá desde el primer año recursos económicos suficientes al menos para la manutención del interesado, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
Procedimiento
En el plazo de 1 mes desde la fecha de notificación de la resolución por la que se conceda, en su caso, la autorización, el trabajador habrá de darse o ser dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
En el mismo plazo, el extranjero deberá solicitar y obtener la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero. Esta tarjeta acreditará la condición de trabajador transfronterizo y permitirá la entrada y salida de territorio nacional para la realización de la actividad a la que se refiera.
También es importante destacar que se denegarán las autorizaciones de trabajo por cuenta propia o ajena para trabajadores transfronterizos, además de por la concurrencia de alguna de las causas generales de denegación establecidas para las autorizaciones de residencia y trabajo, por la pérdida de la condición de trabajador transfronterizo.
Efectos de la autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos
La duración de la autorización inicial coincidirá con la del contrato de trabajo en relación con la cual se conceda, con el límite mínimo de 3 meses y máximo de 1 año. Los mismos criterios serán de aplicación en relación con la actividad proyectada, en el caso de trabajo por cuenta propia.
La validez de la autorización de trabajo estará limitada al ámbito territorial de la Comunidad o Ciudad Autónoma en cuya zona limítrofe resida el trabajador, así como a una ocupación en el caso de trabajo por cuenta ajena o a un sector de actividad en el de trabajo por cuenta propia.
La autorización de trabajo se prorrogará a su expiración, en tanto continúe la misma relación laboral o actividad por cuenta propia y subsistan las circunstancias que motivaron su concesión.
La vigencia de las sucesivas prórrogas coincidirá con la del contrato de trabajo o de la actividad por cuenta propia, con el límite máximo de 1 año.
Hay que tener en cuenta algo muy importante, y es que el hecho de haber sido titular de una autorización de trabajo por cuenta propia o ajena para trabajadores transfronterizos no generará derecho para la obtención de una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena, sin perjuicio de que sea tenida en cuenta para la valoración de las solicitudes que pudieran presentarse por el titular.
Referencias |
Real Decreto 557/2011, Reglamento de la Ley de Extranjería |
Sánchez Bermejo Abogados
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