El delito de violencia de género está regulado en nuestro Código Penal dentro del título dedicado a las torturas y otros delitos contra la integridad moral, buena muestra de qué se pretende ofender, entre otros bienes jurídicos, principalmente.
Concretamente la ley señala que el delito de violencia de género se dará cuando habitualmente se ejerza violencia física o psíquica sobre algunos sujetos que determina específicamente la norma.
En primer lugar hay que analizar, ¿qué se considera aquí habitualidad? También nos lo explica el código diciendo que para apreciar la habitualidad se atenderá al número de actos de violencia que resulten acreditados, así como a la proximidad temporal de los mismos, con independencia de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma o diferentes víctimas y de que los actos violentos hayan sido o no objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores.
Entrando a conocer en mayor profundidad este delito, encontramos lo siguiente.
Delito de violencia de género
Ya he explicado que el delito de violencia de género se dará cuando habitualmente se ejerza violencia física o psíquica sobre algunos tipos de personas. Estas personas que podrán ser víctimas de violencia de género son:
- Quien sea o haya sido cónyuge del maltratador o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia.
- Sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente del maltratador.
- Sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que convivan con el maltratador o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente del maltratador.
- Sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de la convivencia familiar del maltratador.
- Sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados
Pena en el delito de violencia de género
Los castigos que se reservan para el delito de violencia de género son los siguientes:
- Pena de prisión de 6 meses a 3 años.
- Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 3 a 5 años.
- En su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de 1 a 5 años.
- Se podrá imponer además una medida de libertad vigilada.
Además, las penas se impondrán en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en las siguientes condiciones:
- En presencia de menores.
- Utilizando armas.
- Si se producen en el domicilio común o en el domicilio de la víctima.
- Se realicen quebrantando una pena o una medida cautelar o de seguridad o prohibición de la misma naturaleza.
Por otro lado, si la infracción que se comete es una injuria o vejación injusta de carácter leve, y es una de las personas a quien protege este precepto, se castigará con:
- Pena de localización permanente de 5 a 30 días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días.
- Multa de 1 a 4 meses. Aunque esta sólo se da en algunoscasos.
Las injurias solamente serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Sánchez Bermejo Abogados
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Hola.soy un ombre de 40 años y yevo sufriedo el maltrato familiar 3 años ya.el motivo es que mis ermanos y padre an puesto una recompensa de basatante dinero y sus donde voy me sigen me acen emboscadas y ablam con todos aquellos que conozco y no conozco para que me maten.el motivo es por que cuando me casé saque un préstamo ipotecando el piso de mi padre por 50000 a pagar en 30 años y saque un seguro el cual si yo fallecía el préstamo de liqidaria sólo por ese motivo me vi envuelto en muchas emboscadas junto a mi hija de 7 años que también quisieron matarla y los denucie y fue peor ya que eyos al disponer de bastante dinero por que venden drogas compraron policías corruptos y todo tipo de personas.donde yo vivo lo saben todo el pueblo y alrrededores y muxisima muxisima gente.estoy sólo ante tanta dureza y ya nose que hacer .necesito ayuda por favor ya que la vida mía y la de mi hija corre peligro y voy a escribir asta al gobierno para que me ayuden.me toman por loco a las personas que les pido ayuda y necesito ayuda jurídica.por favor que alguien me ayude y investiguen y saldrá la verda por que an cometido muchos errores y dejado muchas pistas.
Hola Ángel. No te puedo aconsejar más que denuncies el hecho ante las autoridades de otro cuerpo distinto de policía al que lo hayas ya hecho o de otra localidad. Un saludo
Buenos días.Hay un hombre desconocido q me amenaza constantemente y agresivamente a mi y a mis hijos y una vez se presentó de noche en mi domicilio y me quería agredir.rapidamente denuncie pero no hicieron nada y el hombre sigue amenazandome en las calles o en la puerta de mi casa.q puedo hacer estoy incomoda y preocupada más por mi familia q por mi.nesecito ayuda urgente.gracias
Hola Mónica. Vuelve a denunciar y a alertar a las autoridades, indícales que esto está sucediendo de forma reiterada en el tiempo. Un saludo
BUENOS DIAS TENGO UNA SITUACION MI PRIMA SE EQUIVOCO EN EL COBRO DE UNA MERCANCIA Y LA CLIENTE SE LO RECLAMO EN EL MOMENTO TANTO MI PRIMA Y LA CLIENTE HUBO UN INTERCAMBIO DE INSULTO Y EL ESPOSO INTERCEDE POR SU ESPOSA QUE ES MI PRIMA Y LA SITUACION SE PUSO PEOR LA CLIENTE LO DENUNCIO POR DELITO DE GENERO. QUE PODEMOS HACER
Hola Alexandra. Somos un despacho de abogados de Málaga, España, con lo que desconocemos la legislación en tu país y no podemos ayudarte. Un saludo
¿Hace el código penal diferencia entre violencia de género o violencia machista? ¿Existe alguna diferencia? Gracias
Hola Fernando. Entiendo que no, ninguna diferencia. Un saludo
Querido David, el delito de violencia de género no existe. Existen varios subtipos cualificados y una agravante genérica relativa al género. De hecho, el delito de violencia habitual no tiene nada que ver con el género.
Un saludo.
Hola Slurp. Tienes toda la razón, como tal no existe el delito de violencia de género, sino que se enmarca dentro de los delitos de violencia habitual, sin embargo hemos querido distinguirlo así para una mayor comprensión del lector. Un saludo
¿Es posible salir sin antecedentes por un delito de violencia de genero y domestica?¿En que casos deciden los jueces archivarlas? Muchas gracias.
Hola Elena. Si te condenan por dicho delito sí constarán antecedentes penales. Un saludo
Disculpe tengo una duda a cerca de la violencia de género y es la siguiente:
La violencia de género, por ejemplo, en el caso del Art.153.1 CP (maltrato ocasional) exige que exista o haya existido relación conyugal o análoga relación de afectividad. Por otra parte, cuando la violencia es ejercida sobre la mujer por alguno de los sujetos del art 173.2 CP nos encontramos ante violencia doméstica pero ¿Qué ocurre si es mi jefe o mi compañero de trabajo etc el que todos los días me agrede sin que queden marcas que lo demuestren como ocurre en el 153.1 CP? ¿estaríamos ante violencia de género también? ¿de que precepto hablaríamos?.
Muchas gracias de antemano,
un saludo.
Hola Lua. No es violencia de género puesto que no existe esa relación conyugal o análoga. Se trataría de un delito de lesiones. Un saludo
Hola, buenas tardes, estoy haciendo mi trabajo final de grado sobre la violencia de género, ¿podríais orientarme un poco?
Gracias
Hola Tamara. Como comprenderás, desconozco qué necesitas. Si tienes alguna pregunta concreta, eres libre de hacerla. Un saludo
SI fuere la primera vez que se da una situacion como esta, jalones, maltrato siendo una relación de noviazgo. Que delito sería? Lesiones o violencia? me puede explicar la diferencia?
Hola Karina. Es violencia de género si existe o ha existido relación de pareja. Un saludo
¿Cuando un maltratador (condenado y con medida de alejamiento) además de acosar telefónicamente a la expareja también amenaza telefónicamente al actual novio, también se puede incluir al actual novio dentro de estos tipos penales o serían amenazas a juzgar entre dos particulares?
Muchas gracias
Hola Abel. Entiendo que se pueden considerar dos acciones distintas configurando dos tipos penales diferentes. Un saludo
Que diferencia existe entre la violencia doméstica y la violencia de género a nivel de penas?
Que beneficio existe para la mujer usar la ley de violencia de género en contra de una pareja o ex-pareja? (Refiriendome a las denuncias falsas)
Hola Marc. La pena para ambos delitos es la misma, pero en la violencia de género existe una especial protección a través de la asistencia social. Un saludo
Que ocurre en caso de habiendo una orden de alejamiento..sea la victima la que vaya a casa del condenado, el cual es sabido que vive alli??
Hola Sergio. En ese caso es mejor llamar a las autoridades y que verifiquen la situación. Un saludo
Hay alguna forma de sacar algo de provecho, por ejemplo si el acusado que tiene la orden de alejamiento se persona en su propio domicilio con los agentes y descruben que la victima esta hablando alli con la madre del acusado…sin que el acusado quebrante la ordem de alejamiento ya que no estaba en casa cuando llego la victima y van los agentes a comprobar los hechos y el acusdo tampoco va y no quebranta la condena por alejamiento. Que sucederia??podria la victima perder la orden de alejamiento??
Hola Sergio. No tiene por qué perderla, dependerá del juez y de las circunstancias. Un saludo