TELÉFONO DE CONTRATACIÓN +34 717 717 587 HORARIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA De 9:00 a 13:00h y de 17:00 a 21:00h

Delito de exhibicionismo y provocación sexual

El delito de exhibicionismo y provocación sexual está recogido en el Código Penal y se centra en castigar dos conductas distintas que afectan directamente a colectivos más sensibles y que necesitan ser cuidados con mayor atención.

Estos colectivos son, por un lado, los menores de edad, y por otro, las personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

Este último colectivo, el de las personas con discapacidad necesitadas de especial protección, es llamado así desde la última reforma del Código Penal en 2015, ya que anteriormente la ley únicamente los señalaba como «incapaces».

Nos lo explican todo los abogados de nuestro área de derecho penal.

En este artículo encontrarás..

Actos de exhibición
Material pornográfico

delito de exhibicionismo

Delito de exhibicionismo y provocación sexual

Actos de exhibición

La norma penal en España señala que estarán incurriendo en el delito de exhibicionismo y provocación sexual aquellas personas que ejecuten o hagan ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Es importante destacar que la norma no se refiere únicamente a los ejecutores de la acción, sino también a aquellas personas que induzcan a otras a realizar las mismas, señalando literalmente el precepto de: «que hagan ejecutar a otra persona».

La pena que prevé la ley castiga estos actos hasta con privación de libertad, así encontramos que la pena recogida en la norma para este delito es:

  • Prisión de 6 meses a 1 año.
  • Multa de 12 a 24 meses.

Material pornográfico

También el Código Penal castiga otro tipo de conductas relacionadas con este delito. Y es que estará también cometiendo delito de exhibicionismo y provocación sexual quien, por cualquier medio directo, venda, difunda o exhiba material pornográfico entre menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

En estos casos la pena que se prevé será igualmente:

  • Prisión de 6 meses a 1 año.
  • Multa de 12 a 24 meses.

Referencias

Código Penal Español

Sánchez Bermejo Abogados

A través de nuestros abogados de Málaga te ofrecemos resolución a tus consultas legales, defensa en tribunales, apoyo jurídico de todo tipo para empresas y particulares, divorcios y separaciones, asesoramiento fiscal y tributario, expedientes de extranjería, conflictos de derecho internacional, asesoramiento laboral, derecho bancario y de seguros, reclamación de cláusulas suelo, derecho animal y del medio ambiente, gestión y asesoramiento inmobiliario y mucho más. Nuestras oficinas están en Málaga, y prestamos servicio a toda España. Consúltanos.


Soluciones legales

7 Consultas

  1. JAVI 24/09/2018
  2. Pedro 17/09/2019
  3. Pablo 13/03/2021
  4. Pablo 13/03/2021

Deja un Comentario o Consulta