El Código Penal recoge una serie de conductas que se consideran delito y que están relacionadas con la defraudación de servicios. Esto es, aquellos engaños que se producen sobre servicios de energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones, energía, etc.
Es importante conocer este tipo de defraudación de servicios puesto que pueden llegar a ser de uso más común de lo que se piensa. Esto se dará, por ejemplo, cuando un vecino robe a otro la luz, o el acceso a telefonía o internet o simplemente modifique los contadores de su vivienda para engañar a la empresa suministradora.
Estas prácticas, además de a los propios implicados, también perjudican al resto de consumidores. Por ejemplo, en lo que se refiere a la luz, según un estudio de 2015, cada año se pierden megavatios hora por valor de 150 millones de euros, que luego se cobran al resto de consumidores con cargo al recibo de la luz.
Concretamente, la ley señala lo siguiente en cuanto al delito de defraudación de servicios.
Defraudación de servicios
Así, el Código indica que será castigado con la pena de multa de 3 a 12 meses a aquella persona que cometa defraudación utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:
- Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
- Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.
- Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.
Eso sí, si la cuantía de lo defraudado no excede de 400 €, se impondrá una pena de multa de 1 a 3 meses.
Uso de terminal de telecomunicaciones ajenos
La ley concretamente señala uno de los tipos más comunes de defraudación de servicios, el de las telecomunicaciones. Así, la persona que haga uso de cualquier equipo terminal de telecomunicación sin consentimiento de su titular, y causando a éste un perjuicio económico, será castigado con la pena de multa de 3 a 12 meses.
También aquí, si la cuantía del perjuicio causado no excede de 400 euros, se impondrá una pena de multa de 1 a 3 meses.
Sánchez Bermejo Abogados
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