Como su propio nombre indica, el recurso de revisión de sentencias firmes es un método de impugnación de sentencias que ya han adquirido firmeza y que no tienen, por lo tanto, otro cauce para ser recurridas.
Por la especialidad de este recurso de revisión de sentencias firmes, sólo en determinados supuestos, regulados en la Ley de Enjuicimiaento Criminal, se puede instar al mismo.
A continuación, los abogados penalistas de nuestro despacho explicarán los distintos supuestos en los que se podrá acceder a este recurso, así como quién puede interponerlo, cómo transcurre la sustanciación del mismo y los efectos de su resolución.
En este artículo encontrarás.. |
En qué casos se puede instar el recurso |
Quién puede instar el recurso |
Interposición del recurso |
Sustanciación del recurso |
Efectos de la sentencia |
Recurso de revisión de sentencias firmes en el procedimiento penal
En qué casos se puede instar el recurso
Se podrá instar el recurso de revisión de sentencias firmes en el ámbito penal si se da alguno de las siguientes situaciones:
Si una persona ha sido condenada en sentencia penal firme y se haya valorado como prueba un documento o testimonio declarados después falsos, la confesión del encausado arrancada por violencia o coacción o cualquier otro hecho punible ejecutado por un tercero, siempre que tales extremos resulten declarados por sentencia firme en procedimiento penal seguido al efecto. No es exigible la sentencia condenatoria cuando el proceso penal iniciado a tal fin sea archivado por prescripción, rebeldía, fallecimiento del encausado u otra causa que no suponga una valoración de fondo.
Si recae sentencia penal firme condenando por el delito de prevaricación a alguno de los magistrados o jueces intervinientes en virtud de alguna resolución recaída en el proceso en el que recayera la sentencia cuya revisión se pretende, sin la que el fallo hubiera sido distinto.
Si sobre el mismo hecho y encausado han recaído dos sentencias firmes.
Si después de la sentencia aparece el conocimiento de hechos o elementos de prueba, que, de haber sido aportados, hubieran determinado la absolución o una condena menos grave.
Si, resuelta una cuestión prejudicial por un tribunal penal, se dicta con posterioridad sentencia firme por el tribunal no penal competente para la resolución de la cuestión que resulte contradictoria con la sentencia penal.
Será motivo de revisión de la sentencia firme de decomiso autónomo la contradicción entre los hechos declarados probados en la misma y los declarados probados en la sentencia firme penal que, en su caso, se dicte.
Por otro lado, se podrá solicitar la revisión de una resolución judicial firme cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolución fue dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos, siempre que la violación, por su naturaleza y gravedad, entrañe efectos que persistan y no puedan cesar de ningún otro modo que no sea mediante esta revisión.
Quién puede instar el recurso
El recurso de revisión de sentencias firmes podrán promoverlo e interponerlo el condenado.
Pero en el caso de que este haya fallecido, también podrá hacerlo su cónyuge, o quien haya mantenido convivencia como tal, ascendientes y descendientes, con objeto de rehabilitar la memoria del difunto y de que se castigue, en su caso, al verdadero culpable.
Para el supuesto de revisión de sentencias firmes por resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, estará legitimado quien hubiera sido demandante ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
También el Ministerio de Justicia, previa formación del expediente, podrá ordenar al Fiscal del Tribunal Supremo que interponga el recurso, cuando a su juicio haya fundamento bastante para ello.
Por último, el Fiscal General del Estado podrá interponer el recurso siempre que tenga conocimiento de algún caso en el que proceda y que, a su juicio, haya fundamento bastante para ello, de acuerdo con la información que haya practicado.
Interposición del recurso
La Sala del Tribunal Supremo, previa audiencia del Ministerio Fiscal, autorizará o denegará la interposición del recurso.
Antes de dictar la resolución, la Sala podrá ordenar, si lo entiende oportuno y dadas las dudas razonables que suscite el caso, la práctica de las diligencias que estime pertinentes, a cuyo efecto podrá solicitar la cooperación judicial necesaria. Los autos en los que se acuerde la autorización o denegación a efectos de la interposición, no son susceptibles de recurso alguno.
Autorizado el recurso, el promovente dispondrá de 15 días para su interposición.
Sustanciación del recurso
El recurso de revisión se sustanciará oyendo por escrito una sola vez al Fiscal y otra a los penados, que deberán ser citados, si antes no han comparecido.
Cuando pidan la unión de antecedentes a los autos, la Sala acordará sobre este particular lo que estime más oportuno.
Después seguirá el recurso los trámites establecidos para el de casación por infracción de ley, y la Sala, con informe oral o sin él, según acuerde en vista de las circunstancias del caso, dictará sentencia, que será irrevocable.
Efectos de la sentencia
Cuando por consecuencia de la sentencia firme anulada hubiese sufrido el condenado alguna pena corporal, si en la nueva sentencia se le impusiese alguna otra, se tendrá en cuenta para el cumplimiento de ésta todo el tiempo de la anteriormente sufrida y su importancia.
Cuando en virtud del recurso de revisión se dicte sentencia absolutoria, los interesados en ella o sus herederos tendrán derecho a las indemnizaciones civiles a que hubiere lugar según el derecho común, las cuales serán satisfechas por el Estado, sin perjuicio del derecho de éste de repetir contra el Juez o Tribunal sentenciador que hubieren incurrido en responsabilidad o contra la persona directamente declarada responsable o sus herederos.
Referencias |
Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículos 954 y siguientes. |
Sánchez Bermejo Abogados
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Si durante un procedimiento te ingresan en prisión preventiva por un mes y a cuando el recurso llega a la audiencia provincial ordenan la inmediana puesta en libertad sin cargos. Se publica en periódicos y se enteran en mi trabajo como funcionaria en mi banco y vecinos y familiares.. Tengo derecho a una indemnización por daños? 9 cuanto tiempo tengo para solicitarla?
Hola María Isabel. Tienes derecho a indemnización si eres absuelta del hecho imputado. La ley indica que: «Tendrán derecho a indemnización quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos por inexistencia del hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le hayan irrogado perjuicios. La cuantía de la indemnización se fijará en función del tiempo de privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido». Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho. Un saludo
Cuanto tiempo te go para pedir la indemnización?
Hola María Isabel. Se dispone de 1 año a contar desde el día en el que pudo reclamarse. Un saludo
Tengo una. Sentencia firme penal de 10.000 € de manutención, me piden 8 meses de prisión, que pague una multa de 360 € y las costas de juicio,. No han dejado que me presente a pleito ni a mis 3 hijas, ni a mi como perjudicado. No tengo dinero solo cobro un subsidio de 430 € al mes. Me quita la casa el banco Santander, por no poder hacer frente a la hipoteca y si voy a prisión no se que va ser de mis hijas, mis perras, casa, el coche valorado por gobierno español en 500 €. ES INAUDITO IR A PRISIÓN, MULTAS POR NO TENER DINERO PARA PASAR MANUTENCIÓN. MIS HIJAS COMEN SIEMPRE CON SU MADRE Y CONMIGO. ESPERO ALGUNA SALIDA.
Buenos días, he tenido que asumir de forma no voluntaria unos hechos no cometidos para evitar males mayores. Estoy indignada y perdida. Se ha dictado sentencia en firme. Que puedo hacer?. Yo resido en Madrid.
Hola Eva. Si hay sentencia en firme podrías tratar de realizar algún recurso extraordinario si se dan los presupuestos para ello en tu caso. Un saludo
Hola. No puedo seguir con este lastre. El 29 de noviembre de 2016 denuncie a mi ex pareja por malos tratos. Si bien es cierto que discutiendo, me empujó y caí de espaldas golpeandome con el radiador. El tiene litigios con su ex porque le denunció en varias ocasiones y no le deja ver a su hijo. El me suplico varias veces que no le denuncia se, porque sería peor para conseguir ampliación de días para estar con su hijo.
En fin, el llamo al 112, y yo me puse diciendo que me había agredido, y todo lo que conlleva. Vino la Guardia Civil y se lo llevaron detenido. A mi me llevo una ambulancia, y me tomaron declaración. Al día siguiente en el juicio rápido yo seguía tan enfadada que duplique a mi abogada que le pusieran la mayor condenas, y el por consejo de su abogado aceptó todos los cargos. Desde entonces, sólo ve a su hijo cada dos semanas unas horas en el punto de encuentro y yo me siento culpable. Puedo pedir una revisión de sentencia firme?
Gracias.
Hola Blanca. Me temo que tu caso no está entre los supuestos que permiten la revisión de sentencias firmes. Un saludo
Buenos días.
Me gustaría saber si existe plazo para presentar el recurso una vez se tiene conocimiento de los motivos por los que se puede instar el procedimiento, ya sea porque aparecen pruebas que no fueron tenidas en cuenta o se tuvieron en cuenta pruebas que a posteriori se ha demostrado que eran falsas, el juez ha sido penado en sentencia firme por prevaricación en alguna resolución del proceso, etc.
Gracias.
Hola Adrián. No existe plazo para realizar la solicitud de autorización, y posteriormente, cuando el Tribunal Supremo la conceda, se tendrán 15 días para realizar el recurso. Un saludo
Buenas tardes mi caso es muy raro ,pues el juzgado numero cuatro de lo penal me declaro a indemnizar a mi ex ,por abandono de familia (manutencion) desde 2010 cuando estaba en situacion de desempleo y no podia hacer frente a dicha manutencion a parte que ya fue archivada la denuncia una vez y fue enel 2016 cuando me condenaron ,la curiosidad es que en 2016 incluso 2010 mi ex ya formaba parte de otra familia incluso con hijo en comun y siguen viviendo en la casa custodia gratis ,sin embargo yo cobro una pension total para la profesion de 498 euros de los cuales me quedan 198 para vivir todo el mes y mis gastos asta que page los 11400 euros de indennizacion a mi ex ,mis hijos son todos mayores de edad y solo esta el pequeño con ella de 19 años ,el marido de mi ex trabaja fijo y tiene casa en propiedad que alquila por temporadas o en verano.La verdad que me siento indignado .¿se puede recurrir la sentencia por mi situacion economica ?
Hola José María. Entiendo que no puedes recurrir la sentencia ya que se te condenó a un pago por deudas atrasadas. Un saludo
buenos días,no es mi caso es un familiar,es un alarga historia llena de situaciones surrealistas.El abogado aconseja a mi familia aceptar una sentencia de 12 años por agresión a una menor,presionando que si no aceptaba tal como están las cosas socialmente le caerían 24 años .No me preguntes porque, no lo se ,aceptó.Han pasado seis meses ,está en prisión ,He pedido el expediente,y he descubierto.Que la madre de la menor miente en su declaración respecto a unas mensajes,hay contradicciones en la declaración de la menor.Miente la menor cuando presenta unas cartas supuestamente de amor..Tengo wasap que demuestran que esas cartas son para la madre.El informe forense dice que no ha sufrido agresión.Y descubro que el abogado que defendió a mi familiar es amigo de la parte acusatoria.que puedo hacer?son 12 años.
Hola Mar. Si puedes demostrar todo lo que comentas, parece factible la posibilidad del recurso de revisión de sentencia firme. Un saludo
Hola, mi consulta es la siguiente:
Si se suprime la pena de multa por delito leve de amenazas, se suprime tambien la orden de alejamiento?
He denunciado este juicio por prevaricacion e incumplumiento de la ley, ya que se me acusa de amenazas sin que exista denuncia.
Espero que haya un juicio para aclara estos hechos
Gracias
Hola. Entiendo que si existe una orden de alejamiento, esta no se cancela si no hay una orden expresa en tal sentido. Un saludo
Buenos días,
Quería saber si era posible la revisión de una sentencia dictada por la Audiencia Provincial. De ser así, se presentaría ante la misma Audiencia?. En este caso sería porque han aparecido hechos nuevos, si bien dicha sentencia ya fue dictada en enero de 2018.
Hola Isis. Por hechos nuevos, si son relevantes, sí se puede instar a la revisión de sentencias firmes. Es el Tribunal Supremo el encargado de resolver este tipo de recursos. Un saludo
Cuanto tiempo tarda en saber si aceptan un recurso de extraordinario por sentencia firme en el tribunal supremo
Hola Jesús. No hay un tiempo establecido para ello, dependerá de la carga de trabajo del tribunal. Un saludo
Buenas a mi me an echado
27 meses de prisión por un delito que no e echo el abogado no me recuurio y se hizo sentencia firme pero a aparecido un testigo que vio todo lo que pasó yo puedo recurrir esa sentencia y que tiempo tengo que esperar para que me conteste
Ya tengo la entrada para prision
Hola Carlos. Entiendo que sí, si ha aparecido una prueba que, de haber existido con anterioridad a la sentencia, hubiera determinado la absolución o una condena menos grave, podrás interponer el recurso. Un saludo
Sobre pedir un indulto se tiene que parar la entrada en prisión
Hola Carlos. Tendrás que pedir la paralización de la ejecución de la sentencia en tu recurso. Un saludo
El supremo no a tenido en cuenta eso ahora me a dicho que vamos a pedir el indulto pero no sabe si pararan la entradacen prision que cree usted mi abogado es de oficio
Mi abogado de oficio dice que no se puede recurrir lo del supremo que puedo hacer
Si el supremo no da viabilidad a recurso extraordinario donde se puede recurrir
Hola Jesús. La competencia para resolver estos recursos es del Tribunal Supremo. Si este no lo admite a trámite, no se puede usar esta vía. Un saludo
hola!es posible apelar una sentencia firme (violencia de género)cuando se puede demostrar la falsedad del testimonio?cuando la propia «victima»(extranjera,que no entiende el castellano) quiere reconocer que en momento de hacer la denuncia(sin precencia de un abogado),hubo cierta coacción por parte de la guardia civil,sin poner a su disposición copia de la denuncia en un idioma que le sea comprendido,y obligandola a firmar,siguido de un juicio rapido de sentencia firme..cabe añadir que es una persona con problemas mentales,que la semana de los echos había dejado su tratamiento…y siente que en el momento de declaración como seguido juicio no estaba en sus facultades mentales.Y que una vez a podido comprender las medidas de la sentencia,como fue traducida y redactada su demanda por el traductor.(de guardia civil).quiere recurrir su declaración ante el juez y un traductor competente…como hacerlo paso a paso, y si el plazo es únicamente de 5 dias despues de la sentencia.
Gracias
Hola Eugenia. Tal y como dice el artículo, se puede acudir a este recurso si una persona ha sido condenada en sentencia penal firme y se haya valorado como prueba un documento o testimonio declarados después falsos, la confesión del encausado arrancada por violencia o coacción o cualquier otro hecho punible ejecutado por un tercero, siempre que tales extremos resulten declarados por sentencia firme en procedimiento penal seguido al efecto. Un saludo
Tengo orden de alejamiento de mi pareja y madre de mi hija de 3 años y 100 metros, además somos primos carnales y tanto yo como ella queremos reanudar la relación de más de 6 años. La sentencia es firme pero ella quiere que se anule la orden de alejamiento y no sabemos si es posible ni como solicitar tal cosa. La niña de tres años y medio sufre la falta de su padre y queremos volver a ser una familia. Yo por mi cuenta e entrado en una asociación de mujeres maltratadas para que me atienda un sicólogo y es la primera vez que ocurre un echo como el que tuvimos ¿ Que podemos hacer? Gracias.
Hola Oskar. Si la orden de alejamiento es como consecuencia de una sentencia penal firme, no puede ser retirada. Un saludo
Mi hijo no izo trabajo a la comunidad que es lo que le pidió el fiscal para no entrar en prisión pero mi hijo se encuentra sicológicamente mal ahora le han condenado a dos años de prisión y está en la cárcel y la condena es firme puede recurrir porque no está bien mental mente?
Hola Carolina. Si la sentencia es firme, entiendo que esto se tendría que haber alegado en su momento, cuando fue juzgado. No es un motivo de revisión de sentencias firmes. Un saludo
Buenas. Hay pruebas admitidas por el juzgado instructor. Y no presentadas a pesar de requerirlas. Dichas pruebas son exculpatorias en parte. Me viene más tarde por sobre cerrado.Se puede motivar que dichas pruebas documentales reales sean motivo recurso revisión. Puede suspenderse la sentencia firme por la interposición de dicho recurso ? Gracias
Hola Roberto. Las causas para poder acudir al recurso de revisión de sentencias firmes, que es de lo que habla este artículo, las tienes en el mismo. Un saludo