En los Presupuestos Generales de Estado de 2013 se incluyó la eliminación de la exención para premios de lotería, de esta manera, en este 2014, habrá que tributar por los mismos.
Si te toca algún premio en la lotería superior a 2.500 € se te aplicará una retención del 20% directamente a la hora de cobrarlo, con lo que no habrá que hacer más liquidaciones por el mismo. Además, los primeros 2.500 €, están exentos. Veamos como puede afectar esto a los premios:
– Primer premio (400.000 €). Se ganan 320.500 € por décimo libres de impuestos.
– Segundo premio (125.000 €). Se ganan 100.500 € por décimo libres de impuestos.
– Tercer premio (50.000 €). Se ganan 40.500 € por décimo libres de impuestos.
– Cuarto premio (20.000 €). Se ganan 16.500 € por décimo libres de impuestos.
– Quinto premio (6.000 €). Se ganan 5.300 € por décimo libres de impuestos.
El resto de premios no tendrá que tributar al no superar los 2.500 € de premio por décimo.
Es importante destacar también lo que ocurre con las participaciones, que son muy habituales en este sorteo.
Si llevas una participación de un décimo, la retención no se hace sobre tu participación, sino sobre el décimo en su totalidad. Por lo tanto, si el premio del décimo es superior a 2.500 €, se tendrá que tributar, y luego repartir lo que quede entre las participaciones existentes. No importa que cada participación al final reparta menos de 2.500 €.
Es importante también en este asunto que el propietario del décimo pueda identificar sin problemas los titulares de las participaciones del mismo para que cuando se divida el premio no se considere como una donación y así se grave con el impuesto de Sucesiones y Donaciones. Lo ideal sería que a la hora de cobrar el décimo con participaciones, se haga en una entidad bancaria y acreditando el nombre, apellidos y DNI de las personas con las que se ha compartido el mismo.
Sánchez Bermejo Abogados
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