El delito de suplantación de identidad, también conocido como de usurpación, consiste en la acción de una persona cuyo fin es apropiarse de la identidad de otra para hacerse pasar por esa, obteniendo beneficios y recursos. En definitiva, consiste en simular ser la persona suplantada en el tráfico jurídico.
A continuación nuestro equipo de abogados penalistas explicará en detalle cómo funciona este delito de suplantación de identidad en todas sus variantes según recoge en su articulado el Código Penal.
Delito de suplantación de identidad
Pena de la suplantación
Ante el delito de suplantación de identidad, el Código Penal establece una pena de prisión que podrá ser de 6 meses a 3 años.
Con esto la normativa española pretende que no se vea afectada la seguridad en las relaciones jurídicas, ya que el delito de suplantación de identidad o usurpación afecta a las facultades del suplantado para relacionarse en el mundo jurídico.
Intencionalidad del delito
Para que se de el delito de suplantación de identidad, debe estudiarse la intencionalidad en la que incurre el delincuente, que se dará cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:
Si busca conseguir algún producto o servicio hace uso de la firma de contratos o documentos en nombre del usurpado.
Cuando necesita conseguir dinero y realiza préstamos o créditos en nombre de otra persona.
Si para realizar otros delitos, comete también delito de usurpación o robo de identidad. Pudiera ocurrir en estas situaciones que, al parecer ser cometidos los delitos por la persona suplantada, sea esta la persona perseguida por su comisión. Aquí la jurisprudencia señala que en caso de que la suplantación de identidad no se haga en perjuicio del suplantado, se producirá la absolución del acusado.
Suplantación ficticia
Es importante saber que para que se produzca el delito de suplantación de identidad o usurpación, la persona que comete el delito debe utilizar la identidad de una persona real.
Por lo tanto si la persona suplantada es ficticia o inventada, no habría delito.
Tipos de delitos que se pueden cometer al suplantar la identidad
Al cometer el delito de suplantación de identidad o usurpación, es habitual que se cometan más tipos delictivos por el delincuente para la consecución de sus objetivos, aquí están algunos ejemplos de los más típicos:
Injurias o calumnias: que pueden conllevar una campaña de desprestigio con fines económicos ya sea para beneficio del usurpador o de otra persona que le pague por ello, obteniendo un beneficio económico.
Estafas informáticas, tales como:
Sustracción de claves de cuentas bancarias con finalidad de apropiación de dinero.
Si el delincuente adopta la identidad de otra persona para falsificar tarjetas de crédito y así realizar la compra de objetos o productos con la cuenta de la víctima, o para obtener una hipoteca o un crédito, también puede cometer el delito de suplantación o ussupación de identidad para contratar líneas de telefonía a nombre de otra persona y generarse deudas que la incluyan en un registro de morosos.
También si se accede de manera ilegítima a perfiles personales mediante el robo de contraseñas para la divulgación de imágenes privadas con finalidad de desprestigio cometiendo por tanto el delito de descubrimiento y revelación de secretos al que se podría sumar un delito de daños a soportes, redes o sistemas informáticos.
La amenaza y extorsión que puede realizar el usurpador si el material informático de fotos, cuentas bancarias o datos de empresas, entre otros, tienen interés económico para el delincuente.
Terrorismo informático:
Instalación de programas espía para la obtención de datos económicos o personales que se puede dar en la vida empresarial.
La investigación de algún producto industrial o patentes de la competencia para venderlo a otra empresa y obtener dinero por ello.
Desprestigio de marca comercial si roba información de una empresa usurpando la identidad de algún trabajador de dicha empresa.
Delitos de Pornografía infantil. En este supuesto puede el usurpador extorsionar, amenazar a delincuentes sexuales, o bien colaborar con las redes de inmigración ilegal o trata de personas, utilizando la identidad de otra persona. En todo caso la ley española establece sanciones para cada uno de estos delitos dependiendo de la naturaleza de los hechos y su gravedad.
Suplantación vs robo de identidad digital
Aunque hasta ahora hemos hablado por igual de la suplantación y del robo de identidad digital, existe diferencia entre ambos.
Se podría partir de que a pesar de que son delitos informáticos realizados para conseguir determinados fines por parte del delincuente:
Por un lado, la suplantación de identidad se realiza para crear un perfil falso pero con la identidad de otra persona, la víctima.
Por otro lado, el robo de identidad se da cuando el suplantador de la identidad lo que quiere es obtener los datos de acceso a redes sociales, correos, etc, de la persona suplantada.
Pautas a seguir si se detecta que nos han suplantado o usurpado la identidad
En el caso de descubrir que se ha sufrido una usurpación o suplantación de identidad, ya sea digital o no, se deben reunir todas las pruebas posibles, ya sean capturas de pantalla, copias de la documentación firmada por el usurpador en el nombre de la víctima, etc. y acudir a un notario para que de fe de los hechos para que se pueda demostrar la usurpación o suplantación. Si existen testigos se debe contar con ellos para que puedan testificar en el posible juicio que se realice.
Posteriormente, con las pruebas que se consiga reunir, se debe acudir o bien a las autoridades policiales o bien al Juzgado de Instrucción e interponer la oportuna denuncia penal de los hechos. En todo caso siempre recomendamos contactar con un abogado penalista experto en resolver este tipo de situaciones con éxito.
Es importante destacar que aunque no se sepa la identidad del usurpador o suplantador, esto no es imprescindible, ya que con las mismas averiguaciones que se hagan en el transcurso de las investigaciones con las pruebas que se encuentren se puede descubrir al usurpador.
En cuanto a lo que se podrá conseguir con la denuncia, además de que se inicie, tras las correspondientes averiguaciones, el proceso penal para que al delincuente se le aplique la pena que le corresponda, se podrá reclamar el oportuno resarcimiento por todos los daños y perjuicios que se puedan haber sufrido por parte de la víctima. Por ejemplo, se podría solicitar que el delincuente si ha usado la cuenta corriente de la víctima para obtener dinero, devuelva el importe íntegro, o que si se ha tenido que pagar a determinados investigadores o asesores legales para dar con su paradero y llevar a buen término la denuncia, también tenga el usurpador que responder por ello.
En el caso de que la usurpación o suplantación de la identidad se haya dado en internet, es importante comunicarle al administrador de la página web o red social donde se encuentre esa información falsa, que se elimine todo lo publicado por el usurpador.
Referencias |
Código Penal |
Sánchez Bermejo Abogados
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Hay una persona indocumentada que quiere hacerse pasar por mí ya que la apariencia es similar ala mía no tanto en el cuerpo sino en el rostro nesecidad entender cómo puedo hacer para que la verdad salga a la luz ya que este supuesto socias está prófugo de la justicia .
Hola José Luis. Por lo que veo nos escribes desde Argentina. Nuestro despacho está en Málaga, España. Al ser legislaciones diferentes las de ambos países, no podemos ayudarte. Un saludo
Hola yo nunca e sido fija en el trabajo y quería someterme a una operación la directora de la clínica dorsia se puso en contacto conmigo le mandé una nómina real y ella falsificó la antigüedad de la nómina para que me concedieran el crédito e puesto la denuncia en la policia haber que pasa con la nómina real la falsa
Hola Vanesa. ¿Cuál es tu pregunta? Un saludo
Mi ex esposa ha solicitado a hacienda y se lo han entregado un certificado mio, utilizando una copia de mi DNI y algun documento “firmado por mi”, yo no he firmado nada, ni le he entregado, ni enviado copia de mi DNI para nada (si hace dos años aprox.) ni mucho menos le he autirizado que la utilice para esto; tengo el acuse de recibo de haber recibido el certificado “en mi nombre” y con su firma o rubica. ¿Que debo hacer?
Hola Rafael. Si tienes las pruebas de la situación que comentas, podrás denunciarlo ante las autoridades. Un saludo
Mi hermano se hizo pasar por mi porque le pillaron moviendo su coche sin carnet.. Y ahora le reclaman para aclaración de los hechos… A mi no me a afectado en nada… Cual podía ser la pena? Porque no me a quedado muy claro…
Gracias
Hola Sergio. Como decimos en este artículo, en cuanto a la suplantación de identidad, la pena que señala el código es de prisión, que podrá ser de 6 meses a 3 años. Un saludo
Hola, no sé si sigue activo el blog, pero tenía una pequeña consulta. Una casa de apuestas me ha bloqueado la cuenta y congelado mi dinero por fraude de identidad ( que no es cierto ) después de entregarles una foto selfie con mi DNI, una factura de teléfono y un empadronamiento con mi dirección. En este caso puedo denunciarles por mentir en lo de fraude de identidad?
Hola Sonia. Si se han quedado con tu dinero, a priori sí, podrás denunciarles. Un saludo
HOLA ME LLAMO EDUARDO, MI JEFE ME ENVIÓ CON SU CÉDULA A HACERLE TRAMITES BANCARIOS Y DE OTRA ÍNDOLE Y EN ALGUNAS PARTES ME HE HECHO PASAR POR ÉL Y HASTA HE FIRMADO COMO EL POR ORDEN DE MI PROPIO JEFE, ESTOY INCURRIENDO EN UN DELITO?
Hola Yiyo. Nuestro despacho está en Málaga, España, y por lo que veo nos escribes desde Colombia. Al ser leyes distintas las de ambos países, no podemos ayudarte. Un saludo
Hola, he descubierto un perfil falso en una famosa aplicacion de contactos. Estoy casi seguro que ha sido la propia aplicacion la que ha creado el perfil falso pasa intentar que te registres y pagues (para poder enviar mensajes necesitas pagar). Han usado sólo una foto de una chica, con el nombre falso (ni es suplantacion ni usurpacion) he conseguido contactar con la chica y el perfil no es suyo. La foto es “publica” (esta colgada en internet) ¿Esto es delito? ¿Si la justicia demuestra que es la propia pagina la que creó este perfil, cabe la posibilidad de que tengan que pagar una sancion a la afectada? (si no hay compensacion economica dudo que quiera denunciar)
Hola Juan. Entiendo que sí podría ser denunciable, en cuanto a indemnización a la afectada, dependerá de si esta ha tenido algún perjuicio. Un saludo
Hola buenas tardes.
Yo tenia un pack de cuatro lineas de teléfono móvil mas Internet mas una linea fija.
Una persona se ha hecho pasar por mi ha buscado una voz masculina,ha dado mi dni,ha dado mi dirección de mi casa, ha dado mi correo electrónico,ha dado mi numero de móvil, y también ha dado mi numero de cuenta bancaria sin mi permiso y ha conseguido llevarse tres de las lineas de teléfono móvil que estaban a mi nombre en el pack a otra compañia a su nombre con otro numero de cuenta bancaria.
Todo esto suplantando mi identidad. Debería denunciarla?…tendría derecho a indennizacion?
Hola Juan. Entiendo que si han suplantado tu identidad y tienes pruebas de ello, la denuncia es muy recomendable. Sobre si tendrás derecho a indemnización, dependerá del perjuicio que te haya podido causar. Un saludo
Buenas tardes,
mi exmujer esta dando partes a la compañía aseguradora en una póliza de hogar en la que el único tomador soy yo y que corresponde a un piso en el que ella vive con los niños. En algunos casos se hace pasar por una persona ficticia, en otros casos por mi y en otros por ella alegando que es mi esposa. Yo soy quien paga el seguro y el único tomador.
¿ que puedo hacer? ¿ puedo denunciarla? y ¿a la aseguradora que esta admitiendo los siniestros sin ninguna verificación e incluso con identidades que no podrían hacerlo? he pedido las grabaciones y no me lo envían diciendo que todo es correcto a pesar de que en algunos siniestros figuro yo cuando yo no he dado el parte.
Hola Alfredo. Entiendo que podrás denunciarla, sí. Un saludo
tiene la aseguradora la obligación de facilitarme las grabaciones?
Hola Alfredo. A usted no, a las autoridades si precede una denuncia, sí. Un saludo
En que articulo del cogido penal se recoge la suplantación? Gracias
Hola Ana. Artículo 401 del Código Penal. Un saludo
Hola, queria saber si es suplantacion de identidad el hecho de hacerse pasar por otra persona en llamadas telefonicas, por ejemplo gestionando cuentas, sea de lo que sea, bancarias, de contratos o servicios con compañias, apuestas deportivas, etc, pero con el CONOCIMIENTO por parte del TITULAR de la cuenta o el contrato y obviamente estando autorizado, pero sin poner en conocimiento esto a la tercera parte (a la compañia), es decir, llamando como si fuera esta persona. Ejemplo, casa de apuestas deportivas de un amigo/conocido/familiar, y yo llamar como si fuera el/ella (no llamar en su nombre, sino haciendome pasar por esta persona, pero esta persona lo sabe y me lo permite)
Gracias
Hola. Entiendo que sí, podría estar incurriéndose en dicho delito. Un saludo
Hola,
en enero me llamó la policía nacional para ir a tomarme declaración o a interrogarme (no sé los términos técnicos). El caso es que en teoria yo había estafado a una persona usando su tarjeta para comprar cosas online o algo parecido. Nunca llegué a entender muy bien pero me interrogaron porque esa persona me había denunciado por un delito. Hoy me han llamado para informarme de que han encontrado al verdadero culpable y que yo pasaba a ser víctima. La policía me ha dicho que puedo interponer una demanda contra esta persona (creo que ese es el término pero repito que no sé de estas cosas).
Mi pregunta era si desde un punto de vista de interés personal tengo algo que sacar de esa demanda o si mejor dejarlo pasar.
Un saludo y gracias.
Hola Javi. Si no te causó el hecho en sí mismo ningún perjuicio económico ni de otro tipo, con la demanda no conseguirías nada en especial. Un saludo
Hola, buenas tardes
Se cae en delito de suplantación de identidad cuando una persona cede voluntariamente sus datos y documentos a una tercera persona para que ésta última maneje sus cuentas en casas de apuestas?
Alguna de estas dos personas infringe la ley?
Gracias.
Hola Augusto. Si para la casa de apuestas es la primera persona la que está realizando las operaciones, sin ser así, entiendo que sí, podría llegar a entenderse como tal. Un saludo
Hola, no sé si sigue activo este blog, pero tenía una pequeña consulta ,
agradecería de corazón si me ayudan , miren mi caso es el siguiente
me llegan llegado 2 notificaciónes de un supesto embargo de mi vivienda
no dicen el nombre del banco , no tienen sellos las cartas , parecen fotocopias
en blanco y negro y el nombre del supusto juez es falso (bueno eso creo yo ,por que
busque por internet la página oficial del gobierno y no conciden ), solo tienen firmas esas
hojas, y ese Juez primero se puso que es Juez de lo Décimo Tercero Mercantil y
en la segunda notificación escribe que es Juez Décimo civil ?
¿ que puedo hacer? ¿ cómo saber si es legal esos documento ?
¿ puedo denunciarlos y con quien ? por favor les agradecería si me ayudan de verdad,
ya que soy una persona algo nerviosa , de escasos recursos y no tengo experiencia en este tipo
de asuntos . saludos Gracias.
Hola María. Por lo que veo nos escribes desde México, siento indicarte que nuestro despacho está en Málaga, España, y que por lo tanto, al ser diferentes los sistemas de ambos países, no podemos ayudarte. Un saludo
Hola, de nuevo y muchísimas gracias por contestarme
son muy amables , solo porfavor una última pregunta
aunque seamos de países diferentes , las personas que cometen
este tipo de actos si se les puede denunciar ¿ verdad?
de nuevo , muchisimas gracias ,saludos .
Hola María. En España, sí, en México, no lo sabemos. Un saludo
Muchas gracias !! su despacho de abogados
es el mejor ,
Gracias de verdad Lic. David por ayudar a personas como yo , que
necesitan de una asesoria legal SALUDOS.