TELÉFONO DE CONTRATACIÓN +34 717 717 587 HORARIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA De 9:00 a 13:00h y de 17:00 a 21:00h

Derecho de información sanitaria

La ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica recoge una serie de derechos para los pacientes, entre ellos, encontramos el que vamos a explicar en este artículo, el derecho de información sanitaria.

Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvo por algunas excepciones que marca la ley. Además, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.

A continuación, nuestros abogados expertos en materia civil nos explicarán cómo funciona el derecho de información sanitaria.

En este artículo encontrarás..

En qué consiste este derecho
Médico responsable
Titular del derecho a la información asistencial
Limitación al derecho de información
Información epidemiológica

Derecho de información sanitaria

En qué consiste este derecho

Como ya hemos dicho, los pacientes tienen derecho a conocer toda la información disponible sobre la actuación en el ámbito de la salud que les repercuta.

Además, señala la ley que la información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, y que esta será verdadera, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.

Médico responsable

El médico responsable del paciente es quien le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información.

Los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto también serán responsables de informarle.

Titular del derecho a la información asistencial

El titular del derecho a la información es el paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.

El paciente será informado, incluso en caso de incapacidad, de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión, cumpliendo con el deber de informar también a su representante legal.

Por otro lado, cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.

Limitación al derecho de información

Una de las limitaciones al derecho de información sanitaria que recoge la ley se da cuando exista, de forma acreditada, un estado de necesidad terapéutica.

Se entenderá por necesidad terapéutica la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por razones objetivas el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar su salud de manera grave.

Llegado este caso, el médico dejará constancia razonada de las circunstancias en la historia clínica y comunicará su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho.

Información epidemiológica

Por último en lo respectivo al derecho de información sanitaria, la normativa recoge un principio general en el que señala que los ciudadanos tienen derecho a conocer los problemas sanitarios de la colectividad cuando impliquen un riesgo para la salud pública o para su salud individual, y el derecho a que esta información se difunda en términos verdaderos, comprensibles y adecuados para la protección de la salud.

Referencias

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Sánchez Bermejo Abogados

A través de nuestros abogados de Málaga te ofrecemos resolución a tus consultas legales, defensa en tribunales, apoyo jurídico de todo tipo para empresas y particulares, divorcios y separaciones, asesoramiento fiscal y tributario, expedientes de extranjería, conflictos de derecho internacional, asesoramiento laboral, derecho bancario y de seguros, reclamación de cláusulas suelo, derecho animal y del medio ambiente, gestión y asesoramiento inmobiliario y mucho más. Nuestras oficinas están en Málaga, y prestamos servicio a toda España. Consúltanos.


Soluciones legales

Deja un Comentario o Consulta