El delito de falsedad documental está regulado en el Código Penal Español y tiene muchas características que hacen que se pueda clasificar fácilmente en varias categorías. Lo explicamos a continuación.
Antes de comenzar, es importante destacar que es considerado documento todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier otro tipo de relevancia jurídica.
La falsificación de estos documentos se refiere a la alteración de uno de ellos en sus elementos esenciales o la simulación de documentos, suponiendo la intervención de una persona en un acto cuando no ha intervenido.
En cuanto al delito de falsedad documental podemos encontrar:
- Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de los despachos transmitidos por servicios de telecomunicación.
- Falsificación de documentos privados.
- Falsificación de certificados.
Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje.
Cada uno de estos tipos de delito de falsedad documental tienen sus propias carácterísticas y particularidades. Desde Sánchez Bermejo Abogados recomendamos, ante situaciones de este tipo, contar con abogados expertos en la materia de delito de falsedad documental para que asesoren en cada momento y encuentren la mejor solución posible. Nuestros abogados están especializados en delitos de falsedades de toda clase por lo que podrán ayudarte con tu caso y conseguirte el mejor resultado en función de tu situación. Si tienes algún problema relacionado con la falsedad documental, consúltanos a través del siguiente formulario:
Además de estas falsificaciones, trataremos en el artículo las relacionadas con la falsificación de moneda y falsificación de documentos societarios.
Delito de falsedad documental
Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles por funcionarios o autoridades
El Código Penal señala que serán castigados las autoridades o funcionarios públicos que, en el ejercicio de sus funciones cometan falsedad de alguna de las siguientes formas:
- Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
- Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
- Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
Faltando a la verdad en la narración de los hechos.
También incurrirán en este tipo del delito de falsedad documental aquellas personas responsables de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de estas conductas respecto a los actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil.
Para estos supuestos, la ley señala unas pena de:
- Prisión de 3 a 6 años.
- Multa de 6 a 24 meses.
Inhabilitación especial por tiempo de 2 a 6 años.
Ahora bien, si la autoridad o funcionario público incurre en estos delitos por imprudencia grave o hacen que otra persona los cometa, la pena será de:
- Multa de 6 a 12 meses.
- Suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 1 año.
Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles por particulares
Los particulares también pueden incurrir en el delito de falsedad documental respecto a la falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles.
Concretamente señala la ley que el particular que cometa en documento público, oficial o mercantil las falsedades descritas anteriormente (salvo la de faltar a la verdad en la narración de los hechos) será penalmente castigados con:
- Prisión de 6 meses a 3 años.
Multa de 6 a 12 meses.
Además, quien a sabiendas de su falsedad, presente en juicio o, para perjudicar a otro, haga uso de un documento falso de este tipo, será castigado con la pena inferior en grado.
Falsificación de Documento de identidad
En cuanto a la falsedad de documento de identidad (DNI, carné de conducir..), la norma distingue a quien trafica con ellos y a quien los utiliza.
De esta manera, si el particular no interviene en la falsificación pero trafica de cualquier modo con un documento de identidad falso, se le impondrá la pena anteriormente citada.
Por otro lado, si una persona utiliza a sabiendas un documento de identidad falso, la pena será de:
- Prisión de 6 meses a 1 año.
Multa de 3 a 6 meses.
Esto se aplicará aun cuando el documento de identidad falso sea de otro estado o se haya hecho en otro estado siempre que sea utilizado o se trafique con él en España.
Falsificación de documentos privados
Si en lugar de documentos públicos lo que se falsifica son documentos privados, también encontramos esta conducta tipificada en el Código Penal.
Se entiende por documentos privados, todos aquellos que no tienen carácter público pero aún así tienen un valor jurídico. Este delito castiga a quien altera, simula, o supone en un documento privado la intervención de alguien. Esta falsificación se debe llevar a cabo con la intención de perjudicar a alguien.
Así, dice la ley que aquella persona que para perjudicar a otro cometa en documento privado alguna de las falsedades ya comentadas (excepto la de faltar a la verdad en una narración) se le aplicará la pena de:
- Prisión de 6 meses a 2 años.
Falsificación de certificados
La falsificación de certificados se divide también en función del sujeto que la cometa, así encontramos:
Falsificación de certificados por facultativo
Señala la ley que el facultativo que realice un certificado falso será castigado con la pena de multa de 3 a 12 meses.
Falsificación de certificados por autoridad o funcionario público
La autoridad o funcionario público que realice una certificación falsa con escasa trascendencia en el tráfico jurídico será castigado con la pena de suspensión de 6 meses a 2 años. Hay que tener en cuenta que no será aplicable cuando los certificados sean relativos a la Seguridad Social y a la Hacienda Pública.
Falsificación de certificados por particulares
El particular que falsifique una certificación será castigado con la pena de multa de 3 a 6 meses.
También, quien haga uso a sabiendas de la certificación, como el que trafique con ella, tendrá la misma pena.
Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje
Si alguien altera, copia, reproduce o de cualquier otro modo falsifique tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje, será castigado con la siguiente pena:
Prisión de 4 a 8 años.
Además, la pena se impondrá en su mitad superior cuando los efectos falsificados afecten a una generalidad de personas o cuando los hechos se cometan en el marco de una organización criminal dedicada a estas actividades.
Si el responsable es una persona jurídica se impondrá pena de multa de 2 a 5 años.
Por otro lado, la mera tenencia de tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje falsificados destinados a la distribución o tráfico será castigada con la pena señalada a la falsificación.
Y por último, quien sin haber intervenido en la falsificación use, en perjuicio de otro y a sabiendas de la falsedad, tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje falsificados será castigado con la pena de:
- Prisión de 2 a 5 años.
Falsificación de moneda
Pese a no estar catalogado dentro del capítulo dedicado al delito de falsedad documental, podemos encontrar muy relacionado el delito de falsificación de moneda. Se entiende por moneda la metálica y el papel moneda de curso legal y aquella que previsiblemente será puesta en curso legal. Se equipararán a la moneda nacional las de otros países de la Unión Europea y las extranjeras.
La ley señala que será castigado con la pena de prisión de 8 a 12 años y multa de hasta 10 veces el valor aparente de la moneda:
- El que altere la moneda o fabrique moneda falsa.
- El que introduzca en el país o exporte moneda falsa o alterada.
El que transporte, expenda o distribuya moneda falsa o alterada con conocimiento de su falsedad.
Además, hay algunas consideraciones adicionales:
– Si la moneda falsa fuese puesta en circulación se impondrá la pena en su mitad superior.
– La tenencia, recepción u obtención de moneda falsa para su expedición o distribución o puesta en circulación será castigada con la pena inferior en uno o dos grados, atendiendo al valor de aquélla y al grado de connivencia con el falsificador, alterador, introductor o exportador.
– Si alguien recibe de buena fe moneda falsa pero la expend o distribuye después de saber de su falsedad, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 24 meses. Eso sí, si el valor de la moneda no excede de 400 €, se impondrá la pena de multa de 1 a 3 meses.
Falsificación de documentos societarios
En otro apartado del Código Penal, aunque muy relacionado con el delito de falsedad documental así considerado, se recoge la denominada falsificación de documentos societarios.
Dice la ley que los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falseen:
- Las cuentas anuales.
Otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad.
Y que lo hagan de forma idónea para causar un perjuicio económico a la sociedad, a alguno de sus socios, o a un tercero, serán castigados con la pena de:
- Prisión de 1 a 3 años.
Multa de 6 a 12 meses.
Si se llega a causar el perjuicio económico se impondrá la pena en su mitad superior.
Abogado falsedad documental
Como ya hemos dicho, nuestros abogados son especialistas en falsedad documental así como en muchos otros delitos penales y económicos. Si tienes algún problema puedes ponerte en contacto con nosotros a través del teléfono (+34) 717 717 587 y del correo electrónico [email protected].
Una vez te pongas en contacto con nosotros te plantearemos las posibles soluciones para tu situación y cómo comenzar a trabajar en tu caso lo antes posible para lograr el mejor resultado.
Sánchez Bermejo Abogados
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La guadia civil me tiene citado para declarar como investigado por falsedad documenta y estafa. El caso es que yo tengo una persona conocida la cual posee un centro de reconocimientos medicos para la renovacion de los permisos de conducir. Yo le he proporcionado clientes conocidos para la renovacion de los mismos, pero nunca he firmado ningun papel o documento alguno. De que me investigan a mi por estafa y falsedad documental. Que me puede pasar? Muchas gracias. Un saludo.
Hola Felipe. Necesitaríamos tener mucha más información para poder asesorarte convenientemente en este asunto. Si resultases declarado culpable por delito de estafa documental, tienes en este mismo artículo las consecuencias. Un saludo
Hola,
Mi ex marido compro un piso mientras estabamos casados con un hijo en comun y se puso soltero y sin hijos.Que conseguencias puede tener?Gracias
Hola Mirela. No entiendo tu pregunta, ¿podrías aclararla? Un saludo
Hola,me despidieron el 2 de enero y me pusieron fecha de despido 30 de diciembre,tube una lesion en el trabajo y sigo de baja desde entonces pero si cobrar nada por esos 3 dias que son incorrectos en la carta de despido,es denunciable pir lo penal?estoy aun atiempo de arreglarlo?gracias
Hola Alfonso. Entiendo que tu situación sí es denunciable. Un saludo
Gracias David
Buenas Tardes,
Mi padre murió hace 19 años y en ese entonces yo era menor de edad, actualmente tengo 26 años y he reclamado mi parte de herencia en la cual me corresponde parte de una propiedad. Según mi tio, mi padre le vendió su parte de la propiedad 1 mes antes de morir, sospecho que dicho documento es falso con lo cual pediré una pericial para acreditar que dicha firma no es de mi padre. Mi tio aparece en el registro de la propiedad como único dueño pero siendo dicho documento de venta falso, ¿se podría anular la venta y con lo cual los derechos que mi tio tenga sobre dicha propiedad? ¿podría denunciarlo por falsificacion de identidad?
Muchas gracias
Hola Sabina. Si consigues demostrar lo que afirmas y que un juez te de la razón, sí, podrás anular dicha operación y por lo tanto recuperar tus derechos sobre el inmueble. Un saludo
Hola, resulta que la grúa se llevó un coche a nombre de mi padre por estar aparcado en zona de minusvalidos argumentando el policía que la tarjeta es falsa, una fotocopia. Mi padre es minusválido y yo llevaba a mi padre en el coche en el momento que aparcamos. Cuando recogí el coche de la grúa vino un policía invitandome a ir al dia siguiente a comisaría preguntando por el agente denunciante para mas detalles, éste me tomó los datos míos y de mi padre y dijo que lo pasaría al juzgado al tratarse de un delito de falsedad de documento publico. ¿es esto así? siendo mi padre minusvalido acreditado y siendo solo una fotocopia, que solo reproduce pero no altera ningun elemento de la realidad?
Hola Pablo. Desconozco la legislación sobre este punto en concreto pero entiendo que una fotocopia de un documento emitido por la administración y que otorga ciertos derechos sí podría constituir dicho delito. Un saludo
Hola Pablo. Nos ha pasado una situación casi idéntica. ¿Podrías contarme qué pasó finalmente?
Muchas gracias.
La Agencia Tributaria envió unas liquidaciones desorbitadas a un domicilio que no era el último que había comunicado el contribuyente. A continuación y en todo tipo de recursos, falsificó el expediente ignorando ese último domicilio comunicado y diciendo que en el registro de empresarios, profesionales y retenedores figuraba domicilio distinto lo que se demostró falso. Mintió en los expedientes que envió al TEAR y al TSJ y mintió al propio contribuyente cuando le pidió un listado de los domicilios que figuraban en los registros de la AEAT. A resultas de la intervención de la Comisión de Defensa del Contribuyente apareció la verdad, existía otro domicilio posterior, comunicado a la propia AEAT y en declaración censal 037. La Agencia Tributaria ha mentido. ¿Se le puede denunciar por falsedad documental? gracias
Tengo todas las pruebas y en documentos oficiales
Hola Pilar. Si se puede probar que efectivamente se produjo la falsedad documental, claro que se podría denunciar. Un saludo
Compre una BMW R850R por un importe de 4.500,00€, el 13/11/2016, en fecha 13/11/2017 izó un año, la compre anunciada en el milanuncios, según la publicación tenía 45000 km, se tenía que pasar revision de ITV en Mayo del 2017. El anterior propietario pasó el ITV en Mayo del 2015, en esa ITV la moto salió de la inspección con 88.410 km, más 30.000 km hechos, en los 18 meses después de dicha inspección arián un total de 118.410 km, el me vendio la motocicleta con 45.000 km, falseo el Cuenta Kilometros y retiro 73.410 km. Ahora al año me he dado cuenta de todo esto, por una serie de reparaciones en la motocicleta, mis preguntas son, ¿esta venta, es un delito por estafa?, ¿se puede denunciar?.
Gracias y Saludos
Hola Antonio. Sí, se podría denunciar la situación. Un saludo
Hace un tiempo encargué unas puertas macizas lacadas en blanco marca San Rafael. Cuando me las sirvieron observo que solamente una de ellas viene lacada de fábrica con los distintivos de la marca. El resto se han pedido prelacadas y se han lacado en un taller, llegando a mi domicilio apiladas y envueltas en un papel de film. El vendedor argumenta que yo nunca le dije que las quería lacadas de fábrica. Cuando uno se compra un coche especifica en la tienda que venga pintado de fábrica o ya se presupone? Que me aconsejan?
Hola Inma. Dependerá de lo que figure en el contrato que haya realizado con la empresa y de si se especifica algo en el mismo. Un saludo
Mean despedido de mi empresa. Saliendo de una baja de 18 meses de duración a la cual INSS me da de alta para que regrese a mi puesto de trabajo lo cual yo no estoy de acuerdo y recurro la sentencia a la cual me deniegan. Entonces pido mi certificado de empresa y las causas del despido alegan que es por CESE POR DECLARACIÓN DE INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL DEL TRABAJADOR. Yo pienso que es un documento falseado para evitar pagarme mi respectiva indemnización.. Yo creo que ese certificado es falso porque la seguridad social mea dado el alta. El caso ya está denunciando por despido improcedente pero mi pregunta es cuanto tiempo tengo para presentar una querella criminal por falsedad de documento
Hola Gabriel. El plazo de prescripción es de 5 años si el documento es privado y de 10 años si es de un organismo público. Un saludo
Falsifiqué un documento del seguro de la motocicleta, para hacer una alza de denuncia y por siguiente no pudieran cobrarme 1000e de multa por llevarla sin seguro,
la pregunta es, ¿me puede ocurrir algo? Incurre en algún delito de falsedad, decirte tambien, que en la compañia me dan 6 meses pero hice que lo pusieran a 1 año de manera irregular , y que la multa por ir sin seguro era anterior a la contratación del seguro.
Hola Jasmin. Sí, lo que has realizado es un delito de falsedad documental, y por lo tanto puede ser castigado penalmente. Un saludo
Penalmente, es decir carcel? o multa? en este articulo se habla de ello? a que parrafo pertenecería este delito? privado o como funciona
Hola Jasmin. Sería sobre documento privado, y la pena prevista es de prisión de 6 meses a 2 años, aunque dependerá mucho del caso concreto, de si tienes antecedentes, de tu defensa en juicio y de más cuestiones adicionales. Un saludo
Hola y gracias por anticipado.
Si un abogado en un juicio presenta una escritura como prueba, pero luego en instrucción , en el propio juicio por tres veces pone en su escrito por 3 veces mal la fecha de esa escritura, adelantándola un año, para evitar la prescripción de un posible delito, induciendo a error como así fue a la jueza y hasta a la fiscal, comete delito o solo es una triquiñuelas admitida? Y por otra parte presenta unos certificados de tráfico de venta de vehículos q no especifica el vendedor pero en su escrito de acusación le imputa esas ventas al acusado por el, sin que como digo lis certificados pongan el vendedor. De hecho el acusado presenta otro certificado q demuestra que el no vendió esos vehículos. Comete algún delito el abogado al afirmar que esas ventas las hizo el acusado cuando los propios certificados no lo ponen y solo lo hace para influir claramente en el juez?
Muchas gracias.
Hola José Luis. Si se han falsificado documentos, se ha cometido delito. Un saludo
Buenas tardes, me gustaría saber si una escritura hecha ante notario, pero sin registrar en el registro de la propiedad se puede impugnar por vía civil o bien por lo penal si no ha prescrito. Ya que en la escritura hay falsedad documental. Mi marido realizo la escritura en estado de divorciado , estando casado.
Hola Carmen. Sí, se podría solicitar la nulidad de la escritura e incluso denunciar por el correspondiente delito de falsedad documental. Un saludo
Buenos días
Uno de los socios, y administrador ha trasladado el domicilio social de la empresa (una SL) sin haberlo notificado previamente. En el certificado adjunto a la escritura de traslado, consta que el acuerdo se tomó en Junta Universal. Posteriormente a la escritura tampoco notifico el cambio en el registro a los socios. Entiendo que la certificación en si es falsa, pero que consecuencias hay, para la sociedad y el administrador
Hola Mepm. Entiendo que si se ha cometido el delito de falsedad documental las consecuencias serán las que explicamos en este mismo artículo, sobre la persona física. La sociedad entiendo que no ha realizado delito alguno. Un saludo
Hola, delante de la ley esta penado de igual manera la falsificación de un documento público, que una fotocopia falsa de un documento público?
Muchas gracias
Hola Claudia. Entiendo que sí puede estarlo, dependerá del uso que se haya hecho de los documentos. Un saludo
Hola, resulta que a ruego de un amigo, quien me engañó con mentiras, le extendí un recibo por concepto de depósito de arroz en mi ingenio arrocero, datos que son totalmente falsos porque nunca se realizó dicho depósito, pero resulta que este señor en vez de devolverme el recibo para anularlo, me inició un proceso civil de restitución y entrega de ese arroz……………. Mi consulta es: Puedo iniciar una acción penal denunciando que yo emití el recibo con datos falsos y fuí estafado?… Que consecuencias me acarrea esta situación?
Hola José Ernesto. Siento indicarte que somos un despacho de abogados de Málaga, España, y por lo que veo nos estás escribiendo desde Bolivia. Al ser países distintos, tienen leyes distintas y no podemos ayudarte. Un saludo
Mi todavía marido, pero con el que estoy en trámites de divorcio y con quien cesé la convivencia tras la demanda interpuesta me puso, un mes más tarde, sin mi conocimiento ni autorización como tomadora del seguro de un coche que adquirió. Seguramente lo hizo para obtener una bonificación en el pago del mismo, puesto que con la misma compañía yo ya tengo otros seguros.
Puedo demandarle?
Hola Pepa. Habría que estudiar tu caso con detenimiento y más información, pero en principio parece una conducta denunciable. Un saludo
Hola David,
Hace tres años contrato un seguro de salud, hace un mes solicito una autorización para una cirugía bariátrica que cubre el seguro, pero me la deniegan y me rescinden la póliza porque dicen que mentí en el cuestionario, dicen que en el cuestionario pone un peso de 89kg, y que según los informes dos meses después tengo un peso de 133kg y que no les cuadra, consideran que mentí en mi peso en el cuestionario.
Reviso el cuestionario que yo envié al comercial porque tengo la seguridad de que yo no puse 89kg, y efectivamente en el cuestionario que yo envío pone 115kg. Llamo al comercial que me llevó la contratación y me dice que fue él quien falsificó el peso (sin tener yo conocimiento) para que aceptaran la póliza.
Acudo a la oficina de este seguro para explicar que yo tengo el documento original que yo envié al comercial, y que el mismo comercial me ha confirmado por teléfono que lo falsificó él, y lo que me responden es que el comercial es autónomo, que mantienen el dolo de mi póliza porque ellos el cuestionario que tienen es el que tienen, y que si quiero denunciar a alguien que denuncie al comercial, que ellos no son responsables de las acciones de este comercial.
¿Es esto así? ¿es denunciable?
Gracias,
Hola Alba. Entiendo que sin duda, si tienes pruebas, podrás denunciar al comercial que modificó los datos y exigirle una indemnización suficiente por el daño que te ha causado. Si no pertenece a la empresa aseguradora, entiendo igualmente que ellos no son responsables, y que incluso ellos podrían también denunciar al susodicho comercial. Un saludo
Hola David, muchas gracias por tu respuesta.
Pero entonces, si no se puede exigir responsabilidad a la marca a la que el comercial autónomo representa, ¿están exentos entonces SIEMPRE de toda responsabilidad ante las actuaciones de sus comerciales?
¿No tendría la empresa la responsabilidad de haber supervisado el trabajo de sus trabajadores (dependientes o no), y en caso de no hacerlo, ser responsable subsidiario? Me han hablado de la culpa in vigilando, ¿no sé si se podría aplicar aquí?
Teniendo en cuenta que la empresa se ha beneficiado de la mentira de su comercial, ¿no deberían ser ellos también responsables?
Muchas gracias por tu respuesta David,
Hola Alba. Yo entiendo que con quien firmaste el contrato fue con el comercial, pero estoy diciéndolo sin haber visto ninguna documentación. También puedes interpretar que tiene responsabilidad subsidiaria la empresa de seguros, sí. Hay que tener en cuenta que no es una situación que la ley regule, ya que cada caso particular tiene sus peculiaridades y a fin de cuentas, habría que pelearlo en juicio si quieres exigir la responsabilidad de uno, otro, o ambos. Un saludo
ACÁ EN MEXICO EL DELITO DE MAYOR INCIDENCIA
TIENE QUE VER CON ROBO A CASA HABITACION,
PASEANTE, USUARIO DE TRANSPORTE PUBLICO. ALLÁ
EN ESPAÑA ACONTECEN CONDUCTAS
UN TANTO MÁS PENSANTES. SIN EMBARGO, EN UNO Y OTRO PAÍS
TODO GIRA EN TORNO A LA APROPIACION INDEBIDA DE RECURSO
MONETARIO.
Hola:
Esta es la consulta. Durante un trámite para la constitución de un coto de caza, en dicha documentación, se afirma que la Junta Vecinal (y firma en documento el presidente) tiene los permisos de cesión de derechos cinegéticos, entre otras, de dos fincas propiedad mía y mis hermanos, y que aparecen en dicha relación de fincas, a nombre de nuestra madre; fallecida hace más de diez años ya no figura en el título de propiedad, como consta en registro de la propiedad. Preguntado el mismo por si hubiera una autorización que no conociéramos, nos dice que no la tiene, ni esa ni ninguna otra. ¿Este hecho constituye una falsedad documental denunciable penalmente? Gracias
Hola Joser. A falta de más información, entiendo que de ser posible probarlo, sí, es constitutivo de delito. Un saludo
Hola, buenos días:
Una gran empresa española de la que soy proveedor, en el momento de la adjudicación de la compra a través de una plataforma electrónica, impone para la misma, el suscribir un contrato de adhesión con una empresa filial suya sita en otro país de la UE, según el cual dicha filial realiza la «negociación en mi nombre» frente a la empresa española con la que yo estoy suscribiendo el contrato de servicios o de productos, cobrándome un fee del 4% sobre el total que facture a la empresa española. De hecho, todos los contactos y negociaciones son con personal del departamento de compras de la empresa española. Todo esto es porque tienen unas bases imponibles negativas en el otro país de la UE y así las pueden compensar, haciendo que los proveedores «carguemos» ese fee en nuestros costes a la empresa española y que luego, por medio del contrato de ahesión señalado, ese 4 % vaya a la filial sita en otro país de la UE. A la hora de pedir a esa empresa pruebas de la realidad de sus servicios, todo lo que ha podido enviarme es únicamente una serie de pantallazos donde alguien de su personal ha hecho «click» en una pantalla, y se ha cruzado un mail con el comprador de la empresa española con la que yo negocié, y que eso es la demostración de su «negociación » en mi nombre con la empresa española (recordar que ambas son filiales). Amén del riesgo fiscal evidente por elusión fiscal, el firmante de las facturas de la empresa de otro país de la UE, que es una persona física española, más concretamente el administrador único de esa empresa, ¿puede ser acusado de falsedad en documento mercantil, en tanto en cuanto sus facturas son falsas? Los conceptos que se facturan no concuerdan al 100% en relación a lo que pone el contrato de adhesión, y además, no hay ningún elemento probatorio de la realización efectiva de ningún servicio. Es algo que pueden hacer debido a que es una gran empresa y por lo tanto puede imponer según qué condiciones, aún cuando éstas no se ajusten a un servicio real. Gracias y un cordial saludo.
Hola Carlos. Si tienes evidencias de que las facturas son falsas, entiendo que sí sería posible la denuncia. Un saludo
Hola adt postales ha tramitado por mí una dua impuesto de importación,sin autorización,comunicacion ni conocimiento en mi nombre,puedo denunciarlos por falsedad documental.
Hola Luis. Tendríamos que tener más información para poder valorar adecuadamente si prosperaría o no una denuncia. Un saludo
Mi consulta es en una reclamacion de impago de pensiones para hacer ver que el acusado tienes muchos gastos se aporta document de una resolucion de una hipoteca.
en relacion a una solicitud de reembolsamiento anticipado del prestamo cuyo importe suma 970,01€
la parte contraria presenta este documento poniento como hipoteca de la vivienda habitual en cuanto al
registro de la propiedad la cuota es de 448,89€ o sea que el abogado deliberadamente traslada al juzgado lo que no es una hipoteca es una simulacion para no pagar la cuota de alimentacion i hacer ver que este senyor tiene muchos gastos esto es consecutivo de delito por parte del abogado necesito informacion de abogados en lleida__todo lo dicho lo tengo documentado
Hola. Podría llegar a ser constitutivo de delito, sí, pero lamentablemente nosotros somos abogados en Málaga, con lo que no podemos ayudarle directamente. Un saludo
Conocen en lerida algun abogado que pueda darle ese caso. Se lo agradeceria muchas gracias
Hola Montse. No, no conocemos a ningún compañero en Lérida que pueda ayudarte. Un saludo
Mi jefe se presentó un día en la Oficina con distintas hojas de desplazamientos, dietas etc y con varios bolígrafos obligándole a firmarlos. A posteriori me dijo que quedábamos en una notaria para firmarlo ante notario, que no pasaría nada, que debía firmarlo.
Que si recibía alguna llamada de Hacienda en la Oficina dijera que no sabía nada. Estoy preocupada ya que no quería y temor que yo tenga alguna responsabilidad. Podía quedarme sin trabajo y eso no podía permitirlo, por su abuso hacia mi. Que podría hacer? No tengo copia ni pruebas
Hola Sara. Nos falta información de tu situación para poder ayudarte. Si quieres mayor asesoramiento contáctanos por privado para contratar nuestros servicios. Un saludo