El tipo de contrato fijo-discontinuo está regulado en el Estatuto de los trabajadores como un tipo de contrato por tiempo indefinido con unas características muy concretas.
En Sánchez Bermejo Abogados contamos con especialistas en derecho laboral que te asesorarán en todo lo que necesites en materia de contratación y derechos de los empresarios y de los trabajadores. Si tienes alguna duda, ponte en contacto con nosotros.
Las principales cuestiones a destacar del contrato fijo-discontinuo son las siguientes.
En este artículo encontrarás.. |
Contratos fijos-discontinuos |
Forma del contrato |
Llamamiento de los trabajadores fijos-discontinuos |
Tiempo parcial en contratos fijos-discontinuos |
Contrato fijo-discontinuo
Contratos fijos-discontinuos
El contrato fijo-discontinuo es un tipo de contrato por tiempo indefinido que se concierta para realizar trabajos que tienen el carácter de fijos-discontinuos. Esto significa, que son trabajos que, si bien se consideran fijos y estables, no son continuados en el tiempo.
Para que quede más claro pondremos un ejemplo. Se dará contrato fijo-discontinuo en trabajadores de una empresa que realice determinados servicios únicamente en verano y no durante el resto del año.
Forma del contrato
El contrato de un trabajador fijo-discontinuo debe ser por escrito y presentado en el modelo oficial que pone a disposición la administración.
Se tendrá que señalar la duración estimada de la actividad, así como sobre la forma y orden de llamamiento que establezca el convenio colectivo aplicable, haciendo constar igualmente, de manera orientativa, la jornada laboral estimada y su distribución horaria.
Llamamiento de los trabajadores fijos-discontinuos
Los trabajadores fijos-discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos convenios colectivos, pudiendo el trabajador, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción social, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.
Tiempo parcial en contratos fijos-discontinuos
Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la celebración a tiempo parcial de los contratos fijos-discontinuos, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos fijos-discontinuos.
Sánchez Bermejo Abogados
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Hola, buenas tardes! Quería hacer una pequeña consulta, ya que es para un trabajo de clase, y no he podido encontrar información al respecto en ningún sitio.
El caso es el siguiente, una persona mayor de edad en su país, en mi ejemplo es Corea del Norte, que es 17 años, ¿puede ejercer actividad empresarial en España y por qué? Ya que en su país sí que es mayor de edad, pero en España sabemos que solo en caso especial un menor puede ejercer la actividad empresarial.
Muchas gracias de antemano, un saludo!
Hola Kamelia. Habría que estudiar el convenio entre Corea del Norte y España para saber si dice algo al respecto en primer lugar. Un saludo
Muy buena dias ! Quisiera decir en mi caso a pesar de informar ( se es cierto ) sobre la Junta de Andalucia ( SAE ) a mi empresa ( restaurante ) que incentivan para un contrato fijo ( por suerte trabajan ) , pues al final dicen de hacerme un contrato TEMPORAL ( 1 mes ) y siguiente contrato » fijo » 40 h . a pesar decir pagar muy poco o mas en epoca altas !! Mi pregunta porque no desean ayuda , o tienen miedo ? Es normal y ojala paguen 4 dias 5h , 1dia 11h y otro libre , las horas extra se pagan en nominas o a partes ? un saludo y gracias .
Hola Gaetano. Entiendo que alguna razón tendrán para hacer el contrato como lo hacen. En cuanto a las horas extras, deberían estar en nómina desglosadas. Un saludo
Hola David , por lastima esta empresa donde trabajo cuando trabajo 11h ( con contrato de 20h ) por el la horas extra lo da en negro y renuncie por se solo 20eur ( 7h ?) se puede reclamar …saludos
Hola Gaetano. Si la empresa realiza pagos en negro y no da de alta todas las horas que se trabajan, sí podrás denunciarlo a las autoridades laborales. Un saludo
Muchas gracias David Sanchez , cuando tenga serenidad economica os pagaria para atenderme segun casos por lastima , saludos .
Hola. Soy fijo discontìnuo. Mi empresa me instó ha hacer cuatro horas extras: horas no recogidas en mi contrato. Luego me pagaron 2 partes de 30 de un mes. Abonándome la ridícula suma de 9,5€ por cuatro horas. A mi las horas normales de salen a 12€.
Justifican estos pagos a la imposibilidad de hacer horas extras por ley para mi contrato.
De aquí, la necesidad de un asesoramiento. Gracias.
Hola Jesús. Si has realizado horas extras cuando en tu contrato no estaba permitido, podrás denunciar a tu empleador ante la inspección de trabajo para que tome cartas en el asunto, o directamente ante los tribunales si tienes prueba de todo. Un saludo
Hola, quería hacer una consulta, resulta que tengo un trabajador agrícola de nacionalidad marroquí con contrato fijo discontinuo. Con este tipo de contrato, con nomina de 1100€ puede traer a su mujer e hijo? ¿ o bien es imprescindible otro tipo de contrato? Agradecería su respuesta, muchas gracias
Hola María. Son diversos los requisitos que deben cumplir reagrupante y reagrupado, en este otro artículo de nuestro blog tienes más información. Un saludo