Los derechos y deberes ante el Registro Civil, que afectan a todas las personas en España, se recogen en la Ley del Registro Civil.
Nuestro equipo de abogados civilistas nos explicarán a continuación en qué consisten estos derechos y deberes ante el Registro Civil, teniendo en cuenta que en lo relativo a los deberes la mayor parte se refieren al deber de colaboración con la administración pública y que en lo referente a derechos se protege especialmente el derecho de las personas de inscribir aquellos actos que son inscribibles y el acceso a la información pública.
En este artículo encontrarás.. |
| Derechos |
| Deberes |

Derechos y deberes ante el Registro Civil
Derechos
Son derechos de las personas ante el Registro Civil los siguientes:
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El derecho a un nombre y a ser inscrito mediante la apertura de un registro individual y la asignación de un código personal.
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El derecho a la inscripción de los hechos y actos que se refieren a su identidad, estado civil y demás circunstancias personales que la ley prevea.
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El derecho a acceder a la información que solicite sobre el contenido del Registro, con las limitaciones previstas en la ley.
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El derecho a obtener certificaciones.
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El derecho a la intimidad en relación con datos especialmente protegidos sometidos a régimen de publicidad restringida.
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El derecho a acceder a los servicios del Registro Civil en cualquiera de las Oficinas Generales o Consulares del Registro Civil.
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El derecho a utilizar ante el Registro Civil cualquiera de las lenguas oficiales en el lugar donde radique la Oficina.
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El derecho a la igualdad de género y al pleno reconocimiento del principio de igualdad, en todas sus manifestaciones, en materia de Derecho del Registro Civil.
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El derecho a promover la inscripción de determinados hechos y actos dirigidos a la protección de los menores, personas con capacidad modificada judicialmente, personas con discapacidad y personas mayores.
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El derecho a promover la rectificación o modificación de los asientos registrales en los casos legal o reglamentariamente previstos.
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El derecho a interponer recursos en los términos previstos en la presente Ley.
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El derecho a acceder a los servicios del Registro Civil con garantía de los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
Deberes
Por la otra parte, son deberes de las personas ante el Registro Civil los siguientes:
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El deber de promover la práctica de los asientos registrales en los casos previstos en la ley.
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El deber de instar la inscripción cuando ésta tenga carácter constitutivo en los casos legalmente previstos.
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El deber de comunicar los hechos y actos inscribibles conforme a lo previsto en la ley.
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El deber de presentar la documentación necesaria cuando los datos correspondientes no obren en poder de las Administraciones Públicas.
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El deber de suministrar datos veraces y exactos en las solicitudes de inscripción o en cumplimiento de los deberes anteriores.
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El deber de cooperar en el buen funcionamiento del Registro Civil como servicio público.
Referencias |
| Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil |
Sánchez Bermejo Abogados
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