En la ley penal del menor, que afecta a todas aquellas personas que sean mayores de 14 años y menores de 18 que hayan cometido algún tipo de delito, se regula la obligación de que se realice un informe del equipo técnico sobre el menor.
El informe del equipo técnico puede proponer una serie de cuestiones en el juicio, siempre ponderando el superior interés del menor, que pueden hacer que el juicio cambie sustancialmente.
A continuación nos lo explican con detalle nuestros abogados penalistas.
En este artículo encontrarás.. |
Cuándo se realiza el informe |
Quién realiza el informe |
Qué incluye el informe |
Posibilidad de conciliación |
Desestimiento del informe |
Informe del equipo técnico en la ley penal del menor
Cuándo se realiza el informe
El informe del equipo técnico se realizará durante la instrucción del expediente.
Quién realiza el informe
El Ministerio Fiscal requerirá del equipo técnico, que a estos efectos dependerá del Ministerio, la elaboración de un informe o actualización de los anteriormente emitidos, que deberá serle entregado en el plazo máximo de 10 días, prorrogable por un período no superior a 1 mes en casos de gran complejidad.
El informe podrá ser elaborado o complementado por aquellas entidades públicas o privadas que trabajen en el ámbito de la educación de menores y conozcan la situación del menor expedientado.
En todo caso, una vez elaborado el informe del equipo técnico, el Ministerio Fiscal lo remitirá inmediatamente al Juez de Menores y dará copia del mismo al letrado del menor.
Qué incluye el informe
El informe del equipo técnico versará sobre la situación psicológica, educativa y familiar del menor, así como sobre su entorno social, y en general sobre cualquier otra circunstancia relevante a los efectos de la adopción de alguna de las medidas previstas en la ley.
Además, el equipo técnico podrá proponer, asimismo, una intervención socio-educativa sobre el menor, poniendo de manifiesto en tal caso aquellos aspectos del mismo que considere relevantes en orden a dicha intervención.
Posibilidad de conciliación
En el informe del equipo técnico se incluirá, si se considera conveniente y en interés del menor, la posibilidad de que el menor efectúe una actividad reparadora o de conciliación con la víctima.
Además, el informe deberá indicar expresamente el contenido y la finalidad de la mencionada actividad.
Desestimiento del informe
La ley también recoge la posibilidad de que el equipo técnico proponga en su informe la conveniencia de no continuar la tramitación del expediente en interés del menor.
Esto será así por haber sido expresado suficientemente el reproche del menor al informe del equipo técnico a través de los trámites ya practicados, o por considerar inadecuada para el interés del menor cualquier intervención, dado el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos.
En estos casos, atendiendo a la gravedad y circunstancias de los hechos y del menor, de modo particular a la falta de violencia o intimidación graves en la comisión de los hechos, y a la circunstancia de que además el menor se haya conciliado con la víctima o haya asumido el compromiso de reparar el daño causado a la víctima o al perjudicado por el delito, o se haya comprometido a cumplir la actividad educativa propuesta por el equipo técnico en su informe y si el hecho imputado al menor constituye un delito menos grave, el Ministerio Fiscal podrá remitir el expediente al Juez con propuesta de sobreseimiento, remitiendo además, en su caso, testimonio de lo actuado a la entidad pública de protección de menores que corresponda, a los efectos de que actúe en protección del menor.
Referencias |
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. |
Sánchez Bermejo Abogados
A través de nuestros abogados de Málaga te ofrecemos resolución a tus consultas legales, defensa en tribunales, apoyo jurídico de todo tipo para empresas y particulares, divorcios y separaciones, asesoramiento fiscal y tributario, expedientes de extranjería, conflictos de derecho internacional, asesoramiento laboral, derecho bancario y de seguros, reclamación de cláusulas suelo, derecho animal y del medio ambiente, gestión y asesoramiento inmobiliario y mucho más. Nuestras oficinas están en Málaga, y prestamos servicio a toda España. Consúltanos.
Buenas noches , Abogado , tengo una consulta mi papá esta en la renovación de larga duración del DNI es CASO ESPECIAL , El ingreso de sus papeles lo metio el dia 01 de Agosto y justo ayer 1 de Noviembre ya se cumplio los 3 Meses , Mi papá viajo a España y lo hizo todo allá por carta de invitación .
Abogado justamente en su página hemos leido lo de casos especiales donde dice que ya se cumplió los 3 al dia siguiente ya esta concedido aunque hay un silencio administrativo , mi papá esta en perú actualmente y quiere saber que es lo que debe de hacer . el esta esperando en peru la respuesta de esta petición para poder pedir el visado y retornar a España para pedir cita y poner huellas , La pregunta es que debemos de hacer o esperar , porque esta en perú .
Saludos cordiales
Hola Alexandra. Solicita en la administración un certificado de silencio positivo sobre el asunto de tu padre. Un saludo
Hola buenas tardes,
Espero que se encuentren muy bien.
Mi hijo menor de edad de 17 años tiene 2 procedimientos penales ya con sentencias condenatorias.
Se le hizo un informe del equipo tecnico en el juzgado de menores 2 de malaga, y no estoy de acuerdo, ya que la madre mintio, y hay muchas cosas que aparecen en ese informe falsas y otras relevantes para el interes superior del menor no incluidas
Puedo impugnar de alguna manera ese informe?
Muchas gracias
Hola Jose. Entiendo que sólo si tienes pruebas de peso sobre la falsedad del informe podrás intentar impugnarlo. Un saludo
Este comentario es para Jose Gordillo. Mira Jose, ese informe es para uso exclusivo del Ministerio Fiscal, no se puede enseñar a la familia y el motivo es bien claro, hay información sensible p.ej. cuando uno de los progenitores sufre alcoholismo o es una persona agresiva, lo que es MUY IMPORTANTE en la vida del menor y el Fiscal debe saberlo. Si ese progenitor aludido lo lee, el Equipo Técnico se buscaría un enfrentamiento con ese padre/madre y ello iría en detrimento de la colaboración necesaria equipo-padres, que es para el bien del menor. Si el abogado te lo ha enseñado, está actuando mal y el Equipo Técnico al saberlo debe informar al Ministerio Fiscal para que tome medidas a través del Colegio de Abogados. Por supuesto te estoy hablando desde mi experiencia profesional de muchos años en esta Fiscalía.
Aquí prevalece el menor sobre quien tenemos un gran responsabilidad, por encima de si al padre o la madre le gusta más o menos.
Respecto a lo que dices, por supuesto que se puede impugnar ese informe. Depende del contenido real del informe. A veces se redacta en términos como «la madre refiere» «el progenitor afirma»… que es una forma de decir que el Equipo Técnico no sabe si es cierto o no, pero es importante mencionar esa afirmación del padre o madre. Si el Fiscal quiere puede recabar otros informes a servicios sociales, centro educativo o centro de salud, para dilucidar si esa información contiene elementos de veracidad o por el contrario no se debe tomar en consideración. Espero haberte aclarado algo más. También debes saber que es información confidencial que no va a trascender más allá del juzgado por si estás preocupado por tu imagen, y también debes valorar que la única persona aquí que importa es tu hijo, te lo digo por si acaso es aplicable en tu caso. Un profesional puede actúar mal pero en muchos casos se topa con el disgusto de tener que hacer entender a un padre algo importante que se niega a entender cuando su hijo es el verdadero afectado, te aseguro que es lo único que nos importa. Un saludo!
Hola buenas tardes mi hijo el día de hawoluin quiso prender fuego a una papelera de plástico lo vio la policía y mi hijo de 16 años salió corriendo y los policías detrás de él ahora me an citado en lo penal del menor pero no se que es lo que le pondrán aparte esta en un centro que lo llevo 2 veces en semana por que consumía estupefacientes..
Hola Verónica. Dependerá de las circunstancias del hecho y de lo que hayan denunciado las autoridades. Haría falta acceder al expediente completo para poder contestar adecuadamente. Un saludo
Dale mano dura.. es lo q le falta. Un palo y un beso. Así es como aprenden. Hay que enseñarles que los actos tienen sus consecuencias y q dio q te encantaría este orgullosa de él..