El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en el país. Así, lo que se hace en este procedimiento es comprobar que la sentencia extranjera reúne los requisitos indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.
El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.
Este procedimiento de exequatur está regulado por las normas de la Unión Europea y los tratados internacionales en los que España sea parte además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.
Concretamente, en lo relativo a la comunidad europea, entre países miembros, se aplican tanto el Reglamento 44/2001 del Consejo relativo a la competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, como el Reglamento 2201/2003 del Consejo relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental.
Desde Sánchez Bermejo Abogados recomendamos encarecidamente que para cada caso concreto en el que se desee realizar un procedimiento de exequátur de sentencia extranjera en España se cuente con los servicios de un profesional experto en la materia. Nuestros abogados ofrecen este servicio aportando su gran experiencia y calidad técnica y humana.
Explicamos a continuación cómo funciona el procedimiento de exequátur en España.
Procedimiento de Exequátur
Qué es el procedimiento de exequátur
Como ya hemos indicado, el exequátur es un procedimiento mediante el cual se pretende reconocer sentencias extranjeras en España para darles fuerza, ejecutividad y legalidad en el país.
Consiste en verificar que la sentencia dictada en país extranjero cumple una serie de requisitos establecidos en la ley española para que pueda ser homologada. En ningún caso la resolución extranjera podrá ser objeto de una revisión en cuanto al fondo del asunto. Es más, no podrá denegarse el reconocimiento por el hecho de que el órgano judicial extranjero haya aplicado un ordenamiento distinto al que habría correspondido según las reglas del Derecho Internacional privado español.
Es importante saber qué tipo de sentencias pueden ser reconocidas en España mediante exequátur, son las siguientes:
Las resoluciones extranjeras firmes recaídas en un procedimiento contencioso.
Las resoluciones extranjeras definitivas adoptadas en el marco de un procedimiento de jurisdicción voluntaria.
En cuanto a las medidas las medidas cautelares y provisionales, sólo podrán ser reconocidas cuando su denegación suponga una vulneración de la tutela judicial efectiva, y siempre que se hubieran adoptado previa audiencia de la parte contraria.
Quién puede realizar un procedimiento de exequátur
El procedimiento de exequátur podrá realizarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo. Esta persona tendrá que estar representada y asistida por abogado y procurador. En Sánchez Bermejo Abogados ofrecemos este servicio a través de nuestros abogados expertos en Derecho Internacional. Consúltanos.
La demanda de exequátur tendrá que ir dirigida a los Juzgados de Primera Instancia del domicilio de la parte frente a la que se solicita el reconocimiento o ejecución, o de la persona a quien se refieren los efectos de la resolución judicial extranjera.
Subsidiariamente, la competencia territorial se podrá determinar por el lugar de ejecución o por el lugar en el que la resolución deba producir sus efectos, siendo competente, en último caso, el Juzgado de Primera Instancia ante el cual se interponga la demanda de exequátur.
Cómo realizar un exequátur (Procedimiento)
El proceso de exequátur, en el que como hemos dicho las partes deberán estar representadas por procurador y asistidas de letrado, se iniciará mediante demanda a instancia de cualquier persona que acredite un interés legítimo.
La demanda y documentos presentados serán examinados por el secretario judicial, que dictará decreto admitiendo la misma y dando traslado de ella a la parte demandada para que se oponga en el plazo de 30 días. El demandado podrá acompañar a su escrito de oposición los documentos, entre otros, que permitan impugnar la autenticidad de la resolución extranjera, la corrección del emplazamiento al demandado, la firmeza y fuerza ejecutiva de la resolución extranjera.
El secretario judicial, no obstante, en el caso de que apreciase la falta de subsanación de un defecto procesal o de una posible causa de inadmisión, con arreglo a las leyes procesales españolas, procederá a dar cuenta al órgano jurisdiccional para que resuelva en plazo de 10 días sobre la admisión en los casos en que estime falta de jurisdicción o de competencia o cuando la demanda adoleciese de defectos formales o la documentación fuese incompleta y no se hubiesen subsanado por el actor en el plazo de 5 días concedido para ello por el secretario judicial.
Formalizada la oposición o transcurrido el plazo para ello sin que la misma se haya formalizado, el órgano jurisdiccional resolverá por medio de auto lo que proceda en el plazo de 10 días.
Por último destacar que el Ministerio Fiscal intervendrá siempre en estos procesos, a cuyo efecto se le dará traslado de todas las actuaciones.
Documentos a presentar junto a la demanda de exequátur
A la demanda de exequátur le deberán acompañar los siguientes documentos:
Copia auténtica de la Sentencia legalizada o con la apostilla de La Haya.
Certificado del testimonio de que la Sentencia es firme.
Certificado de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso de que ha sido dictada en rebeldía.
Traducción jurada de la Sentencia si está en un idioma diferente al español.
Fotocopia del DNI/NIE.
Poder general para pleitos.
Si se trata de un procedimiento de exequatur por sentencia de divorcio, hará falta también certificado literal de matrimonio, certificado literal de nacimiento de hijos si los hubiera, y convenio regulador si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo.
Causas de denegación del exequátur
Indica la ley que las resoluciones judiciales extranjeras firmes no se reconocerán:
Cuando fueran contrarias al orden público.
Cuando la resolución se hubiera dictado con manifiesta infracción de los derechos de defensa de cualquiera de las partes. Por ejemplo, si la resolución se dictó en rebeldía, que no se entregase al demandado cédula de emplazamiento o documento equivalente de forma regular y con tiempo suficiente para que pudiera defenderse.
Cuando la resolución extranjera se pronuncie sobre una materia respecto a la cual fueren exclusivamente competentes los órganos jurisdiccionales españoles o, respecto a las demás materias, si la competencia del juez de origen no obedeciere a una conexión razonable.
Cuando la resolución fuera inconciliable con una resolución dictada en España.
Cuando la resolución fuera inconciliable con una resolución dictada con anterioridad en otro Estado, cuando esta última resolución reuniera las condiciones necesarias para su reconocimiento en España.
Cuando exista un litigio pendiente en España entre las mismas partes y con el mismo objeto, iniciado con anterioridad al proceso en el extranjero.
Recursos ante el exequátur
Contra el auto de exequátur cabe interponer recurso de apelación.
Si el auto recurrido fuera estimatorio, el órgano jurisdiccional podrá suspender la ejecución o sujetar dicha ejecución a la prestación de la oportuna caución.
Por último, contra la resolución dictada por la Audiencia Provincial en segunda instancia resolviendo la apelación, la parte legitimada podrá interponer el recurso extraordinario por infracción procesal o el recurso de casación si cumple con los requisitos legales para ello.
Casos frecuentes de exequátur
A nuestro despacho nos han llegado y nos llegan distintos casos de exequátur, para un mejor conocimiento de para qué sirve este procedimiento, numeramos cuáles son los casos más frecuentes con los que nos solemos encontrar:
- Exequátur de divorcio internacional. Se trata de reconocer sentencias de divorcio de países extranjeros en España para que también conste aquí el divorcio celebrado en otro país. Lo explicamos con más detalle en este artículo de nuestro blog.
- Exequátur de pensión de alimentos. Puede darse el caso de que una sentencia extranjera que obligue al pago de alimentos a una persona, se quiera hacer ejecutar en España. Esto es posible también gracias al exequátur.
- Exequátur para ejecutar condena a un pago. Si una sentencia extranjera condena a una persona al pago de una cantidad de dinero y el demandado se encuentra en España, el exequátur también servirá para lograr la satisfacción de dicho pago.
Son muchos los casos que se pueden dar en los que es factible realizar un exequátur, si quieres conocer cómo funcionaría algún caso en concreto, pregúntanos.
Sánchez Bermejo Abogados
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buenos dias mi nombre es francisco javier bidegain rodriguez yo me case en su dia en brasil y este año pasado me divorcie tengo la sentencia del divorcio y tambien la que dan en el cartorio que le llaman en brasil entonces ahora me vine para españa yo soi español entonces queria homologar la sentencia aqui ya que me quiero casar con mi pareja ruego me respondan ya que me urge haber como tengo que hacer gracias.
Hola Francisco Javier. Para realizar el reconocimiento de la sentencia brasileña en España tendrás que realizar un procedimiento de exequátur. En nuestro despacho solemos llevar este tipo de trámites a menudo, ponte en contacto con nosotros y te orientaremos acerca de lo que necesitas y de nuestros honorarios. Un saludo
Buenas tardes. Escribo en nombre de mi hermano. El es nacido en España pero desde muy pequeño ha vivido en Venezuela. Allí se casó con venezolana, de quuen se divorció hace muchos años. Hace un año se casó con una ciudadana rusa y residian en Venezulmela, ella con visa de transeúnte pendiente de legalizar su situacion. Debido a la situación que ateaviesa este país, trasladaron su residencia a Miami pero desean venir a vivir a España.
Qué trámites necesitan, tanto él como ella???
Gracias anticipadas,
Preferiría respuesta a mi email
Rosa Maria Monllau
Hola Rosa. Tendrán que sacarse un permiso de residencia de entre todos los que hay disponibles. Necesitaríamos saber la situación particular de tu hermano y de su mujer para poder asesorar convenientemente. Ponte en contacto con nuestro despacho si quieres que realicemos un estudio de tu situación. Un saludo
Hola.
Una consulta, yo me he casado en España y me he divorciado en Argentina. Fue de mutuo acuerdo, no tenemos hijos ni bienes materiales !!!
La sentencia ya está, ahora debo proceder a realizar el EXECUATUR !!!
Necesito saber el costo del trámite y cuánto tiempo demorará aproximadamente !!!
Saludos.
Hola Diego. Le hemos contestado en su otro correo. Muchas gracias, un saludo.
Mi nombre es diana barrero vivo en colombia pero hace unos años me case en españa con otro colombiano con residencia en españa por via civil… hace unos meses mi ex esposo vino a colombia y nos divorciamos y la setencia de divorcio el la quiso registrar en esoaña pero toca hacer el exquatur. Como podemos hacer ese tramite viviendo yo en colombia. Queremos registrar el divorcio en españa.
Hola Diana. Efectivamente para validar la sentencia Colombiana tendréis que realizar un exequátur en España. Para ello os hará falta contar con abogado y procurador en España, y no hace falta que te desplaces a España. Si estás interesada en nuestros servicios para ayudarte con este trámite no tienes más que decírmelo y nos pondremos en contacto por privado para indicarte como proceder para lograr el reconocimiento de tu divorcio. Un saludo
Hola,
Se puede pedir reconocimiento y ejecución en la misma demanda?
Gracias.
Hola Prisca. En procedimientos de exequatur si. Un saludo
Buenos días, soy venezolana y vivo en Alemania y fuí casada con un ciudadano espa/ol, mi caso es que me está pidiendo un Acta de Manifestación de No Oposición para trámites de Exequatur. Puedo hacerla en una Notaria en Espa/a si estoy de paso ? o debe ser en algún abogado u organo específico ?
Mchas gracias por su aclaración ?
Hola María. Lo mejor será que preguntes en la notaría en cuestión para saber si hacen este tipo de documentos. Un saludo
Hola buen día, me llamo Ingrid Hernandez tengo doble cuidadania osea venezolana y española, contraje nuevas nupcias con un venezolano y deseo inscribir el matrimonio en el libro de familia pero el consulado español en Venezuela me dice que debo homologar la sentencia de divorcio anterior en España y lo unico que tengo es la sentencia apostillada, que mas se necesita para hacer dicho tramite. Gracias
Hola Ingrid. Para reconocer el divorcio en España deberás realizar una demanda de exequátur ante los tribunales españoles. Te hará falta contar con abogado y procurador en España. Los documentos que se necesitan están en este mismo artículo, te los copio nuevamente:
“A la demanda de exequátur le deberán acompañar los siguientes documentos:
– Copia auténtica de la Sentencia legalizada o con la apostilla de La Haya.
– Certificado del testimonio de que la Sentencia es firme.
– Certificado de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso de que ha sido dictada en rebeldía.
– Traducción jurada de la Sentencia si está en un idioma diferente al español.
– Fotocopia del DNI/NIE.
– Poder general para pleitos.
Si se trata de un procedimiento de exequatur por sentencia de divorcio, hará falta también certificado literal de matrimonio, certificado literal de nacimiento de hijos si los hubiera, y convenio regulador si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo.”
Un saludo
Buenas noches reciban un cordial saludo, quería consultarles si debo realizar el trámite de exequetur ya que soy de Venezuela y tengo doble nacionalidad, tuve el primer matrimonio, en el pais mencionado, y nos divorciamos. Actualmente estoy casado y quería saber si para residir en España debo de realizar éste trámite para que mi pareja pueda convivir conmigo en España.
Saludos
Hola Luis. Si registraste tu anterior matrimonio en España, deberás realizar el exequátur para validar el divorcio venezolano si quieres que conste en España. Un saludo
Buenas tardes:
Mi situación es al revés de las que estoy leyendo…. ¡Ojalá puedan orientarme un poco!
Soy española, y hace tres años contraje matrimonio civil en Turquía con un ciudadano turco. Inscribimos nuestro matrimonio en el Consulado de España en Estambul y nos trasladamos juntos a Madrid (con dos Libros de Familia: el turco y el español). La relación no funcionó y recientemente obtuvimos una sentencia de divorcio.
Tengo claro que en España estoy divorciada, pero desconozco si también lo estoy en Turquía o si debería realizar algún trámite para que así fuera. No sé de qué manera podría afectarme “seguir casada” allí. Es un país que sigo frecuentando, por motivos profesionales y porque tengo grandes amigos a los que visito de vez en cuando.
¿Sería éste un tema que precisaría de exequatur? ¿Sería, en caso afirmativo, un proceso muy largo? Dado que viajo allí bastante a menudo, ¿podría agilizarlo de alguna manera “in situ”? ¿¿¿Por dónde empiezo????
Muchísimas gracias. ¡Un saludooooo !
Hola Carmen. Si te casaste en Turquía, pero sólo te divorciaste en España, seguirás casada en Turquía. Podrás iniciar un nuevo divorcio en Turquía, o, lo más correcto, un exequátur del divorcio español en Turquía. En cuanto al proceso, dependerá del sistema turco, así que no te podemos orientar. Un saludo
buenos dias
soy ciudadana francesa y me case con un español en francia. el matrimonio esta registrado en el consulado español.
mi divorcio se obtuvo en el año 1.995 y ahora al pedir los formularios en el tribunal de francia para realizar un reconocimiento de sentencia según el reglamento 2201/2003 , me dicen en francia que al ser el divorcio anterior al reglamento tengo que iniciar un exequatur . es cierto eso?
Por otro lado de iniciar con vosotros un exequatur, si mi marido esta en paradero desconocido , como se haria.
muchas gracias
Buenas tardes, efectivamente la normativa comunitaria que usted desea aplicar entró en vigor el 1 de agosto de 2004 siendo de obligatorio cumplimiento desde ese momento para todos los países firmantes del Reglamento en cuestión. Por tanto si su divorcio es de fecha anterior no es aplicable el criterio retroactivo a su divorcio puesto que el propio Reglamento no lo contempla. Si necesita un presupuesto para su caso concreto puede escribirnos por privado explicándonos con más detalles la situación de su divorcio y en cuanto a la situación de su ex marido, en España se le tendría en rebeldía si no se consigue localizar, no siendo impedimento para que continúe el proceso exequatur. Saludos.
Buenos dás, perdona por las molestias, pero me gustaría hacerle una consulta rápida, se posible.
Tengo una acción ejecutória de una sentencia dictada en Brasil en 2011 contra una empresa española, referente a una relación de trabajo.
Pretendo ejecutar la acción contra dos empresas con sede en España.
El Convenio Bilateral entre Brasil y España dice que nos es necesario el reconocimiento de una sentencia brasileña en España, al menos quando se busque la ejecución.
Así siendo, necesito ingresar con la acción ejecutória en España, de acuerdo con las leyes que rigen el país.
El plazo de la ley española para interponer la acción ejecutória de una sentencia extranjera en España es de 5 años a partir de la sentencia, verdad ?
Así siendo, no sería posible ingresar con la acción en España, puesto que ya se pasaron más de 5 años de la sentencia?
Hola Joao. Efectivamente el plazo para ejecutar es de 5 años tras la firmeza de la sentencia. Un saludo
Hola buen día, reciban un cordial saludo; tengo una consulta. Soy Colombiano con nacionalidad Española actualmente vivo en territorio español,Hace unos meses en Colombia la madre de mi hijo y yo llegamos a un acuerdo de custodia compartida ya que ella tenia pensado trasladarse hacia Australia, Quiero saber que tramites debo realizar y que documentos reunir para obtener el Exequátur de esta resolución judicial. Muchas Gracias.
Hola Juan. Los documentos los tienes en este mismo artículo:
– Copia auténtica de la Sentencia legalizada o con la apostilla de La Haya.
– Certificado del testimonio de que la Sentencia es firme.
– Certificado de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso de que ha sido dictada en rebeldía.
– Certificado literal de matrimonio
– Certificado literal de nacimiento de hijos
– Convenio regulador
Pero además te indico que para realizar el exequátur deberás obligatoriamente contar con abogado y procurador. Si quieres que te prestemos este servicio desde nuestro despacho, indícanoslo para que podamos mandarte presupuesto.
Un saludo
Buenas Tardes,
Me case en Portugal, registre matrimonio en España y Venezuela y me he divorciado en Venezuela. En Portugal ya reconocieron el divorcio pero en España han solicitado el exequatur, pero me encuentro ahora mismo en Venezuela. ¿Se puede tramitar sin yo estar presente, por medio de mi hija que se encuentra en Madrid ? ¿Cuál sería el costo de este trámite?
Hola María. Te indico que sí, se podría tramitar sin necesidad de que estuvieses en España. Si quieres más información sobre el servicio que prestamos en nuestro despacho ponte en contacto por privado con nosotros. Un saludo
hola buenas tarde,tengo sentencia de filiación de españa en el registro aqui en venezuela me piden la sentencia debe estar apostillada y no se donde dirigirme a realizar este trámite, de antemano agradecido de lo que pueda informar
Hola Oscar. La apostilla se puede hacer en notarías o en consulados/embajadas. Un saludo
hola, mi nombre es Dulfari. tengo la custodia de dos sobrinas que quedaron huérfanas y para reagruparlas me piden la sentencia reconocida ante tribunal español. me gustaria saber cuanto puede tardar el reconocimiento y cuanto cuesta?
muchas gracias
Hola Dulfari. El tiempo que tarda dependerá del juzgado en donde se inste el reconocimiento, es imposible estimar algo al respecto. En cuanto al precio, si quieres saber las tarifas de nuestro despacho, ponte en contacto por privado con nosotros para poder orientarte. Un saludo
Hola.soy Abdelkader, mi gustaria saber si hay que pagar tasas en el juzgado sobre la sentensia del EXEQUATUR. MUCHAS GRACIAS Y UN ABRAZO.
Hola Abdelkader. Dependerá de qué sea la sentencia que está siendo objeto del exequátur. En todo caso te recomiendo que preguntes a tu abogado. Un saludo
Buenas tardes, soy español me case en venezuela con una venezolana, legalice mi matrimonio por el consulado de españa en vzla, ahora me divorcie en venezuela y para legalizar en españa me piden exequatur. Pregunto no será mas rapido iniciar un procedimiento de divorcio en españa? (lo malo es q mi exesposa no esta en españa sino en vzla) yo si estoy en españa. Cual procedimiento será mas rápido y/o económico? sera posible hacer divorcio sin ella presente? Realizan ustedes ambos trámites? Gracias!
Hola Bojana. En cuanto a qué es más económico dependerá de las circunstancias especiales del caso, lo más rápido suele ser el divorcio, pero dependerá también del juzgado que lo tramite. Le indico que sí, nosotros realizamos este tipo de trámites, tanto divorcios como exequáturs, por lo que si quiere conocer más de nuestros servicios así como nuestros honorarios le ruego que se ponga en contacto con nosotros por privado para poder concretarle todo. Un saludo
Hola necesito saber cuando tarda un divorcio por exequator, gracias.
Hola Tania. El tiempo que tarda el exequatur dependerá del tribunal que tenga que revisar el mismo, los hay más y menos rápidos y es muy difícil indicar un plazo. Un saludo
hola soy victoria colombiana tengo una hija española somos victimas de violencia intrafamiliar tengo los documentos pero en colombia no me dieron el documento de guardia y custodia como lo puedo solicitar aqui ya que yo tengo mi hija gracias
Hola Victoria. Si el documento es colombiano tendrás que solicitarlo a Colombia, si no puedes conseguirlo y en España no existe tendrás que iniciar un nuevo procedimiento para conseguir la guardia y custodia aquí. Un saludo