La Ley Orgánica 5/2000 es la que se encarga de regular la responsabilidad penal de los menores en España por aquellos delitos y faltas que cometan los que aún no han cumplido los 18 años.
La cuestión que hoy me gustaría aclarar es la de aquellos supuestos en los que, siendo condenado el menor por lo estipulado en dicha ley, este menor cumple la mayoría de edad sin cumplir aún toda su condena.
Lo que ocurre en estos casos está regulado en la ley orgánica ya mencionada, que es concretamente lo siguiente.
Mayoría de edad del condenado menor de edad
Cuando el menor a quien se le hubiere impuesto una medida o condena alcanza la mayoría de edad, continuará el cumplimiento de la medida hasta alcanzar los objetivos propuestos en la sentencia en que se le impuso.
Ahora bien, si la medida es de internamiento en régimen cerrado y el menor alcanza la edad de 18 años sin haber finalizado su cumplimiento, el Juez de Menores, oído el Ministerio Fiscal, el letrado del menor, el equipo técnico y la entidad pública de protección o reforma de menores, podrá ordenar en auto motivado que su cumplimiento se lleve a cabo en un centro penitenciario conforme al régimen general previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria si la conducta de la persona internada no responde a los objetivos propuestos en la sentencia.
Pese a que la ley señala la obligación de que para que entre en centro penitenciario deben no haberse cumplido los objetivos propuestos esto varía al cumplir los 21 años de edad. Si el menor, cuando las medidas aún no hayan finalizado, cumple 21 años de edad, el Juez de Menores, oídos el Ministerio Fiscal, el letrado del menor, el equipo técnico y la entidad pública de protección o reforma de menores, ordenará su cumplimiento en centro penitenciario, aunque existen algunas excepciones.
Internamiento en centro penitenciario del que llega a la mayoría de edad
Cuando el menor pase a cumplir la medida de internamiento en un centro penitenciario, quedarán sin efecto el resto de medidas impuestas por el Juez de Menores que estuvieren pendientes de cumplimiento sucesivo o que estuviera cumpliendo simultáneamente con la de internamiento, pero sólo si éstas no son compatibles con el régimen penitenciario.
La medida de internamiento en régimen cerrado que imponga el Juez de Menores se cumplirá en un centro penitenciario siempre que, con anterioridad al inicio de la ejecución de dicha medida, el responsable hubiera cumplido ya, total o parcialmente, bien una pena de prisión impuesta con arreglo al Código Penal, o bien una medida de internamiento ejecutada en un centro penitenciario.
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Hace cuatro años de este blog y llego a destiempo pero tenia una duda curiosa.
¿Si un menor de edad comete un delito y no se le denuncia en su momento, despues de cumplir los 18 puede ser imputado?
Hola Pedro. Entiendo que si el delito no ha prescrito, sí podrá serlo. Un saludo
hola. mi pregunta es la siguiente,
Puede un menor condenado, que a dia de hoy ya tiene 26 años y sigue en un piso de autonomia de justicia cumpliendo la medida de menor seguir asi? me refiero que si es normal que un (hombre ya) de 26 años este cumpliendo una medida de menor con otros menores de edad en cumplimiento de medida.
muchas gracias
Hola mi hijo tiene un caso por infractor en juzgado civil cuando era menor de edad pero el ya va a cumplir 18 años que puede pasar
Hola Jacqueline. Si es condenado, podrá cumplir su condena en un centro penitenciario de menores, aunque dependerá de cuál sea el caso y de cómo se haya argumentado. Nos falta información para poder dar una valoración precisa. Un saludo
Hola, puede una madre, abandonar a un hijo en la calle al cumplir los 18 a;os, sin comida,casa ni dinero, Lo denuncio con 17 a;ops. por malos tratos, cumplio 8 meses interno en un centro,
Hola Ángel. Entiendo que el hijo tiene derecho a alimentos, en el más amplio sentido de la palabra, pero uno de los motivos por los que cesa este derecho es por «sanción del alimentista por su mala conducta.» Entiendo que llevada la reclamación a los tribunales, la madre podrá defender su comportamiento. Un saludo
Hola, me gustaría saber. Si una persona siendo menor de edad comete un delito pero se le juzga de dicho delito cuando el sujeto ya es mayor de edad, qué ocurre? Dónde cumple la condena?
Hola Erika. Lo explicamos todo en este mismo artículo, si tienes alguna duda concreta, háznosla llegar. Un saludo
Si si, pero en el artículo, si no comprendo mal, hace referencia al menor que cumpliendo condena en el centro de menores, alcanza la mayoría de edad, y este, dependiendo del juez y demás, pasará o no a seguir cumpliendo al centro penitenciario.
Pero en caso de que cometa el delito siendo menor y el juicio por este delito para determinar la condena se realice cuando ya tiene 18, qué regla se sigue? Entraría al centro de menores o al penitenciario directamente?
Hola Erika. Lo que importa es la edad en la fecha de la comisión del delito, así que funciona de igual manera, se sigue por la ley del menor y por el régimen de menores, si bien si la conducta de la persona no es considerada adecuada, podría cumplir la pena ya como adulto. Un saludo
Una pregunta, cuando un menor de edad comete un delito, y cumple su condena sin contratiempos (la cumple en la mayoría de edad) y no repite esa incidencia, ¿tiene antecedentes penales?
Hola Juan. Si no se cancelan, y hasta que caduquen, sí, los tiene. Un saludo
Hola.En el caso de un mayor de edad juzgado por hechos sucedidos cuando era menor, ¿quién tiene que hacerse cargo de la minuta del abogado?¿y de la multa que le fuera impuesta?. Me refiero a que, mientras es menor, son los padres los que tienen que hacerse cargo de todos los gastos.¿Sigue siendo así cuando llega a la mayoría de edad?.Muchas gracias.
Hola Pablo. Entiendo que dependerá de cuándo se genere la minuta y la edad en ese momento. Un saludo
Me llama la atención que publiquen en revistas o periódicos sentencias condenatorias de menores porque ya han cumplido la mayoria de edad. ¿Es legal la publicación? o por el contrario como el hecho fue siendo menor, sería ilegal? Gracias por la respuesta y sobre todo por su gran profesionalidad.
Hola María. Entiendo que si la publicación se hace cuando el implicado ya es mayor de edad, no debería haber problema. Un saludo
Hola.Tengo una duda. Si un menor de edad extranjero (ucraniano) realiza un delito y es condenado a régimen de internamiento cerrado pero en la mayoría de edad es trasladado a una prisión, se le aplicaría la norma de deportación a extranjeros con condenas mayores de un año y menores de cinco? o cumpliría la condena íntegra aquí? ¿O sería deportado desde un principio aun siendo MENA sin familiares en su país?
Hola Amanda. Para que exista expulsión del país tiene que acordarlo un juez con la sentencia. Un saludo
Si cometes un delito por difusión de imágenes no sexuales de un perfil público de insta con 17 años y ahora tienes 19 pero aún no te ha llegado la denuncia, prescribe en este tipo de delitos?
Hola An. Todos los delitos están sujetos a prescripción. Un saludo
Y este tipo de delitos ya prescriben a los 2 años aproximadamente si el que lo cometió fue un menor?
Hola An. No, depende del tipo de delito, puede ser a los 5 años, a los 3 años, al año o incluso a los 3 meses. Un saludo
Me gustaría saber cuando me pueden llamar por una condena chica me an dicho que me llamarán para ir al centro de menores pero nose cuanto tarda que le llamen
Hola, en estos casos depende el tiempo de la actividad y carga de trabajo de dichos centros, saludos.
hola, soy menor de edad y me pillaron con marihuana (con casi 17 años) y pues me llego la multa, (es la unica que tengo) este año cumplo la mayoria de edad, la multa se me queda pendiente de por vida o que tengo que hacer
Hola, en el propio artículo encontrarás la respuesta, saludos.
Buenas tardes:
A mi hijo le cogieron con posesion de marihuana siendo menor de edad (17 años) y le impusieron una multa. Toda vez que no asistio al programa de insercion que podria haber sustituido a la misma, la multa le llego a su madre (estamos separados, nunca estuvimos casados). La madre es insolvente ya que trabaja media jornada y no llega al SMI de ingresos por lo que es inembargable.
Mi hijo ya es mayor de edad (22 años) y ahora le ha llegado dicha multa con los intereses correspondientes. ¿Esta obligado al pago de la misma, siendo una sancion interpuesta siendo menor, al ser ahora mayor de edad y no poder la madre legalmente hacerse cargo de la misma por lo comentado anteriormente? Mi situacion como su padre es exactamente igual que la de la madre.
Gracias anticipadas
Francisco Villalba
Hola, si es mayor de edad y actualmente le ha llegado la comunicación, ya tiene plena capacidad jurídica para responder por sus actos, ya que como comenta esos intereses han transcurrido en todo este tiempo ya habiendo cumplido la mayoría de edad, un saludo.
Un menor con faltas leves cuándo cumple los 18 años los antecedentes desaparecen
Hola, respecto la cancelación, el artículo 24 del Real Decreto 95/2009 establece que los registros de sentencias de menores serán cancelados cuando la persona cumpla 28 años, siempre que la medida haya finalizado o haya prescrito, se hará de oficio, saludos.
Hola buenas tardes.
Mi consulta es la siguiente (ya quenoencuentroningunarespuestapor Internet ni en este artículo); si a un menor (con una edad de 17 años) se le denuncia y le dicen que va a tener que ir a un juicio de menores pero cuando ya ha cumplido los 18 años (la mayoría de edad en España) todavía no le ha llegado la citación a juicio, ¿esa denuncia quedaría anulada o todavía tendrá que seguir esperando a la citación a juicio? Lo pregunto porque es el caso de una persona que conozco y está muy agobiad@ con este tema ya que dice que ni quiere ir a la cárcel, ni a un centro de menores ni al calabozo ni quiere tener consecuencia alguna por el delito realizado ya que ya ha aprendido la lección de que lo que hizo no debía hacerlo. Para poneros en situación; esa persona que digo le cogió el coche (casi sin gasolina) a su madre y condujo 4 días seguidos sin saltarse ninguna ley de tráfico, ni siquiera la velocidad, le cogió 70€ (a la madre) para pagar la gasolina, tuvo un pequeño accidente (hizo el parte de seguro perfectamente), cuando sus padres le llamaban no les cogía el teléfono y durmió una noche fuera de casa sin que sus padres supieran donde estaba el susodicho menor y sin poder contactarle de ningún modo. Luego el menor se quedó sin gasolina tirado en el arcén de la A6 y allí le recogió su padre con una grúa (que el padre no sabía que él estaba allí) y lo llevó a su casa y le puso consecuencias a nivel familiar. En ese caso sigue teniendo que esperar al juicio de menores el susodicho menor de edad que actualmente ya tiene 18 años?
Gracias y un saludo.
Hola para un asesoramiento más detallado contacte por privado, gracias.
Buenas tardes
Si el menor es acusado, pero se recurre y cuando sale la sentencia ya ha cumplido los 18 años. Qué pasa, quién paga si él no tiene dinero?
Gracias
Hola si hay condena en su nombre deberá hacerse cargo, un saludo.
Buenos días , le pongo en situación :
Un menor ha estado interno 14 meses en un centro de reforma y una vez sale debe de cumplir otros 14 meses de libertad vigilada que le han puesto de menor, pero el ha cumplido ya los 18 años .
Mi pregunta es , ¿En caso de incumplimiento de libertad vigilada el chaval volvería al centro de reforma de menores o podría ir a un centro penitenciario? (El incumplimiento no sería por un nuevo delito sería por saltarse una de las obligaciones que le han puesto en la libertad vigilada)
Hola, en el artículo podrá encontrar la respuesta.
Hola
Si un menor, es juzgado ya siendo adulto, ¿Qué ocurre con las medidas cautelares? Se que la detención tiene ciertas particularidades,pero y ¿el resto?
Gracias
Hola en el artículo puedes encontrar las respuestas básicas, en caso específico puede preguntar al abogado que lleve dicho proceso ya que sabrá más afondo el estado del asunto, saludos
Buenas Tengo dos medidas de Libertad vigilada una es de once meses y otra de 14 me la pusieron siendo menor pero ya soy mayor de edad si quebrando la medida de libertad vigilada le tendré que pasar en un internamiento el tiempo que tenía de libertad vigilada o como ??
Hola, no podemos darte una respuesta concreta ya que no conocemos tu caso, en este sentido es mejor que contactes con el letrado que llevaba el asunto, si bien de forma genérica puedes leer en el artículo lo que pasa si se quebranta la medida, saludos.