El 1 de Enero entró en vigor el nuevo salario mínimo 2018 anunciado hace unas semanas por el gobierno que este año trae una serie de aumentos bastante interesantes.
Esta subida del salario mínimo en 2018 provoca no sólo un aumento del salario que reciben aquellas personas que están adheridas, ya sea por convenio o por contrato individual de trabajo, al salario mínimo interprofesional, sino también al cálculo de otras percepciones, como es el caso de la cuantía a embargar cuando se tienen deudas.
El incremento del salario mínimo que nos trae el nuevo año es el siguiente.
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>>>> Para acceder a la información sobre el salario mínimo en 2022, consulta este enlace: Salario mínimo 2022 y cómo afecta a embargos. <<<<
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En este artículo encontrarás.. |
Salario mínimo en 2018 |
Cómo afecta la subida del SMI a los embargos |
Salario mínimo 2018
Salario mínimo en 2018
Ha sido el Real Decreto 1077/2017 el que nos ha traído las nuevas cuantías del salario mínimo inteprofesional para el año 2018.
Concretamente la norma señala que las cuantías quedan de la siguiente forma:
Mensual: 735,90 € (anteriormente eran 707,60 €)
Diario: 24,53 € (anteriormente eran 23,59 €)
Por lo tanto, queda establecido el salario mínimo 2018 con un aumento del 4% respecto al SMI en 2017.
Cómo afecta la subida del SMI a los embargos
Como ya hemos indicado, esta subida también tiene una importante repercusión en otras partidas, como es el caso de los embargos.
Cuando se calcula la cuantía a embargar, la ley señala que el referente que se toma es el salario mínimo interprofesional que establece el gobierno año a año. Al haber aumentado este, el mínimo inembargable también ha aumentado, con lo que también es favorable su subida para que a aquellas personas que tienen deudas pendientes y que están siendo embargadas, les retengan un poco menos de sus nóminas, salarios o pensiones.
En nuestro despacho facilitamos una herramienta ya actualizada a 2018 y disponible gratuitamente para todo el mundo que quiera calcular cuánto pueden embargarle de su salario mensual, puedes acceder a la misma desde este enlace:
https://www.sanchezbermejo.com/herramientas/calculadora-de-embargos-de-nominas-y-salarios/
Pero además, para comprobar mejor cómo incide esta subida en la cuantía a embargar, vamos a poner un ejemplo:
Imaginemos un individuo que recibe un salario mensual de 1.200 € al mes. Las percepciones que tendría embargadas antes y después del nuevo año 2018 son las siguientes:
A fecha 31 de Diciembre de 2017 se le embargarían 147,72 €.
A fecha 1 de Enero de 2018 se le embargarían 139,23 €.
Sánchez Bermejo Abogados
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Hola.
Tengo un salario de 1450 euros. Me están embargando el tramo correspondiente por una deuda con la seguridad social y del restante otra vez la misma parte de un embargo judicial , en total 440,11 euros mensuales. En RRHH me dicen que sí lo pueden retener ,a pesar de que yo les he dicho que he leído que no pueden hacerlo. Tengo 4 personas a mi cargo , una hipoteca de 560 euros y tengo que viajar 220 km todos los días para acudir al trabajo con un coste de unos 300 euros mensuales. ¿ que opciones tengo para que sea viable seguir con este trabajo?
Hola Raúl. En tu caso lo que veo más factible es que intentes hablar con el secretario judicial que lleva el embargo judicial para explicarle tu situación. Un saludo
Entonces ¿son compatibles los 2 embargos ? ¿ no decíais en otro articulo que solo se puede embargar el porcentaje correspondiente a cada tramo una sola vez?
Hola Raúl. No lo son, la ley establece unos límites. Entiendo que deberás hablar con el secretario para que notifique a la empresa. Un saludo
No es evidente que cobrando el 1450 € no pueden embargar le 440 €»? I pasaría de lo máximo embargan le no?
Hola María Isabel. Puedes calcular tú misma cuánto te pueden embargar utilizando nuestra calculadora de embargos. Un saludo
Buenas tardes , tengo una duda sobre el embargo de pensiones de viudedad ,ayer mi abuela ,que cobra dicha pensión de unos 728€ al mirar la cartilla del banco vimos que le habían embargado del juzgado 159 € de la cuenta de su pension mas otros 20 € que tenia en la cuenta de la hipoteca (ya que paga aun 318€ de hipoteca ) . Se encuentra en situacion de precariedad social …y por lo menos le han concedido el bono social para poder hacer frente a los recibos .Mi duda es : si no paro de leer que el salario minimo es inembargable ,porque el mismo juzgado se lo ha embargado …y la verdad es una situacion de fustracion total ya que hemos ido hoy mismo a dicho juzgado y nos dicen que si esta asi embargado esta bien ,le he comentado eso que si no hay un salario minimo inembargable como tenia entendido y m han contestado que eso no es asi . Me podriais aclarar algo por favor , ya que no se si esta ley es «real» ya que no lo entiendo,leo que existe , pero no se porque o como hacer para que la ampare a ella .Gracias.
Hola Aranzazu. No hay que confundir embargo de salariones o pensiones con embargo de cuentas corrientes. En el primero existen los límites que establece la ley y que aquí explicamos, es decir, si el embargo lo fuese a realizar directamente el pagador de la pensión de tu abuela, tendría que respetar esta ley. En el segundo, no hay límite alguno y se puede embargar todo lo que se considere ahorro. Ahora bien, si en la cuenta bancaria los únicos ingresos que hay son los correspondientes a la pensión, y son estos inembargables, podrás pedir que subsanen el error conforme a la ley. Un saludo
Hola, creo que próximamente me embargaran la nómina, estoy separado y me gustaría saber si los hijos afectan a este embargo ya que les paso pensión .
Saludos
Hola Óscar. La pensión de los hijos no se tiene en cuenta para calcular el embargo, aunque puedes solicitar una rebaja por cargas familiares según tu situación. Un saludo
BUENOS DIAS ME GUSTARIA SABER CUANTO TIEMPO ME PUEDEN EMBARGAR UNA NOMINA DE 1000 E DE UNA SENTENCIA DEL TSJ DE MURCIA DE FECHA 12 DE 2011 Y SI ME INTERESA COBRAR MENOS MENSUALMENTE PARA QUE ME EMBARGUEN MENOS YA QUE LOS 1000 E SON CON PAGAS INCLUIDAS, A PROPOSITO LAS PAGAS TAMBIEN ME LAS EMBARGAN? QUE CUANTIA ME TIENEN QUE EMBARGAR PARA ESTA NOMINA PARA EL AÑO 2018.
GRACIAS
Hola Jose Andrés. Podrán embargarte hasta que saldes la deuda. Un saludo
Buenas noches a mi pareja le han encargado nuestra cuenta en común supuestamente un barrido bancario cobrando 1300€ de nómina nos han retirado ya 580 y 58€; esto es una barbaridad sin avisar con un hijo una hipoteca siendo yo autónoma etc.
Que podemos hacer se puede llegar a un acuerdo de que solo nos embarguen una cantidad cada mes.
Por favor diganme
Hola Rocío. Si quieres llegar a un acuerdo para que embarguen una cantidad cada mes, tendrás que negociar con el acreedor de tu deuda. Un saludo
buenas tardes tengo una consulta lo que pasa es que a mi marido lo van a embargar por una deuda la cual equivale a 500.000 pesos y mi esposo quincenalmente se gana por lo menos 700.000 quisiera saber en que puede afectarnos este embargo, muchas gracias espero su respuesta.
Hola Natalia. Somos un despacho de abogados de Málaga, España, y veo que nos escribes por un caso de otro país, con lo que no podemos ayudarte. Un saludo
Una consulta respecto a su calculadora, no se deberia tener en cuenta para el calculos si las pagas extras estan prorratedas?
Hola César. La calculadora funciona, acorde a la ley, realizando el cálculo sobre lo que efectivamente se cobra cada mes. Si tienes las pagas prorrateadas deberás introducir la cuantía total que cobras cada mes para saber cuánto te podrán embargar, con pagas incluidas. Si no las tienes prorrateadas, deberás introducir igualmente lo que efectivamente cobres, siendo que los meses de pagas extraordinarias la cuantía será más elevada. Un saludo
Hola, perdona pero si el salario mínimo anual son 10.232’60€, dividido entre 12 meses con pagas prorrateadas, sale un salario mínimo interprofesional de 852’72.-€, eso sería el salario mínimo con pagas prorrateadas, no?
Muchas gracias
Hola Isabel. El problema es que se coge el salario mínimo mensual, no el anual, o al menos es así para la jurisprudencia mayoritaria como te he explicado en un comentario anterior. Un saludo
Hola quisiera saber cuánto me pueden embargar de 800 que ganó al mes
Hola Yajaira. Podrás calcularlo tú misma utilizando nuestra calculadora de embargos. Un saludo
Hola tengo una nómina que ya me embargaban 62 euros ahora han sumado la pension de 414 euros y me han quitado 180 euros de embargo cuando sólo podían quitar lo mínimo por ley. Si la pension es inembargable y la nomina ya estaba embargada como pueden hacer eso , además estoy a cargo de todos los gastos de alquiler y casa , mi mujer no trabaja y tengo un hijo de 11 años .que puedo hacer?
Hola Begoña. Para hacer el cálculo de la cuantía a embargar se deben sumar todas las nóminas, pensiones e ingresos en general que tengas. Un saludo
Juan.
Tengo 3 hijos menores y no estamos casados ni registrado como pareja de hecho pero si libro de familia, me puedo beneficiar de la reducciòn por hijos a cargo en caso de embargo?
Vivimos juntos
Gracias
Hola Juan. Si cumples con el resto de requisitos, podrás beneficiarte de ello, sí. Un saludo
Y si es asì donde me he dirigir? Ya que en breve empiezo a trabajar en otra provicia diferente a la de mi residencia actual
Hola Juan. Si reúnes los requisitos para solicitar el incremento del mínimo inembargable, podrás solicitar que se te aplique directamente en los juzgados. Un saludo
Voy a pedir el rescate de la prestación de un PPA contratado con la Mutualidad de la abogacía por haber cumplido 65 años y no tengo otros ingresos,pienso elegir el cobro por el importe mínimo de la pensión de jubilación al tener embargado el fondo por la AEAT .¿ no estoy obligado a elegir otra forma de cobro? ¿ la prestación del PPA y PIAS concertados con la Mutualidad para la contingencia de jubilación es equivalente a la del SISTEMA PROFESIONAL alternativo al RETA ? siguen el mismo regimen de inembargabilidad ? . gracias
Hola Antonio. La forma de cobro dependerá de lo que estipule la mutualidad que es quien entiendo que gestiona el fondo, y el régimen de inembargabilidad es el mismo, sí. Un saludo
Una deuda que no se cual es de 1990; con un banco que nunca he tenido cuenta y que yo recuerde nunca he negociado. El juzgado de
Primera instancia n2 fe Málaga:menotifica
Unamejora de embargo de saldo bancarios y
Devoluciones bancarias. A mi entender las deudas
Bancarias de extingue a los 15 años a que obedeze esta resolución Muchas gracias y espero
que me den respuesta. Muchas gracias.
Hola Juan. Las deudas prescriben a los 15 años, sí, pero si hubo un procedimiento judicial y se realizó la ejecución del mismo (resultando, por ejemplo, impracticable por no existir bienes), esta deuda no prescribe y puede volver a ser reclamada. Todo dependerá de cómo transcurrieron en su día los hechos. Igualmente, si no sabes de qué es la deuda, puedes acudir a hablar con el secretario judicial del juzgado para obtener información. Un saludo
Buenos dias.
Tengo una nomina liquida mensual de 2175€. De ese importe anterior, tengo un embargo por pension de alimentos de 335€, me quedan 1840€ mensuales.
Ahora me ha llegado otro embargo a la nomina y este mes he cobrado 1313€. Espero otro embargo mas. Mi pregunta es:
¿Pueden seguir embargandome mas?
Gracias
Hola Luis. Si ya te están embargando el máximo que se te puede embargar en función de tus ingresos, el resto de deudas tendrán que esperar a que saldes la primera para poder embargarte. Un saludo
en una nomina de 994eu con las extras ya incluidas con dos niñas pequeñas. con hipoteca y mi marido con uns nómina de 1200eu me pueden embargar de golpe 990,40eu?
Hola María Dolores. No pueden embargártelo directamente de la nómina, pero sí de la cuenta corriente si se considera que lo que tienes en la misma es ahorro. Un saludo
Trabajo en el campo,llevo dos años con una empresa. tengo una nómina de 850 a 950 depende delas horas y días que trabaje al mes antes me embargaban el 30% de los 735 a los 850 , ahora ha cambiado mi jefe de gestora y me embargan mas por que dice la gestora que me embarga por día, y no lo entiendo por que no soy temporero, inclusdo un mes he cobrado 680 eurios y aun asi me embargaron cuando tengo entendidio que smi es inembargable, me pueden aconsejar donde puedo ver como me lo tyienen que hacer parqa poder explicarlo a mi jefe. gracias
Hola Antonio. Si tu contrato es mensual, te deben embargar en función del SMI mensual, si tu contrato es por días, el embargo se debe hacer a través del SMI diario. De esto depende que la cuantía sea una u otra para calcular el embargo. Un saludo
Hola, hace 7 años me marché al extranjero dada mi situación y ahora el banco me reclama la deuda de mi casa. Llevo sin vivir en ella 5 años. Es posible declararla como vivienda habitual para aminorar la cantidad a embargar? En el extranjero trabajo como autónomo. Como se calcularía por tanto la cantidad a embargar? Dividiendo el líquido total anual entre 14 y a partir de ahí calculando los tramos?
Muchas gracias y un saludo.
Hola Antonio. Para empezar, para que se aminore la cuantía a embargar, el embargo de tu vivienda debe estar ejecutado de manera que ya haya pasado por pública subasta, y que con el dinero obtenido de la misma, no se haya podido saldar toda la deuda. Como ya has adelantado, esa vivienda tenía que ser vivienda habitual. Entiendo que no hay manera de que, si es tu caso, puedas hacer vivienda habitual un inmueble que ya ha sido subastado. Si quieres más información ponte en contacto con nuestro despacho para que podamos ofrecerte nuestros servicios. Un saludo
Hola David. Tengo una ejecución hipotecaria de mi casa en marcha y no resido en mi casa desde hace 4 años, pues para encontrar trabajo tuve que mudarme de comunidad autónoma. Ahora el juez me pide que demuestre que es vivienda habitual, pero la casa ha estado vacía estos últimos 4 años. En las escrituras, consta que la vivienda es habitual. Es eso suficiente de cara a un juez? O hace falta entregar mas documentos para justificar que mi vivienda es habitual? Muchísimas gracias y un saludo.
Hola Pilar. Entiendo que no sería suficiente con la escritura, si bien tendrá que ser el criterio del juez quien lo decida. Un saludo
Hola buenas tardes tengo algunas consultas.Estoy cobrando una pension de viudedad de 937 cobro dicha cantidad por el 70 por ciento por tener menores a cargo.2 de mis 5 hijos cobran la pensión de orfandad que son 232 para cada uno y esa cantidad la destinó a su ropa,excursiones,comedor escolar,material ect….Me han avisado que se va a proceder a embargarme la pensión en el porcentaje que estipula la ley.He echado cálculos sobre mi viudedad.Lo que no se si pueden embargarme la pensión de orfandad de mis niños siendo ellos titulares de la misma y yo beneficiaria como representante legal o solo tocaran mi viudez puesto que la deuda no es de mis hijos.Mi otra pregunta es…en las pagas dobles que cálculos he de hacer para saber más o menos lo que Me van a embargar?muchas gracias espero resuelvan mis consultas gracias.
Hola Adela. Sólo podrán embargar sobre los bienes del deudor, en este caso, sobre los tuyos, no sobre los de tus hijos. En las pagas dobles deberás incluir la cuantía total que cobras dicho mes en nuestra calculadora, y te saldrá la cuantía que pueden embargarte. Un saludo
Muchissimas gracias por su pronta respuesta
Holaa buenas una pregunta yo trabajo por una empress temporal cada vez que me pagan me embargan LA cuenta no entiendo ademas no suepro no los 600 euros el embargo es judicial y a lo mejor en el ano trabajo 3 o 4 meses al ano pero tampoco dias seguidos y tampovo las 8 horas hay dias de 4 me pueden embargar LA cuenta
Hola Margarita. Por lo que comentas parece que el embargo que te hacen es de cuentas corrientes, no de salarios, por lo que no existen los límites de embargos si lo que hay en la cuenta se considera ahorro. Ponte en contacto con nuestro despacho si quieres más información. Un saludo
Hola buenos días!!! Tengo un embargo en la nómina me gustaría saber qué cantidad me pueden embargar en una nómina de sólo horas extras que me van a pagar cada dos meses? Si funciona como una nómina normal o es diferente ? Muchas gracias! Un saludo
Hola José. Dependerá de si te aplican el salario mínimo inembargable diario o mensual, en función de cuánto hayas trabajado. Un saludo
Este mes he recibido de la seguridad social 639’30 por pensión y 639’30 por la paga y me han descontado por embargo 162’85 .
Me han fusionado los dos salarios
Es correcto ?
Puedo alegar que la paga se divida en mensualidades gracias
Hola Miguel. El embargo se practica sobre todos los ingresos que recibas cada mes, así que entiendo que es correcto. Un saludo
Para próximas pagas podría dejar constancia que se me contabilize cada mes
Me esplico la paga que se divida en 12 meses y se añada a la pensión de cada mes ?
Hola Miguel. Si puedes conseguir que te prorrateen la paga, el embargo sería menor, ya que funciona por tramos. Un saludo
Buenas tardes
Según he leído si por ejemplo te embargan la cuenta corriente, todo el dinero que tengas te lo quitan verdad? Es lo que creo que he le pasado a la usuaria de antes, pero el embargo es sobre la cuenta corriente, si por ejemplo después te ingresan una ayuda de 426€ no te lo pueden quitar verdad? Si hay embargo de cuenta corriente te quitan lo que haya en ese mismo instante verdad?
Muchas gracias
Hola David. El embargo de cuentas corrientes puede funcionar de diferentes formas, según la entidad. Lo normal es que cada vez que el banco recibe la orden del juzgado, la entidad bancaria realice un barrido de las cuentas, y si hay algo que puedan embargar, lo hacen. Un saludo
Hola David
Si, eso lo tengo claro, tengo la cuenta ahora mismo vacia, el problema es en un futuro si cobrase cualquier ayuda, que al tener la cuenta embargada pueden embargar directamente la ayuda por que esto es automatizado el asunto este y no diferencia salarios, pensiones de AHORROS y claro, he leído que hay que acudir al juzgado que lleve el caso y aclarar el asunto con la consiguiente perdida de tiempo y problemas
Aunque he leído que no siempre ocurre esto y ven que el ingreso que has realizado es de una pensión o ayuda, me parece una verguenza que con los avances que hay ocurran estas cosas
Muchas gracias
Muchas gracias
soy pensionista con salario mínimo y lo cobro con abono en cta. corriente, seguro que tendré algún embargo de alguna administración pública, donde tengo entendido no tiene que pasar por juzgado, con mi pensión poco puedo hacer para liquidar la deuda y pregunta es: ¿ si presento al juzgado toda la documentación necesaria demostrando que mis únicos ingresos son los de la pensión, podría conseguir de dicho juzgado un escrito dirigido a la entidad bancaria para que todo embargo relacionado con mi DNI o cuenta corriente sea denegado.? ¿ o tengo que esperar a que el embargo ocurra y demostrar lo anterior? gracias
Hola Félix. No es normal que el juzgado haga este tipo de escritos, pero puedes intentarlo. Un saludo
Buenas tardes yo trabajo en el servicio Andaluz de Salud durante los meses de enero a mayo me han embargado 117€ , en el mes de junio que se unía con la paga extra me han embargado 290€. En este mes de julio se me incrementa la nómina en 450€ en concepto de productividad y se me vuelve a embargar 280€, esto a que es debido cuando antes en años anteriores el embargo era siempre el mismo
Hola Fran. Si se gana más, se embarga más. Se aplican porcentajes y tablas en función de lo que se gane. Un saludo
Buenos días yo tengo una pensión y trabajo en la once y tengo mi nomina con embargo.mi pregunta es la siguiente puedo reducir lo que me enbargan si tengo una hija y mi mujer no trabaja?
Hola Óscar. Puedes intentarlo por cargas familiares, habla con el secretario judicial que decretó tu embargo. Un saludo
Buenos días, mi duda es que tengo el sueldo embargado y me empresa me quita todos los meses una cuantía hasta ahí de acuerdo. Mi pregunta es si es legal que las pagas no me las tocan me la ingresan en su totalidad pero cuando me pagan el mes siguiente de la paga me quitan mucho más que los anteriores meses.Me podrían decir si eso es legal
Hola Maricarmen. Los meses que cobras más (como cuando cobras las pagas) tienen que embargarte respecto de tus ingresos sumados. Consulta a tu empresa el por qué hacen a mes vencido el embargo. Un saludo
Hola. He oido y no se que es verdad: Si un pensionista recibe solo la RMI y tiene un embargo pendiente,la Agencia Tributaria entiende todo el dinero que a partir del dia 20 del mes esta en la cuenta como ahorros y asi son embargables?
Hola Antonio. No hay un día fijado y depende más del banco que de la Agencia, pero si tu dinero en una cuenta bancaria se considera como ahorro, efectivamente puede ser embargado por completo. Un saludo
Puede que me embarquen la pensión Pero mi abogado dice que no cuenta el salario mínimo de 735 euros sino otro de unos 600 y creo que no es así puede ser que tenga razón o se lo he de hacer constar
Hola Manuel. No tengo conocimiento de su situación particular, pero la ley señala claramente el salario mínimo inembargable en su primer tramo en el salario mínimo interprofesional, que para este año 2018 es el que se indica en este mismo artículo del blog. Un saludo
Si trabajo 5 días al mes en una ETT me pueden embargar la parte proporcional diaria del salario
Hola Eduardo. Podrán embargarte utilizando como referencia el SMI diario, sí. Un saludo
Hola, tengo una deuda bancaria como avalador empresarial de 35.000€. Estoy en paro. A partir de enero de 2019 voy a darme de alta y baja de autónomo por dos meses, para cobrar una cantidad que ronda los 5.000€ por cada uno de los dos meses. Se trata de un servicio puntual (solo dos facturas que sumarán en total 10.000€).
– ¿Van a poder embargarme sobre la cantidad de cada uno de los dos pagos, o se va a tomar en consideración el hecho de que soy parado para aplicar el mínimo anual del SMIx14? Es decir, ¿qué es embargable de dos facturas puntuales de un autónomo, que no son ingresos regulares, y estando el autónomo en paro tras dichos trabajo puntual?
Hola Julian. El embargo a autónomos se hace de la misma manera que a trabajadores por cuenta ajena, es decir, de lo que se gane, se podrán aplicar las escalas que señala la ley para los embargos. Un saludo
Hola tengo una deuda de financiero si me puede quitar toda la nómina de la cuenta ?mi nómina es 900 gracias por ayudarme
Hola Ana. En los embargos de cuenta corriente se puede llegar a embargar todo lo que esté en la cuenta y se considere ahorro. Si quieres más información escríbenos por privado. Un saludo
Con la subida a 900 € del SMI, mi pensión se queda por debajo del mismo. Quiere esto decir que aunque tenga un embargo en la actualidad va a dejar de tener efecto a partir del próximo año? El embargo es del OPAEF
Gracias
Hola Alfonso. Así es, si tu salario es inferior al SMI, no pueden embargarte nada directamente de la pensión. Aquí tienes más información. Un saludo
Muchas gracias!
Felices fiestas!
Hola, tengo un grado 3 de discapacidad en la Comunidad de Madrid, cobro poco menos de 400, trescientos ochenta y algo, no recuerdo cuanto exactamente, me han venido dos embargos de distintos ayuntamientos, uno de ellos he conseguido fraccionar una pequeñisima deuda de unos 50€ de un numerito del coche, que tenía hacía años, el otro es una multa del Ayuntamiento de otra ciudad. Me ha venido 10,22€
¿Me pueden embargar?
¿Es esta la cantidad fija a embargar?
Si es esta la cantidad lo mismo la pago, de todos modos quisiera saber si puedo evitar el embargo, mi mujer está en paro y estamos viviendo con lo mío.
Gracias y un saludo.
Hola Santiago. Sin más información no podemos saber cuánto te tienen que embargar en total, igualmente puedes utilizar nuestra calculadora de embargos si lo que quieres es saber si te podrían embargar algo de la pensión. Un saludo
Hola queria saber si hay alguna cambio para calculo de embargo de una nomina en diciembre 2018 y en ese mismo mes con paga extra…pues me ha calculado con la totalidad sin hace diferencia paga extra. Dice que hay una nueva resolución agencia tributaria V0613-18…por lo cual me ha descontado mucho mas.
Hola Sandra. Siguiendo el tenor literal de la ley, se debe embargar en función de lo que se cobre cada mes, con lo que lo correcto, y la resolución vinculante de la agencia tributaria así lo dice también, es sumar todo lo que se gana en cada mes, y a partir de ahí, realizar el cálculo del embargo. Un saludo
Hola buenas me an embargado la cuenta en la cual tenía 0’34ctm y me pone que esta retenido el saldo de la cuenta asta el día 17 de mayo del 2019 si el día diez me ingresan el subsidio agrario que son 430’35 euros lo podría cobrar si la prestación no está retenida o me lo retienen también si lo único que hay retenido son los treinta y cuatro céntimos espero su respuesta gracias.
Hola Francisco. En principio para retenerte el subsidio que comentas deberían mandar otra orden de embargo, pero dependerá de cómo realice los embargos la entidad bancaria y de lo que le haya comunicado el juzgado. Un saludo