En un arrendamiento o alquiler las dos partes implicadas, arrendador y arrendatario, tienen una serie derechos y obligaciones que cumplir. Siendo así, es importante igualmente saber qué ocurre en caso de incumplimiento de obligaciones en arrendamientos.
Esto se regula en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que comienza diciendo que el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la finalización del contrato.
Así, lo primero que hay que observar para conocer el incumplimiento de obligaciones en arrendamientos son, precisamente, las obligaciones que se han estipulado en el contrato de arrendamiento.
Incumplimiento de obligaciones en arrendamientos
Como ya se ha dicho, lo primero a observar en cuanto al incumplimiento de obligaciones en arrendamientos es qué obligaciones se han estipulado en el contrato, y en caso de no cumplirse alguna de ellas, podrá el contrato finalizarse directamente por la parte que sí cumpliese sus obligaciones.
Finalización del contrato de arrendamiento por incumplimiento del arrendatario
Pero además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
- La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
- La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
- El subarriendo o la cesión sin consentimiento.
- La realización de daños causados a propósito en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
- Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
- Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando.
Finalización del contrato de arrendamiento por incumplimiento del arrendador
Igualmente, el arrendatario también podrá finalizar el contrato de arrendamiento si ocurre alguna de las siguientes causas:
- La no realización por el arrendador de las reparaciones debidas.
- La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.
En todo caso, siempre recomendamos que si te encuentras en alguna situación similar cuentes con los servicios de un despacho de abogados que te asesore y ayude en estos trámites puesto que te dará seguridad de que lo que haces es todo conforme a lo que marca la ley. Cuenta con nuestros servicios legales y ponte en contacto con nosotros.
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si soy el arrendatario y quiero dar por terminado el contrato antes del tiempo establecido, entregar en las condiciones que me fue arrendado el inmueble y motivo de terminación robo en la vivienda, el arrendador quiere quedarse con el mes del deposito, hay algo que yo pueda hacer para que no pierda mi deposito?, cuando ocurrió el robo le avise, y también le dije que en esas condiciones no podía continuar con el contrato.
Hola Paty. Dependerá de las cláusulas que figuren en el contrato. Si no existe ninguna estipulando ese como motivo de rescisión del contrato por tu parte, el arrendador puede quedarse con el mes de depósito (también en función de lo que establezca el contrato). Un saludo
se arrienda un inmueble por medio de agencia de arrendamientos, el contrato esta asegurado y en el se contempla que si el arrendatario no cumple, la aseguradora paga. han pasado tres meses y la aseguradora no responde. dice simplemente , los inquilinos no tienen con que pagar.
en epoca de pandemia como se procede frente a este caso ?
mil gracias
Hola María Victoria. Siento indicarte que nuestro despacho está en Málaga, España, y por lo que veo, nos escribes desde Colombia. Al ser leyes distintas las de ambos países, no podemos ayudarte. Un saludo