La legislación española señala que la alteración en apellidos de padres afecta directamente a sus hijos si bien es diferente si los hijos están o no aún bajo la patria potestad de los padres.
Concretamente, tanto la Ley como el Reglamento del Registro Civil estipulan que los cambios de apellidos alcanzan a todos aquellos que están sujetos a la patria potestad, además de a los demás descendientes que expresamente lo consientan.
A continuación nuestros abogados expertos en cambios de apellidos nos explican con más detalle esta situación que regula la norma.
Alteración en apellidos de padres respecto de sus hijos
Como ya hemos adelantado, la ley señala que todo cambio de apellidos alcanza a los sujetos a la patria potestad. Esto quiere decir, que a todos los descendientes de los cuales se ostente la patria potestad, les afectarán los cambios de apellidos de sus padres, ya sea un cambio de orden de los mismos o cualquier otro tipo de alteración en apellidos.
Además, respecto a aquellos descendientes que no estén sujetos a la patria potestad (normalmente, por ser mayores de edad o emancipados, o porque hayan retirado la patria potestad a los progenitores), también les podrán afectar los cambios de apellidos de sus progenitores siempre que los descendientes así lo consientan expresamente.
Cabe destacar que para que a estos descendientes les afecte el cambio de apellidos de sus padres, es necesaria la inscripción de su consentimiento, formulado bien en el propio expediente, o bien dentro de los 2 meses siguientes a la inscripción del cambio y con sujeción a las reglas formales de reconocimiento ante el encargado del Registro Civil.
El encargado competente para la inscripción de cualquier acto que implique cambio de nombre o apellidos lo comunicará, en cuanto afecte a mayores de 16 años, a la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior y al Registro Central de Penados y Rebeldes. También podrá comunicarlo, en su caso, a las autoridades de Policía del país extranjero en que residan los alcanzados por el cambio. La Dirección General de los Registros y del Notariado puede ordenar otras comunicaciones.
Referencias |
Reglamento para la aplicación de la Ley del Registro Civil |
Sánchez Bermejo Abogados
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Qué pasaría en el caso de que un padre divorciado cambiase el orden de sus apellido? afectaría a sus hijos comunes según esa norma sin el consentimiento de su madre que vería como su hijo cambia de primer apellido
Hola María Elena. Mientras siga ostentando la patria potestad de los hijos, el cambio sí les afectaría. Un saludo
Hola buenas,soy una mujer marroquí acabo de obtener la nacionalidad española,pero quería tener mi segundo apellido cómo española el de mi marido,pero me dijeron en el registro civil que no se puede que había que tener los apellidos paternos y maternos?.hay alguna forma de cambiar el apellido ?muchas gracias
Hola Naima. En España no es posible adoptar el apellido de la pareja, como te han indicado, deben ser los de padre y madre. Un saludo
Buenas tardes, me han concedido la custodia y patria potestad de mi hija.(6 años)
Me gustaría saber si puedo o bien cambiarle mi apellido primero o ponerle los mios directamente?
Y otra duda es si al concederme la patria potestad es para siempre? O el padre puede recurrir en algún momento? Gracias
Hola no puede hacer eso ya que es menor de edad y todo deberá ser ante un proceso judicial que nunca suele ser favorable, y efectivamente si hay cambios notorios en la situación que se tenga por parte de los progenitores se puede solicitar una modificación, saludos.
Buenas tardes,soy madre soltera y me gustaría resolver una duda, si yo me caso en España con mi futuro marido de Estados Unidos, pero me canviarà el apellido y me pongo el suyo, podría perder la patria potestad única de mi hijo?
Hola Raquel. El hecho de que te cambies el apellido en los Estados Unidos, no afectará en nada a la patria potestad sobre tu hijo. Un saludo
Buenos días,
Mi exmujer ha sido adoptada por su padrastro y ha cambiado su primer apellido original por el de su padrastro. Según me comenta, ahora mis hijos menores, ya con 9 y 8 años con sus apellidos de siempre, van a tener como su segundo apellido, ese nuevo apellido y San Seacabó. Tengo la patria postestad que me confiere la custodia compartida al 50%.
¿Es esto posible sin tenerme en cuenta?, Es decir, ¿ puede inscribirlos en el registro Civil sin mi consentimiento con ese nuevo apellido y se lo aceptarían a trámite?
Entiendo que hay que esperarse a que sean mayores de edad y ellos puedan decidirlo.
De ser posible este despropósito unilateralmente, si no estoy de acuerdo, que puedo hacer? puedo recurrirlo?
Muchas gracias.
Hola, efectivamente deberá ser su hijo al cumplir la mayoría de edad quien lo elija, siendo responsable y capaz jurídica y legalmente a efectos de cualquier ciudadano mayor de edad, saludos
Buen día, estoy en trámites de divorcio con solicitud de custodia y patria potestad de mi hijo de 13 años y quisiera saber si una vez dictada sentencia a mi favor podría invertir los apellidos de mi hijo. Gracias
Hola, este artículo trata sobre el cambio de apellidos en progenitores y cómo les afecta dicho cambio a los descendientes a su cargo, si bien lo que plantea es distinto y en todo caso deberá ser el propio interesado quien al cumplir la mayoría de edad lo solicite. Saludos.
Buenos días, tengo la custodia de mi hija desde que nació (ahora tiene 10 años) ahora estoy casada con el padre de mi otro hijo menor ( el quiere ponerle los apellidos) si me dan la patria potestad de mi hija puedo ponerle los apellidos de el?( Ella siempre ha querido ponérselo.gracias
Hola. Para que tu pareja pueda poner sus apellidos a tu hija, deberá adoptar legalmente a la misma. Un saludo
Buenas tardes:
Divorciados, patria potestad compartida de un menor de 10 años.
Padre extranjero acaba de obtener nacionalidad española implicando un cambio de su apellido y diferente del apellido actual del menor.
Debe cambiarse al menor el apellido obligatoriamente? Puede hacerse sin mi consentimiento o debe contar con él para la tramitación en el registro civil?
Puedo negarme al cambio? Puede esperarse a que alcance la mayoria de edad y decida el hoy menor el cambio?
Gracias
Hola, deberá contar con el consentimiento de ambos progenitores, slaudos.