Cuando una persona con la capacidad modificada judicialmente o un menor de edad no emancipado tienen bienes en su propiedad, surge la cuestión de cómo se pueden vender éstos por sus curadores, tutores o defensores judiciales si no están expresamente habilitados para ello. Para lograrlo, habrá que solicitar una autorización judicial de venta de bienes.
Si necesitas un abogado para realizar este tipo de actos de autorización judicial de venta de bienes de discapacitados o menores de edad, es importante contar con gente con experiencia. En Sánchez Bermejo Abogados tenemos abogados especialistas en este tipo de materias. Consúltanos.
Lo explicamos a continuación.
En este artículo encontrarás.. |
Competencia |
Legitimación |
Postulación |
Solicitud |
Petición de venta directa |
Tramitación |
Resolución |
Destino de la cantidad obtenida |
Autorización judicial de venta de bienes de discapacitados y menores
Competencia
El juzgado competente para conocer de la autorización judicial de venta de bienes en los supuestos ya explicados será el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o, en su defecto, de la residencia del menor o persona con capacidad modificada judicialmente.
Legitimación
Podrán proponer este expediente:
Quienes tengan la representación legal del menor o persona con capacidad modificada judicialmente a los fines de realizar el acto jurídico de que se trate.
El curador.
El defensor judicial en su caso, así como el constituido en tutela o curatela, si no le hubiese sido prohibido.
También tendrá que solicitar la autorización el administrador designado por el transmitente o el tutor de los bienes si se trata de la administración de bienes o derechos determinados, con facultades concretas sobre los mismos, conferida por su transmitente a título gratuito a favor de quien no ostente la representación legal de un menor o discapacitado, o cuando se ejerzan separadamente la tutela de la persona y la de los bienes.
Si el acto fuera respecto a los bienes del patrimonio protegido, el legitimado será su administrador.
Postulación
La intervención de abogado y procurador será obligatoria si el valor del acto para el que se insta el expediente supera los 6.000 €.
Solicitud
Existen varios requisitos que han de cumplirse en la solicitud:
Se deberá expresar el motivo del acto o negocio de que se trate.
Se deberá razonar la necesidad del acto, así como la utilidad o conveniencia del mismo.
Se identificará con precisión el bien o derecho a que se refiera.
Se expondrá, en su caso, la finalidad a que deba aplicarse la suma que se obtenga.
Con la petición que se deduzca se presentarán los documentos y antecedentes necesarios para poder formular juicio exacto sobre el negocio de que se trate y, en su caso, las operaciones particionales de la herencia o de la división de la cosa común realizada.
En el caso de autorización solicitada para transigir, se acompañará, además, el documento en que se hubieren formulado las bases de la transacción.
Petición de venta directa
Si la solicitud es para la realización de un acto de disposición podrá también incluirse en la solicitud la petición de que la autorización se extienda a la celebración de venta directa.
La venta directa hará que no exista necesidad de subasta ni intervención de persona o entidad especializada.
En este caso, para la venta directa deberá acompañarse de dictamen pericial de valoración del precio de mercado del bien o derecho de que se trate y especificarse las demás condiciones del acto de disposición que se pretenda realizar.
Tramitación
Admitida a trámite la solicitud por el Secretario judicial, éste citará a comparecencia al Ministerio Fiscal, así como a todas las personas que, según los distintos casos, exijan las leyes y, en todo caso, al afectado que tuviera suficiente madurez y al menor mayor de 12 años.
Cuando proceda dictamen pericial se emitirá antes de celebrarse la comparecencia, debiendo citarse a ella al perito o peritos que lo hubiesen emitido, si así se acordara, para responder a las cuestiones que le planteen tanto los intervinientes como el Juez.
Resolución
El Juez, teniendo en cuenta la justificación ofrecida y valorando su conveniencia a los intereses del menor o persona con capacidad modificada judicialmente, resolverá concediendo o denegando la autorización judicial de venta de bienes.
La autorización de venta de bienes o derechos se concederá bajo la condición de efectuarse en pública subasta previo dictamen pericial de valoración de los mismos, salvo que se haya instado la autorización por venta directa o por persona o entidad especializada, sin necesidad de subasta y el Juez así lo autorice.
Se exceptúa el caso de que se trate de acciones, obligaciones u otros títulos admitidos a negociación en mercado secundario, en que se acordará que se enajenen con arreglo a las leyes que rigen estos mercados.
En el caso de autorización solicitada para transigir, si es concedida por el Juez, determinará la expedición de testimonio que se entregará al solicitante para el uso que corresponda.
Si se autoriza la realización de algún acto de gravamen sobre bienes o derechos que pertenezcan al menor o persona con capacidad modificada judicialmente, o la extinción de derechos reales a ellos pertenecientes, se ordenará seguir las mismas formalidades establecidas para la venta, con exclusión de la subasta.
La resolución será recurrible en apelación con efectos suspensivos.
Destino de la cantidad obtenida
El Juez podrá adoptar las medidas necesarias para asegurar que la cantidad obtenida por el acto de enajenación o gravamen, así como por la realización del negocio o contrato autorizado, se aplique a la finalidad en atención a la que se hubiere concedido la autorización.
Sánchez Bermejo Abogados
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Buenos días, tienen idea más o menos de cuánto suele tardar en Madrid en concederse la autorización judicial para poder vender el bien del menor??
No somos los interesados propietarios sino los que queremos comprar un inmueble cuyos herederos son 7 adultos y un menor de edad.
Muchísimas gracias de antemano
Hola Mª Teresa. Depende de cada juzgado, unos trabajan más rápido que otros y unos tienen más carga de trabajo que otros, así que no es posible estimar un tiempo. Un saludo
Buenos días, quisiera saber si en este procedimiento hay vista oral. Y cómo se desarroll?
Y un consejo sobre como enfocar este procedimiento.
Se trata de que el piso ya tiene comprador pero no sabemos si decaerá su interés de comprar mientras esperamos a ser atendidos por el juez y su resolución. Hago constar en la solicitud la propuesta de compra?
Por tanto me planteo si puedo pedir a su señoría si su autorización sea genérica, sin concretar al comprador. O es mejor ocultar al comprador ante el juez? Muchas gracias anticipadas.
Hola Yolanda. El juez puede solicitar que se celebre una vista si necesita citar al perito o que concurra alguna otra práctica de prueba, pero no es habitual. Yo en tu caso solicitaría la autorización genérica por si se cae el comprador y así no tener que volver a pedir la autorización. Un saludo
Muchas gracias. Un saludo.
D. Sanchez bermejo, quisiera que me volviese a aconsejar sobre el mismo tema, Autorización judicial de Bien inmueble de un tutelado. Como le comenté ayer tenemos un comprador que ha firmado contrato de arras penitenciarias; en él se establece que en caso de que el vededor no venda en 30 dias desde la firma de este Contrato por causa imputable a él, el vendedor pagará al comprador 2500€ + una cantidad igual por indemnización. Ese plazo ya ha vencido y la inmobiliaria queria prorrogarlo por un mes más. Mi pregunta es, ¿en la solicitud judicial de venta de inmueble, podría pedir suspensión del contrato de arras al amparo del art. 29 LJV, aunque sea aplicable al defensor judicial? En la solicid de defensor judicial si lo he pedido, amparandome en ese artículo.
Muchísimas gracias y perdón por las molestias.
Un saludo
Hola Yolanda. Creo que ese artículo no sería aplicable en este supuesto, si bien entiendo igualmente que puede ser interpretable. Un saludo
Muchísimas gracias por su ayuda. Muy amables por responderme. Seguiré sus consejos, yo también he llegado a la misma conclusión. Saludos.
Buenas tardes, soy viuda tengo una vivienda al 50% y tengo a mi cargo a 2 menores de edad que tras la muerte del padre son poseedoras del 50% restante.
Por necesidades, tenemos que vender la vivienda para acceder a otra mayor y desconozco si debo o no pedir autorización judicial para ponerla en venta y con el dinero obtenido más una nueva hipoteca comprar una nueva vivienda donde evidentemente figuraría que yo poseo el 50% y el otro 50% les correspondería a ellas.
Si fuera finalmente necesario, es obligatorio solicitar esta autorización con abogado o se puede tramitar sin la necesidad de este.
Gracias
Hola Nuria. Tal y como explicamos en este artículo, si tienes dos hijas menores no emancipadas, deberás solicitar autorización judicial, para la cual, al ascender la cuantía a más de 6.000 €, sí te hará falta contar con abogado y procurador. Si deseas conocer nuestros servicios en esta materia, no tiene más que ponerte en contacto con nuestro bufete. Un saludo
Buenas tardes Sr, David Sanchez Bermejo.
Mi nombre es Ángel Ranz, y el motivo de mi consulta en principio, va a ser lo mas breve posible.
Me explicare del modo mas claro y conciso que me sea posible.
Las personas a la que hay que firmar el permiso judicial (tutelada y tutora), así como el juzgado que a de conceder el citado permiso, se encuentran en Madrid.
Pero los vienes que se pretenden vender (la cuarta parte de una pequeña herencia) están en Fuengirola.
Y es ahora cuando hago una pregunta a título de confirmar y es,
que si realmente este tipo de permisos precisa de presencia de perito tasador, cuando el valor de los vienes ya los estipula hacienda?
Y la que mas puede interesar a su bufete:
Ustedes pueden gestionar este asunto (que espero haber dejado claro a cortos trazos), presentando la petición de permiso por correo electrónico?.
En el supuesto que de ese u otro modo similar, se pueda hacer desde Málaga (ciudad en la que habito) dicha gestión, hagamelo saber y en el próximo contacto concretamos presupuesto y demás por menores.
Angel Ranz
Hola Ángel. Sí, es necesario perito tasador para que haga un informe de la vivienda de cara a su presentación en el juzgado. Nosotros sí gestionamos este tipo de asuntos, y de hecho podríamos llevar el suyo a través de un procurador en Madrid, ya que es donde se debe tramitar todo. Si desea concertar una cita o que le facilitemos un presupuesto, puede ponerse en contacto con nosotros cuando lo desee para ponernos a ello. Un saludo
Hola David Sánchez Bermejo, buenos días.
El procurador de Madrid lo buscarían udes?
Si la respuesta es sí, dígame que datos necesita para hacer un presupuesto y despues me disculpan unos días, hasta que me den luz verde el resto de las partes (que de fácil no tiene nada). Pero que estoy seguro, que para la semana que viene estamos en marcha.
Muchas gracias por su respuesta e información, y en espera de facilitarle lo que precise para hacer el presupuesto quedó.
Un atto saludo.
Angel R.
Hola Ángel. Efectivamente, nosotros buscaríamos al procurador de Madrid sin problema. Para realizar el presupuesto necesitaríamos saber el valor del bien que se va a vender y el porcentaje de participación de la persona incapacitada sobre dicho bien. Un saludo
Estimado, David Sánchez Bermejo.
Veo entonces que tenemos que empezar el melón por el perito tasador.
Pues en dicho caso tengo que decirle que obligatoriamente;
Vamos a sufrir un ligero parón, al tener yo que ponerme en contacto con varios peritos para pedir presupuesto, y el problema está en que las propiedades (vivienda, trastero y pequeño local comercial) están en Fuengirola y yo hábito en Málaga (el problema es que mi salud pulmonar, no es la adecuada para todas estas tonterías que exigen, cuando hay organismos oficiales que van a asentar en sus registros cada operación que se va a ejecutar).
Don David, sigo la línea de los peritos tasadores, y vuelvo a ponerme en contacto con ud/uds, cuando tenga lo que me pide.
Reciba un cordial saludo, y mi agradecimiento por su amable atención.
Ángel R.
Hola Ángel. De acuerdo, quedo a la espera entonces. Un saludo
Hola buenos días
Tengo la guarda y custodia de hecho de mi sobrina ( pues mi hermana falleció cuando ella tenía 6 años, ahora tiene 15) desde que en 2015 se escapó de casa por maltrato de su padre y su madrastra. Ahora nos hemos enterado por amigos que el padre ha vendido la propiedad de la menor ( titular 100%) con una autorización judicial. Cuando accedimos al expediente, vimos que la jueza requirió la comparecencia de sus tios pero nadie nos citó, tampoco a la menor. Es posible solicitar la anulación de la venta
Hola María. Sí, es posible que reclaméis para solicitar la anulación de la venta, o, al menos, el debido resarcimiento. Un saludo
Gracias por su contestación pero hay definido algún plazo para reclamar?, porque cuando nos enteramos hacía 6 meses que se había vendido.
Buenas tardes. He firmado contrato para la compra de una vivienda de una persona incapacitada. Esta toda la documentación presentada en el juzgado desde hace 2 meses, el contrato de arras que firmamos venció el 14 de octubre y seguimos a la espera de la autorización del juez para la venta. A final de este mes han citado a declarar a la mujer del incapacitado que también es su tutora. ¿Cuanto tarda el juez en dar la resolución?
Hola Laura. Esto es muy indeterminado ya que depende del tribunal en cuestión, pero por experiencia propia, en unos 6 meses suele resolverse todo el expediente. Un saludo
Hola. Yo he firmado un contrato de compra de una vivienda, propiedad de una viuda junto con su hija menor. Ha solicitado la correspondiente autorización judicial y ya tiene la sentencia. Esta dice ANTECEDENTES «Dª … solicitó autorización judicial para la enajenación de la finca nº … » RAZONAMIENTOS JURIDICOS «UNICO .- De conformidad con los arts. 61 y ss.de la Ley 15/2015, de julio, y acogiendo los motivos aducidos por la promotora del expediente, se entiende que venta pretendida resulta los más conveniente para el interés de la menor que no han de verse afectados por situaciones de condominio y por eventuales pérdidas de valor del inmueble. Así en virtud de cuanto antecede DISPONGO Autorizar a Dª … a enajenar la parte del dominio que pertenece a su hija menor Dª … sobre la finca nº…»
Añade que se expida testimonio del auto que se incorporará a la escritura pública de venta, aunque todavía no disponen de él.
Debo entender que se trata de una autorización para VENTA DIRECTA, o entraría en el supuesto de que sea mediante subasta?
Gracias
Hola José María. Dependerá de como se haya argumentado el expediente que solicitaba la autorización, y si solicitaba una enajenación directa o si se podría incluir la subasta, sino especifica nada entiendo que sí es posible realizar esta última mientras se cumpla con todos los presupuestos inexcusables de la misma. Un saludo
Buenos días, queremos comprar una vivienda para mi hijo menor con una discapacidad, siendo nosotros sus padres los que asumiremos el prestamo hipotecario. ¿Se necesita una autorización judicial para realizar la operación?
Hola Félix. Entiendo que no es necesaria la autorización judicial (hay jurisprudencia sobre ello), pero lo mejor que podrás hacer es preguntar al notario que daría fe del contrato de compra-venta. Un saludo
Buenos días,
Se puede pedir una autorización genérica de venta de todos los bienes y derechos del incapacitado, o es necesario solicitar una autorización judicial para cada venta? Muchas gracias de antemano,
Saludos
Hola Gema. Entiendo que no, habrá que individualizarlos. Un saludo
Hola estamos pendientes de autorización judicial para venta d inmueble
Se ha pedido autorización de venta directa y después de tres meses el juzgado solicita oferta de compra
Sabría decirme q planos estimado tardaría en resolverse asunto
Hola Pepi. Es imposible estimar un plazo teniendo en cuenta que cada juzgado tiene sus propios tiempos en función de la carga de trabajo del tribunal y de los propios profesionales que ahí trabajan. Un saludo
Ya está concluida la venta del bien en que hay un discapacitado interesado. Ahora tengo que hacer un documento para entregarlo al juzgando informando de que la venta y el proceso están concluidos.
¿Hay algún modelo o plantilla con el que me pueda guiar para redactarlo?
Hola Jimena. En Internet hay plantillas de todo tipo, sólo tendrás que buscarla. Un saludo
Mi pregunta es la siguiente tengo el 50 por 100 de un piso y el otro 50 de mi madre . Quisiera venderlo lo que mi madre está de acuerdo, ella está en una residencia y tiene 92 años yo quisiera que ella me diera poderes para la venta Péro mi hermana se opone porque dice que está en perfecto estado pero su salud es precaria y ha tenido un ictus De del que se ha recuperado a medias pero esiste el riesgo de no poder filmar ante el momento en el notario . Si cojo unas arras y no se puede realizar la filma ente el notario que pasaría. Gracias
Hola Jose. Normalmente, si se acepta una fianza de una venta y esta no se puede llevar a cabo por culpa del vendedor, el vendedor tendrá que devolver la fianza por duplicado. Un saludo
Hola sr. Sanchez, mi abuelo fallecio hace muchos años y dejo el testamento para mi abuela en el que habia una finca familiar que consta de planta baja, 1 er piso y 2° piso a nombre de la abuela y de los tres hijos, ahora mi abuela ha fallecido y en el testamento a dejado cada habitaculo para un hermano diferente, una hermana vive en el 1° que se lo construyo en el año 92 para vivir con sus padres y ayudarlos ya que la abuela tambien estaba enferma en aquella epoca, la abuela se lo dejo a ella, pues tiene una discapacidad del 39℅ y 2 puntos de movilidad reducida, la planta baja al hermano que era el que ayudaba en la abuela y el 2° piso a la otra hermana que se desentendio de los abuelos, es un piso vacio sin distribucion, ahora la cuestion esta en que quiere echar toda la finca a subasta si no le pagan los hermanos la cantidad que les pide, mi pregunta es si pueden echar a la calle a la hermana que vive en el 1°, ya que ninguno de los dos tiene el dinero que pide la 3a hermana. Gracias
Hola Paco. Entiendo que si esa hermana es propietaria no podrán forzarla a irse. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro bufete para que estudiemos tu caso. Un saludo
Hola,vamos a coger herencia de mi abuela, y somosc5 a repartir y hay dos menores necesitan ,autorización judicial xk los demás somos herederos también donde tengo que ir? Q precio m saldría? Es que es en Madrid y yo vivo fuera gracias un saludo
Hola Rocío. Para que los menores de edad reciban herencia no es necesario autorización judicial. Un saludo
Soy tutor de un incapaz que es titular de un fondo de inversión que está dando pérdidas bastante significativas , mas de 700 euros en los tres últimos años. He pedido al Banco su venta repetidas veces su venta y abono en cuenta y me exige autorización judicial. Como es de importe superior a 6.000 euros , tendría que presentar demanda con Abogado y Procurador lo que me acarrea unos honorarios de unos 1000 euros. Es realmente obligatoria la presentación de la demanda , » por el bien del incapaz» , cuando lo único que supone es perder más dinero ?
Hola Inés. Aunque esté generando pérdidas, la venta de cualquier bien de un incapaz exige esta autorización. Un saludo
Buenas tardes,
Mi hermano tiene una discapacidad y hemos herado varios bienes de mi madre que estan lejos de donde vivimos, no usamos y no producen beneficios.
Tanto a mi padre como mis hermanos queremos vender y tras encontrar comprador, hemos solicitado la autorización judicial pues entendemos que a todos nos interesa, incluyendo a mi hermano, que podrá usar el dinero pero nunca disfrutar del bien en cuestión ni sacarle partido.
El juzgado pidió una tasación y la hemos aportado. El juzgado nos ha preguntado acerca de la necesidad de vender, a la cual nuestro abogado no ha respondido mas que exponinendo que a los hermanos y a mi padre si nos interesa y a él no le perjudica.
Mi pregunta es; Podría el juzgado impedir la venta por entender que no resulta necesaria para el discapacitato?
Hay casos en que esto ocurre ?
La necesidad o no de hacer algo es muy discutible y subjetiva, hay muchos factores.
Tenemos miedo de que cada vez que queramos vender algo, con mi hermano como copropietario, ademas de retrasarse la venta, lo cual ya es un gran perjuicio, porque en general, ningún comprador quiere esperar y menos a un proceso judicial, además pueda ocurrir que el juzgado finalmente no lo estime conveniente o necesario y no autorice la transmisión.
Se podria actuar legalmente contra el juzgado por el perjuicio que genera perder un comprador o por la demora en dar una autorización que los familiares entienden conveniente para el discapacitado?
Por último, comentar que en la mayoría de los casos, los familiares de discapacitados queremos lo mejor para ellos y esta ley deja en manos del juez decisiones que pueden perjudicar, y mucho, no solo a los familiares sino al propio discapacitado. Creo que ese es nuestro caso.
Muchas gracias y saludos.
Hola Vidal. Por poder, pueden perfectamente impedir la venta si estiman que hay algún inconveniente. Normalmente se da en casos en los que el Ministerio Fiscal observa alguna irregularidad. Si bien le digo que en la práctica lo normal es que no se nieguen a ello. No se puede emprender ninguna acción por el posible perjuicio que pueda causar la decisión del juzgado, excepto en caso de que se observe alguna irregularidad grave en el procedimiento. Un saludo
HOLA BUENAS TARDES.-
MI NOMBRE ES FRANCISCO ZAMORANO JIMENEZ
HEMOS HEREDADO DE MIS PADRES UNA CASA, SOMOS 6 HERMANOS UNO DE ELLOS DISMINUIDO PSÍQUICO.
LE SOLICITAMOS UN DEFENSOR JUDICIAL Y YA ESTA NOMBRADO.
LA CASA EN CUESTIÓN LA PUSIMOS EN VENTA EN 90.000 EUROS Y YA EXISTE UN COMPRADOR FIRME.
MI PREGUNTA ES COMO PRESENTAMOS ESA OFERTA EN FIRME AL JUZGADO, LO HACE LA DEFENSORA JUDICIAL NOMBRADA DIRECTAMENTE CON UN ESCRITO ADJUNTANDO LA OFERTA O SE HA DE HACER A TRAVÉS DE UN ABOGADO OBLIGATORIAMENTE
Hola Francisco. Si la disposición patrimonial de la persona discapacitada es superior a 6.000 €, es obligatoria la asistencia de abogado y procurador. Un saludo
Hola buenas, tengo unas dudas, tenemos una herencia mis hermanos y yo de un tio y uno de mis hermanos es discapacitado y vamos a vender una finca rustica y necesitamos pedir una autorización judicial para la venta de ese bien. Mi pregunta es, podemos solicitarlas para todas fincas que hemos heredado por partes indivisas sin necesidad de tener que hacerla una por una. Lo digo por no tener que ir al juzgado cada vez que necesitemos vender algo de esa herencia.¿Podrìamos hacer una solicitud genérica de todo?.Muchas gracias, espero su respuesta porque hoy mismo voy hacer el escrito para llevarlo al juzgado que corresponda.
Hola Montserrat. Tendrás que solicitarlo bien a bien, no se puede hacer de forma genérica, puesto que además hay que incluir alguna documentación como la tasación del bien y el motivo de la venta del mismo. También te indico que te hará falta contar con abogado si supera los 6.000 € el valor del bien. Un saludo
Por cierto disponéis de algún modelo de escrito para llevarlo
Hola Montserrat. No proporcionamos modelos de nuestros escritos, pero como te he comentado, si supera los 6.000 €, te hará falta contar con abogado y procurador, con lo que no podrás llevarlo tú misma. Un saludo
Muchas gracias x la informacion, las fincas q hemos vendido no superan esa cantidad con lo cual llevaré el escrito yo misma.Son fincas rusticas de poco valor.Llevaré dos escritos individuales, pues son dos fincas rusticas.UN SALUDO CORDIAL
Por cierto¿ esta norma o ley es nueva? ¿Desde cuando la aprobaron?Me refiero a pedir autorizacion judicial porque pensabamos q con la sentencia de nombramiento de un tutor era suficiente..Mil gracias de nuevo.
Hola Montserrat. La ley en la que se basa esto adquirió vigencia en Julio del 2015. Un saludo
deseo que me informen cuanto me cuesta el juicio de administracion de bienes de mi hija con discapacidad.
Hola Margarita. Si quieres que te hagamos un presupuesto ponte en contacto por privado con nuestro despacho, por teléfono o por correo electrónico, para indicarnos más detalles del asunto. Un saludo
Buenas tardes. he consultado con un procurador el modo de vender un inmueble de mi tutelada y me dice que como es un «acto voluntario», no se necesita de abogado ni procurador. Que yo misma lo puedo hacer. Esto es asi?
Hola Alicia. Artículo 271, párrafo 2º, del Código Civil: «Artículo 271. El tutor necesita autorización judicial: (..) Para enajenar o gravar bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales, objetos preciosos y valores mobiliarios de los menores o incapacitados, o celebrar contratos o realizar actos que tengan carácter dispositivo y sean susceptibles de inscripción. Se exceptúa la venta del derecho de suscripción preferente de acciones.» Con lo que te hará falta aprobación judicial, y si el valor de la operación es mayor de 6.000 €, también te hará falta abogado y procurador. Un saludo
Hola , cuando el tribunal da permiso para enajenar un inmueble habiendo una persona interdicta es obligación hacerlo en pública subasta para poder vender.
Hola Sofía. No, dependerá de la autorización que se solicite, su fin, y posteriormente de la sentencia que de el juez. Un saludo
Buenas tardes Ab.
A mediados del mes de julio firmamos contrato de arras para comprar un piso en el cual somos inquilinos, el piso es herencia de 3 menores Y su madre o representante legal por medio de Ab ha presentado la documentación en el juzgado para la obtención de la autorización judicial , en la nota simple consta que los 3 menores son los únicos herederos y en el banco me han concedido el préstamo y ya estando todo listo el banco me dice que en la nota simple sale que está condicionado a autorización judicial , el contrato de arras está para 3 meses prorrogables, no hay cláusula alguna que diga que tengo que pagar o no alquiler pero la Sra quiere que le siga pagando alquiler que puedo hacer, porque no es por nosotros que se está atrasando la firma sino por parte de la vendedora por la autorización judicial que puedo hacer para no seguir regalando mi dinero? Que puede pasar si me niego a pagar el alquiler
Hola Elizabeth. Hasta que no se formalice la compraventa, el uso y disfrute de la vivienda dependerá de lo que hayáis pactado entre las partes. Un saludo
Buenas tarrdes, hemos firmado un contrato de arras para la compra de una vivienda de una persona incapacitada y el juicio se ha celebrado hace una semana, el juez ha autorizado la venta de la casa y por tanto la sentencia será favorable.
Tengo entendido que hasta poder efectuar la compraventa puede demorarse un mes y medio aproximadamente. Mi consulta es si en este caso podriamos solicitar a la inmobiliaria o tutelador la posibilidad de alquilar la vivienda hasta poder efectuar la compra.
Muchas gracias
Hola Victoria. Si deseas alquilar la vivienda estará a la voluntad de las partes únicamente, aquí no entra a valorar el tribunal. Un saludo
Hola, Victoria. Me podrías decir cuánto tiempo aproximadamente ha tardado el trámite de presentar la autorización judicial y que se haya resuelto de forma favorable? Nosotros estamos a la espera de una compra de vivienda con hija menor en escritura y no sabemos cuantos meses se puede demorar hasta que podamos quedarnos con la casa. Si me puedes decir tu tiempo de espera te lo agradecería! Saludos
Hola….firmamos mañana la hipoteca de una vivienda en la que uno de los herederos es discapacitado y en total son 4 herederos entre ellos su madre que también tiene un poder notarial para poder vender pero el problema es que hoy nos han avisado de que la vivienda se debe vender por 93000 € por orden de un juez y nosotros la hemos comprado por 82500€ ya le hemos entregado 2500€ ….tendremos algún problema?
Hola Isabel. La vivienda se debe vender al valor que haya estipulado el juez. Un saludo
Buenas tardes, mi caso es que quiero comprar una casa y la tratamos en 82.500,00 € y me llamaron hoy del banco que es el que se está encargando de la notaría por qué he pedido un préstamo hipotecario me faltaba un poco de dinero, mañana martes 19 de junio firmamos ante notaria y me llaman hoy por teléfono desde el banco y me dicen que la vivienda esta en 93.870,00 €. Hay cuatro ereseros una mamá y sus tres hijos uno de ellos descapacitado y la mamá tiene un poder notarial donde ella es su tutora. En el poder notarial ponen el precio de la vivienda como he puesto antes mi preguntas es como tutora no puede poner el precio que hemos hablado que es de 82.500,00 € ya le di de seña 2.500,00 €
Hola. Como ya he indicado antes, la vivienda se debe vender al valor que haya estipulado el juez. Un saludo
Entonces si quiero la casa tiene que ser en 93000€ ….no entiendo porque la madre y tutora la ha pactado con nosotros en 82500€ …que pasa con la fianza de 2500€? Y otra consulta seria si seria legal que ella nos diera la diferencia de 82500 a 93000 ….estamos desesperados ya que debemos dejar nuestro piso de alquiler el día 30 de junio y nos hemos encontrado con esto después de tener la hipoteca y todo preparado para la firma
Hola Isabel. El cómo realicen la forma de pago queda a disposición de las partes, pero si el juez, como te dije, aceptó su venta en 93.000, es por esta cantidad por la que se debe vender en escrituras. Un saludo
Buenas tardes, quisiera sa er lo que me costaría y el tiempo que tardaría el juez en dictaminar solución de una solicitud de autorización de compra de un bien de un menor. Pues tengo a los compradores espera do y no quisiera que por esto se echaran para atrás. Gracias
Hola Zaraida. El tiempo dependerá de la provincia y el juzgado que tenga que tramitar el expediente, los hay más y menos rápidos. Si quieres información sobre los servicios de nuestro despacho en estos trámites, por favor, ponte en contacto con nosotros por privado. Un saludo
Buenos días señor Sánchez, mi caso es el siguiente :Pertenezco a orihuela, Alicante, Tengo un piso a nombre de mi hijo que es menor de edad, y me ha salido un comprador, yo quiero y necesito venderlo, pero no sabia que había que pedir una autorización de compra de un bien de un menor.
No se la documentación te tengo que entregar en el juzgado y si necesito abogado y procurador o puedo hacerlo yo, pues no estoy económicamente nada bien para tener gastos, por eso necesito venderlo. Mi preocupación es que los compradores se echen atrás, sea muchos meses de espera y tenga más gastos que lo que vale la venta del inmueble. No puedo hacer un contrato de compraventa porque no se el tiempo que este proceso va a tener. Y lo tenía alquilado y se van por la venta. A si que tengo miedo de perder el alquiler y la venta. Me ayuda a aclararme un poco por favor? Gracias
Hola Zaraida. Como dice el propio artículo, la intervención de abogado y procurador es obligatoria si el valor del acto para el que se insta el expediente supera los 6.000 €. En cuanto al tiempo que tarda, dependerá del juzgado sobre el que recaiga el asunto y de su carga de trabajo. Un saludo
Muchas gracias por la información. Es un placer encontrar personas como usted!
Pero, de forma aproximada y de media en los servicios que vosotros habéis prestado sobre esta tesitura, ¿cuánto suele tardar? Algún ejemplo concreto que haya tardado poco o mucho? Muchas gracias. Saludos!
Hola Pedro. El más reciente que hemos tramitado tardó alrededor de 5 meses. Un saludo
Tengo una casa en propiedad adquirida en bienes gananciales con mi mujer. Ella falleció sin hacer testamento hace 11 años y tengo dos hijas de 17 y 15 años a las que le corresponde, por herencia, la parte legal de la casa recogida en la aceptación de la herencia hecha ante notario. Quiero mudarme de casa y pedí un préstamo hipotecario poniendo mi casa como aval y considerando que, una vez comprada la nueva casa, pondría la mía en venta. Pero me deniegan la hipoteca porque, teniendo hijos menores de edad no puedo vender mi casa. ¿Existe alguna solución?
Hola Manuel. Podrías vender la casa instando un expediente de autorización judicial de venta de bienes de menores, del cual hablamos en este mismo artículo. Así que ese no debería ser impedimento para que te otorguen la hipoteca, si bien al final dependerá de la voluntad de la entidad bancaria. Un saludo
Buenas tardes,
Tengo una duda, soy viuda con dos niñas menores, hay un bien familiar por parte de mi esposo, su mama y sus 4 hermanos, me están pidiendo que solicite una autorización de bienes por la venta del apartamento. Es necesario hacerlo? Otra no estoy de acuerdo con el monto acordado para la venta del inmueble, podre oponerme a la venta?
Hola Yajaira. Si los propietarios son tus hijos, y son menores de edad, es necesario para que se venda la propiedad solicitar dicha autorización judicial. Ahora bien, si no quieres vender con las condiciones que se hayan pactado, eres libre de no solicitar dicha autorización y por lo tanto no proceder a la venta. Un saludo
Buenos dias, tengo una consulta, mi familia tiene un piso que estaba totalmente a reformar, se iba a vender por el valor mínimo que autoriza hacienda a una compradora pero al tener que esperar porque hay una persona discapacidad como parte vendedora (son 5 partes, 1 de ellas esta dividida entre dos hermanos y uno de ellos es discapacitado) la compradora se echo para atrás, el caso es que al tener el piso cerrado y por miedo a que lo ocupen me metí yo en el piso (soy sobrina, hija y prima de los vendedores), como comente el piso estaba totalmente a reformar entonces para entrar en el tuve que realizar ciertas mejoras porque sino era imposible, mi pregunta es la siguiente, ahora después de un tiempo quisiera comprar el piso pero llegamos al acuerdo con la familia de que lo compraría por el valor mínimo de hacienda ya que ellos conmigo no se quieren lucrar ya que tienen su vida resuelta, esta claro que si viene un tasador me va elevar el precio de la vivienda ya que cuando yo entre estaba destrozada y ahora esta habitable aunque quedan cosas pro hacer, podría pedir la compra del piso por el importe mínimo legal que solicita hacienda para ese piso o me pondrá el juez pegas por estar bastante pos debajo del valor tasado?
Perdón por le discurso y gracias
Hola. Lo más probable es que en el juzgado soliciten la pericial del valor del inmueble. Un saludo
Hola buenas tardes mi nombre Luis Toaquiza , por hacer un consulta la venta de un inmueble de una menor de edad pude solicitar la apoderada de la menor, en estos casos es la Tia de la menor o quienes nomas pueden solicitar la venta .
Hola Luis. Somos un despacho de abogados de Málaga, España, y por lo que veo nos estás preguntando desde otro país. Al no conocer las leyes de tu país, no podemos ayudarte. Un saludo
Buenas tardes,
Soy propietario de un piso junto a 5 propietarios más (mi madre, mi hermano y yo… y mi tio y sus dos hijos).
Resulta que los dos hijos de mi tío son menores. Hasta ahí bien, sus explicaciones han sido claras y concisas… y por eso se lo agradezco enormemente.
Ahora bien, estamos en el punto de pedir presupuesto para este caso y mi tío, padre y tutor legal de los menores, considera que las costas que considere el abogado se han de repartir entre los 6 propietarios, y yo considero que es un tema que concierne únicamente a la parte implicada o a su representante legal (mi tío). Usted que considera, debería pagar las costas los padres de los menores o lo tendríamos que repartir entre todos?
Muchas gracias por la aclaración
Hola Anónimo. Entiendo que es un acuerdo al que deberán llegar todos los implicados, la ley no dice nada al respecto, pero desde mi punto de vista personal, si todos quieren vender la vivienda, todos deberían soportar los gastos que conlleva al tener una situación especial. Un saludo
Hola, me podríais informar si también es necesario, presentar en la notaría la sentencia del nombramiento del tutor o por lo contrario, sólo se necesita la autorización judicial.
Un saludo
Hola Vicente. Entiendo que dependerá del notario. Un saludo
Hola buenos días, somos cuatro hermanos y uno de ellos está incapacitado legalmente y su tutora es nuestra madre. Ahora tras la muerte de nuestro padre somos los herederos de la casa de mis abuelos, en total nos toca a cada uno una cuarta parte de una novena parte. Toda la familia quiere vender pues la casa es básicamente un solar pero en la notaria nos dicen que sin autorización judicial por ser mi hermano tutelado no podemos hasta que haya autorización. Tampoco sabemos el precio que se va a vender solo aproximado.
Hola Juan Manuel. Tal y como te han dicho, para vender la parte del incapaz hace falta autorización judicial. Un saludo
Hola, encantada de poder hacer una consulta . He solicitado la autorización judicial para pedir una hipoteca sobre el piso donde vivo ya que soy la tutora legal de mi madre incapacitada y mi padre ha fallecido, tengo la vista el dia 17 pero en la carta de la citación no ponian nada de abogado ni procurador y no los llevo, soy hija unica y por lo tanto la unica heredera. Mi pregunta es: tendria que llevar abogado y procurador? Es facil que me la concedan?y puedo saber el resultado en la vista?. Muchas gracias
Hola Begoña. Como explicamos en este artículo, la ley señala que si el valor supera los 6.000 €, es necesaria asistencia de abogado y procurador. Un saludo
Hola. Cuando era pequeña mis padres compraron una vivienda y me llevaron al notario a firmar unos papeles. Siempre me dijeron que esa casa sería para mi. Ahora, al cabo de los años, recibo una llamada de ellos diciendo que quieren vender la casa y necesitan mi firma. Nunca vi las escrituras. Mis dudas es saber como puedo aparecer en esas escrituras y cuáles son mis derechos y obligaciones en el caso de que insistan en que firme. También quisiera saber que debo hacer si deseo quedarme con la casa y cuanto me costaría. Gracias y un saludo
Hola Tatiana. Podrás obtener información registral de la vivienda en el registro de la propiedad y de las escrituras acudiendo al notario donde estén depositadas. Respecto al resto de preguntas, dependerá del caso particular, nos falta información. Si estás interesada en que te asesoremos con mayor detenimiento ponte en contacto con nosotros por privado para ofrecerte nuestros servicios. Un saludo
Saludos y gracias por anticipado. Nuestro caso es el de un chalet recibido por herencia por 4 hermanos entre los que hay una incapacitada judicial. Tenemos la autorización judicial para la venta directa y a un precio determinado por el juez que es el valor de tasación. Después de varios años intentando la venta, ahora hemos encontrado un comprador interesado, pero por circunstancias de mercado y porque el chalet genera muchos gastos de mantenimiento y se va deteriorando con el paso del tiempo, hemos acordado un precio bastante inferior al autorizado por el juez. ¿Cúal sería la manera más rápida para que el juez autorice la venta al precio acordado teniendo en cuenta que ya está autorizada hace casi un año y que lo único que hay que modificar es el precio de venta por las circunstancias del mercado y que la tutora de la hermana incapacitada, que es uno de sus hijos, está de acuerdo en dicho precio?. Muchas gracias y un cordial saludo.
Hola Augusto. Entiendo que habrá que instar nuevo procedimiento para solicitar la modificación de las condiciones que se aceptaron por el juez en primer lugar. Un saludo
Hola. Existe algún modelo para solicitar la autorización judicial de venta de bienes de un discapacitado? En caso negativo como abria que hacerlo y que abria que aportar. Somos 5 hermanos y uno de ellos es discapacitado. Queremos vender unas fincas rústicas y por lo que entiendo siendo la parte correspondiente al hermano discapacitado menor de 6000 euros no se necesita abogado ni procurador. Saludos y gracias de antemano.
Hola Óscar. No existe modelo oficial si es lo que solicitas, siempre puedes encontrar multitud de modelos gratuitos en internet. Efectivamente por debajo de 6.000 € no se necesita asistencia letrada. Un saludo
Hola buenos dias :
me llamo Ana y tengo un hijo con 17 años ya cumplidos , en su dia pedi autorizacion judicial para poder hacer la venta de un terreno que tiene el menor el 50% y el restante hay otros 20 herederos .
Por los conflictos que hay la autorizacion caduco.
Ahora hay un comprador interesado y quiere formalizar un contrato de arras , yo le he explicado que hasta septiembre del 2019 el menor no cumple la mayoria de edad. Mi pregunta es si puedo formalizar el contrato de arras y la venta se haria en septiembre , y si tengo que volver a pedir la autorizacion judicial pues la tengo caducada.
Mi hijo esta de acuerdo en hacer la venta pues el tambien quiere quitarse de conflictos y el dinero de el se pondria a una cuenta a su nombre.
Gracias.
Hola Ana. Si en el momento de la venta es menor de edad tendrás que solicitar de nuevo la autorización, en caso de que la venta se produzca con la mayoría de edad ya cumplida, lógicamente no será necesario. Un saludo
Buenas tardes¿Me puede decir si la autorización de la venta de un inmueble de un incapacitado depende del Juzgado de la localidad en la que vive y está empadronado o al ser una provincia debe contar con la aprobación de algún organismo central que se encuentre en Madrid?Soy la tutora judicial de mi hermana.de 65 años de edad. Tengo un comprador y la casa esta tasada. Queremos irnos a vivir a un cohousing del que ambas somos socias y estamos pagando por él, Me ha sorprendido que le han dicho a mi comprador que estaban esperando la autorización de Madrid. Se ha presentado también un defensor judicial de mi hermana al no tener más familia.¿La autorización judicial de venta del inmueble necesita que sea dada por Madrid o la da un juzgado de provincias.?
Hola Marian. El juzgado competente es el juzgado de primera instancia del domicilio del incapacitado. Si en el municipio no existe juzgado de primera instancia, se tiene que dirigir al partido judicial que corresponda y que sí lo tenga, pero no a un juzgado central de ningún tipo. Un saludo
Hola . Tras un divorcio ,el padre cede la propiedad de la casa a su ex mujer ;en el convenio regulador se establece el uso y disfrute de la vivienda a los hijos menores ,aunque tb que el padre autoriza expresamente la venta. En la nota registral de la vivienda ,aparece que los menores son los usufructuarios y ahora que finalmente hay un comprador ,el notario pide una autorizacion judicial para llevar a cabo la venta. Mi pregunta es si esta autorizacion se puede conceder sin conocimiento del padre ,o conlleva una citacion del padre ante el juez y una modificacion del convenio regulador .
Hola Jaime. Nos falta información para darte una respuesta concreta. Si estás interesado en que te ofrezcamos nuestros servicios ponte en contacto por privado con nuestro despacho para que te podamos indicar todo pormenorizadamente. Un saludo
Hola, tengo una hermana a la que quieren poner de tutor a mi padre o mi hermano cosa en la que dos hermanos no estamos de acuerdo, mi hermana tiene en propiedad una finca rustica en la que todos disfrutamos desde hace 20 años que mi madre la compro, después de varias discusiones solo yo voy a cuidar esa finca y estoy viviendo en ella con las mejoras q he realizado, si ellos consiguieran la tutela o la incapacitación de mi hermana, podrían hecharme de la finca?
Hola Ernesto. Si la única propietaria es tu hermana, y el tutor quiere vender la propiedad, sí, podrían llegar a echarte de la misma. Un saludo
Buenas tardes,
Ante una autorización de venta de una vivienda de una persona incapacitada, el informe pericial de valoración de la misma, ¿se entiende que el valor de tasación indicado por el profesional es el valor mínimo? Es decir, si se da autorización judicial para la venta, ¿se puede vender por un precio mas alto?
Gracias
Hola Noelia. Se podrá vender a lo que indique el juez en la sentencia, si le pedís que sea el valor mínimo, entiendo que lo tendrá en cuenta. Un saludo
Buenas tardes,
Querría saber cuanto tiempo tarda en caducar la autorización judicial?
Al vender un piso (de una incapacitada), es necesario tener ya el comprador o por el contrario, puede poner el tutor un precio, basándose en agencias inmobiliarias? no será preciso el perito judicial?
Hola Irene. Entiendo que no existe un plazo legal de caducidad para estas autorizaciones, y que habrá que estar en cualquier caso a lo que señale el juez. Un saludo
magdalena
Buenas tardes:
Mi pregunta es la siguiente: ¿Hay que solicitar la enajenación de un bien en el Juzgado de Primera Instancia que corresponda al domicilio de mi tutelado aunque todo el expediente de aceptación de una herencia de sus abuela y de aprobación de la partición por el Juez haya tenido lugar en un Juzgado de otra localidad? Por otro, lado, ¿Hay diferencia a la hora de exigencia del Juzgado entre solicitar la enajenación genérica o con oferta de compra? Gracias
Hola Magdalena. Sí, el juzgado del domicilio del tutelado es el competente para autorizar la enajenación de los bienes de su propiedad. Un saludo
ESTAMOS TRAMITANDO LA AUTORIZACION DE VENTA DE UN PISO , Y EL FISCAL NOS PIDIO TASACION Y LA LLEVAMOS
ESTO FUE A MEDIADOS DE DICIEMBRE/18 YSEGUIMOS SIN TENER NOTICIAS , ME PASE POR EL JUZGADO Y ME DIJERON QUE TODAVIA NO HABIA CONTESTACION POR PARTE DE FISCALIA
MI PREGUNTA ES , SI LLAMO A FISCALIA ME DIRAN EN QUE ESTADO SE ENCUENTRA MI EXPEDIENTE?
Hola Jesús. Claro, puedes preguntarles, pero no tienen por qué decirte nada que te sirva. Un saludo
Buenos días Sr. Sánchez Bermejo.
En caso de venta tutelada de un Local comercial, el valor que ofrecen los compradores no llega en ningún caso al precio tasado de la Comunidad de Madrid. Tengo entendido que NO se puede llevar a cabo dicha venta, por menos importe de dicha Tasación.
Un saludo,
Hola Domingo. El importe por el que se podrá vender dependerá del juez que autorice la venta del bien del tutelado. En este procedimiento hay que acompañar una tasación, y entiendo que será esta la que tenga en cuenta el juez. Un saludo
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, tengo un hijo menor de edad, su padre fallecio por lo tanto es heredero. Su abuela tras el fallecimiento de su marido es herdera de la vivienda en usufructo y sus 8 hijos de la otra parte, la abuela ahora quiere vender la vivienda, mi hijo al ser heredero de su padre tiene una pequeña parte de esa vivienda. Mi pregunta es, se tiene que pedir autorización judicial para la venta de dicha vivienda?
Hola Maca. Sí, se debe solicitar autorización judicial. Un saludo
pregunto si la madre de una menor puede comparecer en una adjudicación de acciones y derechos en un bien inmueble urbano, ya que la madre comparecio sola para adquirir dichos bienes representando a la menor
Hola Carlos. Si hay cualquier tipo de disposición patrimonial que afecte al menor hará falta autorización judicial. Sin tener más detalles ni acceso al expediente completo que comentas, no puedo indicarte más al respecto. Un saludo
Buenos días, estoy a la espera de la compra de un inmueble el cual la propietaria fue incapacitada en el mes de febrero y solicitaron la autorización a finales del mismo (imagino que venta directa dado que me pidieron una fotocopia de mi dni). Mi consulta es saber si para la vista llaman con antelación o ni siquiera es necesaria la vista por ser venta directa. Además también me gustaría saber si el proceso es instantáneo como nos informó el propietario, es decir, que se realiza la vista y el mismo día con la resolución podríamos entrar a vivir en la vivienda. Un saludo, gracias.
Hola Nuria. No suele ser necesaria la vista. En cuanto al procedimiento, una vez haya sentencia, se puede ir directamente al notario y formalizar la compraventa. Un saludo
Muchas gracias por responder. Pero tengo una nueva consulta. Resulta que el inmueble al que estamos a la espera de compra, los propietarios nos han dicho que ya les han concedido la autorización judicial, pero que ahora falta un papel que les ha dicho el abogado que tardará una semana o 15 días. Yo tenía entendido que una vez les cedieran la autorización ya estaba todo solucionado y ahora dicen esto. Es eso cierto? Hace falta algún documento más? Es que ya parece que se están riendo de nosotros
Hola Nuria. ¿Qué papel es el que está esperando? Un saludo
Pues no nos han especificado por eso preguntaba si es posible que falte algún documento, por lo que tenía entendido no era así
Hola Nuria. Sin saber más sobre el expediente o la sentencia, no puedo saber si falta algo. Pregúntale al letrado que llevó el asunto qué papel es el que falta. Un saludo
Buenos dias,
Estamos interesados en la compra de un bien inmueble propiedad del padre el cincuenta por ciento y de sus dos hijos menores el otro cincuenta por ciento que les correspondió por herencia al fallecer la madre.
Mi pregunta es la siguiente es necesario presentar un contrato de opción de compra al juzgado para la solicitud de la autorización judicial o es preferible primero solicitar la autorización y una vez concedida proceder a la venta directamente y si sabe cuanto tiempo se podría demorara este asunto.
Hola Elena. Se puede hacer de ambas formas, con oferta concreta para que se autorice esa venta, o sin oferta para que se autorice la venta en general. El tiempo dependerá del juzgado en que recaiga el asunto y de su celeridad en resolver este tipo de procedimientos. Un saludo
Buenas tardes,
Tenemos un piso que queremos vender 5 mayores y un menor. Ya he visto que hay que hacer el tema en el juzgado pero el niño es francés de nacionalidad y vive allí. Donde tenemos que hacer todo? en España o Francia?
Muchas gracias
Hola María. Si el menor vive en Francia, entiendo que deberá hacerse en Francia. Un saludo
Buenas tardes . Necesito vender un trastero valorado en 2200 euros pero el trastero está escfriturado a nombre mio, de mis dos hijas mayores de edad y de mi hijo de 15 años. me han dicho que necesito autorización judicial. Me gustaría saber cuanto puede costar ese trámite y si como he leído en un comentario al ser menos de 6000 euros no necesita abogado ni procurador entonces donde y como lo tendría que solicitar. Gracias.
Hola Lourdes. Efectivamente si el valor del bien es inferior a 6.000 € no es obligatorio llevar abogado ni procurador. Tendrás que dirigir un escrito al juzgado con los mismos requisitos y formalidades que explicamos en este artículo para que se inicie el procedimiento judicial. Un saludo
Gracias pero me gustaria que me dijeseis quie me podria hacer dicho escrito porque yo no se hacerlo. Me refiero si un gestor u otra persona que tramite documentos.
Hola Lourdes. Lo apropiado sería un abogado. Un saludo
Y cuanto podría costar aproximadanente porque lo pienso vender en 4000 euros y es capaz de costar mas el papeleo por eso me refera a que forma se podria hacer con menos costo. Gracias.
Hola Lourdes. Como ya le he comentado, no es obligatorio contar con abogado, puede hacerlo usted, pero si quiere asistencia de un profesional que se dedique a ello, un abogado es quien puede asistirle. Más allá de eso, cada despacho tiene sus precios. Si está interesada en que nosotros le ofrezcamos presupuesto póngase en contacto por privado con nosotros para poder facilitárselo. Gracias. Un saludo
Buenas, soy la tutora legal de mi hermano.Queremos vender un piso que heredamos de mi padre, la incapacidad , fue posterior.Hoy he ido al juzgado y me dicen que haga un escrito tal cual pidiendo la autorización, pues somos 7 hermanos a repartir y la cantidad estimada que toca a cada hermano es de unos 2500-3000 aproximadamente sin descontar los gastos resultantes de la venta.Tengo que aportar también un escrito de la inmobiliaria donde ponga el precio de venta y a cuanto salimos .No sé si con esto bastará en los juzgados de Valencia.No sé si hay que rellenar un formulario en concreto, pues las trabajadoras.Atte: Goyi
Hola María Gregoria. No existe tal formulario, en el escrito tendréis que aportar todas las pruebas que tengáis para explicar la situación y lo que solicitais. Un saludo
Buenos días,
hace 1 mes vendí mi piso a un hombre por una cuantía. La semana pasada se presentó un «curador» en el Notario donde firmamos los papeles para decir que la persona a la que le vendimos el piso era un incapacitado declarado como tal judicialmente, con una discapacidad del 25%, aunque a nosotros nos pareció una persona en su sano juicio e incluso nos enseñó un documento donde instaba que él no padecía ninguna incapacidad. La cuestión es que el curador dice que pedirá la nulidad del contrato, ya que el piso está tasado en una cuantía ligeramente menor a la que lo vendí, perjudicando así al comprador incapacitado. ¿Tengo que preocuparme de que anulen el contrato de compra-venta? Tengo entendido que si la incapacidad es total sí, pero si es parcial, ¿también?
Muchas gracias de antemano,
M. Gonzalo Pedrera
Hola María. Tendríamos que estudiar todas las circunstancias y pruebas del caso para poder darle una opinión correcta acerca de si podría prosperar o no la nulidad del contrato solicitada. Un saludo
Muy Buenas Estoy es Buscando Alluda Para Poder Trabajar En una Finca Pues Solo Busco PosIlidades No Me Ayo Sin Poder TraBajar En el campo Ade Mas soy DiscaPacitado Sin Tener
Para Un TraBajo En Finca La DiscaPacidad Que tengo No es Un Peimento Para Trabajar Por Fa Bot Con tactar Me en el Correo Pueden Notificar me Y Si Desean Ablar Con migo Personal Con gusto Le Mando La direcion De aca de Medellin Donde estoy yo Mi Correo Es Este
Hola Diego. Siento indicarte que somos un despacho de abogados de España, no de Colombia, con lo que no podemos ayudarte. Un saludo
Buenos días,
Buenos días,
Acabo de ser nombrado tutor en diciembre de 2019 de mi hermana, declarada judicialmente in-capaz, una vez que la sentencia fue firme, en esa misma fecha.
Tenemos un piso en propiedad a partes iguales entre tres hermanos, una de las propietarias es la que ha sido declarada incapaz.
Este piso, que no se le da uso, con acuerdo unánime de los 3 propietarios, se puso a la venta en enero de 2016, con contrato de venta en exclusiva con una Agencia Inmobiliaria de la localidad donde se ubica la vivienda, No ha salido comprador en estos 4 años. Está en una ciudad que existe una cantidad exagerada de venta de pisos y pocos compradores por la poca actividad económica de la zona.
Mi pregunta es: ¿Podemos continuar con la venta sin solicitar Autorización Judicial, o por el contrario hemos de interrumpir la venta y yo como tutor he de solicitar la mencionada Autorización judicial?
Si he de solicitar autorización, puedo hacerlo yo personalmente, o es obligatorio solicitarla mediante abogado y procurador.
Gracias por su atención.
Atentamente,
Adolfo
Hola Adolfo. Para formalizar la venta del inmueble será necesario tener la autorización judicial, y para pedir la misma es necesario abogado y procurador si el valor de la parte de tu hermana supera los 6.000 €. Un saludo
Buenas noches Ab ya ha resuelto el juez autorizando la venta y tengo muchas dudas la madre de los menores entregó para la obtención de la autorización judicial la tasación que me hizo el banco valorada en 130000 euros ahora la venta sale autorizada por cantidad no inferior a 130000 que puedo hacer si la madre de los menores negoció conmigo y asi se firmó contrato de arras por 85000 euros, yo sigo interesada en la compra de la vivienda pero por el valor de 85000, la sra tendrá que devolverme el doble del valor de arras a pesar de que haya sido el juez quien puso precio de la vivienda? Se puede interpretar que ella debe devolverme el doble, y que puedo hacer yo con 3 menores si no puedo comprar la vivienda por ese precio? Puedo apelar justificando mi situacion economica y mis deseos de comprar la vivienda por 85000 o el juez si dictaminó eso ya no hay marcha atrás????
Gracias por su ayuda y asesoría
Hola Elizabeth. Si el juez ha autorizado la venta por 130.000 euros, no se podrá vender por un precio inferior a esta cuantía. Siempre se podrá instar a que el juez vuelva a autorizar una cuantía distinta. Un saludo
se me presento un caso de venta de un terreno eriazo 13 has , el posesionario ya falleció y no cuenta con titulo de propiedad solo constancia deposesion ahora bien la viuda quiere vender el terreno pero mediante sucesión intestada heredan dicho terreno los hijos dos de ellos menores de edad, mi pregunta es es necesario solicitar autorización judicial para la venta, teniendo en cuenta que el terreno no tiene titulo solo constancia de posesión
Hola Jaime. Entiendo que podrá vender el terreno quien sea el propietario, si no está inscrita la propiedad del terreno, entiendo que será titular quien viniese ejerciendo las atribuciones del propietario. Un saludo
Buenas noches y gracias por su pronta respuesta.
Ahora vienen las preguntas del millón, yo como inquilina, interesada en comprar puedo instar?. Y las arras que tiene que devolver son duplicadas o sólo lo del contrato
Hola Elizabeth. Sólo podrá instar la autorización el incapacitado a través de su representante legal o tutor. En cuanto a las arras, dependerá del contrato que hayáis firmado. Un saludo
Hola disculpa que te pregunte ya entendi que se demora segun en donde haces el tramite pero yo estoy hace 30 meses esperando primero el curador y ahora la autorizacion del juez y el dueño de la casa dice que en algun momento va a salie el tramite o la autorizacion judicial por eso pregunto cuanto tiempo se puede demorar como minimo o maximo ya que estoy viviendo en la casa y firmamos promesa de compra pero no de arriendo y ahi tuvimos problemas con el dueño te lo agradecería mucho porfa quedo atento a tu comentario gracias
Hola Marcelo. Veo que nos escribes desde Chile, siento indicarte que este artículo y nuestro despacho, están basados en España y en la legislación española. No podemos ayudarte. Un saludo
Durante el plazo en el que esta abierto el auto a apelacion se puede realizar la venta de un inmueble si el auto ha salido favorable?
Hola Teresa. Entiendo que hasta que la sentencia sea firme, no se puede hacer nada. Un saludo
Buenas tardes, Sr. Sánchez Bermejo.
Mi pregunta es por un Contrato de Arras que firmamos en Septiembre del año pasado, a través de una Agencia Inmobiliaria, en la cual supimos porteriormente que no estaba dado de alta como Agente Vendedor el SR. CON EL QUE HICIMOS LA OPERACION, en el cual dimos 6.000 Euros de señal para la compra de un Apartamento, Llegada la fecha de la firma de las Escrituras no pudimos hacer frenta a la Operación y perdimos la Señal dada, Y ahora este Sr. de la Agencia Inmobiliaria me reclama por via Judicial el 2% de la Compra Venta del Apartamento, venta que o se ha efectuado lógicamente, He recibido Una Demanda de Juicio Monitorio por el cual me instan a pagar ese 2% antes mencionado, En la Demanda viene una Hoja de Reconocimiento de Honorarios de la cual yo desconocia pues este Sr. de la Inmobiliaria no me dio ninguna copia, también decirle que recibi la Citación por correo ordinario y no certificado para retirar la Demanda de Juicio Monitorio, Es justo que el Juzgado sea Juez y Parte y me conmine a pagar a este Sr. el 2% de la Operación? Sin otro particular y agradeciéndole de antemano su atención, le saluda atte. Antonio Sánchez Martinez
Hola Antonio. Dependerá de si usted firmó, o no, dichos honorarios, y si fue informado debidamente de los mismos. Un saludo
Buenos días, en mi caso lo que deseo es autorización judicial para RECHAZAR una herencia en nombre de mis 3 hijos menores, ya que es una hipoteca a 25 años, osea una deuda que no queremos que caiga sobre ellos. Tampoco queremos la opción de beneficio de inventario. Mi duda es, a la hora de decidir si es obligatorio abogado y procurador, se considera el valor de casa? Porque el valor de la casa supera ese valor de 6000 pero lo que hay es deuda hipotecaria. En mi caso necesito los dos? Tanto abogado cuanto procurador? Gracias
Hola Dulce. Al necesitar autorización judicial para rechazar la herencia, entiendo que sí necesitarás contar con abogado y procurador. Un saludo
Buenos días. Mi padre esta incapacitado judicialmente y dispone de el 50% de un piso, el otro 50% pertenece a su ex mujer, mi madre. Para la venta de ese piso necesita la aprobación de mi madre? Puede venderse ese piso si mi madre no quiere venderlo? Gracias.
Hola Ester. En la medida en la que solo tiene un 50%, solo podrá vender ese 50% del piso. Otra cosa será que quiera iniciar algún tipo de división de la cosa común a través de los juzgados. Un saludo
Buenas tardes,
Tengo una duda y me gustaría, si es posible, que me ayudaseis a esclarecerla.
El caso es el siguiente: Una señora consigue la tutela de su tía incapaz, la cual tiene una vivienda que desean vender, el 50% para ser exactos.
En el primer momento, fueron a una inmobiliaria y allí se les comentó que la casa rondaba los 125.000 euros. Después de un tiempo, esa misma inmobiliaria se interesó por la casa, queriendo comprarla por el precio que les comentaron.
La tutora de la incapaz les dijo que sí, y el juez les concedió vender la casa.
Por tanto, la persona de la inmobiliaria fue quien les hizo el peritaje de la casa y la misma que se ofreció a comprarla.
El abogado nunca les dijo que estaba mal. Sin embargo, en el último momento, les dijo que no estaría muy bien visto que fuera la misma persona la que compra y la que hace el peritaje.
En este momento, ya tienen un contrato por esa casa, y han recibido el 10%.
¿Crees que estará bien hecho el contrato?, ¿hay algún error en él?, ¿qué deberíamos tener en cuenta?
Gracias.
Hola María. No podemos valorar un contrato sin estudiarlo previamente. En cuanto a que la tasación la haga una de las partes, desde luego no es lo ideal, dependerá del juez aceptarlo o no. Un saludo
Buenos días, tengo una duda que me gustaría que me aclarasen.
El juez nos ha autorizado a vender una casa de la cual una de las partes es una persona mayor de edad con incapacidad Psíquica.
En la notificación de autorización dice lo siguiente «que el dinero de la venta sea debidamente ingresado en la cuenta bancaria titularidad de la incapaz respecto de la cual se rindan las debidas cuentas anuales antes el juzgado que acordó la incapacitación…»
Ante esta coletilla nos surge la duda de que si al ser cuatro hermanas las herederas (incluyendo la incapacitada) ¿Este dinero se puede repartir a partes iguales entre las hermanas? o al indicar que se ingrese en su cuenta correspondería todo a la incapaz.
El testamento indica que la herencia se hará a partes iguales entre todos los hijos.
Gracias.
Hola Laura. Entiendo que el dinero se deberá repartir entre todas las hermanas a partes iguales si tenían la misma participación en el inmueble vendido. Un saludo
Buenos Días, en mi caso me quieren enajenar un bien inmueble fideicomitido en un Fideicomiso de Administración, en donde los padres aportaron un inmueble nombrándose los mismos, como fideicomisarios y fideicomitentes en primer lugar y a sus dos hijas, menores de edad, como fideicomisarias, cuyos fines del Fideicomiso en términos generales es la administración de los bienes inmuebles aportados, sobre sus frutos.
En este caso, en su opinión, ¿se requiere obtener primero una autorización judicial para realizar esta operación?
¿Puede ser que mas adelante quieran solicitar una declaratoria de nulidad relativa por incumplimiento de esta autorización judicial?
Muchas Gracias por el favor de su atención
Hola Amador. Por lo que veo nos escribes desde México, siento indicarte que nuestro despacho está en España, y que por la diferencia entre las leyes de ambos países, no podemos ayudarte. Un saludo
Hola, quería consultar algo que ya está respondido más arriba acerca de la venta de un inmueble entre 5 adultos y un menor. Sé que hay que solicitar autorización judicial con abogado y procurador. Ya lo he hecho y estoy en espera de respuesta de ICAM de justicia gratuita. Como me han contestado hoy, la concesión de abogado de oficio podría demorar 2 meses con lo que, la venta podría perderse.
Cuánto me podría costar la presencia de abogado y procurador en la autorización de venta?
Hola Sol. Depende del inmueble. Si quieres información sobre nuestros honorarios ponte en contacto por privado con nuestro despacho. Un saludo
Buenas Tardes Sr. Sánchez Bermejo, soy viuda con dos hijas de 10 y 12 años, el 50 % del piso es mio y el otro 50% es de mis hijas al fallecer mi marido hace tres años, el piso no tiene cargas de ningún tipo ya que las liquidé todas al fallecer, pero se nos hace imposible la vida allí, hasta el punto de ya no usar la mayoría de las estancias. Así que decidimos vender y comprarnos otra cosa para que los recuerdos no nos hiciesen la vida imposible. Llegado el momento solicitamos una autorización al juez explicando todo, y con todo bien presentado la compra, lo nuevo que nos queríamos comprar, y el dinero que necesitaríamos para hacerlo ,no nos faltó papel ninguno, pero el fiscal nos ha paralizado los papeles y llevamos así 7 meses, por consiguiente hemos perdido la casa que habíamos presentado al juez. Mi pregunta es, hay alguna forma de modificar esto en el mismo proceso y no tener que empezar desde el principio? tenemos compradores de nuestro piso desde el mes de octubre, de verdad que necesitamos salir de esa casa lo antes posible. Muchas Gracias.
Hola Noelia. Dependerá de en qué estado se encuentre el proceso y los motivos por los que se ha paralizado el asunto. Un saludo
Me pregunta yo tengo un hijo incapacitado mi suegro ha fallecido y mi marido también mi marido tiene parte de la herencia al no estás mi marido pasaría a mis hijos uno de ellos incapacitado mi suegra quiere vender el piso tendrían que pedir permiso al juez por la parte de herencia que le corresponde a mi hijo el incapacitado muchas gracias
Hola, en primer lugar para poder acceder a los bienes y patrimonio de su marido fallecido es necesario que se declare a sus hijos como herederos legítmos, luego podrá solicitar una autorización judicial para la venta de un inmueble en el que uno de los propietarios está incapacitado, algo obligatorio para la venta del inmueble, evitando la venta del inmueble sin que se tenga en cuenta a su hijo incapacitado. Un saludo.
Mi pregunta es si puedo firmar contrato de arras de una vivienda que el 50% es de mi hermana que esta incapacitada legalmente por sentencia judicial siendo yo su tutor legal.
ya se ha solicitado permiso judicial y se ha tramitado por lo cual pregunto sipuedo fimar contrato de arras sin tener en mi poder el permiso judicial
Hola Jesús. Mientras la propiedad no cambie de titular hasta que el juez lo autorice, es perfectamente válido el contrato de arras. Un saludo
Muchas gracias David
Hola, quisiera saber si los gastos de abogado y procurador por la tramitación de autorización judicial para le venta de inmueble por un menor de edad, son deducibles en renta, cuando se produzca la compraventa, como gastos inherentes a la transmisión, Saludos.
Raúl.
Hola Raúl. Entiendo que no, pero te recomiendo que preguntes en la Agencia Tributaria. Un saludo
Gracias David.
Hola, Buenos días.
Mi consulta es si se puede vender una propiedad heredada por cinco hermanos, cuando uno de ellos vive en la misma desde antes de la herencia con discapacidad y no quiere vender ni irse de la casa.
Tiene algún derecho a quedarse debido a su discapacidad?
Muchas Gracias.
Hola Rubén. Entiendo que podrá acordarse la venta con el tutor del discapacitado o en todo caso mediante venta judicial. Un saludo
Quiero comprar una vivienda que el sufructo lo tiene la madre y la nuda propiedad los tres hijos, uno de los cuales está incapacitado.
Quiero hacer un contrato de alquiler con opción a comprar hasta que tengan el permiso del Juzgado para vender el tercio de la Nuda Propiedad del incapaz.
Mi pregunta es tendré problemas si lo hago así?
Hola Josefa. Entiendo que podrías llegar a articularlo tal y como dices. Un saludo
Quiero comprar un bien inmueble pero de por medio hay una persona discapacitada menor de edad por la madre está fallecida pero el padre quiere vender que se haría allí cuál sería el procedimiento muchas gracias.
Hola deberá conseguirse primero la autorización judicial de venta al ser parte de la compraventa una persona incapacitada, un saludo.
Buenas,
Me gustaría que me aclararan una duda.
Soy tutora legal de mi madre incapacitada y el juez me ha autorizado a la venta directa, de una casa de la cual cinco hermanos somos los nudos propietarios y mi madre tiene el usufructo vitalicio con facultad de enajenar, gravar o disponer por actos inter vivos.
La autorización judicial dice lo siguiente; el dinero de la venta será debidamente ingresado en la cuenta bancaria titularidad de la incapaz, ya que la venta es beneficiosa para ella.
La duda es, que a la hora pagar los impuestos nosotros también tendríamos qué pagar, al ser nudos propietarios?
Hola María. Cada uno tendrá que tributar por lo que le corresponda en función del derecho que tenga sobre el inmueble. Un saludo
Hola
Soy tutor de mi madre, incapacitada,. Tiene bienes ganaciales con mi padre. Mi padre para poder pagar la residencia donde esta mi madre quiere vender propiedades.
Ya tengo la sentencia de tutor, pero estoy a la espera de confirmación de presentación de bienes que tuve que hacer en el decanato de Madrid.
MI pregunta es cuando se puede empezar a hacer venta de propiedades, y tramites que hay que hacer, cuanto suelen tardar en confirmar que todo ok con el inventario de bienes. En el caso que tarden mucho en confirmar el inventario de bienes, se puede alquilar propiedades sin tener que comunicarlo.
Muchas gracias
Hola Alberto, ¿entiendo que lo que has presentado es una autorización judicial de venta de bienes? En ese caso, debes esperar a la sentencia. Un saludo
Buenas tardes,
Estamos interesados en comprar un inmueble con valor catastral de 370.000€. Sin embargo, las partes hemos acordado un precio de 335.000€.
La abogada de los vendedores nos ha informado de que no pueden efectuar la venta por menos del valor catastral ya que, se trata de una herencia y uno de los herederos es discapacitado y, según nos ha informado el juez nunca lo autorizaría.
La casa está en unas condiciones pésimas. El señor que vivía antes ahí tenía diógenes y es casi imposible acceder a la vivienda. De hecho, nosotros solo hemos podido acceder a una parte de ella, y la parte que hemos visto no está en condiciones favorables.
¿Podria esto solucionarse de alguna forma?
Gracias de antemano.
hola, el juez estimará lo oportuno de acuerdo a la ley si bien habiendo una persona discapacitada se velará por sus intereses de acorde con la norma, no obstante el valor de mercado del inmueble en cuestión debe ser también valorado, la última palabra la tiene el juez, saludos.
Buenas tardes, estoy a la espera de comprar un piso que está a nombre de dos propietarios. Una de las propietarias tiene Alzheimer y está a la espera de que el juez la incapacite y, su marido, que es el otro propietario, se quedaría como su tutor. Mi duda es, cuando consigan la incapacitación de dicha propietaria, ¿ya podrían venderme el piso? ¿O tendrían que solicitar la autorización judicial para venderlo? Lo que haría que se demorara aun más… Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Hola Noemi. Si se declara judicialmente incapaz uno de los propietarios, será necesario realizar un procedimiento de autorización judicial de venta. Un saludo
Buenos días, en primer lugar quiero agradecerles la gran labor que hacen con este blog de consultas. Mi duda es la siguiente. Hemos llegado a un acuerdo para la compra de un inmueble, siendo una de sus propietarias una persona incapacitada judicialmente. Su hijo y tutor ya ha solicitado la autorización judicial. El caso es que hemos pactado un precio por debajo del nuevo valor de referencia que ha entrado recientemente en vigor, y nos comentan de la inmobiliaria que es probable que el juez imponga como precio mínimo de venta el recogido en el citado valor de referencia. ¿es así?. Por otra parte, la inmobiliaria nos ha sugerido suscribir un contrato de arras penitenciales, que estaría condicionado a la obtención de de la autorización judicial de venta. Su plazo de ejecución sería (por ejemplo) de «60 días a partir de fecha de la resolución judicial que autorice la venta». Igualmente, nos dicen que deberíamos poner en el contrato de arras, como precio de venta, el valor de referencia, para evitar posteriores problemas. ¿Es correcto lo que nos propone la inmobiliaria? Gracias de nuevo y un saludo.
Hola Carlos. Lo que propone la inmobiliaria parece razonable. Igualmente, si quieres que estudiemos el expediente, ponte en contacto con nuestro despacho por privado para que podamos ofrecerte nuestros servicios. Un saludo
Buenos días, me gustaría añadir una última cuestión a lo que les comentaba en la anterior entrada. ¿Sería posible firmar un contrato de alquiler con opción a compra, estipulando que esta última queda condicionada a la autorización judicial de venta? Muchas gracias.
Hola Carlos. Entiendo que sí, sería posible. Un saludo
Buenas tsrdes una consulta como puedo comprar un terreno si la escritura se encuentra a nombre de un difunto cuando era soltero y su esposa existe y ella tiene la escritura y por medio tiene una hija que es discapacitada como puedo comprar ayudeme xfavr
Hola en ese caso deberá comprarla a sus herederos, deberán homologar la situación y en cuanto a la discapacidad tal y como viene en el artículo que le recomiendo leer, existe un procedimiento para comprar bienes de personas discapacitadas y menores, saludos.
Hola:
Mi hija menor ha heredado de su abuelo una parte alícuota de una casa que ahora queremos vender y hemos firmado un contrato de arras con un posible comprador. El valor de venta del inmueble son 59.000 e pero la parte que le corresponde en función de la propiedad heredada y de la que es propietaria a la menor, sería de unos 3.000€, ya que hay 9 herederos y unos heredan más que otros. Teniendo en cuenta que su parte de la propiedad es inferior a 6.000€, se podría solicitar sin abogado ni procurador, presentando un escrito solamente en el juzgado?? si se necesitara abogado y procurador quien tendría que pagarlo, todos los vendedores o los padres de la menor (mi hija)?? además no tenemos tasación del inmueble, sería posible solicitar venta directa sin aportar tasación?
Gracias de antemano y disculpe tantas preguntas.
Hola, para un asesoramiento más profundo deberá contactarnos por privado para que le respondamos sus preguntas. Saludos
Buenas noches, me gustaría saber si se puede solicitar simultaneamente la incapacidad y la autorización de venta de patrimonio. Hemos firmado arras de una casa y uno de los vendedores, varios hermos, ha sufrido un ictus. Tienen todos los papeles para presentar la incapacitación ante el juez pero tambien necesitanos la autorización de venta para poder firmar las escrituras.
Gracias
Hola, primero deberá obtener la incapacidad para que la presente para la autorización de la venta, saludos.
Hola mi pregunta es me quiero comprar una casa tengo todo los papeles de la ipoteca consedida p teníamos que firmar las escrituras el día 18 de noviembre pero nos a cabamos de enterar que uno de los herederos tiene una minusvalía y el no puede firmar las escrituras cuanto tarda un jues de dar autorización de venta la casa cuesta 45000 euros y son 7 herederos graciass
Hola, ese asunto dependerá de la carga de trabajo del juzgado en donde recaiga el asunto, nosotros no podemos estimarlo, pueden ser meses, años, todo depende de dicho juzgado, saludos.
Hola. Quiero extinguir un condominio familiar donde estamos 30 personas.Uno de ellos es discapacitado. La oferta que hago a mi familia es la mitad del valor de referencia catastral. Todos están de acuardo ya que el piso está para reforma integral y nunca ha sido habitado. ¿Autorízaría el Juez la «venta»?
Gracias de antemano por su contestación.
Saludos Cordiales.
Hola, si hay un copropietario con discapacidad deberá primero resolverse la autorización judicial para la venta, de esta manera se cumple con los requisitos, si lee este artículo se explica más detalladamente, saludos.
-SOMOS 4 HERMANOS, 2 CHICAS Y DOS CHICOS. UNO DE LAS CHICAS TIENE UN ELEVADO GRADO DE DISCAPACIDAD, LA OTRA -LA HERMANA MAYOR- EJERCE DE TUTORA.
-EL CASO ES QUE, A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS DE UN ABOGADO Y DE UN PROCURADOR, TENEMOS SOLICITADA UNA AUTORIZACIÓN DE VENTA DE UN INMUEBLE HEREDADO DE NUESTROS PADRES EN UNA ZONA DE LA COSTA VALENCIANA, DESDE NOVIEMBRE DE 2019.
-A HORAS DE HOY, NO NOS HAN DADO AUN LA AUTORIZACIÓN DE VENTA DESDE EL JZDO. Nº 3 DE ALZIRA (COMUNIDAD VALENCIANA), HABIÉNDOSE RENOVADO EN VARIAS OCASIONES LA PETICIÓN.
-TODO ELLO ESTÁ OCASIONANDONOS PERJUICIOS ECONÓMICOS QUE ENTENDEMOS SÓN DEL TODO INNECESARIOS Y MENOSCABAN BASTANTE NUESTRAS ECONOMIAS.
A TODO ESTO HAY QUE DECIR QUE HAY DOS COMPRADORES QUE HAN DEPOSITADO UNA SEÑAL EN UN AGENCIA INMOBILIARIA, ESPERANDO PARA COMPRAR HACE YA MAS DE 20 MESES.
NO ENTENDEMOS POR QUÉ ESTA SUCEDIENDO ESTA PARANOIA, ESTAMOS BLOQUEADOS Y NO SABEMOS QUÉ HACER.
¿ SERÍAN VDS. TAN AMABLES DE ARROJAR UN POCO DE LUZ A NUESTRO CASO ?
AGRADECIDOS DE ANTEMANO, SALUDAMOS CORDIALMENTE A TODO EL GABINETE.
Hola, para aclarar las dudas específicas a un caso en concreto es mejor que nos contacte pro privado, saludos.
Hola. Quiero vender un piso que tiene una hipoteca de ciento treinta mil euros, el precio de venta sería de 150 mil euros, mi pregunta sería : somos 5 herederos más tres menores que heredan la parte de su madre que falleció, dado que la cantidad que se heredarían serían 20 mil euros entre ocho herederos, habría que pedir la autorización judicial? Un saludo
Hola, para un análisis de un caso complejo puede contactarnos por privado, pero siempre que haya menores se debe solicitar, saludos.
Buenas tardes.
Soy curadora de mi madre desde febrero de este mismo año. Mi madre posee unas 10 pequeñas fincas de poco valor cada una y me gustaría saber si puedo pedir dos autorizaciones judiciales con la mitad de las fincas en una de ellas y la otra mitad en la otra autorización judicial para no tener que necesitar abogado y procurador???
Gracias. Un saludo.
Hola, si lees nuestro artículo puedes contrastar cuando necesitarás la intervención de abogado y procurador, saludos.
hola queria saber si el juez puede impedir a los vendedores de un piso en el que una de las personas es tutelada por discapacidad colaborar con inmobiliaria
muchas gracias , un saludo
Hola, el juez siempre analizará que cualquier actuación no vulnere los derechos de la persona tutelada, saludos.
Hola, estoy en tramite de la compra de un piso tutelado por un caso de discapacidad. El juez ya ha firmado la zutorizacion para la venta y estoy dentro de los veinte días para que sea sentencia firme. La abogada de la parte vendedora dice que pasados estos veinte días el fiscal tiene que emitir un documento conforme no va a reclamar. Es cierto?
Hola, el Ministerio Fiscal es parte del proceso por lo que debe emitir dicho documento, saludos.