El cambio de apellido en adopciones es una de las posibilidades que contempla la legislación española para poder optar a cambiar el apellido con el que estamos inscritos.
La ley señala que la filiación puede tener lugar por naturaleza y por adopción, y además, que la filiación es la que determina los apellidos.
Por lo tanto, en la escritura de adopción se puede convenir que el primer apellido del adoptante o adoptantes se anteponga a los de la familia natural del adoptado. Los apellidos no naturales pueden ser sustituidos por los de los adoptantes.
En el área de Cambios de Nombre y Apellidos de Sánchez Bermejo Abogados somos expertos en este tipo de procedimientos, con lo que si necesitas asesoramiento para realizar tu petición de cambio de apellido, no tienes más que ponerte en contacto con nosotros.
Cambio de apellido en adopciones
Cambio de apellido en la adopción simple
Como ya hemos adelantado, el cambio de apellido en adopciones es perfectamente plausible en el ordenamiento jurídico español.
En las adopciones simples, una vez constituida en inscrita la adopción, podrá acordarse después en cualquier momento, por escritura pública y en vida del adoptante o adoptantes, la sustitución de los apellidos del adoptado por los de aquél o éstos, o el uso de un apellido de cada procedencia, caso en que se fijará el orden de los mismos.
Cambio de apellido en la adopción por una sola persona
En la normativa relativa al cambio de apellido en adopciones se señala que el adoptado en forma plena por una sola persona tendrá por su orden los apellidos del adoptante.
Ahora bien, en esta regla general existen dos excepciones:
Cuando uno de los cónyuges adopta al hijo de su pareja, aunque haya fallecido.
Si la única adoptante es mujer. En este caso, podrá invertirse el orden con el consentimiento de la adoptante y del adoptado si es mayor de edad.
Concesión del apellido tras fallecimiento de los adoptantes
En el caso de que falleciesen el adoptante o los adoptantes simples, la concesión de sus apellidos al adoptado requiere autorización del Ministerio de Justicia, a solicitud del adoptado, y con el consentimiento de los herederos, descendientes y cónyuges del adoptante o de sus representantes legales.
Efectos del cambio de apellidos por adopción
El adoptado que ha cambiado sus apellidos, transmite el primer apellido a los descendientes de forma normal.
Además, el cambio de apellidos por adopción alcanza a los sujetos a la patria potestad y también a los demás descendientes que expresamente lo consientan en la propia escritura o dentro de los dos meses siguientes.
Es también destacable que el hecho de acceder al cambio de apellido en adopciones supone una excepción en sí misma a la regla general de cambios de apellidos que requiere que el apellido resultante no sean de la misma línea o que pertenezcan legítimamente al peticionario. Por todo lo explicado, queda claro que en el cambio de apellido por adopción, no es necesario y basta con que el apellido propuesto constituya una situación de hecho no creada por el interesado.
Referencias |
Código Civil |
Ley del Registro Civil |
Reglamento del Registro Civil |
Sánchez Bermejo Abogados
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muy buenos días abogado tengo un gran inquietud quisiera saber si mi esposo quien es venezolano pero tiene familia aquí , ajena a sus apellidos. me pregunto esa familia de sangre puede adoctarlo
Hola Karina. Veo que nos escribes desde Colombia, siento indicarte que nuestro despacho está en España, como son legislaciones diferentes, no podemos ayudarte. Un saludo
Buenas, tengo una hija de 2 años no reconocida por su padre biológico, mi pareja, al que ella llama papá y para todos lo es desearía ponerle su apellido y yo también claro. Cuales son los trámites? Donde tendría que ir?
Hola María. Para ello tu pareja tendría que adoptar a tu hija. Un saludo
Buenos días!
Me hallo actualmente en acogimiento preadoptivo de una niña de 12 años. Mantiene el contacto con su familia biológica. A veces, hablando del cambio de apellidos, fantasea con mantener el de su familia paterna, de su padre, y luego el mío. En ocasiones, lo contrario, primero el mío y luego el de su padre. Creo haber leido que el artículo 56 del Registro Civil (ley año 1957) contempla que «en la escritura de adopción se puede convenir que el primer apellido del adoptante o adoptantes se anteponga a los de la familia natural del adoptado». Gracias. Saludos cordiales.
Hola Xisca. Lo que comentas es correcto, eso es lo que señala la ley. Un saludo
Hemos adoptado a una niña extranjera con un apellido impuesto por ese gobierno extranjero por padre desconocido.Puedo ponerle los apellidos mío y de mi esposa?
Hola Antonio. Sí, se puede hacer. Un saludo
Adoptar a una persona de 57 años con 77% de discapacidad puede resultar beneficioso ( frente a Haciernda ) a la hora de recibir una herencia, consistente en el 70% de la vivienda que comparte con la persona que adopta. Es hijastra conviviendo con padrastro desde hace mas de 50 años Como hija.
Gracias Joaquin Elvira
Hola Joaquín. Dependerá de varios factores, si estás interesado en que te realicemos un asesoramiento completo sobre tu asunto ponte en contacto con nuestro despacho por privado. Un saludo
Hola buen dia, tengo un hijo que hoy tiene la mayoria e edad, pero lleva solo mis apellidos. Mi pareja me ha comentado que quiere darle sus apellidos, somos resiedentes todos, pero el es Aleman. En España a donde se recurre para estos tramites?
Hola Enriqueta. Para poder darle sus apellidos se debe proceder a una adopción legal. Se solicita en el juzgado que os corresponda según vuestro domicilio. Un saludo
Buenas tardes tengo una inquietud , una persona fue adoptado alas 7 años tenia unos apellidos al adoptarla cambia los apellidos y se van a vivir alos estados Unidos ahora hay que repartir una herencia de una casa a esa persona le corresponde heredar ?? Ya teniendo otros apellidos desde hace 40 años. Gracias espero respuesta
Hola Mario. Entiendo que esa persona podrá heredar de quienes legalmente sean sus parientes. Harían falta más detalles para darte una respuesta más concreta. Un saludo
Hola, es posible que te adopten pero sin que tengas que cambiar tus apellidos? o en su defecto podrias mantener los dos apellidos?
Hola Silvia. Sí, es posible. Un saludo
Hola tenemos un hermano saharaui, que tiene 36 años mi madre lo quiere adoptar, pero el quiere llevar tambien el apellido de mo padre ya fallecido, eso es posible.
Hola Cristina. Entiendo que no podrá ser adoptado por alguien ya fallecido. Un saludo
Hola buenas tardes, en mi DNI conservo en el apartado (hijo de) los nombres de mis padres biológicos, y me gustaría saber si puedo cambiarlos por los de mis tutores legales actuales.
Gracias por su tiempo.
Hola Leopoldo. En el DNI deben figurar aquellos que estén reconocidos legalmente como progenitores. Un saludo
Muchas gracias, entiendo entonces que deberían figurar mis padres adoptivos en ese apartado, ¿ qué trámites se deben realizar para llevar a cabo el cambio de los nombres?
Gracias por su tiempo.
Hola Leopoldo. Entiendo que si aparecen nombres distintos es porque legalmente no está formalizada la adopción, tendrás que proceder a ello. Un saludo
Gracias y discúlpeme, creo que no fui del todo claro y sincero. Vera cuando yo nací mis padres biológicos no se hicieron cargo de mí, fueron mis abuelos, que son jóvenes, los que me han criado y educado, vivo con ellos desde que tengo uso de razón y son los que han ejercido como padres. Nunca hubo un adopción como tal, ni una retirada de la patria potestad a mis padres biológicos, simplemente un día estaba con mis padres biológicos y al día siguiente con mis abuelos, este cambio fue de mutuo acuerdo para todas las partes.
Obviamente y como ya habrá deducido, ese es el motivo por el cual en el DNI figuran mis padres biológicos y no mis abuelos que son los que han ejercido de padres en mi vida. Ahora soy mayor de edad y me gustaría que mis abuelos figurarán como mis padres en todos los documentos, en lugar de mis padres biológicos.
No se si me he explicado bien, cualquier duda pregunteme.
Mis preguntas son, dada dicha situación, ¿se puede realizar dicho cambio(es decir que mis abuelos figuren a todos los efectos como mis padres)? Y en caso afirmativo ¿ como debo proceder para realizar dicho cambio?
Gracias de todo corazón por su tiempo.
Hola Leopoldo. Me temo que no es posible, los abuelos no pueden adoptar a sus nietos en España, y dado que no pueden figurar legalmente como tus padres, no pueden aparecer en la documentación como tal. Un saludo
Buenas noches, gracias por su atención.
Tengo entendido que los abuelos pueden pedir la patria potestad y también la adopción. Que esto se puede realizar mediante dos vías, dependiendo si los padres están de acuerdo o en caso de que no, debe ser la administración quien decida a para quien concede la custodia.
Cómo le digo yo soy un neófito en este tema y por eso recurro a ustedes, qué son profesionales y expertos asesores.
De verdad que muchas gracias por su tiempo.
Hola Leopoldo. Los abuelos pueden pedir la patria potestad, sí, pero no pueden proceder a adoptar a sus nietos, lo prohíbe expresamente la ley. Un saludo
Muchas gracias, ¿que consecuencias inplicaria que ellos tuvieran la patria potestad?
Ignore el último mensaje.
Gracias por su tiempo y atención, me ha sido de gran ayuda.
Un saludo.
Hola, somos un matrimonio que vivimos en Zaragoza, yo soy español y la mujer marroquí y tendemos un niño de 2años y medio marroquí y en situación de tutelado por una cafala ya tiene lla tarjeta de residencia con el nombre y apellido de la cafala.
El tema es que no tiene derecho a heredar y nosotros a la patria potestad según parece.
Pregunto si se puede hacer algo para cambiar el apellido y concedernos la patria potestad. Saludos y gracias de antemano
Hola Eduardo. Me temo que no podrán adoptar al niño, ya que la ley señala que «en el caso de menores cuya ley nacional prohíba o no contemple la adopción, se denegará la constitución de la adopción, excepto cuando el menor se encuentre en situación de desamparo y tutelado por la Entidad Pública», en este caso, los países que permiten la kafala (salvo Túnez), no permiten la adopción, con lo que no tienen abierta esta posibilidad. Un saludo
Hola, buenas tardes. Llevo una relación de padre con la hija de mi ex mujer (11 años de matrimonio) desde hace unos 15 años, ella ya es mayor de edad y quiero adoptarla y darle mi apellido. Desde que me divorcié no he convivido con ella pero la relación es muy estrecha.
Es posible?
Muchas gracias
Hola Abraham. Deben cumplirse algunos requisitos para que sea posible, entre ellos, que haya convivido contigo desde que tenía 17 años hasta su mayoría de edad. Un saludo
Buenas noches.
Hace 17 años di en adopción a mi hijo xq la madre quería que llevará el apellido de su pareja y así me lo solicitó, ahora mi hijo es mayor de edad y quiere tener mi apellido, yo estoy conforme… Se lo puede cambiar? Muchas gracias
Hola Pedro. Tu hijo podrá iniciar si está interesado un proceso de reclamación de la filiación, y cuando este concluya con sentencia estimatoria, podrá obtener tu apellido. Un saludo
Buenas, fui adoptado a los 4 años y actualmente tengo 22, en mi registro Civil solo aparecía el nombre de mi madre biológica y sus apellidos (nada de mi padre) por lo que llevé sus apellidos en orden hasta que fui adoptado. Cuando me adoptaron me dieron los apellidos de mis padre adoptivos, pero estos se desatendieron de mí desde los 12 (estuve viviendo con mi tío hasta los 20 años), ¿es posible ahora que soy mayor de edad pedir una reclamación o como se diga para que puedan ponerme mis apellidos de antes de la adopción, es decir, de los de mi madre biológica? Tengo todos los papeles de la adopción y del Registro Civil, aunque conste en mi DNI los nombres de mis padres adoptivos no me importa, lo único es que no quiero llevar sus apellidos.
Hola Javier. Tendrías que iniciar un procedimiento de reclamación de filiación sobre tu madre para poder ostentar sus apellidos. Un saludo
Podría explicarme más o menos como se hace tal procedimiento? Gracias
Hola Javier en este caso es necesario la intervención de un abogado para realizar dicho proceso y será quien le explique los pasos a seguir, si necesita más información contáctenos por privado, un saludo.
Buenas tardes, me gustaría saber como realizar el trámite de renuncia a los apellidos de los adoptantes y volver a los de filiación, por una persona mayor de edad.
Muchas gracias
Hola, este trámite se puede realizar siempre que no hayan pasado más de dos meses de la inscripción de la nueva filiación o, en su caso, a la mayoría de edad, sino se puede, siempre queda la vía de la inversión de los apellidos, un saludo.
Saludos desde Puerto Rico
Mi padre al nacer en 1933, muere su madre dando a luz, se lo lleva la mejor amiga ya que su padre se ahorca, lo isncribieron como de ellos, pero en 1955 lo adoptan legalmente. Yo podria cambiar mi apellido? Todos ya fallecieron pero tengo en mi Poder todos Los documentos.
Hola somos un despacho jurídico de España, desconocemos la legislación en cuanto a este tema de su país, un saludo.
Hola. Tengo un sobrino desde los 5 años de edad. Ahora tiene 26 años , pero yo he tenido la guarda y custodia ahora lo quiero adoptar, mi hermana murió hace 10 años . Quiero ayudé su ayuda gracias…
Hola Mercedes, para el asesoramiento para la realización de un expediente de adopción debe contactar por privado con nosotros, un saludo.
Hola buenas tardes mi madre era muy joven y medio en adopción me fui a vivir a otro país con el apellido de la odopcion estoy aquí en España quiero recuperar los apellidos biológico, puedo ya que en el registro sigo apareciendo como hija de mis padres biológico soy dominicana y con residencia en España muchas gracias un saludo
Hola Elizabeth. Tendríamos que estudiar el expediente para poder darte una respuesta completa. Si estás interesada, ponte en contacto con nuestro despacho por privado. Un saludo
Buenas, tengo 53 años , fui adoptado en adopción menos plena 1969 en Madrid , quisiera recuperar los apellidos biológicos que tuve de mi madre , no quiero llevar los de mis padres adoptivos que ya han fallecido hace años .
Mi pregunta es si se puede hacer ?
Hola Xavier. Habría que estudiar el caso concreto, pero entendemos a priori que no es posible. Un saludo
Hola
Crié una niña desde los 9 años de edad , hoy tiene 30 años reside en España curso estudios aquí y ha tenido descendencia de 2 mellizos , los mellizos son españoles / chilenos y mi hija brasileña que a su vez es sobrina de mi ex mujer brasileña / española con la que tengo un hijo ya mayor de edad
Mi hija y mi hijo crecieron juntos y tienen trato de hermanos
Ella y yo papá hija
Y mis nietos trato de abuelo y nietos
Me gustaría adoptarla y darle mi apellido
Que tengo que hacer ?????
Gracias
Hola para un asesoramiento más personalizado escribanos por privado, saludos.
Hola me gustaría que me ayudarán por favor.MI padre tuvo un hijo de otra mujer ,el murió y madre madre se hizo cargo de él,lo reconoció pero no le dio el apellido .Mi hermanastro nos abandono y mi madre compro una casa,ha hecho testamento y me ha dejado todo a mi,puede mi hermastro reclamar la herencia ?muchas gracias y perdonen las molestias ,saludoa
Hola si en la partida de nacimiento de su hermanastro consta como ascendiente su madre, le legitima como heredero aunque no lleve apellido, ya que ha quedado registrado como hijo, si no es tal el caso, no se trataría de un heredero, un saludo.
Hola, tengo 26 años y quiero que me adopte mi tía política que tiene 58 años, ya que ella me ha criado desde que tenía 5 años, junto con su marido ya fallecido (mi tío). Ambos me han tenido en acogida porque mis padres biológicos no podían hacerse cargo de mí. Quisiera que me adoptara mi tía y tengo entendido que al adoptarme pasaría a tener sus apellidos, pero a mi me gustaría conservar mi primer apellido y como segundo, el primer apellido de mi tía, ¿es posible hacerlo? en caso que sí, ¿se solicita en la propia adopción o posteriormente en el registro?. Gracias, saludos.
Hola, no es posible elegir los apellidos, un saludo.
Buenas tardes.
Adopte a una niña con 9 años en Rusia, doy monoparental, ahora ella tiene 27, se marchó con el novio y su madre hace un año y no tengo tacto con ella. Mi pregunta es,?, Puedo quitarle mis apellidos para que no herede mis bienes..
Gracias y saludos
Hola, no puede, saludos.
Buenas noches.
Mi nombre es Yoel. Tengo 48 anos y soy de nacionalidad cubana.
Quisiera de ser posible me explicara sobre la posibilidad de reconocimiento legal. Le explico.
A los 9 meses de nacido. Mi verdadera madre me regalo a descendientes espanoles radicados en cuba.
Naci en enero de 1974. Vine a vivir con una familia. Compuesta por mi abuela adoptive. Natural de las Palmas Gran Canaria. Mario en el ano 1984 con pasaporte espanol. Ciudadana Espanola.
Mi madre adoptive. Hija de mi abuela Espanola y mi papa adoptivo descendientes de Asturianos.
Cumpli mi primer ano de vida con ellos y ya fallecieron. Pero Eran mi unica familia. Mis verdaderos padres nunca se ocuparon de mi. Pero tampoco nunca aceptaron que yo pudiera adquirir el apellido de mis padres adoptivos. Que fueron los que me lo dieron todo en la vida. Con los que vivi siempre y por los que luche hasta que fallecieron.
Mi pregunta es la siguiente. Podria de adulto cambiarme los apellidos y adquirir los de mis padres adoptivos que fueron mis verdaderos padres en este mundo.
Hola Yoel. Entiendo que no sería posible tu pretensión. Un saludo
Hola,soy hija de madre soltera,tenía los apellidos de mi madre hasta que se casó y su pareja me dio sus apellidos,hoy día tengo 49 y quiero tener los apellidos de mi padre biológico.Puedo hacerlo ? Necesito algún consentimiento de mi padre adoptivo?es decir se puede negar a hacerlo?
Hola, si puede demostrar con pruebas fehacientes de quien es su padre biológico podrá reclamar la paternidad, saludos.
Mario 12,9/2020 hace una pregunta sobre alguien que busco hace 40 años me cuadra todo lo dato dado en adopción a los siete años ahora tendrá sobre 47 su madre marchó a USA sería posible conectar el soy su padre vivíamos en Madrid Santa Eugenia
Hola, por política de nuestro despacho y cumpliendo la ley de Protección de datos no podemos darle los datos personales de dicha persona, lo que no quita que se pueda poner en contacto por este medio, foro, público, con dicha persona. Saludos.
Buenas tardes Sres/Sras. Letrados/as,
Hemos adoptado siendo ya mayor de edad a un chico de 20 años que lo tuvimos en acogimiento desde los 10 años. En el Auto del Juzgado de 1a Instancia, en la parte dispositiva consta que se aprueba la adopcion, que se cumplen los requisitos de haber convivido con el chico, etc. pero no dice nada del cambio de apellidos del chico para ponerle los nuestros que si pedimos en la demanda de J. Voluntaria.
El Auto va al Registro Civil de nacimiento para anotar la adopción.
Y mi pregunta es si el Reg. Civil de forma automática, es decir; en un solo acto anota la indicación de la adopción y hace refencia al cambio de apellidos, indicando que en lo sucesivo sus apellidos son Pérez y González, por ejemplo, poniendo el primero del padre adoptante y el segundo el de la madre adoptante, sin mas trámites posteriores?
O, en otro caso, en el caso peor, el Reg. Civil solo pone la indicacion de la adopcion y el cambio de los apellidos de los padres adoptantes hay que solicitarlo en un acto posterior?
Si es el segundo caso, que el Reg. Civil anota solo la adopción y no hace mención a que el hijo en lo sucesivo llevará los apellidos de Pérez y González, por ejemplo, qué trámite hay que hacer, cómo solicitarlo en un segundo acto, ante el Reg. Civil? En escritura notarial, etc.?
Les estoy muy agradecidos y, en todo caso, yo les llamaría por teléfono para asesorarme personalmente.
Muchas gracias por su amabilidad y buenas tardes
Hola, la adopción conlleva el cambio de apellidos, ya que cuando se les llame a una vista para certificación de la adopción se les preguntará si están conformes con la adopción y por ende la recepción de los apellidos de los padres adoptivos, saludos.
buenos días mi pregunta es la siguiente adopte ala hija de mi esposa le di mi apellido pero ahora que es mayor de edad por diferentes circunstancias graves quiero quitarle mi apellido puedo hacerlo? si si como puedo hacerlo ? gracias por s respuesta
Hola. Me temo que esto no es posible en España. Un saludo
Hola disculpe pero quería preguntarle qué sé puede hacer en mi caso ( lo que pasa es que yo quiero poner me el apellido de mi papá de crianza el me crió desde que yo era bebe y me adoptó cuando yo tenía 15 años pero no me pusieron su apellido en mi acta de adopción el aparece como papá pero todavía aparezco con el apellido de mi padre biológico el falleció cuando yo todavía no nacía mi mamá tenía 7 meses de embarazo por lo tanto no lo conocí y yo quiero poner me el apellido del único señor que yo conozco como papá).
Hola si en el momento procesal oportuno no se hizo dicho cambio y no fue por voluntad propia, puede solicitar la rectificación al Registro Civil de su domicilio, aportando para ello las pruebas documentales pertinentes, saludos.
Quisiera saber si puedo cambiar los apellidos de mis padres adoptivos a los apellidos de mis padres por naturaleza de nacimiento. Soy español
Hola, no se puede salvo que hayan pasado unos días desde la adopción, saludos.
Hola, mi pregunta es sobre cambio de apellido y adopción, mi tia se separó hace muchos años y tiene cuatrillizos ya mayores de edad y quieren pedir a la pareja de mi tia que les adopte y que les de su apellido y mi pregunta es si su padre biológico tendría que firmar para poder hacerlo?
Hola, si el padre ha registrado con su apellido a dichos hijos, deberá ser parte del proceso, saludos.
Hola, yo fui adoptado a los 3 años, y desde hace tiempo llevo intentando cambiarme el nombre en Madrid, pero en la resolución me han dicho que recuperar mi nombre de nacimiento no se considera «justa causa», cuando en mis papeles de nacimiento y mi primer pasaporte aparece mi nombre de nacimiento. ¿Qué puedo hacer? ¿No es justa causa recuperar el nombre de nacimiento?
Hola, para que se quede conforme con la explicación puede acudir a dicho Registro y solicitar que la atiendan para que se lo indiquen y expliquen, ya que muchas veces el motivo es, que va en contra de las normas españolas, se ha pasado el momento procesal oportuno para solicitarlo, no ha aportado pruebas suficientes para fundamentar el cambio y muchas cosas más, saludos