TELÉFONO DE CONTRATACIÓN +34 717 717 587 HORARIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA De 9:00 a 13:00h y de 17:00 a 21:00h

Demanda Ejecutiva. Contenido y documentos que la acompañan

Una demanda ejecutiva es aquella que se interpone para que se haga cumplir una sentencia u otro título que sea directamente ejecutable ante los juzgados. El contenido de la demanda ejecutiva está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que señala una serie de obligaciones que deben constar en la demanda, además, esta misma norma señala qué documentos se deben acompañar junto a la demanda ejecutiva, lo cual será imprescindible para que entre correctamente al juzgado y se consigan los objetivos pretendidos.

Es importante saber que sólo se ejecutará la sentencia o título ejecutivo a petición de una de las partes, y que esta petición, como ya he dicho, debe ser en forma de demanda.

Además, no se despachará ejecución de resoluciones procesales o arbitrales o de acuerdos de mediación, dentro de los 20 días posteriores a aquel en que la resolución de condena sea firme, o la resolución de aprobación del convenio o de firma del acuerdo haya sido notificada al ejecutado. Este plazo de espera no será de aplicación en la ejecución de resoluciones de condena de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, o por expiración legal o contractual del plazo, que se regirá por lo previsto en tales casos.

Demanda ejecutiva. Contenido y documentos que la acompañan

Contenido de la demanda ejecutiva

demanda ejecutivaLa demanda ejecutiva deberá expresar lo siguiente:

  • El título en que se funda el ejecutante.
  • La tutela ejecutiva que se pretende conseguir, precisando, en su caso, la cantidad que se reclame.
  • Los bienes del ejecutado susceptibles de embargo de los que se tenga conocimiento y, en su caso, si los considera suficientes para el fin de la ejecución.
  • En su caso, las medidas de localización e investigación que interese practicar.
  • La persona o personas, con expresión de sus circunstancias identificativas, frente a las que se pretenda el despacho de la ejecución, por aparecer en el título como deudores o por estar sujetos a la ejecución.

Es importante destacar que cuando el título ejecutivo sea una resolución del secretario judicial o una sentencia o resolución dictada por el Tribunal competente para conocer de la ejecución, la demanda ejecutiva podrá limitarse a la solicitud de que se despache la ejecución, identificando la sentencia o resolución cuya ejecución se pretenda.

En la situación de sentencia condenatoria de desahucio por falta de pago de las rentas o cantidades debidas, o por expiración legal o contractual del plazo, o en los decretos que pongan fin al referido desahucio si no hubiera oposición al requerimiento, la solicitud de su ejecución en la demanda de desahucio será suficiente para la ejecución directa de dichas resoluciones, sin necesidad de ningún otro trámite para proceder al lanzamiento en el día y hora señalados en la propia sentencia o en la fecha que se hubiera fijado al ordenar la realización del requerimiento al demandado.

Documentos que presentar junto a la demanda ejecutiva

A la demanda ejecutiva le deberán acompañar:

1.º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o transacción que conste en los autos. Además, hay una serie de casos especiales:

  • Si el título es un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos acreditativos de la notificación de aquél a las partes.
  • Si el título es un acuerdo de mediación elevado a escritura pública, se acompañará, además, copia de las actas de la sesión constitutiva y final del procedimiento.

2.º El poder otorgado a procurador, siempre que la representación no se confiera apud acta o no conste ya en las actuaciones, cuando se pidiere la ejecución de sentencias, transacciones o acuerdos aprobados judicialmente.

3.º Los documentos que acrediten los precios o cotizaciones aplicados para el cómputo en dinero de deudas no dinerarias, cuando no se trate de datos oficiales o de público conocimiento.

4.º Los demás documentos que la ley pueda exigir para el despacho de la ejecución.

También podrán acompañarse a la demanda ejecutiva cuantos documentos considere el ejecutante útiles o convenientes para el mejor desarrollo de la ejecución y contengan datos de interés para despacharla.

Sánchez Bermejo Abogados

A través de nuestros abogados de Málaga te ofrecemos resolución a tus consultas legales, defensa en tribunales, apoyo jurídico de todo tipo para empresas y particulares, divorcios y separaciones, asesoramiento fiscal y tributario, expedientes de extranjería, conflictos de derecho internacional, asesoramiento laboral, derecho bancario y de seguros, reclamación de cláusulas suelo, derecho animal y del medio ambiente, gestión y asesoramiento inmobiliario y mucho más. Nuestras oficinas están en Málaga, y prestamos servicio a toda España. Consúltanos.


Soluciones legales
Etiquetas:

66 Consultas

  1. Sandra villegas 13/06/2016
  2. Isabel Redondo Armero 05/07/2016
  3. Toni Giménez 27/09/2016
  4. Marcel. 23/01/2017
  5. Isabel jimenez 14/07/2017
  6. lucia 04/08/2017
  7. rosa 06/10/2017
  8. Manuel Lucia Vera 30/03/2018
  9. ANDREA 16/04/2018
  10. Elisabeth 09/05/2018
      • Elisabeth 10/05/2018
  11. Alba Pilonieta 08/06/2018
  12. Maríana 08/07/2018
  13. Jose 16/07/2018
    • P.A.C.M 11/07/2019
  14. Mamen 02/08/2018
  15. GLORIA ZULUAGA 09/10/2018
  16. HENRY MACIAS PEREZ 08/11/2018
  17. Iurgi Damborena 01/03/2019
  18. Francisco Villa Driguez 05/03/2019
  19. Ceferino Nieto Calero 19/04/2019
  20. oriana guerra 29/04/2019
  21. Maria cristina García suarez 07/05/2019
      • Maria cristina García suarez 08/05/2019
  22. LUCIA 08/05/2019
  23. Bundy 03/09/2019
  24. Javier 02/11/2019
  25. Anny Torres 09/01/2020
  26. Ricardo 29/09/2020
  27. JOSE 05/12/2020
  28. jonathan 09/12/2020
  29. jeinny diaz 09/07/2021
  30. Paula 21/07/2021
  31. jose P. 04/03/2022

Deja un Comentario o Consulta